CURSO GESTIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DE PROPIEDAD ESTATAL. Superintendencia Nacional de Bienes Estatales

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Transcripción:

CURSO GESTIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DE PROPIEDAD ESTATAL Superintendencia Nacional de Bienes Estatales

ASPECTOS GENERALES DE LA PROPIEDAD PREDIAL ESTATAL 1. Normas que regulan el Sistema Nacional de Bienes Estatales 2. Derecho de propiedad y posesión en el ordenamiento jurídico peruano 3. Clasificación y tratamiento legal de los bienes estatales 4. Sistema Nacional de Bienes Estatales 5. Competencias del Gobierno Nacional, Regional y Local. 6. Regímenes Especiales.

USO DE LOS BIENES INMUEBLES ESTATALES - Finalidad Jurídica y Social - Las entidades del Estado deben otorgar un eficiente uso y aprovechamiento económico social de sus bienes y de aquellos que administran. SERVICIOS PÚBLICOS VIVIENDA TURISMO INDUSTRIA PROYECTOS ESPECIALES

RÉGIMEN LEGAL DE LOS BIENES ESTATALES - Normas aplicables - Normas de derecho común Normas especiales Ley N 29151 Decreto Supremo N 007-2008-VIVIENDA Leyes N 29618 y 30230 Directivas

MARCO CONSTITUCIONAL - Derecho de Propiedad y Bienes de Dominio Público - Reconoce la inviolabilidad del derecho de propiedad(art. 70) Les otorga la categoría de inalienables e imprescriptibles (artículo 73) Pueden ser concesionados a particulares (artículo 73) Apoya el desarrollo agrario. Las tierras abandonadas según previsión legal pasan a dominio del Estado para su adjudicación en venta (artículo 88)

CÓDIGO CIVIL - Derecho de Propiedad de Particulares y del Estado - El Código Civil se aplica supletoriamente al tratamiento legal de los bienes estatales. Son prerrogativas del propietario usar, disfrutar, disponer o reivindicar el bien No es un derecho absoluto. Se extiende al subsuelo, subsuelo y sobresuelo, pero no comprende recursos naturales y restos arqueológicos

CÓDIGO CIVIL - Derecho de Posesión de Particulares y del Estado - CÓDIGO CIVIL El poseedor se reputa propietario, mientras no se pruebe lo contrario LEY N 29618 El Estado es poseedor de todos los inmuebles de su propiedad Posesión Precaria? Es aquella que se ejerce sin título alguno o el que se tuvo se encuentra fenecido

CÓDIGO CIVIL - Abandono de Tierras - La propiedad predial se extingue por abandono a los 20 años, luego de lo cual la propiedad retorna a dominio del Estado para su adjudicación en venta. Nota de interés Esta regla opera siempre que: El terreno haya sido otorgado en concesión por el Estado Se hayan incumplido los términos y condiciones de la adjudicación

BIENES DEL ESTADO - Clasificación - Comprenden los bienes muebles e inmuebles, de dominio privado y de dominio público, que tienen como titular al Estado o a cualquier entidad pública que conforma el SNBE DOMINIO PÚBLICO / DOMINIO PRIVADO MUEBLES / INMUEBLES URBANO / RURAL

BIENES DEL ESTADO - Bienes de Dominio Público - Son bienes destinados al uso público o la prestación de un servicio público, cuya concesión corresponde al Estado. Gozan de las características de inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad Su administración, conservación y tutela compete a la entidad responsable. La supervisión le compete a la SBN. Puede ser inscrito registralmente; así como la reasignación del uso del bien. Excepcionalmente, puede ser desafectado.

BIENES DEL ESTADO - Bienes de Dominio Privado - El Estado ejerce atributos de la propiedad común. Pueden ser transferidos y ser pasibles de embargo; sin embargo, por mandato de la Ley N 29618, son imprescriptibles Pueden desarrollarse actos de administración o disposición. Todo acto de disposición inmobiliaria requiere que se haya culminado con la inscripción del derecho de propiedad. Es posible su entrega provisional. (Administración y Disposición

SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - Generalidades - Entidades públicas Subasta Pública Ley 29151 ORGANISMOS GARANTIAS NORMAS Es el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan los bienes estatales, a fin de lograr una administración ordenada, simplificada y eficiente, teniendo a la SBN como ente rector

SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - Ley N 29151 - La Ley N 29151, y su Reglamento, son de aplicación para todos los actos de gestión de bienes de propiedad estatal. Aplicación para los bienes de dominio público y dominio privado Respeta autonomías y competencias otorgadas por Leyes especiales Otorga la rectoría del SNBE a la SBN Vincula a todas las entidades que conforman el SNBE

SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - Entidades - Gobierno Nacional Poder Ejecutivo Poder Legislativo Poder Judicial Gobierno Regional y Local Gobiernos Regionales Municipalidades y sus empresas Entidades públicas Organismos públicos autónomos Entidades, organismos, proyectos y programas del Estado Empresas Estatales de Derecho Público No están comprendidas las empresas estatales de derecho privado

COMPETENCIAS SOBRE BIENES ESTATALES - Gobierno Nacional - Administración y adjudicación de terrenos urbanos y eriazos del Estado, en las regiones donde aún no se han transferido competencias No están comprendidos los predios regulados por normas de saneamiento y titulación de la propiedad urbana (COFOPRI) y rural (Dirección Regional de Agricultura)

COMPETENCIAS SOBRE BIENES ESTATALES - Gobierno Nacional - Terrenos urbanos y eriazos del Estado, en regiones sin competencia Terrenos de alcance nacional e interés nacional Zona de Playa protegida Predios regulados por la Ley N 30230

COMPETENCIAS SOBRE BIENES ESTATALES - Gobierno Regional - BIENES PROPIOS BIENES DEL ESTADO Se regulan por su Ley Orgánica Regiones con competencias transferidas administran y disponen terrenos urbanos y eriazos del Estado, conforme a las normas del SNBE No requieren opinión previa de la SBN Se aprueba con Acuerdo de Concejo Si requieren opinión previa de la SBN Se aprueba con Resolución del Titular del Pliego

COMPETENCIAS SOBRE BIENES ESTATALES - Gobierno Local - Sus bienes se rigen de acuerdo con su Ley Orgánica, aplicando supletoriamente las normas del SNBE. No requiere de la opinión previa de la SBN. Efectúan el saneamiento de los bienes de su patrimonio

COMPETENCIAS SOBRE BIENES ESTATALES - Gobierno Local - No tienen competencia para administrar y disponer los terrenos de propiedad del Estado. Pueden solicitar a la SBN o al Gobierno Regional (que cuente con competencias transferidas) terrenos en afectación o transferencia para el cumplimiento de sus fines.

COMPETENCIAS SOBRE BIENES ESTATALES - Transferencia de predios municipales - Se ejecuta conforme a lo normado en la Ley Orgánica de Municipalidades Requiere del Acuerdo de Concejo Municipal Se efectúa a través del mecanismo de SUBASTA PÚBLICA Opera la venta directa? No opera la venta directa por aplicación supletoria de las normas del SNBE

COMPETENCIAS SOBRE BIENES ESTATALES - Desafectación de Dominio - La desafectación procede cuando haya perdido su naturaleza o condición apropiada para su uso público o para prestar un servicio público y será aprobada por la SBN, de acuerdo con sus competencias. La desafectación de dominio es una medida excepcional. Los bienes administrados por la Municipalidad pueden ser desafectados por éstos. Concluida la desafectación, la Municipalidad podrá solicitar el bien a la SBN o al Gobierno Regional según corresponda

SNBE REGÍMENES ESPECIALES GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNOS LOCALES UNIVERSIDADES PÚBLICAS SECTOR DEFENSA

GRACIAS. Jose Luis Pairazamán Torres Superintendente de la SBN