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Transcripción:

Página 1 de 5 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 Boletín Fiscal, Editorial CISS Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ( BOCG 1 de octubre de ) Impuesto sobre la renta de las personas Físicas Art. 35. 2 de la Ley del IRPF A efectos del cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial, se modifican los coeficientes de actualización para las transmisiones de inmuebles no afectos a actividades Coeficientes para 1994 y anteriores 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2010 1,2653 1,3368 1,2911 1,2653 1,2408 1,2185 1,1950 1,1716 1,1486 1,1261 1,1040 1,0824 1,0612 1,0404 1.0200 Coeficientes PREVISTOS para 2010 1,2780 1,3502 1,3040 1,2780 1,2532 1,2307 1,2070 1,1833 1,1601 1,1374 1,1150 1,0932 1,0718 1,0508 1,0302 1,0100 Para los inmuebles afectos a actividades económicas se aplicarán los coeficientes previstos para el Impuesto sobre Sociedades en el Art. 15.9.a) del RD legislativo 4/2004, y que recoge este proyecto de Ley de P.G.E. para 2010, en su Art. 74. Hay reglas especiales para los elementos patrimoniales actualizados de acuerdo con el artº 5 del RD - Ley 7/1996. Art.7.n) de la ley del IRPF. Con vigencia indefinida Se eleva a 15.500 euros (antes 12.020) el límite de las prestaciones por desempleo abonadas en su modalidad de pago único. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo y de determinados rendimientos de actividades Se establecen, en los mismos términos y cuantías que para, para 2010 las reducciones por obtención de rendimientos del trabajo recogidas en el art 20 de la ley del IRPF, así como las reducciones del artº 32.2.1º de la ley del IRPF, reducción del rendimiento neto de actividades Son también objeto de la correspondiente publicación para el año 2010, igualmente en los términos de : El mínimo personal y familiar a que se refiere el art. 57 de la ley del IRPF. El mínimo por descendientes del art. 58 de a ley del IRPF

Página 2 de 5 El mínimo por ascendientes del art. 59 de la Ley del IRPF. El mínimo por discapacidad del art. 60 de la Ley del IRPF, al igual que el art. 61.4ª. La escala general del impuesto, del art. 63.1 de la Ley del IRPF, así como la escala autonómica o complementaria del art. 74.1, no son objeto de modificación.. Tipos de gravamen del ahorro, para 2010 Art 66 Ley 35/2006 Hasta 6.000 euros 11,72% + 7,28% autonómico Desde 6.000,01 euros en adelante 12,95% + 8,05 autonómico. Para contribuyentes con residencia habitual en el extranjero: 19 y 21% respectivamente c.- Se modifica el art. 79, con vigencia indefinida. Cuota diferencial Se da una nueva definición de la cuota diferencial, ajustándola a los nuevos artículos que la integran y que son objeto de nuevo contenido d.- Se suprime el art. 80. Bis (Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas). Elimina la deducción de 400 euros anuales a los perceptores de rentas del trabajo o actividades Se modifica el art. 96.3 (Obligación de declarar), rebajando a 10.200 euros (antes 11.200) el límite cuando se perciban rendimientos del trabaja de más de un pagador. Art. 101.- Pagos a cuenta. Con vigencia indefinida Se eleva al 19% el porcentaje de retención en premios por participación en juegos, ganancias patrimoniales en transmisión de participaciones en instituciones de inversión colectiva, aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos, rendimientos de arrendamiento o subarriendo de inmuebles urbanos, propiedad intelectual, y arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas. D.A. 27ª Ley 35/2006.Vigencia indefinida Reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo. Periodos, 2010 y 2011.- Si la cifra de negocios es inferior a 5 millones de euros y tienen plantilla inferior a 25 empleados, puede reducirse el 20 por ciento del rendimiento neto positivo declarado. La orden de módulos del IRPF y régimen simplificado del IVA para 2010 se publicará en un mes desde la entrada en vigor de la ley de PGE para 2010. Compensación fiscal por la percepción de determinados rendimientos del capital mobiliario con periodo superior a dos años en (D.T. sexta) Quién tiene derecho? - Los preceptores de rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios del art. 25.2 de la Ley del IRPF, procedentes de instrumentos financieros contratados antes del 20-01-2006, a los que se le hubiese sido aplicable una reducción del 40% - Los preceptores de rendimientos derivados de percepciones en forma de capital diferido del art. 25.3.a) 1º de la ley del IRPF procedentes de seguros de vida o invalidez contratados antes del 20-01- 2006, a los que se le hubiese sido aplicable una reducción del 40% o 75%. Deducción por vivienda habitual (D.A. 45ª) En 2010 puede practicar la deducción por vivienda en los términos de años anteriores. Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en. (D.T. quinta) Quién tiene derecho? Quien adquiriese la vivienda habitual antes de 20 de enero de 2006 utilizando financiación ajena (según el art. 55 del Rgto del IRPF) y pueda aplicar en la deducción por inversión en vivienda del art. 68.1 de la Ley del IRPF. Cuantía de la deducción adicional?.- Suma de deducciones (estatal y autonómica), estableciendo esta disposición la fórmula de cálculo de cada una de ellas. La deducción así calculada se restará de la cuota líquida total. Impuesto sobre la renta de no residentes Art. 19.2 del RD leg 5/2004, de 5 de marzo Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente. Deuda tributaria: Se eleva al 18 por ciento la imposición complementaria cuando las rentas obtenidas por establecimientos permanentes de entidades no residentes se transfieran al extranjero

Página 3 de 5 Art. 25.1.f) rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Se eleva al 19 por ciento el tipo aplicable cuando se trate de dividendos, intereses y ganancias patrimoniales. Impuesto sobre Sociedades Los coeficientes de corrección monetaria para periodos impositivos iniciados durante el año 2010 son objeto de actualización. Articulo del RD legislativo Aplicación prevista para 2010 4/ 2004 15.9..a) A los efectos de integrar en la base imponible las rentas positivas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales que sean bienes inmuebles, se aplica un coeficiente al coste de adquisición, para corregir el importe dela depreciación monetaria Coeficientes aplicables en Antes de 1984 En 1984 En 1985 En 1986 En 1987 En 1988 En 1989 En 1990 En 1991 En 1992 En 1993 En 1994 En 1995 En 1996 En 1997 En 1998 En 1999 En 2000 En 2001 En 2002 En 2003 En 2004 En 2005 En 2006 En 2007 En 2008 En En 2010 2,2450 2,0385 1,8826 1,7724 1,6884 1,6130 1,5427 1,4823 1,4316 1,3999 1,3816 1,3567 1,3024 1,2404 1,2127 1,1970 1,1887 1,1827 1,1583 1,1443 1,1250 1,1142 1,0995 1,0779 1,0547 1,0220 Coeficientes previstos parael año 2010 2,2719 2,0630 1,9052 1,7937 1,7087 1,6324 1,5612 1,5001 1,4488 1,4167 1,3982 1,3730 1,3180 1,2553 1,2273 1,2114 1,2030 1,1969 1,1722 1,1580 1,1385 1,1276 1,1127 1,0908 1,0674 1,0343 1,0120 Hay reglas especiales para los bienes actualizados según el artículo 5 del Real Decreto ley 7/1996, de 7 de junio. Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades Art. 45.4 del RD

Página 4 de 5 Legislativo 4/2004 Base de cálculo Tipo aplicable Períodos impositivos que se inicien durante el año 2010 Cuota íntegra del último período impositivo minorada en deducciones, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta (art. 45.4) Previa opción, la base de cálculo puede ser la parte de base imponible desde el inicio del período hasta los tres, nueve y once primeros meses. Tienen que aplicar obligatoriamente esta modalidad quienes tuviesen los doce meses anteriores al inicio del período impositivo dentro del año 2010una facturación superior a 6.010.121,04 euros. (art. 45.3) 18% 5/7 de tipo de gravamen (redondeo por defecto) Art. 140.6.a) del RD Leg 4/2004. Con vigencia indefinida Retenciones e ingresos a cuenta Con carácter general, el porcentaje de ingreso a cuenta se eleva al 19 % (antes 18 %). D.A. duodécima. Con vigencia indefinida. Tipo de gravamen reducido en el I.S. por mantenimiento o creación de empleo. Periodos impositivos:, 2010 y 2011 Importe neto cifra de negocios: Inferior a 5 millones de euros Plantilla media: inferior a 25 empleados Tipo aplicable: BI hasta 120.202,41 : 20% B.I. restante : 25% Impuesto sobre el valor Añadido Tipos aplicables a partir del 1 de julio de 2010, y vigencia indefinida Tipo general: 18% Tipo reducido 8% Tipo superreducido 4% (se mantiene) Regimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Aplicable desde 1.enero 2010 Compensación de 10% para la entrega de productos naturales de explotaciones agrícolas o forestales Compensación del 8,5% para explotaciones ganaderas o pesqueras. Impuesto sobre Bienes Inmuebles Se actualizan, mediante la aplicación del coeficiente 1,01, los valores catastrales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles asignados para, con excepción, entre otros, de los valores aprobados entre 1.1.2000 y 30.6.2002. Tributos locales Se actualizan en un 1 por ciento los valores catastrales de los bienes inmuebles. Interés legal del dinero 2007 2008 (Hasta 31-3-09) (Desde 1-4-09) 5% 5,50% 5,50% 4% 4% Interés de demora 6,25% 7% 7% 5% 5% 2010 (previsto) IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples). Para 2010 Diario 17,75 euros Mensual 532,51 euros Anual 6.390,13 euros

Página 5 de 5 D.A. 39ª.- Delimita las actividades y programas prioritarios de mecenazgo, correspondientes al año 2010, elevándose en cinco puntos los porcentajes de deducción previstos en los Art. 19, 20 y 21 de la Ley 49/2002. Entre los programas que se citan están las actividades del Instituto Cervantes, determinadas actuaciones relativas a bienes del Patrimonio Histórico Español, programas de formación del voluntariado, actuaciones públicas dedicadas a la promoción de la Sociedad de la Información, determinados proyectos de investigación y programas dirigidos a la lucha contra la violencia de género. Comentario extraído del Boletín Fiscal