El Salvador. FESTIVES. Federación Sindical de Trabajadores Independientes Vendedores de El Salvador CTD, Central de Trabajadores Democráticos

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Transcripción:

El Salvador FESTIVES. Federación Sindical de Trabajadores Independientes Vendedores de El Salvador CTD, Central de Trabajadores Democráticos Comunicación a UTREIN, Julio 2016 José Antonio Dìaz ESTRATEGIA PARLAMENTARIA POR LA VIGENCIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL TRABAJO INDEPENDIENTES EN EL SALVADOR El 12 de Julio pasado, un conjunto de diputados de la Asamblea Legislativa Salvadoreña, liderado por el compañero José Maria Amaya, presidente de la CTD

(Central de Trabajadores Democráticos), hizo una presentación de gran importancia para la estrategia desarrollada por FESTIVES en relaciòn a sus afiliados y el conjunto de los trabajadores autónomos salvadoreños. Somos optimistas en que esta presentación sea acogida y convertida en norma. El texto dice lo siguiente: Nosotros, en nuestra calidad de Diputados de la Honorable Asamblea Legislativa, haciendo uso de facultades que nos confiere el artítulo 133 Ordenan, 1º de la República a Vuestra autoridad con respeto EXPONEMOS: 1) Que el Artículo 50 de la Constitución de la República, establece que la seguridad social constituye un servicio público de carácter obligatorio. La ley regulará sus alcances, extensión y forma. Así mismo. Dicha disposición establece que al pago de la seguridad social contribuirán los patronos, trabajadores, y el

Estado en la forma y cuantía que determine la ley - 2) Que el Art 52 de la carta magna regula en su artículo 52 que los derechos consagrados en favor de los trabajadores son irrenunciables. La enumeración de los derechos y beneficios a que este capítulo se refiere, no excluye otros que se deriven de los principios de justicia social. 3) Que el artículo 3 de la ley del seguro social establece que podrá ampliarse oportunamente a favor de las clases de trabajadores que no dependen de un patrono, en consecuencia, será por medio de reglamentos que establecerá la época en que las diferentes clases de trabajadores se incorporarán al régimen de seguro social. 4) Que por decreto ejecutivo 9, de fecha 8 de febrero de 1985, se crea el reglamento para la aplicacipn de regimen del seguro social a los trabajadores independientes el cual ya no responde a la dinámica socioeconómica de nuestro país, siendo necesario ampliar sus

conocimientos y contenido a fin de incorporar a pequeños comerciantes que desarrollan de manera sistemática una actividad productiva sujeta a los mismos riesgos que los trabajadores que dependen de un empleador. Por lo antes mencionado es procedente incluír esta categoría de trabajadores al régimen del seguro social, siendo condición previa reformar la ley de seguro social Por lo anteriores, con respeto PEDIMOS: a) Se nos admita la presente pieza de correspondencia que contiene reformas a la ley del seguro social aprobada por decreto legislativo 1273, publicado en el diario oficial 226 tomo 161, de fecha 11 diciembre de 1953. b) Para tal efecto adjuntamos el siguiente comunicado, del diputado José María Amaya, presidente de FESTIVES.

COMUNICADO DEL DIPUTADO JOSÉ MARIA AMAYA Diputadas y diputados, junta directiva, honorable asamblea legislativa de El Salvador. En mi calidad de diputado de este primer organo de gobierno y en base a la facultad constitucional emanada por los art. 131 ordinal 5 y 133 de nuestra Carta Magna, asi como el art 17 de nuestro reglamento interior, a ustedes con mucho respeto, EXPONGO. Que en nuestro pais la clase trabajadora dia con dia inyecta a la economia nacional un alto porcentaje del producto bruto, generando un desarrollo no solo al sector publico, privado o municipal sino también a ellos mismos obteniendo beneficios y generando un mejoramiento de la calidad de vida de sus familias por medio de un salario devengado por el desempeño de sus labores. Sin embargo, ademas del denominado empleo formal en nuestra sociedad salvadoreña existe un sector de la población que durante muchos años ha sido olvidados

por las políticas públicas a pesar de ser un dinamizador económico importante en nuestro país, dejándolo en un limbo legal que se presta para la no protección de sus derechos sociales inherentes, y es ante esta dura realidad que se ven forzados a generar su propio sustento diario y por ende sus propios medios de trabajo, desarrollándose de forma autónoma, independiente o por cuenta propia. Este segmento de la población en su mayoría esta conformado por comerciantes en pequeño, vendedores ambulantes, trabajadores del servicio colectivo público irregular, trabajadores de oficios varios, artesanos de cualquier tipo, etc quienes a pesar de la imposibilidad de no haber optado a un empleo de naturaleza formal se ganan la vida de forma honrada. no obstante a diario sufren los embates de la naturaleza, delincuencia común, estigmatización negativa por parte de sus detractores, competencia desleal, falta de apoyo del gobierno, falta de financiamiento, etc. Además de su aporte a la economía de nuestro pais estos trabajadores son parte importante de nuestra

cultura y de nuestra identidad, como legisladores tenemos que saldar una deuda histórica con ellos y reconocer el valioso aporte de los trabajadores por cuenta propia a la sostenibilidad de las familias salvadoreñas. Concientes de la importancia de los trabajadores por cuenta propia dentro de nuestra sociedad, es necesario reconocer su existencia legal pero por sobre todo darles el valor que ellos socialmente merecen y la mejor manera de hacerlo como una primera muestra de voluntad politica es la declaracion de un dia alusivo a ellos; por tanto en base a lo expuesto solicitamos: 1) Se admita la presente pieza de correspondencia con su proyecto de decreto. 2) Se emita un dictamen favorable despues del proceso formal de formacion de ley en base a lo peticionado.