NMX-EE-152-1982. ENVASE. PAPEL ENCERADO. BOLSAS PARA ALIMENTOS. ESPECIFICACIONES. PACKAGING. WAXED PAPER. BAGS TO CONTAIN FOODS. SPECIFICATIONS. NORMAS MEXICANAS. DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS. PREFACIO En la elaboración de la presente Norma, participaron las siguientes Empresas e Instituciones. Anderson Clayton, S.A. Bremen, S.A. Cámara Nacional de las Industrias de la Celulosa y del Papel. Cartonajes Estrella, S.A. Comisión Nacional de Fruticultura. Comité Consultivo Nacional de Normalización de Envase y Embalaje. Compañía Industrial de San Cristobal, S.A. Compañía Nestlé, S.A. Empaques Flexibles, S.A. Fábrica de Dulces la Reyna. Fábricas de Papel Loreto y Peña Pobre, S.A. Industrias Mafer. Industria Nacional de Comercio Exterior. Kellogg de México S.A. de C.V. La Suiza S.A. de C.V. Laboratorios Nacionales de Fomento Industrial. Lance, S.A. Nabisco Famosa, S.A. Organización de las Naciones Unidades para el Desarrollo Industrial. Papelería Iruña, S.A. Papeles Lozar, S.A. Papeles Encerados Dixie de México, S.A. Rodfer, S.A. Samborns Hnos, S.A. Secretaría de Comercio (Dirección General de Normas Comerciales). 1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN Esta Norma Mexicana establece las especificaciones que deben cumplir las bolsas de papel encerado o parafinado utilizadas para envasar, proteger y distribuir productos alimenticios. 2. REFERENCIAS RECOPILADO POR: EL PROGRAMA UNIVERSITARIO DE ALIMENTOS Esta Norma se complementa con las vigentes de las siguientes Normas Mexicanas: NMX-EE-059 Envase y embalaje - Símbolos para manejo transporte y almacenamiento
NMX-EE-149 Envase.- Papel encerado para contener alimentos.- Especificaciones NMX-Z-009 Símbolo o leyenda HECHO EN MÉXICO. NMX-Z-012 Muestreo para la inspección por atributos. 3. DEFINICIÓN 3.1 Bolsa de papel encerado o parafinado Envase de papel encerado o parafinado, de capacidad variable, formado por la superposición y pegado con un adhesivo apropiado en los bordes opuestos de una hoja de papel, de modo que quede un tubo o un cono. En el caso del tubo, se cierra de diferentes modos para formar el fondo de la bolsa según sea el modelo de la misma. 4. CLASIFICACIÓN 4.1 El producto objeto de esta Norma, se clasifica con base a su presentación en tres tipos como sigue: Tipo I Tipo II Tipo III Bolsa cono. Bolsa plana. Bolsa fuelle. A su vez con base a su sellado se subclasifican en 3 subtipos como sigue: Subtipo I Subtipo II Subtipo III Con sello central. Con dos sellos laterales. Con un sello lateral y otro en el fondo. 4.1.1 Tipo I Bolsa cono Generalmente estas bolsas se obtienen a partir de un trozo rectangular de papel y para su confección sólo precisan de una "costura" engomada presentando aspecto cónico después de elaboradas, tomando en cuenta la cantidad de producto en gramos que vaya a contener. 4.1.2 Tipo II Bolsa plana El fondo de esta bolsa es totalmente plano, se obtiene mediante uno o dos dobleces del tubo. 4.1.3 Tipo III Bolsa con fuelle (Bolsa satchel) La construcción de esta bolsa es similar a la bolsa plana en cuanto al fondo. Este modelo de bolsa se caracteriza por la presencia de fuelle. (simétrico o asimétrico). 5. ESPECIFICACIONES Las bolsas de papel encerado, deben cumplir con las especificaciones siguientes:
5.1 Papel encerado El papel encerado que se utiliza en la construcción de las bolsas objeto de esta Norma debe cumplir con las especificaciones de calidad establecidas en la NMX-EE-149 (véase 2). 5.2 Adhesivos Podrá emplearse adhesivos con características propias para pegar este tipo de papel, resistentes a la humedad y, totalmente inocuos por tratarse de bolsas que han de contener productos alimenticios. Deben cumplir con los reglamentos y disposiciones que señale la Secretaría de Salubridad y Asistencia. 5.3 Sellado Verificar que las uniones en ceja fondo y/o ceja traslape sean suficiente para mantener el sellado y la forma de la bolsa durante su uso. 5.4 Dimensiones 5.4.1 Dimensiones de la bolsa tipo cono Las dimensiones y tamaño de la bolsa tipo cono deben ser proporcionales a la cantidad de masa y volumen que vaya a contener; en cuanto a sus parámetros dimensionales, son los que se presentan en la figura 1. 5.4.2 Dimensiones de la bolsa plana Las dimensiones y tamaño de la bolsa plana deben ser proporcionales a la cantidad de masa y volumen que vaya a contener; sus parámetros dimensionales son los que se indican en la figura 2. El ancho corresponde a la medida tomada de extremo a extremo de la boca. El largo es la medida que existe entre el extremo superior e inferior de la misma cara, tomando como base la más pequeña de las caras principales. La ceja corresponde a la altura de la franja de papel para formar el fondo. 5.4.3 Dimensiones de la bolsa de fuelle Las dimensiones y tamaño de la bolsa de fuelle deben ser proporcionales a los requerimientos de masa y volumen del producto que va a contener. 5.4.3.1 Con fuelle simétrico Se consideran las dimensiones que se señalan en la figura 3-a. En ancho corresponde a la medida de la cara anterior tomada de extremo a extremo de la boca.
El largo es la medida que existe entre el extremo superior y el extremo inferior de la misma cara, tomando como base la más pequeña de las dos caras principales. El fuelle simétrico se mide considerando el ancho de la cara lateral tomando de extremo a extremo de la boca. La ceja corresponde a la altura de la franja de papel para formar el fondo. 5.4.3.2 Con fuelle asimétrico Las dimensiones que se consideran para la bolsa con fuelle asimétrico son las señaladas en la figura 3-b.
FIGURA 2 BOLSA PLANA
FIGURA 3 a BOLSA CON FUELLE SIMÉTRICO
FIGURA 3-b BOLSA CON FUELLE ASIMÉTRICO
El ancho anterior corresponde a la medida de la cara anterior tomada de extremo a extremo de la boca. El ancho posterior se mide considerando la cara posterior tomando de extremo a extremo de la boca. Medir el largo, fuelle asimétrico y ceja como se señala en el punto 5.4.3.1. 6. MUESTREO 6.1 Cuando se requiera el muestreo del producto, esté podrá ser establecido de común acuerdo entre proveedor y comprador, recomendándose el uso de la NMX-Z-012 (Véase 2). 6.2 Para efectos oficiales del muestreo estará sujeto a la legislación y reglamentación de la Dependencia Oficial correspondiente. 7. MÉTODOS DE PRUEBA Para la verificación de las especificaciones físicas y de calidad del papel encerado para elaboración de las bolsas que se establecen en la presente Norma, se debe aplicar la NMX-EE-149 con sus correspondientes Normas Mexicanas de referencia. (véase 2). 8. MARCADO, ETIQUETADO, ENVASE Y EMBALAJE 8.1 Marcado o etiquetado 8.1.1 Marcado en el envase Cuando se requiera del envase del producto objeto de esta Norma, debe marcarse una etiqueta o impresión permanente, visible e indeleble con los datos siguientes: Denominación del producto, conforme a la clasificación de esta Norma. Nombre o marca comercial registrada, pudiendo aparecer el símbolo del fabricante. Contenido neto (número de bolsas o masa). La leyenda o símbolo "HECHO EN MÉXICO", de la NMX-Z-009 (véase 2). 8.1.2 Marcado en el embalaje Deben marcarse los datos necesarios de 8.1.1 para identificar el producto y todos aquellos otros que se juzguen conveniente tales como las precauciones que deben tenerse para el manejo transporte y almacenamiento del producto según lo establecido en la NMX-EE-059 (véase 2). 8.2 Envase Cuando se requiera del envase del producto objeto de esta Norma, esté debe ser de un material apropiado que tenga la debida resistencia y que ofrezca la protección adecuada al producto.
8.3 Embalaje Cuando se requiera el embalaje del producto objeto de esta Norma, se deben usar cajas de cartón o envolturas de algún otro material apropiado, que tengan la debida resistencia y que ofrezcan la protección adecuado a las bolsas para impedir su deterioro exterior. 9. BIBLIOGRAFÍA BSI: 1133 Sección 7: 1967. Paper and Board Wrappers, Bags and Containers. Información proporcionada por el fabricante. UNE:49-402-73. Bolsas de papel para usos generales. Nomenclatura. Fecha de aprobación y publicación: Julio 16, 1982.