DATOS BÁSICOS DE LA PRÁCTICA. Adecuación de cementerio y servicios funerarios a las especificidades de la religión islámica

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DATOS BÁSICOS DE LA PRÁCTICA TÍTULO Adecuación de cementerio y servicios funerarios a las especificidades de la religión islámica ENTIDADES PROMOTORAS CCAA: Aragón Municipio: Zaragoza Entes Públicos: Ayuntamiento de Zaragoza Entidad privada encargada de la Gestión: Ninguna Otras entidades involucradas en la actuación: Comunidad Islámica de Zaragoza Datos de Contacto Área de la que depende la gestión de la Práctica: Área de Urbanismo Servicio de Información y Atención al Ciudadano Dirección: Vía de la Hispanidad, 20. Edificio Seminario. 50009 Zaragoza Correo electrónico: informacementerio@zaragoza.es Teléfono: 976721072 Web: http://www.zaragoza.es/ciudad/cementerios/torrero/ RESUMEN El Ayuntamiento de Zaragoza ha firmado un Convenio de Colaboración con la Comunidad Islámica de Zaragoza para la gestión del edificio tanatorio para que la población que profese la religión musulmana pueda preparar los cadáveres según sus ritos antes de la inhumación. Este Convenio ha incluido la adecuación, urbanización y mejora de las zonas de sepulturas y andadores y la construcción del edificio de 65 m2 para las prácticas de lavado y preparación de cadáveres y aseos públicos, dentro del recinto de 12.000 m2 destinado a cementerio musulmán. 1

ÁMBITOS TEMÁTICOS DE ACTUACIÓN Cementerios y servicios funerarios ÁMBITO TERRITORIAL Local Regional MARCO TEMPORAL DE ACTUACIÓN Fecha de inicio: mayo de 2013 (un año prorrogable por iguales periodos) Fecha de finalización: mayo de 2014 (prorrogable) POBLACIÓN DESTINATARIA Población musulmana de Zaragoza y otras zonas cercanas en las que no exista cementerio musulmán, especialmente las zonas de Navarra, Logroño, País Vasco y Lérida. 2

DESCRIPCIÓN DE LA PRÁCTICA ANTECEDENTES Desde el año 1986 se vino utilizando una porción de terreno próxima al cementerio municipal de Torrero como zona de enterramiento de los combatientes marroquíes en la guerra civil española y desde el año 1988 fueron realizadas diferentes actuaciones que han venido conformando el recinto con las características propias de los enterramientos según el rito musulmán. La Ordenanza Municipal de Cementerios de Zaragoza, aprobada el 28 mayo de 2010, incorpora en su artículo 7 consideraciones respecto a la libertad ideológica, religiosa o de culto, del siguiente modo: 1. En el ejercicio de las competencias municipales reguladas por esta ordenanza, en los enterramientos o incineraciones no existirá discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 2. Los servicios religiosos y actos civiles en el cementerio serán prestados en virtud del principio constitucional de libertad ideológica, religiosa y de culto, de acuerdo con los ritos de las confesiones existentes, sin más limitaciones que el respeto debido a la libertad de pensamiento, conciencia, religión o convicción y al mantenimiento del orden público. 3. Los ritos, ceremonias o actos funerarios se practicarán en los lugares habilitados y sobre cada unidad de enterramiento de conformidad con lo dispuesto por el difunto o con lo que la familia determine. 4. El establecimiento o utilización de capillas, lugares de culto o salas de actos civiles serán autorizados por el Ayuntamiento o la entidad a la que autorice, en función de las necesidades y espacio disponible, previa solicitud. En obras de titularidad municipal recientes (año 2011) se acondicionó el cementerio musulmán, ahora incorporado como zona diferenciada dentro del cementerio municipal. No obstante no se disponía de un tanatorio específico para ceremonia de lavado y preparación de cadáveres por el rito musulmán que diera cobertura al cementerio musulmán de Zaragoza. 3

OBJETIVOS Objetivos generales: Dar cumplimiento a las previsiones de la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de cooperación entre el Estado español y la Comisión Islámica de España, artículo 2.5, en orden a facilitar a los ciudadanos que profesan la religión islámica, la observancia de las reglas tradicionales y ritos sobre enterramientos conforme a sus creencias. Objetivos específicos: Satisfacer la demanda de la comunidad musulmana de disponer de un edificio propio para uso exclusivo de prácticas funerarias con sujeción a las normas legales. DESCRIPCIÓN Descripción: 2011: Urbanización y mejora de andadores del cementerio musulmán y adecuación de entorno de la zona de sepulturas (recinto de 12.000 m2). 2012: Construcción de edificio de 65 m2 para sala de tanatorio para lavado y preparación de cadáveres y práctica de los ritos propios del Islam y aseos públicos. 2013: Firma de Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Zaragoza y la Comunidad Islámica de Zaragoza para gestionar el uso de la zona diferenciada como Cementerio Musulmán dentro del Cementerio municipal de Torrero para la práctica de enterramientos según el rito musulmán, con las peculiaridades propias de su destino. Desarrollo Técnico: La urbanización del entorno y adecuación, así como la construcción de edificio ha sido realizada por el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza (Servicio de Información y Atención al Ciudadano). A través del convenio firmado se cede la gestión del edifico tanatorio a la Comunidad Islámica de Zaragoza aunque no la práctica de enterramiento, la cual se sigue realizando por las brigadas 4

municipales. Costes y origen de la financiación: Las obras se realizaron dentro del marco del convenio firmado con la empresa SERFUTOSA, concesionaria del los servicios de tanatorio en el Cementerio Municipal de Torrero, dentro de un conjunto de mejoras en el Cementerio, como contrapartida a la adecuación rehabilitación y mejora del edificio tanatorio (no musulmán) incluidos en el Fondo Estatal de Inversión Local Z-10.67. Coordinación entre entidades: La práctica se realiza en coordinación con la empresa SERFUTOSA, concesionario de lo servicios de tanatorio en el Cementerio Municipal de Torrero y con la Comunidad Islámica de Zaragoza. La Comunidad Islámica de Zaragoza (CIF V504421114) ha sido fundada en 1980 por un pequeño grupo de musulmanes nacionalizados que había llegado a Zaragoza en la década de los 70, a los que se unieron otros provenientes de la zona del Magreb, también en su mayoría estudiantes. Se inscribió en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia en el año 1990. Dicha comunidad formó, en 1991, la Unión de Comunidades Islámicas de España (UCIDE), junto con las comunidades de Madrid, Valencia Granda, Oviedo y Santiago de Compostela. Coordinación con programas y/o proyectos con temática similar: No existe coordinación con otros programas y/o proyectos. Aspectos innovadores: Diversas estipulaciones contempladas en el Convenio son innovadoras: Aunque se concede a la Comunidad Islámica de Zaragoza el uso de la zona diferenciada como cementerio musulmán integrada dentro del cementerio municipal de Torrero para la práctica de enterramientos según el rito musulmán y utilización del edificio con instalaciones destinadas a lavatorio de los cadáveres y práctica de los ritos propios del Islam, el Ayuntamiento pueda hacer extensivo dicho uso a otras comunidades o beneficiarios, que profesen la religión musulmana, pudiendo compatibilizarse la gestión con Convenios similares. El Ayuntamiento asume a su cargo la planificación y ejecución de las obras correspondientes para acondicionar la zona mencionada al fin que se pretende. La planificación urbanística y distribución de espacios para sepulturas en el recinto concedido, y todo lo concerniente a la orientación y costumbres islámicas, se llevará a cabo contemplando las propuestas de una Comisión mixta. El Ayuntamiento asume los gastos de acondicionamiento y los gastos ordinarios para el uso y conservación de dicha zona de enterramiento así como del edificio y de las instalaciones de las que está dotado, limpieza, jardinería, seguridad, etc., en los mismos términos que el resto del cementerio. 5

El Ayuntamiento asume la gestión administrativa y económica del cementerio musulmán, llevando los registros correspondientes de inhumados y unidades de enterramiento, y quedando las concesiones sujetas a los plazos y términos establecidos en la Ordenanza General de Cementerios. En cuanto a los enterramientos, el Ayuntamiento asume, mediante el personal de la Brigada municipal de cementerios, la gestión material de la preparación y excavación de sepulturas, y fosas comunes, siendo por cuenta de la Comunidad Islámica de Zaragoza la preparación y manipulado de cadáveres, aportando para estas labores los medios materiales y humanos. Asimismo, la Comunidad Islámica de Zaragoza es responsable del mantenimiento y conservación del edificio, instalaciones y mobiliario destinados a lavatorio de cadáveres en las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato y proporcionar a su cargo los medios materiales y humanos precisos a tal efecto. Cuando se pretenda la realización de cualquier enterramiento en la parcela objeto de concesión, se solicitará previamente la concesión de la unidad de enterramiento al Ayuntamiento, aportándole toda la documentación exigible para realizar la inhumación, exhumación o traslado, así como la comprobación de las circunstancias concurrentes. Evaluación: La evaluación es realizada por una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio, prevista en la cláusula DECIMA del texto. La Comisión mixta se constituye integrada por dos personas designadas por el Ayuntamiento de Zaragoza y dos por la Comunidad Islámica de Zaragoza, que se reunirá con una periodicidad mínima de 4 (cuatro) veces al año, y emitirá informe o propuestas en los asuntos en que deban adoptarse decisiones respecto del mismo. Las propuestas de planificación urbanística, distribución de espacios, identificación y señalización de sepulturas en el recinto, tratamiento de materiales y todo lo concerniente a la orientación y costumbres islámicas, se analizará por dicha Comisión. RESULTADOS E IMPACTO Aún no se ha realizado la primero reunión de la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio, encargada de evaluar los resultados conseguidos. 6

POSIBILIDAD DE TRANSFERENCIA A OTROS CONTEXTOS Esta práctica se puede instaurar con facilidad en otras CCAA. 7

MATERIAL DE APOYO MATERIAL GRÁFICO Y DOCUMENTOS DE INTERÉS Convenio de Colaboración relativo al Cementerio Musulmán del cementerio de Torrero entre el Ayuntamiento de Zaragoza y la Comunidad Islámica de Zaragoza Fotos cementerio musulmán del Cementerio municipal de Torrero: http://www.zaragoza.es/ciudad/cementerios/torrero/galeria.htm 8