Pliego de condiciones técnicas del Contrato de Mantenimiento Biológico y Veterinario del Aquarium finisterrae

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Pliego de condiciones técnicas del Contrato de Mantenimiento Biológico y Veterinario del Aquarium finisterrae El objeto de este contrato es la ejecución de las tareas necesarias para asegurar la conservación y mejora de las condiciones vitales y expositivas de la colección biológica del Aquarium finisterrae. Funciones y tareas del servicio Las tareas del servicio a ejecutar son las recogidas en el Programa de tareas fundamentales para el mantenimiento biológico y veterinario del Aquarium Finsiterrae (Ver anexo). Este programa podrá ser revisado por el Aquarium Finsterrae en función de la legislación vigente, por cambios en la población o en las instalaciones, o por necesidades detectadas por los técnicos municipales. Considerando que es prioritaria la atención biológica, las directrices de trabajo, a título orientativo, son las siguientes: 1. Mantenimiento y cuidado de la colección biológica ( alimentación, limpieza de tanques, medición de parámetros, biobase, ) entorno expositivo, y zonas técnicas, así como de los medios de trabajo, vehículos y embarcaciones de captura. 2. Velar, mediante las revisiones necesarias, por el bienestar de la colección biológica y el correcto funcionamiento de las instalaciones relacionadas, informando al responsable municipal sobre cualquier observación relevante o anomalía que detecten. 3. Participación en las actividades de reposición y enriquecimiento (capturas, intercambios, traslados, ) de la flora y fauna del acuario, incluido embarque y buceo. 4. Montaje, mantenimiento y desmontaje de acuarios y demás aspectos acuariológicos propios de las exposiciones y zonas técnicas. 5. Atención al público en tareas relacionadas directamente con la biología de los acuarios. 6. Participar en la divulgación e investigación propias de un núcleo zoológico. 7. Cualquiera otra tarea propia del servicio de mantenimiento biológico de un acuario. Las ejecución de las tareas referidas y su periodicidad serán acordadas entre el Aquarium Finisterrae y la empresa adjudicataria. Las capturas, traslados, intercambios y demás actuaciones puntuales se realizarán a propuesta de la empresa o del Aquarium Finisterrae y siempre deberán contar con la aprobación expresa del Aquarium. En caso de discrepancia, prevalecerá el criterio del Aquarium. Condiciones generales Personal El personal ha de contratarse en número suficiente, capacitado y titulado para realizar con precisión todas las funciones y tareas. La plantilla deberá incluir al menos un trabajador licenciado y colegiado en veterinaria con experiencia o formación enfocada a las tareas propias de un acuario y con presencia diaria en el centro para desarrollar las tareas que sean de su exclusiva competencia profesional.

Entre el personal destinado a este contrato se nombrará un responsable técnico que realizará funciones de jefatura y coordinación del resto del equipo. La plantilla titular será lo más fija posible. En caso de bajas, licencias y permisos, los trabajadores ausentes deben ser cubiertos por otros de igual perfil profesional y conocimiento semejante a los titulares, de modo que el equipo esté siempre al completo. A tal efecto, la empresa dispondrá de una lista de trabajadores suplentes disponibles, suficiente como para cubrir cualquier incidencia. Esta lista deberá contar con la aprobación del Aquarium Finisterrae. Durante todos los días del año se establecerá un retén de guardia formado por al menos un acuarista del turno de guardia permanente con localización telefónica, y posibilidad de desplazarse al Aquarium en un corto plazo de tiempo (en un tiempo de media hora) cuando sea requerido. Así mismo, se establecerá un sistema que permita atender las urgencias veterinarias que puedan surgir. Ambas intervenciones señaladas en los dos párrafos anteriores, sólo serán consideradas como trabajos extraordinarios cuando sean solicitadas o aprobadas por el Aquarium finisterrae. El personal de nueva incorporación y los suplentes deberán contar preferiblemente con una titulación profesional oficial en acuariología o acuicultura tipo técnicos IGAFA (Instituto Galego de Formación de Acuicultura) o similar, o bien haber superado más de la mitad de los créditos tendentes a la obtención de los títulos universitarios de grado o licenciado en Biología, Ciencias del Mar o Veterinaria. También deberán estar en posesión de la titulación de buceo que sea exigida por la normativa vigente para el desarrollo de sus funciones. Este requisito podrá no ser exigido por los responsables de Biología municipales cuando se trate de trabajadores que no vayan a participar en tareas subacuáticas. Condiciones generales Seguridad Corresponde al adjudicatario cumplir con toda la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo, así como la normativa de titulaciones y seguridad de buceo exigible en cada momento. La empresa deberá mantener al día un registro nominal de buceo efectivo de cada trabajador. Toda la documentación referida al cumplimiento de estos requisitos y cualquier otro requisito legal exigible estará siempre a disposición del Aquarium Finisterrae. Será a cargo del adjudicatario la contratación de un seguro que cubra en especial los riesgos derivados de su actividad, los derivados de la inmersión, la conducción de vehículos y el manejo de animales peligrosos, así como todos aquellos otros necesarios para cumplir con la legislación laboral vigente. Condiciones generales Uniformidad y vestuario

Correrá también por cuenta del adjudicatario el suministro del uniforme que en cada temporada se especifique, así como del material de buceo tanto el equipo pesado como el equipo ligero. Todos los equipos de buceo deberán estar en perfecto estado de uso y cumplir la legislación vigente en materia de buceo profesional (revisiones e inspecciones, certificaciones, registros de equipos, etc.). El Ayuntamiento de A Coruña pondrá a disposición del adjudicatario un local para el almacenaje del equipo subacuático no responsabilizándose de su mantenimiento y conservación. El adjudicatario tendrá que mantener las instalaciones y los equipos limpios y ordenados. Está prohibida la inclusión de publicidad en las prendas o equipos de los trabajadores. No obstante, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de negociar y llegar a acuerdos con diferentes casas o empresas que estén interesadas en el patrocinio de tantos equipamientos como puedan ser necesarios en el propio Aquarium. Organización del trabajo: Los trabajos se realizarán dentro y fuera del acuario, dentro y fuera del horario de apertura al público, e incluso utilizando medios de transporte o embarcaciones. Las tareas se realizarán de forma independiente o en colaboración con los técnicos municipales o cualquier otro personal que se estime necesario en cada caso. En las actuaciones en las que participe más de una empresa se deberán establecer los procedimientos de coordinación necesarios para cumplir la legalidad vigente y para optimizar los recursos. Los turnos, las vacaciones y las libranzas deberán establecerse de manera que se optimice la atención a las distintas áreas de trabajo, y que se puedan atender las urgencias y los trabajos extraordinarios que se planteen como capturas predecibles o no, partos o emergencias sanitarias con animales, tareas de aclimatación de ejemplares, descarga de comida y otros materiales, etc. Con carácter general no podrán coincidir las vacaciones de varios trabajadores de la misma área, ni los permisos, licencias o días de libranza. En todo caso, los cuadrantes de trabajo deberán contar con la aprobación del Aquarium finisterrae. A efectos de garantizar la cobertura de las necesidades del servicio, las compensaciones por guardias, deberán ser consensuadas entre la empresa y el Aquarium finsiterrae. La empresa designará un responsable técnico para el seguimiento del contrato y para la coordinación de los trabajos y necesidades con los del acuario. Estará presente en las instalaciones preferiblemente en horario de mañana, y en todo caso deberá estar disponible ante cualquier incidencia, consulta u otra

circunstancia que pueda surgir. Cuando se encuentre disfrutando de alguna licencia, permiso o vacaciones la empresa designará a uno de los trabajadores presentes en el centro para suplirlo. En base a la experiencia adquirida, y para conseguir la mejor integración de las tareas de mantenimiento con la atención al público se propone a título orientativo la siguiente distribución de la presencia del personal, pudiendo el licitador proponer cualquier cambio que considere puede redundar en una mejora del servicio: Atención veterinaria: Dedicación mínima de media jornada, entendiendo como tal una dedicación anual de 850 horas, repartidas en al menos 4 días durante 5 horas diarias. Atención biológica (acuaristas): Invierno: de lunes a viernes: de 8.00 a 14.30 horas 9 puestos de 11.30 a 19.00 horas 3 puestos Invierno: fines de semana: Retén de 3 trabajadores con jornadas de 8 horas cada día distribuidas dentro del horario de 9.00 a 20.00 en función de las necesidades del servicio. Verano de lunes a viernes (julio y agosto): de 8.00 a 14.30 horas 9 puestos de 14.30 a 21.00 horas 3 puestos Verano : fines de semana (julio y agosto): Retén de 3 trabajadores con jornadas de 8 horas cada día distribuidas dentro del horario de 9.00 a 21.00 en función de las necesidades del servicio. Los festivos situados entre semana tendrán la consideración de día de guardia especial, siendo atendidos por un equipo de acuaristas suficiente como para llevar a cabo las tareas prioritarias. Orientativamente se considera como mínimo la presencia de un equipo completo de buceo. Francisco Franco del Amo Director Técnico del Aquarium finisterrae.