Principios constitucionales y consideraciones generales del empleo público

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Transcripción:

El empleo público

1 Principios constitucionales y consideraciones generales del empleo público

Qué es el empleo público El conjunto de medios personales de las Administraciones públicas Datos numéricos: +/- 2.500.000 empleados públicos Categoría heterogénea: no sólo funcionarios En algunas AAPP es mayor el % de laborales (en las EELL, sólo el 34% es funcionario )

Perspectiva sociológica: negativa aceptación y desprestigio del funcionario

Bases constitucionales del empleo público Art. 23.2 CE: los ciudadanos tienen "derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señales las leyes" Concreción del principio de igualdad, no limitado a los cargos públicos representativos Art. 103.3 CE: reserva de ley, principios de mérito y capacidad

Títulos competenciales Art. 149.1.18º CE Ley 7/2007, de 12 de abril (EBEP)

2 El Estatuto Básico del Empleado Público: tipología de empleados públicos y régimen jurídico

Ámbito de aplicación del EBEP (1) Tipología de empleados públicos (art. 8 EBEP) Funcionarios de carrera (art. 9) Interinos (art. 10) Personal laboral (art. 11) ejs: arts. 5.2, 19, 21, 27, 32 EBEP, otras veces la norma habla de "empleados públicos" en general (arts. 14, 52). Personal eventual (art. 12) Personal con legislación específica (arts. 4 y 5) El personal directivo (art. 13 EBEP) Pendiente de desarrollo reglamentario (deslegalización) Desarrollo de funciones directivas profesionales, de alta dirección Sujeto a evaluación de resultados

Diferencias funcionarios/laborales Funcionarios Relación estatutaria: nombramiento Reserva de potestades Derecho a la inamovilidad Personal laboral Relación contractual Se rige por la legislación laboral (art. 7 EBEP) Sometido a despido

Ámbito de aplicación del EBEP (y 2) Según el tipo de AP(art. 2 EBEP) Administraciones territoriales Mención especial de los funcionarios locales: habilitados estatales (art. 3 + DA.2ª EBEP) Administración institucional» Organismos públicos» Universidades» Organismos reguladores (DA.5ª) Otras entidades del sector público: sociedades estatales (art. 5, DA.1ª EBEP) Aplicación supletoria del EBEP al resto de personal (art. 2.5)

Régimen de incompatibilidades Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades (LI), también es normativa básica Reglas generales incompatibilidad absoluta entre dos actividades en el sector público, salvo alguna excepción y con autorización (art. 3) compatibilidad con actividades del sector privado, previo reconocimiento de compatibilidad (art. 14)

Derechos y deberes de los empleados públicos Derechos individuales: retributivos, permisos y licencias Derechos colectivos: negociación colectiva, representación, participación, reunión Código de Conducta (arts. 52 a 54)

3 Estructuración del empleo público. Cuerpos y Escalas. El puesto de trabajo

Cuerpos y Escalas (y asimilados) Los funcionarios se agrupan en cuerpos, escalas, especialidades u otros sistemas que incorporen competencias, capacidades y conocimientos comunes acreditados a través de un proceso selectivo. Los cuerpos y escalas de funcionarios se crean, modifican y suprimen por Ley estatal o autonómica.

Grupos de titulación Clasificación de funcionarios (art. 76 EBEP) Grupo A: Titulación universitaria (grado y posgrado) Distinción entre A1 y A2: en función de su responsabilidad. No en función de la titulación Grupo B: Técnico superior Grupo C1: Bachillerato Grupo C2: ESO Sin titulación (DA.7)

El puesto de trabajo-rpt Unidades organizativas que no tienen la consideración de órganos. Se crean, modifican y suprimen a través de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT). Ordenación de puestos de trabajo (RPT y similares) Comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Publicidad. Naturaleza normativa: SAN 5 marzo 2009

4 Sistemas de selección y acceso al empleo público

Acceso al empleo público Principios rectores (art. 55) Requisitos de acceso (art. 56): Nacionalidad española (reglas especiales para extranjeros) Capacidad funcional (acceso de personas con discapacidad, cupo mínimo del 5%) Edad (mínima y máxima) No haber sido separado ni inhabilitado Tener la titulación exigida En su caso, conocimiento lenguas cooficiales (art. 56.2 EBEP)

Oferta de empleo público (OEP) Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la OEP, o de otro instrumento similar (art. 70.1 EBEP) Obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos, con fijación de plazo máximo En todo caso, plazo improrrogable de 3años (art. 70.1 EBEP)

Sistemas selectivos Principios generales (art. 61.1 EBEP) Carácter abierto y libre concurrencia Reglas para los órganos de selección (art. 60 EBEP) Para los funcionarios de carrera: Sistemas ordinarios: oposición y concursooposición (art. 61.6 EBEP) Sistema excepcional (reserva de Ley): concurso Para el personal laboral (art. 61.7 EBEP)

Acceso por promoción interna Derecho a la promoción interna de los funcionarios de carrera (art. 18) Promoción vertical o "clásica": consiste en el ascenso desde un cuerpo o escala de un Grupo o Subgrupo, a otro superior (art. 16.1.c) EBEP) Se realizará mediante procesos selectivos que garanticen el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad Requisitos: titulación y antigüedad.

El empleo público precario (interinos y otros) Índice de precariedad en las AAPP: ca. 23% La provisionalidad y temporalidad en el empleo público, Publicaciones del Defensor del Pueblo, 2003 DT. 4ª EBEP: consolidación de empleo temporal Doctrina del TC sobre oposiciones restringidas (SsTC 27/1991 y 302/1993)

5 El funcionario de carrera. Carrera profesional. Situaciones.

Carrera profesional La carrera profesional es el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad (art. 16 EBEP) También el personal laboral tiene derecho a la carrera profesional y promoción, pero según las normas generales del ET o del convenio colectivo (art. 19 EBEP) Modalidades: Horizontal (arts. 16.3. a) y 17 EBEP) Vertical o provisión "clásica" (arts. 78 y ss EBEP) La evaluación del desempeño (art. 20 EBEP

Carrera vertical: provisión de puestos de trabajo Procedimientos de provisión: Concurso, sistema ordinario (art. 79 EBEP). Valoración de los méritos, capacidades y aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. Libre designación (art. 80 EBEP). Apreciación discrecional de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. Otros: permutas (ej. art. 33.5 TRLFPAr), reingreso al servicio activo (art. 91 EBEP)...

Situaciones Arts. 85 ss. EBEP: Servicio activo (art. 86) Servicios especiales (art. 87) Servicios en otras AAPP (art. 88) Excedencia (art. 89) Suspensión de funciones (art. 90)