Sistem a Nacio nal de Contro l de Primer Nive l y Circuit o Financier o de gastos.

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INTERREG EUROPE: SEGUNDA CONVOCATORIA Período 2014-2020 Sistem a Nacio nal de Contro l de Primer Nive l y Circuit o Financier o de gastos. Mª del Prado Garrido Unidad de Control C.T.E. 14 junio 2017

Sistema Nacional de Control de Primer Nivel Temas a tratar: - Naturaleza - Procedimiento - Sistemas de control (centralizado/descentralizado) - Controladores (Externos/Internos) - Según la naturaleza del Organismo beneficiario - Requisitos - Solicitud de aprobación de controlador - Verificaciones artículo 125.4 del Reglamento (UE) 1303/2013 - Verificaciones administrativas. Documentos. Plazos - Verificaciones sobre el terreno. - Supervisión de los controles - Gastos no subvencionables. Sistema de recuperación

Naturaleza del Control Inter no de Primer Nivel Objeto Verificaciones del artículo 125.4 a) R. (UE) 1303/2013 Responsabilidad Estados miembros. - Dictan las normas y procedimientos aplicables - Designan al responsable de efectuar estas verificaciones: controladores - Validan el gasto verificado por los responsables de control - Realizan el control de calidad La Dirección General de Fondos Comunitarios, responsable del establecimiento del Control interno, ha establecido mediante resolución de 22 de junio de 2016 las instrucciones generales para el establecimiento del sistema de control interno en los programas de cooperación territorial. La Dirección General de Fondos Comunitarios es la responsable de aprobar como controlador de primer nivel la solicitud del organismo beneficiario.

Procedimient o de control (I) Sistemas de control adoptados en España Centralizado: Un único responsable para todo el ámbito del Programa Descentralizado: Por beneficiario y proyecto (resto de programas) La elección del sistema descentralizado implica que cada socio se dotará de su propio auditor/controlador que efectúe las actividades de control del artículo 125.4 para todas y cada una de las declaraciones de gasto que deban realizarse en el desarrollo de las actividades del proyecto. El auditor/controlador debe ser un organismo independiente del organismo responsable de la gestión del proyecto. Otras modalidades:

Procedimient o de control (II) Controladores de Primer Nivel Externos Auditores inscritos como socios ejercientes en el ROAC, individualmente o como socio ejerciente de una empresa auditora Internos Personal especializado de las instituciones públicas, en aquellos casos en que los beneficiarios son de carácter público: Y Interventores Y Unidades de verificación y/o control. Beneficiarios de carácter público. Asegurar la separación de funciones entre las unidades de gestión y la de control

Procedimient o de control (III) De Carácter Público D Organismos de la Administración del Estado y de las CCAA: El auditor/controlador de los organismos beneficiarios encuadrados en estas administraciones podrá ser: El Interventor Unidad de verificación y/o control El Departamento de Control o Unidad responsable de Fondos Comunitarios Un auditor externo D Organismos de las Administraciones Locales: En el caso de las Diputaciones Provinciales y grandes municipios, el auditor/controlador podrá ser: El Interventor Un Departamento de control diferente e independiente del órgano ejecutor Un auditor externo

Procedimient o de control (IV) De Carácter Público D Entidades asimilables a públicas: Todos los organismos de derecho público y entidades asimilables a públicas deberán presentar sus declaraciones de gasto verificadas por un auditor externo.

Procedimient o de control (V) Requisitos YAuditor externo: Inscrito en el ROAC, bien individualmente o como socio ejerciente de una empresa auditora. La contratación debe efectuarse respetando los principios de publicidad y concurrencia. Según el Pliego de Prescripciones. En el procedimiento de contratación deben fijarse los plazos para efectuar el trabajo, teniendo en cuenta los fijados por los organismos del programa (dos meses máximo) y el período que necesita el Ministerio para la validación del gasto (15 días hábiles). Estos gastos son elegibles en el marco financiero del proyecto YInterventor/Unidad de Control: Nombramiento Asegurar la independencia entre las unidades que gestionan las actividades y finanzas, en las que se ordenan pagos y en las que se lleva a cabo el control.

Solicitud de aprobación auditor externo/interno El organismo beneficiario remite a la DGFC los siguientes modelos: Solicitud de aprobación Listado de criterios Modelo de compromiso del auditor con las Prescripciones Técnicas Annex 3. First level controller designation checklist Unidad de Verificación y/o Control Y Podrá presentar una única solicitud por Programa, con una relación de los proyectos y beneficiarios de los que es responsable de control. Y Debe asegurarse la total independencia de esta Unidad, comprobando su no participación en la gestión de los proyectos.

Designación del controlador de Primer Nivel Sistema descentralizado (auditor externo/interno) Comunicación denegación auditor Solicitud de subsanación Beneficiario Denegación Selecciona auditor Cumplimenta y remite solicitud de autorización Autoridad Nacional (DGFC) Observaciones Revocación Comunicación aprobación del auditor Aprobación del auditor No hay observaciones

Verificaciones del art. 125.4 R. (UE) 1303/2013 El control implica verificar: Y La regularidad del gasto: realidad del gasto y de la prestación de los bienes y servicios Y La legalidad del gasto: verificación del respeto de la normativa nacional y comunitaria Y La elegibilidad del gasto: la coherencia del gasto con el Acuerdo de Subvención firmado entre la Autoridad de Gestión y el Beneficiario Principal

Verificaciones del art. 125.4 R. (UE) 1303/2013 Administrativas Sobre el terreno Comprobación de:. Entrega de productos / prestación de servicios. Pago efectivo del gasto declarado. Contabilidad separada / un código contable por operación. Aplicación de medidas antifraude. Pista de auditoría apropiada

Alcance: 100% declaraciones 100% justificantes de gasto Ámbito financiero y administrativo Verificacione s de l ar t. 125. 4 a) Verificaciones administrativas (I) Plazo: 2 meses Procedimiento D Tener en cuenta lo establecido en el pliego de prescripciones. D Retirar gastos: no subvencionables dudas sobre la subvencionabilidad que requiera:. análisis más amplios. controles complementarios D Si el gasto no subvencionable detectado supone un riesgo potencial de afectación a certificaciones anteriores ya tramitadas: extender el control a dichas certificaciones aplicar porcentajes de corrección

Verificacione s de l ar t. 125. 4 a) Verificaciones administrativas (II) Documentos de Verificación que emite el auditor: Modelos del Programa: a) Certificado del controlador b) Informe de actividad c) Checklist d) Listado de gastos Modelos de la Autoridad Nacional: a) Informe de Verificación b) Adenda al Listado de comprobación, si el modelo adoptado en el programa no recogiese todos los extremos previstos por la Autoridad Nacional

ADENDA Recoge todos los extremos previstos por la Autoridad Nacional que no contempla el Listado de Comprobación de los requisitos del artículo 125 del Reglamento Nº 1303/2013, utilizado en el Programa Operativo Interreg Europe Organismo: Proyecto: Persona que suscribe el presente documento: Nombre: Cargo: Fecha, firma y sello:

Verificaciones administrativas (III) Plazos: art. 23, apartado 4 del Reglamento (UE) 1299/2013. Total: 3 meses a partir de la presentación de los documentos por el beneficiario. Verificación / auditor: 2 meses. Validación / Autoridad Nacional: 15 días hábiles

Circuito financiero del proyecto Beneficiario Gastos efectuados Beneficiario Principal Solicitud de pago Secretariado Conjunto Gastos validados Autoridad Nacional Controlador de Primer Nivel Gastos verificados Autoridad de Certificación Propuesta de pago Autoridad de Gestión

Verificacione s de l ar t. 125. 4 a) Verificaciones sobre e l terreno (I) D Desplazamiento físico a las dependencias del beneficiario/proyecto D Ámbitos técnico y físico D Al menos una vez por beneficiario y proyecto Se comprueba. la realidad de la operación. la entrega del bien / prestación del servicio. que se cumplen las condiciones del acuerdo y los términos del programa. el avance físico de la operación. el respeto a las normas de la UE en materia de información, publicidad y medio ambiente. el cumplimiento de las normas de accesibilidad para las personas discapacitadas. Infraestructuras y mantenimiento. otras comprobaciones que se considere oportunas

Verificacione s de l ar t. 125. 4 a) Verificaciones sobre e l terreno (II) Intensidad, frecuencia y cobertura: Al menos una vez por beneficiario y proyecto Dependen de : D la complejidad de la operación D la naturaleza del proyecto D la cuantía de las ayudas D el nivel de riesgo detectado D observaciones de los auditores en las verificaciones administrativas D resultados de las auditorías Y ACTA DE LA VERIFICACIÓN SOBRE EL TERRENO

ACTA DE LA VERIFICACIÓN SOBRE EL TERRENO

Supervisión de los controles Responsable: la Autoridad Nacional Se garantizará la separación de funciones con los equipos, unidades u organismos responsables de las verificaciones del artículo 125. Control de coherencia y conformidad Previo a la validación de gastos Previo Control de calidad A posteriori OBJETO: Revisar la elegibilidad de los gastos Comprobar las medidas que se han adoptado que el sistema de control del beneficiario funciona adecuadamente (*) Selección de los controles Tipos de responsables de control Organismos participantes y auditores en muchos proyectos/programas Organismos con irregularidades y nivel de riesgo Tratamiento y gestión de informes Auditoría de sistemas y operaciones Emitidos por la Autoridad Nacional Informe anual de control

(*) Si se determinase que el sistema de control de un beneficiario no funciona adecuadamente (cuando en los controles se detectan deficiencias graves, por su naturaleza, elevado número de casos, reincidencia, etc.) la responsabilidad puede recaer no sólo en el Organismo beneficiario sino también en su controlador.

Auditorías de la Unión Europea Tribunal de Cuentas Europeo Comisión Europea OLAF Autoridad de Auditoría Autoridad de Gestión Beneficiarios

Otro s Controles I Sistema de control multinivel e integrado. - Los distintos niveles de control deben ser independientes entre sí a fin desempeñar sus funciones adecuadamente. Primer nivel: Y La Autoridad de Gestión. Asume la responsabilidad clave de garantizar que el Programa se aplica de manera eficaz y correcta. Segundo nivel: Y La Autoridad de Auditoría. Debe garantizar el correcto funcionamiento del sistema de gestión y control del Programa y una muestra apropiada de las operaciones, sobre la base del gasto declarado.

Otro s Controles II OTROS CONTROLES: Y Comisión Europea: Su misión consiste en supervisar el establecimiento y funcionamiento apropiado de los sistemas de control en los Estados miembros. OLAF: Los Estados miembros deben comunicar trimestralmente a la Oficina de Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF) los casos de irregularidad superiores a 10.000 de ayuda FEDER. Y Tribunal de Cuentas Europeo: El Tribunal audita una muestra representativa de proyectos y también examina la eficacia de los sistemas de control aplicados a los programas, así como el trabajo de supervisión de la Comisión. Pueden realizarse auditorías a posteriori: Los documentos justificativos deberán estar a disposición para auditorías de la Comisión, de la OLAF o del Tribunal de Cuentas Europeo durante tres años después del cierre.

Gastos s no subvencionables: I Gastos no subvencionables: Gastos rechazados y gastos irregulares. Sistema de recuperación del FEDER percibido indebidamente. Dónde puede detectarse un gasto no subvencionable: - Un error material - Un ajuste - Un control Dependiendo del estado del gasto, se hablará de: - Gasto rechazado: Gasto no subvencionable detectado cuando aún no ha sido declarado a la Comisión Europea. No procede recuperación del FEDER. En este caso, el gasto simplemente se excluye de la siguiente fase del circuito financiero. - Gasto irregular: Si el gasto ha sido ya declarado a la Comisión Europea. En este caso, es necesario recuperar el FEDER percibido indebidamente.

Gasto s no subvencionables II Tratamiento de gastos irregulares Previamente y, en todo caso, debe procederse a una descertificación del gasto a través de una declaración negativa. Posteriormente, - Retirada del gasto irregular. El gasto se compensa. La declaración negativa se compensa con otra declaración de gasto positiva de igual o mayor importe del mismo beneficiario. De esta forma, el FEDER indebidamente percibido se compensa con un importe FEDER positivo. - Recuperación del gasto irregular. (Cuando no es posible la retirada del gasto, se reintegra. En este caso, el importe FEDER indebido debe ser reintegrado al programa. En primera instancia, el Organismo beneficiario debe hacer el reintegro del FEDER de manera voluntaria y, en caso de no hacerlo, será el Estado miembro el responsable de reclamarle dicho reintegro.

Correcciones Financieras Las auditorías originan muchas correcciones financieras con pérdida de fondos para los beneficiarios.