CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES CÓDIGO DE ÉTICA

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Transcripción:

CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES CÓDIGO DE ÉTICA 1

INTRODUCCIÓN Las y los integrantes del personal del servicio público, se encuentran obligados por mandato constitucional a salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. El marco jurídico para el debido cumplimiento de dicha obligación lo provee la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Sin embargo, las y los integrantes del personal de servicio público en su labor cotidiana se enfrentan a situaciones que no se encuentran resueltas o previstas en la Ley. Es por ello que el Gobierno Federal estimó conveniente expedir el Código de Ética de los Servidores Públicos para que en su aplicación, la toma de decisiones se apegue a los valores que la sociedad exige. El Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER), consciente de que actuar conforme a los valores éticos ocurre siempre en algún contexto, elaboró su Código de Ética para dar mayor claridad y certidumbre a los compromisos y deberes que en el ámbito laboral tiene su personal como servidores públicos. En la medida en que se conozca, difunda y se tome como propio por las y los integrantes del personal del CONOCER, el documento cumplirá su objetivo. 2

CÓDIGO DE ÉTICA DEL PERSONAL COMO SERVIDORES PÚBLICOS DEL CONOCER De acuerdo con el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el servidor público es toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal. En el marco de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de las acciones que prevé la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos para garantizar el adecuado cumplimiento de los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio público, nace el Código de Ética de los Servidores Públicos, publicado el 11 de julio de 2002, en el Diario Oficial de la Federación. Por lo que con fundamento en el artículo 18 fracción III del Estatuto Orgánico del CONOCER, se tiene a bien expedir el presente Código de Ética, en virtud de que en la actuación del personal como servidores públicos del CONOCER, debe imperar invariablemente una conducta digna, que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño en situaciones especificas que se le presenten; con lo cual propiciará una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad, aplicando el Código de Ética en el desarrollo de las funciones encomendadas como se presenta a continuación: 3

I.-BIEN COMÚN Todas las decisiones y acciones del personal del servicio público deben de estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de los intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. La persona del servicio público no debe permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos, en detrimento del bienestar de la sociedad. El compromiso con el bien común implica que el personal esté consciente de que el servicio público es un patrimonio que pertenece a todos los mexicanos y mexicanas que representa una misión que sólo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas sociales, y no cuando se persigan beneficios individuales. II.-INTEGRIDAD Las y los integrantes del personal del servicio público deben actuar con honestidad, atendiendo siempre a la verdad. Conduciéndose de esta manera, el personal del servicio público fomentará la credibilidad de la sociedad en las instituciones públicas y contribuirá a generar una cultura de confianza y de apego a la verdad. III.-HONRADEZ Las y los integrantes del servicio público deberán utilizar su cargo público para ponerse al servicio de la sociedad sin esperar nada a cambio. Tampoco deberá buscar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que pueda comprometer su desempeño como servidor público. 4

IV.-IMPARCIALIDAD Las y los integrantes del personal del servicio público actuarán sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna. Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas. V.-JUSTICIA Las y los integrantes del personal del servicio público deben conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. Respetar el Estado de Derecho es una responsabilidad que más que nadie debe asumir y cumplir el servidor público. Para ello, es su obligación conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas que regulen el ejercicio de sus funciones, así como el apego a toda normatividad que rija su puesto. VI.-TRANSPARENCIA Las y los integrantes del personal del servicio público deben permitir y garantizar el acceso a la información gubernamental, sin más límite que el que imponga el interés público y los derechos de privacidad de los particulares establecidos por la Ley. La transparencia en el servicio público también implica que quien es servidor público haga un uso responsable y claro de los recursos públicos financieros, tecnológicos, materiales y humanos eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su aplicación. 5

VII.-RENDICIÓN DE CUENTAS Para el personal del servicio público rendir cuentas significa asumir plenamente ante la sociedad, la responsabilidad de desempeñar sus funciones en forma adecuada y sujetarse a la evaluación de la propia sociedad. Ello lo obliga a realizar sus funciones con eficacia y calidad, así como contar permanentemente con la disposición para desarrollar procesos de mejora continua, de modernización y de optimización de recursos públicos. VIII.-ENTORNO CULTURAL Y ECOLÓGICO Al realizar sus actividades, el personal del servicio público debe de respetar y cuidar nuestro patrimonio cultural y del ecosistema donde vivimos, asumiendo una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente de nuestro país, que se refleje en sus decisiones y actos. Nuestra cultura y el entorno ambiental son nuestro principal legado para las generaciones futuras, por lo que las y los integrantes del servicio público también tienen la responsabilidad de promover en la sociedad, su protección y conservación. 6

IX.-GENEROSIDAD Las y los integrantes del personal del servicio público deben conducirse con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad y servidores públicos con quienes interactúa. Esta conducta debe ofrecerse con especial atención hacia las personas o grupos sociales que carecen de los elementos suficientes para alcanzar su desarrollo integral, como los adultos en plenitud, los niños, las personas con capacidades diferentes, los miembros de nuestras etnias y quienes menos tienen. X.-IGUALDAD Las y los integrantes del personal del servicio público deben prestar los servicios que se les han encomendado para todos los miembros de la sociedad que tengan derecho a recibirlos, sin distinción de raza, credo, edad, origen social, género, discapacidades, orientación sexual, nacionalidad, filiación política, jerarquía o condición de embarazo o maternidad. No deben permitir que influyan en su actuación circunstancias ajenas que propicien el incumplimiento de la responsabilidad de brindar a quien le corresponde los servicios públicos a su cargo. XI.-RESPETO Las y los integrantes del personal del servicio público deben dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante. Están obligados a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertados y cualidades inherentes a la condición humana. 7

XII.-LIDERAZGO Las y los integrantes del personal del servicio público deben convertirse en un decidido promotor de valores y principios en la sociedad, partiendo de su ejemplo personal al aplicar cabalmente en el desempeño de su cargo público este Código de Ética. El liderazgo también debe asumirlo dentro del CONOCER, fomentando aquellas conductas que promuevan una cultura ética y de calidad en el servicio público. Las y los servidores públicos tienen una responsabilidad especial ya que a través de su actitud, actuación y desempeño se construye la confianza de los ciudadanos en sus instituciones. En la Ciudad de México, D.F., a 24 de julio de 2012 Lic. Blanca Alicia Jolly Zarazúa Directora General Adjunta de Administración y Finanzas 8