El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Aprobado el nuevo Reglamento del IRPF MAYORES DE 65 AÑOS: Amplía la consideración de vivienda habitual en las transmisiones realizadas por mayores de 65 años y personas con dependencia severa o gran dependencia, exentas de tributación. SEPARADOS O DIVORCIADOS: Considera vivienda habitual la que, tras la separación, divorcio o nulidad matrimonial, siga siéndolo de los hijos del contribuyente y del progenitor, por la que se podrá desgravar previendo la posibilidad de deducir por otra vivienda habitual. PLANES DE PENSIOENS: Establece los limites anuales de aportación a planes de pensiones, que se cifran en 10.000 euros anuales por participe, y 12.500 euros en el caso de personas mayores de cincuenta años. Algunas de las principales novedades del Reglamento son las siguientes: Página 1 de 5
VIVIENDA HABITUAL DE PERSONAS MAYORES DE 65 AÑOS Tanto para la aplicación de la exención por transmisión de la vivienda habitual por mayores de sesenta y cinco años o personas en situación de dependencia severa o gran dependencia, como para la exención por reinversión en vivienda habitual, se permite considerar como vivienda habitual aquélla que reúna tal condición, no sólo en el momento de la venta, sino también hasta dos años antes de la fecha de transmisión. SEPARADOS O DIVORCIADOS: DEDUCCIONES POR VIVIENDA HABITUAL Se desarrolla la posibilidad de considerar vivienda habitual la que, tras la separación, divorcio o nulidad matrimonial, siga siéndolo de los hijos del contribuyente y del progenitor en cuya compañía queden, previendo la posibilidad de deducir por otra vivienda habitual. Se establece para ambas viviendas el límite máximo de 9.015 euros, establecido por la norma. PLANES Y FONDOS DE PENSIONES Se adecua la norma a la regulación legal de los limites anuales de aportación a planes de pensiones, que se cifran en 10.000 euros anuales por participe, y 12.500 euros en el caso de personas mayores de cincuenta años, sin perjuicio del régimen especial de aportaciones a favor de discapacitados. Se introduce, de acuerdo con lo previsto en la Ley, la Dependencia como nueva contingencia cubierta por los planes, que permite el cobro de prestaciones en los supuestos de dependencia severa o gran dependencia de la Ley de 14 de diciembre de 2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. Por otra parte, se regula la posibilidad de que las personas jubiladas o en situaciones análogas puedan seguir aportando a planes de pensiones, con la ventaja fiscal correspondiente, y cobrar posteriormente el plan en el momento que decidan. Página 2 de 5
Asimismo, se recoge la flexibilidad en el cobro de las prestaciones, de modo que el beneficiario, con carácter general, puede elegir y modificar libremente la forma y la fecha o fechas de cobro, en función de sus necesidades de renta disponible. PREGUNTAS MÁS FRECUENTRES VIVIENDA Seguirá desgravando la compra de vivienda? Podrá deducirse el 15% de las cantidades satisfechas para la adquisición de vivienda habitual. La base máxima de esta deducción será de 9.015 euros anuales. Los Presupuestos Generales del Estado establecerán una compensación para los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual antes del 20 enero de 2006 y resulten perjudicados con este nuevo sistema. Los separados y divorciados podrán desgravarse por la que era su vivienda habitual? Efectivamente, por primera vez todos los separados y divorciados judicialmente podrán seguir desgravándose la que fuera su vivienda habitual durante su matrimonio siempre que continúen residiendo en ella sus hijos y el otro progenitor. La deducción será del 15% de las cantidades satisfechas en la compra de la vivienda habitual, sobre una base máxima anual de 9.015 euros. Los separados y divorciados podrán desgravarse por otra vivienda? El nuevo reglamento de IRPF prevé la posibilidad de deducir por otra vivienda habitual. Se establece para ambas viviendas (en caso de la vivienda donde residen los hijos y el otro progenitor de su anterior matrimonio) el límite máximo de 9.015 euros, establecido por la norma. Página 3 de 5
Cómo tributarán las ganancias obtenidas por la venta de un inmueble? Como en el resto de productos del ahorro, en el caso de la generación de una plusvalía por la venta de un inmueble, ésta tributará al 18%.La plusvalía quedará exenta si el contribuyente la reinvierte en la adquisición de su vivienda habitual. Cómo tributan las plusvalías por la venta de la vivienda habitual cuando el vendedor tiene más de 65 años o está en situación de dependencia severa o de gran dependencia? En estos casos las plusvalías obtenidas están exentas de tributación. PLANES DE PENSIONES Cómo quedarán las aportaciones a los planes de pensiones? Podrán reducirse de la base imponible las aportaciones realizadas a planes y fondos de pensiones con los límites siguientes: Para menores de 50 años, la menor de estas dos cantidades: 10.000 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Para mayores de 50 años, la menor de estas cantidades: 12.500 euros o el 50% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Para personas con discapacidad, el límite se establece en 24.500 euros. Qué tratamiento va a tener el rescate del plan de pensiones? Respecto a las aportaciones que se efectúen a partir de 1 de enero de enero de 2007 a sistemas de prevención social, la nueva ley establece un régimen que permite indistintamente el rescate en forma de renta o en forma de capital, si bien esta última opción ya no contará con la reducción del 40% existente hasta ahora. Además, se permite que el contribuyente Página 4 de 5
decida el momento más oportuno para efectuar el rescate sin quedar obligado, como ocurre en la actualidad, a tomar la decisión en un plazo de seis meses tras la jubilación. Las aportaciones a planes de pensiones realizadas hasta el 31-12-06 van a tener un tratamiento transitorio con el nuevo IRPF? Efectivamente, la nueva ley es absolutamente escrupulosa en el respeto a las expectativas de los contribuyentes. En concreto, sobre esta materia se regula el derecho del contribuyente a rescatar el capital acumulado correspondiente a las aportaciones efectuadas hasta el 31 de diciembre de 2006, más la rentabilidad generada por el mismo hasta el momento del rescate, con una reducción del 40% si se opta por el rescate en forma de capital en un pago único, cualquiera que sea el año en el que se produzca este. AHORRO Cómo tributarán los intereses de una cuenta corriente o de un depósito? Todas las rentas del ahorro tributarán a un tipo único del 18%. En este concepto de renta del ahorro se incluyen los intereses, los dividendos, los seguros y las ganancias patrimoniales. De este modo, se elimina la planificación financiero-fiscal y los ahorradores podrán elegir entre los distintos productos financieros exclusivamente en función de su rentabilidad. Cómo tributan las ganancias obtenidas de un fondo de inversión? Como el resto de las rentas del ahorro, tributarán a un tipo fijo del 18%, independientemente de si se han generado antes o después de un año. Cómo tributarán los dividendos? Como el resto de los productos de ahorro, los dividendos tributarán a un tipo único del 18%. Además, se establece una exención de 1.500 euros, lo que supone, en la práctica, que el 80% de los contribuyentes que declara dividendos quedará exento. Madrid a 4 de abril de 2007 Página 5 de 5