Las novedades de nuevo sistema de inversión pública Lima, mayo de 2017
NORMATIVIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES
MARCO LEGAL Decreto Legislativo N 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Reglamento del Decreto Legislativo N 1252, aprobado por Decreto Supremo N 027-2017-EF. Directiva N 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual, aprobada por Resolución Directoral N 001-2017- EF/63.01 Directiva N 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación, Resolución Directoral N 002-2017-EF/63.01.
SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y Objeto: GESTIÓN DE INVERSIONES Invierte.pe Orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios públicos y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país.
ÁMBITO DE APLICACIÓN Todas las entidades y empresas del Sector Público No Financiero que ejecuten proyectos de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, con recursos públicos. 1. Sectores del Gobierno Nacional 2. Gobiernos Regionales 3. Gobiernos Locales : Que al 24.02.2017 se encontraban sujetos al SNIP. Que programen solicitar operación de endeudamiento externo, aval o garantía del Estado para financiamiento de PIP. Deberán incorporarse primero al Sistema. Que sean incorporados gradualmente por RD de la DGIP
PRINCIPALES DEFINICIONES Programa Multianual de Inversiones (PMI): - Contiene el diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura y/o acceso a servicios públicos bajo la responsabilidad funcional de un Sector, o a cargo de un GR o GL. - Horizonte mínimo de tres (03) años. Inversiones: Comprende a los proyectos de inversión y a las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación. Proyecto de inversión: Corresponde a intervenciones temporales que se financian, total o parcialmente, con recursos públicos, destinadas a la formación de capital físico, humano, natural, institucional e/o intelectual que tenga como propósito crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción de bienes y/o servicios que el Estado tenga responsabilidad de brindar o de garantizar su prestación.
Diferenciación entre PI e inversiones que NO constituyen PI
ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES
Sector / Gobierno Regional / Gobierno Local MEF Órgano Resolutivo (OR) Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) Unidades Formuladoras (UF) Dirección General de Programación Multianual de Inversiones DG Presupuesto Público DG Endeudamiento y Tesoro Público Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI)
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES (DGPMI) Rectoría: Normas y Directivas. Metodología general ex ante y expost. Parámetros de evaluación. Supervisa el Ciclo de Inversión. Gestiona el Banco de Inversiones. Elabora el PMIE: Consolidación de los PMI sectores y gobiernos subnacionales. Considera la asignación de recursos y marco macroeconómico multianual. Brinda capacitación. Define perfiles profesionales (Responsables de OPMI y UF). Verifica la conformidad del endeudamiento para proyectos con deuda.
ÓRGANO RESOLUTIVO (OR) Es el Titular o máxima autoridad ejecutiva en el Sector, GR o GL. Tiene las siguientes funciones: Aprueba y presenta a DGPMI: -Aprueba las brechas identificadas y los criterios para la priorización de las inversiones a ser aplicadas en la elaboración de su PMI. -PMI del sector y de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales (antes del 30 de marzo). -Metodologías específicas de formulación (en concordancia con la metodología general). Designa órganos y sus responsables (UF y UEI). Autoriza la ejecución de las inversiones de su Sector, GR o GL y la elaboración de ET o equivalente.
OFICINAS DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES Elabora metodologías específicas. Elabora PMI: Seguimiento del PMI: (OPMI) o OPMI del Sector coordina con GR y GL la elaboración del PMI. o Propone criterios de priorización de la cartera conforme a brechas y asignación presupuestal. o Verifica que las inversiones a ejecutarse se encuentren en el PMI. o Realiza seguimiento de las brechas e indicadores de resultados. o Realiza seguimiento de la ejecución. Evaluación expost.
UNIDADES FORMULADORAS (UF) Son las unidades orgánicas de una entidad o de una empresa sujeta al Sistema, con las siguientes funciones: Es responsable de la fase de Formulación y Evaluación del Ciclo de Inversión. Aplica metodologías aprobadas por el Sector o por la DGPMI. Elabora fichas técnicas y estudios de preinversión. Declara la viabilidad de los proyectos de inversión. Realiza los registros en el Banco de Inversiones. Aprueba inversiones que no constituyen proyectos.
UNIDADES EJECUTORAS DE INVERSIONES Son las unidades orgánicas de una entidad o de una empresa, no requieren ser Unidad Ejecutora presupuestal. Por su especialidad tiene por funciones: Elaborar el ET o documentos equivalentes para el proyecto de inversión, sujetándose a la concepción técnica y dimensionamiento contenidos en la ficha técnica o estudios de preinversión. Elaborar el ET de las inversiones que no constituyen proyecto. Es responsable por la ejecución física y financiera de las inversiones, sea que lo realice directa o indirectamente conforme a la normatividad vigente en materia presupuestal y de contrataciones. Mantener actualizada la información de la ejecución de las inversiones en el Banco de Inversiones durante la fase de Ejecución, en concordancia con la ficha técnica o el estudio de preinversión, para el caso de los proyectos de inversión; y con el PMI respectivo.
FASES DEL CICLO DE INVERSIÓN
PROGRAMACIÓN MULTIANUAL FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN EJECUCIÓN FUNCIONAMIENTO Diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios públicos. Elaboración de la Ficha Técnica/ Estudio de Preinversión. Elaboración del ET. Operación y mantenimiento Elaboración y aprobación del PMI. Evaluación y declaración de viabilidad. Ejecución física y financiera. *SSI Evaluación Ex Post
Se establece la cartera de inversiones Consolidación en el PMIE 1. Programación Multianual Las OPMI del sector y de los GR y GL elaboran su cartera de inversiones sobre la base de los objetivos y priorización definidos. La cartera de inversiones debe indicar la posible fuente de financiamiento, modalidad de ejecución, monto referencial y fechas de inicio y término. El Órgano Resolutivo de cada sector, GR y GL debe presentar, antes del 30 de marzo de cada año, su PMI a la Dirección General de Presupuesto Multianual de Inversiones (DGPMI), que consolida toda la información en el Programa Multianual de Inversiones del Estado (PMIE). Si bien el PMIE es el marco de referencia de la inversión pública, previamente es evaluado por la DGPMI para validar su consistencia con la programación presupuestal de inversiones que realizan anualmente los sectores, GR y GL, y cuya información es remitida por la Dirección General de Presupuesto Público.
El principal cambio en esta fase es la definición de proyectos: NO todas las inversiones son consideradas PI Solo los PI se someten a todo el ciclo de inversiones. Los no PI se programan y ejecutan directamente.
Flujograma de la PMI OPMI (Sectores) OPMI (GR/GL) DGETP (MEF) DGPMI (MEF) DGPP (MEF) 1 - Brechas - Criterios de priorización 2 Criterios de priorización No Se desecha 7 PMIE 3 4 Proyectos con deuda Conforme? 3 Inversiones y Proyectos Sí 8 Evalúa consistencia de PMIE 9 Programación presupuestaria anual 10 Formulación presupuestaria anual 6 PMI sectorial 5 PMI subnacional Actualiza y publica PMIE en portal MEF
2. Formulación y evaluación Elaboración de fichas técnicas o estudios de preinversión Los proyectos más recurrentes y replicables se estandarizarán en fichas técnicas estándar. Para los casos de inversiones menores a las 750 UIT se utilizan fichas simplificadas. Solo los proyectos complejos (no estandarizables) o de más de 15,000 UIT requerirán de estudios a nivel de perfil. Si la inversión supera las 407,000 UIT requerirá estudios a nivel de perfil reforzado. Evaluación y registro del proyecto en el Banco de Inversiones La evaluación de las fichas técnicas y de los estudios de preinversión, según sea el caso, la realiza la Unidad Formuladora (UF). La UF, además, es la encargada de registrar el proyecto en el Banco de Inversiones, así como el resultado de la evaluación. En el caso de PI cuyo financiamiento genere deuda pública, la OPMI respectiva y la DGPMI determinan la UF responsable de la formulación y evaluación, como requisito previo a la elaboración de los estudios de preinversión.
Clasificación de PIP Estándar Proyectos replicables o cuyo monto de inversión no supere las 15,000 UIT (aprox. S/ 60 millones) se elabora una ficha técnica. Proyecto de inversión Para proyectos cuyo monto de inversión no supere las 750 UIT, se elabora una Ficha Técnica Simplificada. Cuando el monto de inversión no supere las 407,000 UIT, se elabora un estudio de perfil. Alta complejidad Cuando el monto de inversión supera las 407,000 UIT, se elabora un estudio de perfil reforzado.
La principal novedad en esta fase es la creación de fichas técnicas para proyectos estándar: Son formatos estandarizados precargados con datos para las principales variables para el dimensionamiento y costos de un proyecto Las OPMI sectoriales son las encargadas de recomendar aquellas tipologías de proyectos que pueden estandarizarse. Las fichas técnicas brindan una justificación técnica y económica clara y concisa.
3. Ejecución Elaboración del expediente técnico o documentos equivalentes Lo elabora la Unidad Ejecutora de inversiones (UEI) en función de la concepción técnica y dimensionamiento del estudio de preinversión o de la ficha técnica. Ejecución del proyecto El seguimiento de la ejecución se realiza a través de Sistema de Seguimiento de Inversiones, herramienta que asocia el Banco de Inversiones con el SIAF. Si se realizan modificaciones, la UE o UF, según corresponda, deben registrarlas en el Banco de Inversiones antes de ejecutarlas. Culminada la ejecución, la UE realiza la liquidación física y financiera y cierra el registro en el Banco de Inversiones. Si se incorporan mayores recursos durante el año de ejecución, conforme a la normatividad presupuestaria vigente, se puede ejecutar proyectos no previstos en el PMI, previa aprobación del OR e informe a la DGPMI. En el caso de las APP, se rigen por su contrato.
El principal cambio en esta fase es la creación del Sistema de Seguimiento de Inversiones que vincula el Banco de Inversiones con el SIAF: El registro oficial de todas las inversiones públicas (PI y NO PI) y su seguimiento La información resultante del expediente técnico o documento equivalente es registrada por la UEI en el Banco de Inversiones. Las modificaciones aceptadas por la normativa de contrataciones las registra la UEI. Las de otro tipo, la UF.
Reporte del estado de los activos Programar gasto para O & M Evaluaciones ex-post de los proyectos 4. Funcionamiento Los titulares de los activos incluidos en el PMI deben reportar anualmente su estado a las OPMI del sector, GR o GL respectivo. Los titulares de los activos deben programar el gasto necesario para asegurar la operación y mantenimiento de los mismos. La DGPMI establecerá criterios para que un proyecto sea evaluado. La OPMI respectiva deberá determinar que proyectos cumplen los requisitos y evaluarlos de acuerdo a su complejidad. La DGPMI tiene la facultad de publicar el listado de proyectos que deberían ser evaluados ex post cada año por la OPMI del sector, GR o GL.
El principal cambio en esta fase es la creación de reportes anuales de activos: Registro del estado situacional de los activos que forman parte del PMIE La entidad titular de los activos debe prever los créditos presupuestarios necesarios para su operación y mantenimiento Definición de criterios de evaluación ex post por la DGPMI para la realización de evaluaciones ex post de las inversiones.
LA TRANSICIÓN
Proyectos que pasan a invierte.pe Términos de referencia para la elaboración del Perfil en elaboración o aprobados. Estudio de Perfil en elaboración o con proceso de selección convocado. Estudio de Perfil observado o aprobado Estudio de Factibilidad en elaboración o con proceso de selección convocado. Proyecto declarado viable. Proyectos que a la fecha cuenten con expediente técnico en elaboración o con proceso de selección convocado o en ejecución física. Proyectos que permanecen en el SNIP