Responsabilidad de las personas jurídicas Magíster de Derecho Penal Económico, Universidad de Chile, 2009
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), es una organización de cooperación internacional, compuesta por 30 Estados, cuyo objetivo es coordinar sus políticas económicas y sociales.
OCDE Además de los 30 miembros plenos, 10 países con economías emergentes son miembros adherentes a la declaración y participan en el trabajo del comité de inversiones de la OCDE : Argentina, Brasil, Chile, Egipto, Eslovenia, Estonia, Israel, Letonia, Lituania y Rumanía.
Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales
Convención OCDE contra el Cohecho Convención adoptada en la Conferencia negociadora el día 21 de noviembre de 1997 por los representantes de los miembros permanentes de la OCDE, con la finalidad de ser suscrita tanto por los miembros de la OCDE como por otros no miembros que hayan sido invitados a ser participantes integrales de su Grupo de Trabajo sobre Corrupción en Transacciones Comerciales Internacionales.
Convención OCDE contra el Cohecho DS 496 (RREE) de 2001 Artículo 1: El Delito de Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros Ley 19.829: artículos 250 bis A y 250 bis B del Código Penal
Convención OCDE contra el Cohecho Artículo 2: Responsabilidad de las Personas Morales. Cada Parte tomará las medidas necesarias, de acuerdo con sus principios legales, para establecer la responsabilidad de las personas morales por el cohecho a un servidor público extranjero.
Convención OCDE contra el Cohecho Artículo 3: Sanciones 1. El cohecho a un servidor público extranjero será sancionado mediante sanciones de carácter penal eficaces, proporcionadas y disuasivas. El rango de las sanciones será comparable a aquéllas que se apliquen al cohecho de servidores públicos de esa Parte e incluirán en el caso de personas físicas, la privación de libertad suficiente para permitir la asistencia legal mutua efectiva y la extradición. 2. Si, dentro del sistema jurídico de una de las Partes, la responsabilidad penal no es aplicable a las personas morales, ésta Parte deberá asegurar que éstas queden sujetas a sanciones eficaces, proporcionadas y disuasivas de carácter no penal, incluyendo sanciones pecuniarias, en casos de cohecho a servidores públicos extranjeros.
Convención OCDE contra el Cohecho Comentarios Artículo 31 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, el cual dispone: 1. Regla general de interpretación. I. Un tratado deberá interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin. 2. Para los efectos de la interpretación de un tratado. el contexto comprenderá, además del texto, incluidos su preámbulo y anexos.
Convención OCDE contra el Cohecho Comentario al Artículo 2 20. En caso de que, de acuerdo con el sistema legal de una Parte, la responsabilidad penal no se aplique a las personas morales, no le será exigido a dicha Parte que establezca la mencionada responsabilidad penal.
Convención OCDE contra el Cohecho Comentario al Artículo 3: 24. Entre las sanciones civiles o administrativas, distintas de las multas no penales, que pueden imponerse a las personas morales por un acto de cohecho de un servidor público extranjero, se encuentran las siguientes: la exclusión del derecho a gozar de beneficios o ayuda públicos; la descalificación temporal o permanente para participar en compras gubernamentales o para desempeñar otras actividades comerciales; la puesta bajo supervisión judicial; y, la orden judicial de liquidación.
Otros instrumentos Internacionales Convenio Internacional para la represión de la financiación del terrorismo. 40+9 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Mensaje N 018-357 En consecuencia, la incorporación de estas normas en nuestro sistema jurídico, a través de la presentación de esta iniciativa legal, responde precisamente al cumplimiento de compromisos adquiridos en el ámbito internacional, los cuales consideran expresamente el establecimiento de responsabilidad a las personas jurídicas producto de la comisión de determinados delitos.
Es posible atribuir responsabilidad penal a las personas jurídicas?
Posiciones doctrinarias Imposibilidad de atribuir responsabilidad penal a las personas jurídicas. Sólo puede poner en cuestión la norma de comportamiento una persona natural, dado que sólo ellas pueden participar en su generación (Kindhäuser, Jakobs) La culpabilidad es un fenómeno natural no susceptible de atribuirse jurídicamente.
Posiciones doctrinarias Es posible atribuir responsabilidad a las personas jurídicas. Necesidad político-criminal (sistema anglosajón) Cuestionamiento del principio societas delinquere non potest: la atribución de responsabilidad es un fenómeno normativo que se puede predicar de todo centro de imputación jurídico (Gómez Jara)
Cuestiones fundamentales Responsabilidad directa o subsidiaria ( a quién sancionar?) Naturaleza de las sanciones Modelo de imputación ( presupuestos del reproche?)
Responsabilidad Individual o cumulativa (Robles Planas) Se sanciona a la persona jurídica con independencia de la responsabilidad de la persona natural. Puede ser individual o cumulativa.
Responsabilidad Subsidiaria Sólo se atribuye responsabilidad si no es posible establecer la de una persona natural. Principales críticas: No cubre necesidades político criminales que fundamentan esta responsabilidad. Presenta inconvenientes dogmáticos, v. gr. no es posible afirmar la realización de un acto típico (imputable objetiva y subjetivamente). Sanción de un resultado y no de una conducta que provoca un resultado.
Naturaleza de la sanción La naturaleza de las sanciones depende de variados factores: Cuerpo legal que las prevé o denominación utilizada Entidad que sanciona y tipo de sanción Procedimiento y órgano que las determina Sistema de imputación La creación de una responsabilidad penal de la persona jurídica debería conllevar la aplicación del modelo de atribución del derecho penal común (derecho administrativo sancionatorio vs. derecho penal).
Modelos de imputación Imputación: legitimación material de la imposición de sanciones a las personas jurídicas. Modelo de responsabilidad por atribución de la conducta de la persona natural a la persona jurídica (accesoria a la responsabilidad individual; típicamente con consecuencias accesorias). Modelo de responsabilidad propia u originaria de la persona jurídica.
Modelos de imputación Modelo de la atribución Se constituye responsabilidad de la persona jurídica a partir de la transferencia o imputación de la responsabilidad de la persona física. Implica atribución de responsabilidad por hechos ajenos.
Modelos de imputación Modelo de la responsabilidad propia u originaria Se construye a partir de la infracción de deberes propios que incumben exclusivamente a la persona jurídica: organización defectuosa de la empresa Constitución de un deber de garante de la persona jurídica respecto a la evitación de la comisión de delitos dentro de su organización. Problema es el título de incriminación: no es posible vincular la comisión de un ilícito determinado con el defecto de organización. No cumple con reglas de atribución penal.
Modelos mixtos. Modelos de imputación Exigen la comisión de un delito por parte de la persona natural y, en forma adicional, la infracción de deberes de cuidado por parte de las personas jurídicas. La vinculación entre ambas entidades viene dada por el interés o provecho que le reporta el delito a la organización. Este modelo está ganando adeptos en derecho comparado: Modelo OECD; Austria y Chile.
Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas
Responsabilidad legal o penal Mensaje: Responsabilidad legal Ley: Responsabilidad penal. Razones de la modificación: Responsabilidad legal es un género, no una especie. Corresponde a un tipo de responsabilidad que se deriva de la comisión de un delito, utiliza categorías sustantivas y procesales propias del derecho penal. Fraude de etiquetas.
Alcance de la ley En cuanto a las personas pasibles de sanción (personas jurídicas de derecho privado con y sin fines de lucro- y empresas del Estado) Delitos que permiten atribuir responsabilidad a las personas jurídicas: (i) lavado de activos; (ii) financiamiento del terrorismo; (iii) cohecho a funcionario público nacional y extranjero.
Reglas Sustantivas
Sistema de atribución de responsabilidad De acuerdo a la clasificación doctrinaria: Responsabilidad individual o cumulativa Sanciones de naturaleza penal Modelo de imputación mixto, supone atribución por transferencia de la responsabilidad de la persona natural e infracción de deberes de cuidado por parte de la persona jurídica
Sistema de atribución ordinario Artículo 3 de ley establece como presupuestos de la responsabilidad: La existencia de un hecho punible cometido por: - alguna de las personas que realicen actividades de administración y supervisión de dicha persona jurídica (dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración y supervisión) - o por una persona natural que esté bajo la dirección o supervisión directa de alguno de dichos sujetos. Comisión del delito en interés o para el provecho directo e inmediato de la persona jurídica. - Interés o provecho debe ser pecuniario.
Sistema de atribución ordinario Incumplimiento, por parte de la persona jurídica, de su deber de dirección y supervisión, y que ello haya sido lo que hizo posible la comisión del delito. Modelo de prevención de delitos se regula detalladamente en el artículo 4 de la ley y exige: Designación de un encargado de prevención Definición de medios y facultades del encargado de prevención Establecimiento de un sistema de prevención de los delitos Establece sistema de supervisión y certificación voluntaria de la adopción e implementación de un modelo de prevención de delitos.
Sistema de atribución extraordinario El artículo 5 plantea una excepción al artículo 3. Sin concurrir el primer requisito del artículo 3, será responsable igualmente la persona jurídica si: La responsabilidad de la persona natural se hubiese extinguido por artículo 93 número 1 y 6 CP Se hubiere dictado sobreseimiento temporal de el o los imputados persona natural por las causales b) y c) del artículo 252 del CPP No hubiere sido posible establecer la participación de el o los responsables individuales, siempre y cuando se haya demostrado fehacientemente que el delito debió necesariamente ser cometido dentro del ámbito de funciones y atribuciones propias de las personas señaladas en el inciso 1 del artículo 3.
Penas principales: Penas previstas por la ley Disolución de la persona jurídica o cancelación de la personalidad jurídica (excepto empresas del Estado y las privadas que presten servicios de utilidad) Prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado Pérdida parcial o total de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un tiempo determinado Multa a beneficio fiscal de hasta 20.000 UTM Penas accesorias: Publicación de un extracto de la sentencia Comiso Enterar en arcas fiscales la inversión realizada para cometer el delito, si ella superase los ingresos de la persona jurídica.
Indivisibles: Graduación de las penas Disolución (sistema de liquidación o venta como unidad económica). Sólo se aplica por agravante de reiteración o reincidencia en crímenes. Prohibición perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Divisibles: Temporales graduables en mínimo, medio y máximo. Multa se gradúa de igual forma.
Determinación de las penas Escala artículo 14. Penas de crímenes y simples delitos. Determinación legal de la pena aplicable Cohecho y financiamiento del terrorismo: simple delito Lavado de activos: pena de crimen
Modificatorias de responsabilidad Atenuantes: 11 N 7 y 9 del CP. Y la adopción antes del juicio de medidas eficaces para prevenir la reiteración de la misma clase de delitos objeto de la investigación Agravantes: Reincidencia dentro de los 5 años del mismo delito Reglas de determinación de pena análogas al CP Reglas de determinación judicial de la pena deben atender a características específicas de la persona jurídica condenada.
Transmisión de la responsabilidad La ley contempla la transmisión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los casos de modificación social: Transformación Fusión Absorción División Disolución voluntaria La transmisión depende de la continuidad sustancial de los medios materiales y humanos y a la actividad desarrollada
El proceso penal contra la persona jurídica
Principio rector de la ley Sólo adaptar las normas procesales penales de la investigación a las personas jurídicas, no innovar en la materia Persona jurídica tiene todos los derechos propios de los imputados, adaptándolos a su naturaleza específica.
Formalización de la investigación Citación del representante legal Es necesario que previamente se comunique a una persona natural de aquellas previstas en el artículo 3 de la ley, que se desarrolla una investigación en su contra. Salvo en los casos del artículo 5 La audiencia se lleva a cabo de acuerdo a lo previsto por 230 del CPP.
Reglas especiales Improcedencia del principio de oportunidad Suspensión condicional del procedimiento. Procedente pero con condiciones especiales (implementar modelo de prevención) Procedencia de la suspensión de la condena Imposición de pena de simple delito en su grado mínimo Cualquiera sea la pena en los casos de empresas del Estado o de aquellas que presente un servicio de utilidad pública
Procedimiento aplicable Simplificado, solo en caso de que el fiscal requiriere la aplicación de una pena de simple delito en su grado mínimo Juicio oral para el resto de los casos Si se acusa a la persona jurídica junto a la persona natural, se aplica el procedimiento que corresponde a la persona natural, salvo que se requiera pena de crimen No es aplicable el procedimiento monitorio Procedimiento abreviado es procedente si el fiscal solicita la imposición de penas de simple delito.
Responsabilidad de las personas jurídicas Magíster de Derecho Penal Económico, Universidad de Chile, 2009