DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL MANUAL DE ORGANIZACION 1
H. Ayuntamiento de Acambay de Ruiz Castañeda, 2013 2015. Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal. Plaza Hidalgo No. 1 Palacio Municipal Teléfono: lada (718),1272327. Abril de 2015. Impresos y hechos en Acambay de Ruiz Castañeda La reproducción total o parcial de este documento se autorizará siempre y cuando se dé el crédito correspondiente a la fuente. 2
ÍNDICE. I. Presentación.. 4 II. Antecedentes históricos... 5 III. Marco Jurídico... 6 IV. Objetivo y Atribuciones 7 V. Estructura Orgánica.. 8 VI. Organigrama... 9 VII. Objetivo y funciones de la dirección de seguridad publica.. 10 1.- De la dirección de seguridad publica 10 2.- Objetivo y funciones de la subdirección de seguridad pública 11 3.- Objetivo y funciones del departamento administrativo. 12 4.- Objetivo y funciones, del responsable en turno 13 5.- Objetivo y funciones de los Elementos en turno... 14 VIII. Directorio.. 15 IX. Validación. 16 X. Hoja de Actualización 17 3
I. PRESENTACIÓN. EL presente manual de organización documenta la acción organizada para dar cumplimiento a la misión de la seguridad Pública y Tránsito Municipal. La estructura organizativa, la división del trabajo, los mecanismos de coordinación y comunicación, las funciones y actividades encomendadas, en los procesos clave de la organización y los resultados que se obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestión administrativa de esta Dependencia del Ejecutivo Municipal. Este documento contribuye en la planificación, conocimiento, aprendizaje y evaluación de la acción administrativa. El reto es la transformación de la cultura hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia, organización, liderazgo y productividad. 4
II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS. El H. ayuntamiento a fin de garantizar la seguridad y el orden público, procurara la paz social y la prevención de la comisión de delitos haciendo que se cumplan las disposiciones del Bando Municipal de Gobierno, el Alcalde ejercerá el mando de los miembros de los cuerpos de Seguridad Pública Municipal. Una de las funciones fundamentales es proporcionar seguridad y certeza jurídica a las personas y a sus bienes, por esta razón se han implementando programas gubernamentales para cumplir con el principio básico que exige el estado. Para alcanzar los fines previstos y demás disposiciones legales en materia de Seguridad Pública, se realizaran actividades operativas concurrentes en forma coordinada con los cuerpos preventivos de Seguridad Pública Municipal, Estatal y Federal, estableciendo la unificación de criterios y la unidad en los mandos. Así mismo mediante convenios se coordina operativamente la función de la Seguridad Pública con otros Municipios, para constituir una continuidad geográfica estableciendo instrumentos y mecanismos para tal fin, en los términos que señala la Constitución Federal que establece las bases de la coordinación del sistema nacional de Seguridad Pública; la ley de seguridad del Estado de México y la ley orgánica municipal para el eficaz cumplimiento de las funciones en materia de seguridad. 5
III. MARCO JURÍDICO. 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 21 párrafos quinto y sexto, 73 fracción XXIII, 115 2. Ley General que establece las bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, (Artículos 1, artículo 3 párrafo cuarto, artículo 4 ) 3. Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Artículo 3 4. Ley de Seguridad del Estado de México. 5. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México. 6. Bando de Gobierno Municipal. 6
IV. OBJETO Y ATRIBUCIONES OBJETO Fomentar la participación de la Seguridad Pública utilizando la prevención como herramienta para combatir las causas que generan la comisión de delitos, y conductas antisociales desarrollando políticas, programas y acciones para que la sociedad participe, en la planeación y supervisión de la seguridad, Contribuyendo en la protección ante posibles riesgos, para salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas y en general mantener el orden público y la paz social en el municipio. TÍTULO DÉCIMO TERCERO DE LA SEGURIDAD PÚBLICA, TRÁNSITO MUNICIPAL Y PROTECCIÓN CIVIL CAPÍTULO I DE LA SEGURIDAD PÚBLICA ARTÍCULO 129. El H. Ayuntamiento a fin de garantizar la seguridad y el orden público; procurará la paz social y la prevención de la comisión de delitos, haciendo que se cumplan las disposiciones del presente Bando dentro de su jurisdicción. El Presidente Municipal ejercerá el mando de los miembros del Cuerpo de Seguridad Pública Municipal, quien estará facultado para nombrar y remover al titular del área con la aprobación del H. Ayuntamiento. ARTÍCULO 130. Los fines, funciones y obligaciones del H. Ayuntamiento en materia de seguridad pública, son los siguientes: I. Salvaguardar la integridad física, los derechos y bienes de las personas; II. Intervenir en la detención y puesta a disposición ante el Ministerio Público que corresponda, cuando se sorprenda a una o varias personas, cometiendo algún delito en flagrancia, en base a lo dispuesto por el Artículo 142 del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado de México; III. Garantizar la libertad, seguridad, orden y paz pública, con estricto apego a la protección de los derechos humanos; IV. Prevenir la comisión de delitos e infracciones administrativas y, cuando se incurran en alguna de ellas, la personas o personas deberán ser puestas a disposición de las autoridades competentes; V. Localizar a los padres, tutores o alguna persona mayor de edad, cuando un menor haya cometido alguna infracción al presente Bando o Reglamentos Municipales para que se proceda a su calificación, conforme al presente Bando; VI. Designar al Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, quien deberá cubrir un perfil académico y psicológico, además de la aprobación del examen de control de confianza; VII. Requerir diariamente del responsable de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, el parte informativo de novedades; 7
VIII. Organizar a la Policía Municipal en coordinación con la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de México, cuyas atribuciones serán otorgadas de conformidad con la legislación y reglamentación correspondiente; IX. Dotar a la Policía Municipal de los recursos necesarios para la realización de sus funciones, en apoyo a la administración de la justicia municipal; X. Vigilar el cumplimiento de las actividades del Cuerpo de Seguridad Pública y Tránsito Municipal; XI. Garantizar que los elementos de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, reciban formación obligatoria inicial y continua en materia de Derechos Humanos, así como la acreditación del examen de control de confianza; XII. Establecer como obligatoria la capacitación técnica y evaluación permanente de los elementos de Seguridad Pública y Tránsito Municipal; XIII. Apoyar a través de los elementos de Seguridad Pública y Tránsito Municipal en la realización de diligencias judiciales, así como actuaciones administrativas, federales, estatales y/o municipales, mediante solicitud fundada y motivada, expedida por la autoridad competente; y XIV. Las demás que señale la Ley Orgánica Municipal y demás disposiciones legales aplicables. V. ESTRUCTURA ORGÁNICA. Esta estructura orgánica de la dirección de seguridad pública está conformada por: 1. Dirección general de seguridad pública y tránsito municipal. 1.1 Subdirección de seguridad pública y tránsito municipal. 1.1.1 Departamento administrativo. 1.1.2 Oficina del radio operador. 1.1.2.1 Armario. 1.1.2.2 Cámaras de vigilancia. 1.1.3 Responsable en turno. 1.1.3.1 Elementos de primer turno. 1.1.3.2 Elementos de segundo turno. 8
VI. ORGANIGRAMA. DIRECCION DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL. SUBDIRECCION COMANDANCIA ADMINISTRATIVA. 1 JEFE DEL 1 TURNO 1 JEFE DEL 2 TURNO 40 POLICIAS DE 1 TURNO 40 POLICIAS DE 2 TURNO 9
VII. OBJETIVO Y FUNCIONES 1.- DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL. Objetivo: Realizar y coordinar acciones orientadas a verificar la adecuada aplicación del trabajo coordinado de su equipo de trabajo y programas, así como atender y dar seguimiento a las observaciones encaminadas a las recomendaciones y acciones de mejora. Funciones: Salvaguardar la integridad física, los derechos y bienes de las personas; Intervenir en la detención y puesta a disposición ante el Ministerio Público que corresponda, cuando se sorprenda a una o varias personas, cometiendo algún delito en flagrancia, en base a lo dispuesto por el Artículo 142 del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado de México; Garantizar la libertad, seguridad, orden y paz pública, con estricto apego a la protección de los derechos humanos; Prevenir la comisión de delitos e infracciones administrativas y, cuando se incurran en alguna de ellas, la personas o personas deberán ser puestas a disposición de las autoridades competentes; Localizar a los padres, tutores o alguna persona mayor de menores de edad, cuando hayan cometido alguna infracción al presente Bando o Reglamentos Municipales para que se proceda a su calificación, conforme al presente Bando; Designar al Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, quien deberá cubrir un perfil académico y psicológico, además de la aprobación del examen de control de confianza; Requerir diariamente del responsable de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, el parte informativo de novedades; Organizar a la Policía Municipal en coordinación con la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de México, cuyas atribuciones serán otorgadas de conformidad con la legislación y reglamentación correspondiente; Calibri Dotar a la Policía Municipal de los recursos necesarios para la realización de sus funciones, en apoyo a la administración de la justicia municipal; 10
Vigilar el cumplimiento de las actividades del Cuerpo de Seguridad Pública y Tránsito Municipal; Garantizar que los elementos de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, reciban formación obligatoria inicial y continua en materia de Derechos Humanos, así como la acreditación del examen de control de confianza; Establecer como obligatoria la capacitación técnica y evaluación permanente de los elementos de Seguridad Pública y Tránsito Municipal; Apoyar a través de los elementos de Seguridad Pública y Tránsito Municipal en la realización de diligencias judiciales, así como actuaciones administrativas, federales, estatales y/o municipales, mediante solicitud fundada y motivada, expedida por la autoridad competente; y Las demás que señale la Ley Orgánica Municipal y demás disposiciones legales aplicables. Proponer y acordar en forma conjunta con el Presidente Municipal, la estructura organica del area para su debido Funcionamiento. Fijar y dirigir las políticas en materia de Seguridad Pública. Proponer y acordar con el Presidente los programas de seguridad pública del Municipio. Nombrar y remover al personal de la Dirección, previo acuerdo con el Presidente en términos de la normatividad aplicable; Promover la capacitación técnica y práctica de los miembros de Seguridad pública del Municipio; Realizar todas aquellas funciones y acciones específicas relativas a la prestación y operación de los servidores públicos de seguridad pública. Coordinarse con las autoridades competentes de la Federación, las Entidades del estado, y municipios vecinos para la realización de funciones de seguridad pública; Establecer las acciones y medidas necesarias o convenientes para la prevención del delito. Coordinarse con la unidad encargada de protección civil en el Municipio, en caso de que se requiera la cooperación y apoyo de los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública; Asistir personalmente a los consejos y comités de los que forme parte; y las demás que le confiera el Ayuntamiento, el Presidente y demás disposiciones jurídica aplicables. 11
2.- SUBDIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL. OBJETIVO. Coordinar la formulación de estrategias de inspección y control, orientadas a verificar que los servidores públicos de la dirección de seguridad pública municipal realicen sus funciones de conforme de con el marco de actuación establecido en la normatividad aplicable. Diseñar y dirigir los planes y programas que garanticen la eficiente y eficaz aplicación Presentar al Director informes sobre la aplicación de los recursos asignados. Coordinar los proyectos de presupuesto de las demás Unidades Administrativas Diseñar las estrategias que permitan garantizar los resultados derivados de las inspecciones realizadas, de conformidad con los lineamientos y programas establecidos. Elaborar y proponer la operación de planes estratégicos para efectuar acciones de control y operación en materia de responsabilidades, en coordinación con la secretaria de seguridad ciudadana y otras autoridades en el ámbito de su competencia. Vigilar que los servicios distribuidos a cargo del jefe de turno se realicen de manera indicada e integren las actuaciones correspondientes. Validar y autorizar, conjuntamente con el director de seguridad pública, los resultados de las inspecciones realizadas, a fin de remitirlos a las áreas correspondientes. Vigilar que las unidades administrativas de la dirección de seguridad pública realicen las actividades que tienen encomendadas. Determinar las acciones para vigilar que los servidores públicos que laboran en la dirección de seguridad pública, realicen sus funciones con honradez y eficiencia. 3.- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO. Objetivo: Llevar el control de los reportes, informes, altas de personal, así como dar seguimiento a la documentación asignada a la dirección de seguridad pública supervisado por sus superiores jerárquicos. Funciones: I. Elaborar los, planes y programas que le sean solicitados por el Director; y Los demás que le sean encomendados por el mismo. 12
II. Organizar, Diseñar y proponer el funcionamiento referente a lo encomendado al Director, y demás instituciones que giren sus instrucciones hacía con la dirección de seguridad pública. III. Recibir los citatorios y notificaciones que competan a la Dirección de seguridad pública así mismo remitir la contestación a las autoridades administrativas o judiciales. IV. Elaborar el informe de las novedades ocurridas diariamente y para remitirlas al alcalde municipal. V. Verificar que las unidades se les realice el servicio correspondiente a cargo del área de parque vehicular y Realizar la requisición. VI. Elaborar el informe mensual del estado de fuerza de la dirección de seguridad pública, para remitirlo a las autoridades destinadas. RESPONSABLE EN TURNO Objetivo: Coordinar y Vigilar los miembros del cuerpo de seguridad pública y tránsito municipal, haciendo que se cumplan las disposiciones de sus superiores jerárquicos. Funciones: I. Pasar lista y asignar, a los elementos los servicios, que considere pertinentes. II. Cambiar de servicio a los elementos cuando se necesite. III. Pasar los reportes e informes de lo sucedido en el horario de servicio al director de seguridad pública. IV. Realizar las inspecciones que permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones del personal. V. Mantener informado al director de seguridad pública, sobre los asuntos relevantes derivados de las acciones realizadas en materia de inspección. VI. Proponer acciones de mejora y formular las estrategias que permitan realizar con eficiencia y eficacia las acciones. ELEMENTOS EN TURNO OBJETIVO: 13
Los elementos de Seguridad Pública Y Tránsito Municipal, deberán cumplir en tiempo y forma con su comisión, y realizar su parte de novedades que comprenda su horario de trabajo. FUNCIONES: I. Vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, Bando Municipal y demás disposiciones jurídicas aplicables; II. Prestar auxilio a las personas amenazadas por algún peligro o que hayan sido víctimas de algún delito, así como brindar protección a su persona, bienes y derechos; III. Remitir ante la Agencia del Ministerio Público correspondiente a las personas en caso de flagrancia o cuas iflagrancia existiendo parte acusadora; o al oficial calificador en caso de infringir al bando municipal del gobierno; IV. Cumplir las órdenes que reciban de sus superiores jerárquicos en relación con el cumplimiento de sus deberes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; V. Conocer y cumplir las leyes, reglamentos, Bando Municipal y demás disposiciones jurídicas aplicables. VI. Levantar las boletas de infracción por violación a los ordenamientos jurídicos en materia de tránsito, presentando la boleta con el oficial calificador evitando amedrentar, extorsionar, injuriar, amenazar o denigrar al infractor; VII. Solicitar el auxilio de grúas para retirar de la vía pública vehículos u objetos que requieran de este servicio. VIII. Realizar parte de novedades correspondientes a su horario de trabajo. 14
VII. DIRECTORIO PROFR. IRINEO RUIZ GONZÁLEZ PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL PROFRA. MA. DEL AMPARO CANDELARIA PÉREZ GONZÁLEZ SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO C. JUAN GONZALEZ MARTINEZ DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL. 15
VALIDACIÓN PROFR. IRINEO RUIZ GONZÁLEZ PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL PROFRA. MA. DEL AMPARO CANDELARIA PÉREZ GONZÁLEZ SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO C JUAN GONZALEZ MARTINEZ DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL. HOJA DE ACTUALIZACIÓN 16
FECHA DE ACTUALIZACIÓN DESCRIPCIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN 17
H. Ayuntamiento de Acambay de Acambay de Ruiz Castañeda, 2013-2015 Palacio Municipal. Plaza Hidalgo No. 1, Colonia Centro. C.P. 50300. Villa de Acambay de Acambay de Ruiz Castañeda, Estado de México. Ayuntamiento.acambay.2013.2015@gmail.com Teléfono (718) 10 10 000 / 12 7 00 85 www.acambay.gob.mx 18