FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ZARAGOZA DIRECCIÓN

Documentos relacionados
C O N V O C A T O R I A

CONVOCATORIA PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TUTORES EN EL COMITÉ ACADÉMICO DEL PROGRAMA DE MAESTRÍA Y DOCTORADO EN PSICOLOGÍA

A N T E C E D E N T E S:

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES E INVESTIGADORES DE LOS CENTROS DE EXTENSIÓN

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

INSTRUCTIVO PARA MIEMBROS DE MESAS ELECTORALES RECEPTORAS DE LOS GOBIERNOS ESCOLARES ESTUDIANTILES

III Funciones del Personal

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

Libro sexto Del voto de los mexicanos residentes en el extranjero

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.

modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

CRITERIOS Y PARÁMETROS PARA EL DESARROLLO DEL EXAMEN ESCRITO

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA

INFORMATIVO PARA APODERADOS DE MESA

La esperanza de México

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA

CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE JUNTAS Y COMISARÍAS EN EL MUNICIPIO DE COMALA.

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL RED JOVENES X MÉXICO COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES

PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO

A N T E C E D E N T E

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período

"2015. Año del bicentenario luctuoso de José María Morelos y Pavón" TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE COACALCO (TESCo) CONVOCA

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.

Reglamento de Participación Estudiantil En la Facultad de Ciencias Agrícolas. El Consejo de Educación Superior, a través de su Certificación Núm.

CONVOCATORIA BASES. 1.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

CONVOCATORIA BASES. SEGUNDA. REQUISITOS. Los interesados deberán cubrir los siguientes requisitos:

PROCEDIMIENTO PARA EL VOTO PRESENCIAL Y EL RECUENTO DE VOTO ANTICIPADO

Gobierno del Estado de Morelos

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES DE LA FACULTAD DE DERECHO ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO PARA EL PERIODO

CONVOCATORIA A CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO CIESAS - SURESTE

CONSIDERANDO REGLAS. 2ª.- Para los efectos de la aplicación de las presentes reglas, se entenderá por:

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9

I CONVOCATORIA. 20, fracción 11,párrafo décimo primero, incisos a) al e) de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas;

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA PARTICIPANTES DE DIPLOMADOS

ELECCIÓN INTEGRANTES SENADO UNIVERSITARIO INSTRUCTIVO ESPECIAL VOCALES DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS. 24 y 25 de junio de 2014

Juan Ignacio García Director del Servicio Electoral Octubre División de Procesos Electorales

REGULARIZACION CON OBJETIVIDAD DE LOS SONDEOS DE OPINION O ENCUESTAS DE SALIDA EN MATERIA ELECTORAL

CONVOCAN: PRIMER PROCESO DE SELECCIÓN DE MEDIADORES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO BASES

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO

Elecciones Generales 26 de junio de 2016

REGLAMENTO DE LA ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003.

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN PERIODO

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION

CONVOCATORIA. Quito, 25 de febrero del Señor PRESIDENTE CLUB DEPORTIVO LDBA Presente.- De nuestras consideraciones:

Artículo 6. El fondo de Orfandad se aplica cuando fallece la persona designada por el estudiante como su sostén económico.

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES

GUÍA DE ESTUDIO PARA LOS ASPIRANTES A MONITORISTAS

Manual de la Jornada Electoral

CURSO DE INFORMACIÓN ELECCIONES ESCOLARES 2011 DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

COMISIÓN LOCAL DE VIGILANCIA EN EL ESTADO DE NAYARIT ACTA DE LA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 04 DE JUNIO DE 2009

Protocolo para la celebración del proceso electoral en los. Comités Autonómicos de UNICEF Comité Español

MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA. Directiva de Casilla y es precisamente el Código Electoral para el Estado de Veracruz, en su

GUÍA PARA PRESENTACIÓN DEL EXAMEN DE CANDIDATURA. Doctorado en Ciencias de la Electrónica

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.

INSTRUCTIVO ELECTORAL

Inscripción de partidos políticos

CENTRO DE INFORMACION, DOCUMENTACION Y EDUCACION ELECTORAL JUNTA CIVICA 1

COORDINADOR DE LA COMISIÓN OPERATIVA ESTATAL DEL MOVIMIENTO CIUDADANO EN SAN LUIS POTOSÍ

Identifica los documentos necesarios para obtener tu Credencial para Votar

REGLAMENTO ELECTORAL GENERAL

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION SOCIEDAD ESPAÑOLA DE HIPERTENSIÓN LIGA ESPAÑOLA PARA LA LUCHA CONTRA LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL S.E.H. L.E.L.H.A.

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

"2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente" TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE COACALCO (TESCo) CONVOCA

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017

PROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PERIODO

BASES DEL I CONCURSO DE MISS Y MISTER AGROINDUSTRIAL Y COMERCIO EXTERIOR

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1.

I. Comunidad Autónoma

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN PERIODO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO

Votos válidos y nulos en ley electoral del Estado de Nuevo León

En cumplimiento con las disposiciones que establecen los artículos 58 y 73 de

CONVOCATORIA. Al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos (CECyT 17) León Guanajuato.

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES

C O N V O C A B A S E S

ESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS.

La Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' Considerando:

Transcripción:

FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ZARAGOZA DIRECCIÓN La Dirección de la Facultad de Estudios Superiores Zaragoza, con base en los Artículos 12 de la Ley Orgánica; 19, 45 y 47 del Estatuto General, y el Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos (RECUT): C O N V O C A A los alumnos de las Carreras de la Facultad de Estudios Superiores Zaragoza, a la: ELECCIÓN PARA EL PERÍODO ABRIL DE 2017-MAYO DE 2019 DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS ANTE EL H. CONSEJO TÉCNICO DE ESTA FACULTAD, de acuerdo con las siguientes: B A S E S PRIMERA.- De acuerdo con el Artículo 47 del Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México, los requisitos para ser Consejero Técnico representante de los alumnos son los siguientes: I. Estar inscrito en la Facultad; II. Haber concluido por lo menos un año de estudios; III. Tener acreditado el número de materias que corresponda al año o semestre anterior al que se encuentre inscrito, y que no cuente con materias no aprobadas al momento de la elección con independencia de que, en el plan de estudios semestral, las materias acreditadas correspondan a semestres posteriores. Para efectos estrictamente de elegibilidad, la anotación NP en cualquier asignatura no será considerada como no acreditada ; IV. Tener un promedio de calificaciones mínimo de 8; - 1 -

V. Manifestar por escrito, en el momento de su registro como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Técnico, en caso de resultar electo; VI. No ocupar en la Universidad ningún puesto administrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su cargo, y VII. No haber cometido faltas graves contra la disciplina universitaria que hubieren sido sancionadas. SEGUNDA.- Las listas de alumnos elegibles como Consejeros Técnicos se difundirán el mismo día en que se publique esta Convocatoria, y se exhibirán en los siguientes lugares: Campus I - Planta baja del edificio de gobierno, así como en la página web (www.zaragoza.unam.mx) de la Facultad. - Campus II - Planta baja del edificio de gobierno, así como en la página web (www.zaragoza.unam.mx) de la Facultad. - Campus III - Planta baja del edificio de gobierno, así como en la página web (www.zaragoza.unam.mx) de la Facultad. Las correcciones a los listados anteriores se podrán solicitar ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, en el local que ocupa la Oficina del Consejo Técnico, inmediatamente después de su publicación y hasta las 18:00 horas del 10 de marzo de 2017. TERCERA.- Los alumnos designarán en elección directa mediante voto universal, libre y secreto, a dos Consejeros Técnicos propietarios y a sus respectivos suplentes. La elección se llevará a cabo por fórmula de propietario y suplente. El período de registro de fórmulas será del 27 de febrero al 10 de marzo de - 2 -

2017, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, en el local que ocupa la Oficina del Consejo Técnico, de las 10:00 a las 18:00 horas. CUARTA.- Los requisitos para el registro de una fórmula son los siguientes: I.- II.- Solicitar e ingresar en la Oficina del Consejo Técnico, la hoja de registro de la fórmula respectiva, integrada por un propietario y un suplente, debiendo los candidatos manifestar su aceptación por escrito. Anexar copia fotostática de la credencial de la UNAM o identificación oficial de cada uno de los candidatos de la fórmula. Los candidatos deberán cumplir con los requisitos establecidos en la base primera de esta convocatoria. III.- Conjuntamente con la solicitud de registro de una fórmula, deberá indicar el nombre, domicilio y teléfono de una o dos personas que representarán a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral. IV.- Los integrantes de la fórmula y sus representantes no podrán ser miembros de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, tampoco podrán ser funcionarios de casilla ni escrutadores. Una vez registrada la fórmula, la Comisión Local de Vigilancia de la Elección extenderá una constancia de aceptación o rechazo a más tardar a las 18:00 horas del 14 de marzo de 2017. La constancia deberá recogerse en el local que ocupa la Oficina del Consejo Técnico. QUINTA.- Cada fórmula podrá acreditar hasta las 18:00 horas del 10 de marzo de 2017 ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, a un observador de casilla. SEXTA.- De acuerdo con el Artículo 47 del Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México, para ser alumno elector es requisito estar inscrito en el periodo lectivo correspondiente, en una de las Carreras de esta Facultad. - 3 -

SÉPTIMA.- El padrón de electores por Carrera o Área se publicará el mismo día en que se publique esta Convocatoria y se exhibirá en los mismos sitios que los señalados para el Padrón de Elegibles. Se podrán solicitar correcciones al padrón de electores hasta las 09:00 horas del 21 de marzo de 2017, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, en el local que ocupa la Oficina del Consejo Técnico. OCTAVA.- Una vez aprobado el registro de la fórmula, se podrá iniciar la propaganda electoral. La fecha límite para la realización de actos de propaganda electoral será el 22 de marzo de 2017 a las 08:00 horas. Antes de las 08:00 horas de ese día, se deberá retirar la propaganda ubicada en un perímetro aproximado de diez metros al sitio señalado para la votación. NOVENA.- Conforme al Acuerdo No. 02/07-SO/3.7 de la Sesión Ordinaria del Consejo Técnico celebrada el 9 de julio de 2002, en caso de que se registre sólo una fórmula, ésta será declarada ganadora por la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y ratificada por el H. Consejo Técnico. DÉCIMA.- La votación se llevará a cabo el viernes 24 de marzo de 2017, de las 09:00 a las 18:00 horas en Campus I y en Campus II, y de las 09:00 a las 14:00 horas en Campus III. Se dispondrá de una casilla situada en la Planta Baja del Edificio de Gobierno de Campus I donde podrán votar únicamente los alumnos de las carreras de Cirujano Dentista, Enfermería, Médico Cirujano y Psicología, una casilla situada en la Planta Baja del Edificio de Gobierno de Campus II, en la que podrán votar únicamente los alumnos de las carreras de Biología, Ingeniería Química y Química Farmacéutica Biológica, y una casilla situada en la Planta Baja del edificio de Gobierno de Campus III, donde podrán votar únicamente los alumnos de las carreras de Biología, Desarrollo Comunitario para el Envejecimiento, Enfermería y Psicología adscritos al Campus III (Tlaxcala). En ninguna urna podrán sufragar más de 1000 votantes. Cuando hubieren votado el número total de electores incluidos en el padrón, la casilla podrá cerrar antes de la hora señalada, siempre y cuando la Comisión Local de Vigilancia de la Elección lo apruebe. - 4 -

DÉCIMA PRIMERA.- En cada casilla habrá tres Funcionarios (un presidente y dos auxiliares para la votación y escrutinio) con sus respectivos suplentes, los cuales serán designados aleatoriamente por el Consejo Técnico en la sesión ordinaria de este Consejo del mes de marzo de 2017. DÉCIMA SEGUNDA.- Para poder votar es requisito indispensable estar registrado en el padrón de electores y presentar la credencial vigente que lo acredite como alumno de la UNAM o en su defecto, presentar la credencial de elector. DÉCIMA TERCERA.- Por acuerdo del Consejo Técnico en la sesión ordinaria del día 8 de febrero de 2017, con base en el Artículo 14 del RECUT, se designó como miembros de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, a los profesores Consejeros: PRESIDENTE: SECRETARIO: VOCAL: MTRO. MARIO MANUEL AYALA GÓMEZ I.Q. JOSÉ ANTONIO ZAMORA PLATA LIC. VICENTE GATICA RAMÍREZ Las funciones de esta Comisión, son las siguientes: I. Autorizar las correcciones que se soliciten y procedan respecto al padrón de electores y a la lista de elegibles; II. Resolver sobre el otorgamiento del registro a las fórmulas que satisfagan los requisitos previstos en la Legislación Universitaria; III. Recibir los recursos de impugnación que se presenten y turnarlos al Consejo Técnico, para que este último conozca de ellos y resuelvan lo que corresponda de acuerdo con sus atribuciones; IV. Hacer del conocimiento del Consejo Técnico los elementos probatorios de que alguno de los integrantes de una fórmula ha incurrido directamente en alguna de las causas de cancelación previstas en el artículo 50 del RECUT; V. Asumir el cuidado de las urnas y supervisar el escrutinio; VI. Conocer de todas aquellas cuestiones que se susciten durante la jornada electoral y, en su caso, resolverlas, y VII. Las demás que señale el RECUT y las que le otorgue la Legislación Universitaria. - 5 -

DÉCIMA CUARTA.- La boleta electoral en la que se expresará la votación será diseñada por el H. Consejo Técnico de la Facultad y contendrá impresas las fórmulas registradas -propietario y suplente- con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario. DÉCIMA QUINTA.- La jornada electoral se desarrollará de la forma siguiente: I. El presidente de la casilla, o quien en su caso lo sustituya, recibirá el paquete electoral y procederá inmediatamente a la instalación de la casilla con los demás funcionarios de la misma y los representantes de las fórmulas. Se levantará el acta correspondiente, que contendrá: a) La certificación de que las urnas estén vacías, y b) El conteo de las boletas electorales que se reciban, que deberán coincidir con el número de personas inscritas en el padrón. Las urnas se colocarán a la vista de los miembros de la casilla y de los representantes de las fórmulas. Cuando no se presente alguno de los funcionarios titulares de la casilla o escrutadores, entrarán en funciones los suplentes. En todo caso, la Comisión resolverá lo conducente; II. Después de haber levantado el acta de instalación, se procederá a recibir la votación; III. En cada casilla se colocarán mamparas que permitan garantizar que el voto sea secreto y no podrá haber más de un votante al mismo tiempo; IV. Para el ejercicio del sufragio en votación presencial, se requerirá: a) Estar registrado en el padrón definitivo, y b) Presentar credencial vigente de la Universidad o credencial de elector; V. Los funcionarios de casilla verificarán que el nombre del votante esté en el padrón y que la identificación corresponda; marcarán el pulgar derecho del elector con tinta indeleble y le entregarán su boleta electoral. Acto - 6 -

seguido, el presidente escribirá en el padrón electoral, junto al nombre del votante, la palabra votó. El elector sufragará en la mampara, depositará la boleta doblada en la urna y se retirará inmediatamente de la casilla; VI. Los funcionarios de las casillas permanecerán en ellas todo el tiempo que dure la jornada electoral. No podrá ausentarse de la casilla más de dos de los funcionarios al mismo tiempo; VII. Las casillas electorales en Campus I y II se cerrarán a las 18:00 horas del viernes 24 de marzo de 2017, y en Campus III a las 14:00 horas, a menos que aún hubiesen electores formados para votar. Las casillas podrán cerrarse antes de la hora establecida en la convocatoria cuando todos los electores del padrón hayan votado; VIII. Cerrada la casilla, el presidente procederá en el mismo lugar y de manera inmediata a abrir las urnas a efecto de que los escrutadores realicen el cómputo de los votos. Acto seguido, los funcionarios de casilla levantarán el acta de cierre y de escrutinio de cada elección en la casilla; IX. Los funcionarios de casilla y, en su caso, los representantes acreditados de las fórmulas registradas intervendrán en el levantamiento de las actas correspondientes y las rubricarán, y X. Los funcionarios de casilla, acompañados, en su caso, de los representantes acreditados de cada fórmula registrada, entregarán el acta de cierre de casilla, de escrutinio y el resto del paquete electoral a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Los paquetes electorales serán recibidos a más tardar hasta las 20:00 horas del 24 de marzo de 2017. La entrega de los documentos se efectuará en la Sala de Juntas del Consejo Técnico, planta alta del edificio de gobierno de Campus I. Un voto será nulo: I. Cuando el votante seleccione más de una fórmula; II. Cuando se hubiere escrito en la boleta cualquier tipo de texto o anotación - 7 -