Ponente: Blanca Marín

Documentos relacionados
DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURIDICOS COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL

Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana

INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y SU TRAMITACIÓN. LA COORDINACIÓN CON LOS PROCEDIMIENTOS AMBIENTALES

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

V. ORGANIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA DEL PLAN. INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo

ANERR Asesoría técnica Nota Plan Estatal ACTUALIZADA

Rehabilitación n de viviendas y. edificios de viviendas en Extremadura LA ADMINISTRACIÓN N ANTE LA REHABILITACIÓN GOBIERNO DE EXTREMADURA

2 METODOLOGÍA PARA EL ANALISIS DE VIABILIDAD ECONOMICA 2.1. DATOS REFERIDOS A LOS COSTES DE PRODUCCIÓN

DECRETO 2/2012, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable. AVANCES

ANEJO: MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 4 DEL PGOU DE POZUELO DE ALARCÓN

Carta de Servicios. Servicio de Urbanismo. Quiénes somos. Qué servicios ofrecemos

PROGRAMA FORMATIVO PROFESSIONAL REAL ESTATE ANALYST ANALISTA INMOBILIARIO PROFESIONAL CERTIFIED BY THE EUROPEAN INSTITUTE FOR REAL ESTATE ANALYSIS

CURSO/GUÍA PRÁCTICA CONVENIOS URBANÍSTICOS

EDAD DE ORO DEL LADRILLO ( ):

GERENCIA DE URBANISMO DE LORCA SERVICIO DE PLANEAMIENTO Y GESTION.

PLAN ESPECIAL DE ACTUACION URBANA ORDENACION PORMENORIZADA PARCELA 251, POLIGONO 9, BERA (NAFARROA) PARA PROMOCIONES URBANISTICAS BIDASOA, S.L.

INFORME DE VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS ACTUACIONES SOBRE EL MEDIO AMBIENTE URBANO

_ Gestión y ejecución del planeamiento de desarrollo

DERECHO DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA

POLÍTICA AMBIENTAL Y VIVIENDA

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DEL ÁMBITO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO A-1- CONCELLO DE VIGO (PONTEVEDRA) PROMOTOR

INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA PARA EL

LEY DE SUELO, 8/2007 UNA LEY PARA LA SOSTENIBILIDAD, LA COHESIÓN SOCIAL Y LA PARTICIPACIÓN

El Ministerio de Fomento destina más de 49 millones de euros a políticas de vivienda en Melilla

ORDENANZA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN DE INCORPORACIÓN DE ALTERACIONES CATASTRALES

P A R A Q U É S I R V E L A C E R T I F I C A C I Ó N D E E F I C I E N C I A E N E R G É T I C A?

TALLERES Y SEMINARIOS TALLER DE GESTIÓN Y PLANEAMIENTO URBANÍSTICO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO

CURSO/GUÍA PRÁCTICA DERECHO DE SUPERFICIE Urbano y urbanístico.

CURSO/GUÍA PRÁCTICA GOLF INMOBILIARIO.

D. ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONOMICO-FINANCIERO

CURSO/GUÍA PRÁCTICA ESTUDIOS DE DETALLE Y PROYECTOS DE URBANIZACIÓN

Rehabilitación + Regeneración urbana en Castilla y León

Diputación de Córdoba

PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA CASA ELEXALDE BARRI C/ ARANA 2 BERANGO

TEMARIO DE LA OPOSICIÓN DE ARQUITECTO PARA LA COMUNIDAD DE MADRID

PACTO POR LA CAÑADA REAL. Acuerdo institucional para abordar la problemática del asentamiento de la Cañada Real Galiana

REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS COMUNIDAD DE MADRID. Coordinador de Programas y Oficinas de Rehabilitación de Viviendas

Revisión Plan General de Madrid

CALCULO DEL VALOR DEL SUELO

EL SISTEMA DE INFORMACIÓN URBANA (SIU)

Estudio de necesidades de vivienda de protección pública en Planes.

CURSO/GUÍA PRÁCTICA OBRA NUEVA Y DIVISIÓN HORIZONTAL.

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.G.M.O. DE BENIDORM: HOTELES AMBASSADOR I Y II

REGLAMENTO DEURBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN Texto modificado por el Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León

La primera cuestión que hay que abordar es si el solicitante tiene derecho al abastecimiento de agua de la cochera situada en suelo rústico.

ANEJO 11. ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICA

accesibilidad LEY 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

Ordenanza Especial Reguladora de la Cédula Urbanística

MASTER EN PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, MEDIOAMBIENTAL Y URBANA

A J U N T A M E N T D E P A T E R N A

LA LEY 8/2013, DE 26 DE JUNIO, DE REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS. Valladolid, 11 de noviembre de 2014

CURSO SUPERIOR ESPECIALISTA DERECHO ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO URBANISMO

2.- NORMAS URBANISTICAS NORMATIVA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES NORMATIVA PROPUESTA.

Se ha elaborado por el ILRUV el documento técnico de la Memoria-Programa para la declaración del Área de Regeneración Urbana León Oeste

CURSO/GUÍA PRÁCTICA OBRA NUEVA Y DIVISIÓN HORIZONTAL.

4.1. Relación de expedientes urbanísticos vigentes en el municipio de Mundaka

MEMORIA DEL EJERCICIO 2010 SUELO Y VIVIENDA DE LORCA, S.A. CIF: A

Suelo urbanizable: deberes urbanísticos y. según la legislación catalana. Junio Centre de Política de Sòl i Valoracions

El ejercicio de la potestad de planeamiento como instrumento para el impulso de las infraestructuras de telecomunicación.

Buenas Prácticas de la Ciudad de Madrid Catálogo para la promoción internacional de la Ciudad Best Practices Madrid City

REDUCCION DE CARGAS ADMINISTRATIVAS TRAMITES DESARROLLADOS

RÉGIMEN DEL SUELO Situación básicas y clasificación

Posibilidad de enajenar terrenos integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo con destino a la construcción de viviendas de renta libre.

Plan integral de Vivienda y Suelo. Madrid, 5 de abril de 2013

I. Disposiciones generales

PLAN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO

PROYECTO DE LEY DE PAISAJE DEL PAÍS VASCO

Mercado hipotecario y seguridad del tráfico inmobiliario El problema de la judicialización de proyectos inmobiliarios y la protección de terceros

DELIMITACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN U.E.-Z2-1 PROMOVIDA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALGAÑON

CASOS PRACTICOS DE REHABILITACION, REGENERACIÓN Y RENOVACION URBANAS EN PAMPLONA

REGISTRO MERCANTIL DE VALENCIA

CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA TASACIÓN DEL VALOR DE VENTA DE DETERMINADOS APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS MUNICIPALES EN UNIDADES DE ACTUACION

Cuaderno de trabajo 9- EL SUELO INDUSTRIAL

El paisaje en la planificación territorial y el desarrollo rural. Espacio, paisaje y proyecto

LISTADO DE TEMAS. Tema 4.- La relación orgánica: los órganos administrativos: las relaciones interorgánicas.

4 Interpretación del art. 3.6.a de las Normas Urbanísticas, en viales anteriormente privados.

CUERPO TECNICO ESCALA DE ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS TECNICOS OPCION: ARQUITECTURA TECNICA

LAS NUEVAS POLÍTICAS DE REHABILITACIÓN URBANA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. JOSÉ ANTONIO ACOSTA MORALES Coordinador de Programas y Entidades Gestoras 1

I N F O R M E. Asunto: Aplicación de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo.

MODIFICACION PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANISTICAS MUNICIPALES DE PELABRAVO PARCELAS NOROESTE DE LA CALLE CASTILLA PELABRAVO, (SALAMANCA)

CURSO/GUÍA PRÁCTICA GARAJES Y PLAZAS DE APARCAMIENTO.

PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ESPAÑA ESTRATEGIAS TERRITORIALES PARA LA PREVENCION DE RIESGOS

REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Y EDIFICACIONES RUINOSAS

Cuaderno de trabajo 9- EL SUELO INDUSTRIAL

LISTADO DE LEGISLACION APLICABLE

Directrices Definitorias de la Estrategia de Evolución Urbana y Ocupación del Territorio. Plan General de Caudiel. Plan General de Caudiel

ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA INCORPORACIÓN

CURSO/GUÍA PRÁCTICA CONVENIOS URBANÍSTICOS

ESTUDIO ECONÓMICO-FINANCIERO TEXTO REFUNDIDO DEL PGOU DE AÍNSA-SOBRARBE

BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALENCIA

Urbanismo comparado. Comunidades Autónomas. Felipe Iglesias González

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE UN ANTEPROYECTO DE LEY DEL SUELO DE CASTILLA-LA MANCHA

4 Interpretación del art. 3.6.a de las Normas Urbanísticas, en viales anteriormente privados.

CURSO/GUÍA PRÁCTICA CONTRATOS PARA PROMOTORES Y CONSTRUCTORES.

Anexo IV CONTENIDO DE LOS PROYECTOS DE INTERVENCIÓN GLOBAL PARA LA REGENERACIÓN ENERGÉTICA DE CONJUNTOS RESIDENCIALES

ORDENANZA SOBRE EL INFORME DE EVALUACIÓN DEL EDIFICIO ( IEE )

Transcripción:

Estudios Económicos de la Actividad Urbanística en el T.R. 2/08 y en la L-3R: Memorias de Viabilidad Económica e Informes de Sostenibilidad Económica.

a. Introducción: La actividad urbanística desarrollada durante la década 1997-2006 se ha orientado hacia la expansión urbana, con la producción de nueva ciudad extramuros, y se ha regido por criterios cortoplacista, de beneficio rápido e inmediato. Hoy, más conscientes de la escasez de recursos, se extiende la exigencia de realizar análisis económicos de todas las actuaciones urbanas, tanto en las de nuevo desarrollo como las de regeneración y renovación urbana y así se viene recogiendo en las últimas modificaciones legislativas. De hecho, la normativa vigente de ámbito estatal, en materia de urbanismo y suelo, ha desarrollado la faceta económica de la actividad urbanística en diferentes vertientes. El Real Decreto Legislativo 2/2008, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo (TRLS08) incorpora la exigencia de elaborar un nuevo informe de evaluación, control y seguimiento de la sostenibilidad económica del desarrollo territorial y urbano. Este requisito ha sido reforzado y ampliado al ámbito de las actuaciones de reforma y regeneración urbana por la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana (L3r). b. Informes de Sostenibilidad Económica (ISE) - El Texto Refundido de la Ley de Suelo (TRLS08) establece la necesidad de ponderar el impacto de las actuaciones de urbanización en las Haciendas Públicas, por la implantación y mantenimiento de las nuevas infraestructuras y la puesta en marcha o prestación de los servicios resultantes. - Todos los instrumentos de ordenación urbana, tanto de planeamiento general, como de desarrollo, han de contener una memoria de sostenibilidad 2

económica, desde julio de 2007. Se trata de un documento preceptivo, cuya omisión puede suponer la nulidad del plan, según la opinión de diferentes juristas. (analogía con el Plan General de Gondomar, anulado por ausencia del Estudio Económico Financiero). - La finalidad de los ISEs es ofrecer información al planificador para que adopte las decisiones de ordenación urbana teniendo en consideración los recursos económicos disponibles y los que comprometerá en el futuro. Amplía la perspectiva desde el corto plazo en el que la percepción es positiva (generación de empleo, actividad económica y riqueza en los municipios, además de las plusvalías y beneficios para particulares y Sector Público) para evaluar las repercusiones para las cuentas públicas de la posturbanización. - Las memorias de sostenibilidad económica realizan un análisis de costebeneficio que permite: o decidir entre modelos urbanos alternativos (ciudad compacta versus ciudad dispersa), o conocer las externalidades generadas por determinados modelos de ocupación del territorio, o dimensionar las actuaciones urbanísticas y programar su desarrollo temporal, reduciendo el riesgo de producción de "ciudades fantasma". o Mejorar la eficiencia en la utilización de los recursos. - Los ISEs de actuaciones de regeneración/renovación urbana: o cuantificarán los ingresos tributarios y gastos públicos por el mantenimiento y prestación de los servicios municipales, antes y después de la operación, o así como la identificación del sujeto o sujetos responsables del costeamiento de las redes públicas. o Evalúan la capacidad pública para asegurar la financiación y el mantenimiento de las redes públicas que deban ser costeadas por la 3

Administración, así como su impacto en las correspondientes Haciendas Públicas. - Desde la aprobación de la Ley de Suelo, los instrumentos de ordenación de las actuaciones de urbanización y de renovación urbana, han de analizar el impacto de las mismas sobre las cuentas públicas, incorporando una Memoria de Sostenibilidad Económica que ayude al planificador en la toma de decisiones. c. Memorias de Viabilidad Económica (MVE) - Los informes de viabilidad económica. Son diferentes a los ISEs, aunque en diferentes normas, a veces, se confunden o se solapan. - Las MVEs focalizan su atención en la inversión que realizan los operadores particulares durante el proceso de producción de parcelas urbanizadas, acotando el análisis a la fase de ejecución y a los recursos privados. - En la Ley 8/2013 (L3r) la Memoria de Viabilidad Económica adquiere una especial importancia, o como documento preceptivo que deberá acompañar a las operaciones de renovación y regeneración urbana, o que legitimará la aplicación de reglas excepcionales para asegurar que la operación sea viable, que se puedan conseguir nuevos ingresos para financiar la operación, vinculados directamente a la misma y que, con ella, se consiguen los objetivos de sostenibilidad, de calidad de vida y de garantía de acceso a una vivienda digna para los ciudadanos. - La memoria de viabilidad económica a que se refiere la Ley incorporará, al menos, los siguientes contenidos: 4

o Un estudio comparado de los parámetros urbanísticos propuestos y de los existentes, con identificación de las determinaciones urbanísticas básicas referidas a edificabilidad, usos y tipologías edificatorias y redes públicas que habría que modificar. La memoria analizará en concreto las modificaciones sobre incremento de edificabilidad o densidad, o introducción de nuevo uso, así como la posible utilización del suelo, vuelo y subsuelo de forma diferenciada, para lograr un mayor acercamiento al equilibrio económico, o a la rentabilidad de la operación. o Las determinaciones económicas básicas relativas a los valores de repercusión de cada uso urbanístico propuesto, estimación del importe de la inversión, incluyendo, tanto las ayudas públicas, directas e indirectas, como las indemnizaciones correspondientes. o El análisis de la inversión que pueda atraer la actuación y la justificación de que la misma es capaz de generar ingresos suficientes para financiar la mayor parte del coste de la transformación física propuesta, garantizando el menor impacto posible en el patrimonio personal de los particulares, medido en cualquier caso, dentro de los límites del deber legal de conservación. o El análisis referido en el párrafo anterior hará constar, en su caso, la posible participación de empresas prestadoras de servicios energéticos, de abastecimiento de agua, o de telecomunicaciones, cuando asuman el compromiso de formar parte de la gestión, mediante la financiación de la red de infraestructuras que les competa, o la financiación de la operación por medio de ahorros amortizables en el tiempo. o El horizonte temporal que, en su caso, sea preciso para garantizar la amortización de las inversiones y la financiación de la operación. 5

- La L3r apunta mecanismos específicos para facilitar la financiación de las actuaciones entre los que destacan los convenios entre las Administraciones públicas actuantes, los agentes responsables de la gestión y los propietarios, que pueden incluir, desde la explotación conjunta del inmueble o partes del mismo a los siguientes tipos de contratos o colaboración: o cesión, con facultad de arrendamiento u otorgamiento del derecho de explotación a terceros, a cambio del pago aplazado de la parte del coste que corresponda a los propietarios de las fincas, o permuta o cesión de terrenos y/o parte de la edificación sujeta a rehabilitación por determinada edificación futura. o arrendamiento o cesión de uso de local, vivienda o cualquier otro elemento de un edificio por plazo determinado a cambio de pago por el arrendatario o cesionario del pago de todos o de alguno de los siguientes conceptos: impuestos, tasas, cuotas a la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios o de la cooperativa, gastos de conservación, etc. o constituir consorcios o sociedades mercantiles de capital mixto, con participación privada minoritaria. - Las Memorias de Viabilidad Económica tienen, en este caso, una clara función: asegurar la factibilidad de las actuaciones de renovación urbana y, en su caso, justificar la modificación de las determinaciones urbanísticas para conseguir la viabilidad económica de la actuación. 6

d. Conclusión Todas las actuaciones de urbanización, tanto de nueva creación como de renovación urbana, han de ser sostenibles económicamente. El planeamiento deberá tener en consideración los recursos económicos públicos necesarios, tanto en la fase de inversión como la posterior de explotación, para definir la ordenación urbanística, el modelo de ocupación del territorio propuesto y aprobar las actuaciones de renovación urbana. Se extiende la obligación de realizar Estudios de Viabilidad Económica, particularmente en las operaciones de renovación urbana, para asegurar la existencia de recursos financieros suficientes para abordar la operación o, alternativamente, justificar las modificaciones de los parámetros urbanísticos para conseguir la viabilidad de la actuación. Valencia, 16 de Enero de 2014 Blanca Marín Ferreiro. Economista-Urbanista. Socia de Pau Urbanismo 7