INSTRUCTIVO EXTERNO ENMIENDAS O MODIFICACIONES EN ENSAYOS CLÍNICOS. Versión [1.0]

Documentos relacionados
ANEXO 5: GUÍA DE REQUISITOS

INSTRUCTIVO EXTERNO LINEAMIENTOS PARA MALLAS CURRICULARES.- REPRESENTANTES TÉCNICOS DE PLANTAS PROCESADORAS DE ALIMENTOS. Versión [1.

COMISIÓN DE AUTORIZACIÓN SANITARIA ENSAYOS CLÍNICOS HOMOCLAVE ENMIENDA A LOS DOCUMENTOS PREVIAMENTE AUTORIZADOS

INSTRUCTIVO EXTERNO. Obtención del Certificado Sanitario de Provisión de Medicamentos. Versión [1.0]

RECONOCIMIENTO MUTUO DE REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS PARA USO HUMANO

Ministerio de Defensa

PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE ACCESO AL COMITÉ ÉTICO CIENTÍFICO. Servicio de Salud Talcahuano

INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS. (Versión 2.1) P á g i n a 1 7

HOMOCLAVE CARACTERÍSTICAS A CUMPLIR

INSTRUCTIVO EXTERNO Autorización y Permiso de Funcionamiento de Farmacias y Botiquines privados. Versión [1.0]

INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS NACIONALES

CUESTIONARIO DE AUTO-EVALUACIÓN DEL CEI (Lista de verificación)

ANEXO 1: GUÍA DE REQUISITOS

Guía rápida para el uso de la página web del INS

MODELOS DE LOS INFORMES RELATIVOS AL DICTAMEN ÚNICO DE PROTOCOLOS DE ENSAYO CLÍNICO

FECHA SOLO PARA USO EXCLUSIVO DE DIGEMID PARTE I. INFORMACION DEL PRODUCTO 1. NOMBRE DEL PRODUCTO 2. N REG. SANITARIO ANEXA RELACIÓN SI NO

FORMATO UNICO DE CERTIFICADO DE PRODUCTO FARMACEUTICO PARA COMERCIALIZARSE DENTRO DE LA UNION ADUANERA 1

Del Objeto de los Lineamientos

GUÍA PARA PRESENTACIÓN DEL EXAMEN DE CANDIDATURA. Doctorado en Ciencias de la Electrónica

Municipio de Magdalena, Sonora. Dirección de Infraestructura, Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

REQUISITOS PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE INVESTIGACION

Centro de Control Estatal de Equipos Médicos

Qué es un Ensayo Clínico?

CONSUMO DE SERVICIOS WEB (SW) DISPONIBLES EN EL BUS DE SERVICIOS GUBERNAMENTALES (BSG)

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA ENVIO DE COMISIONES AL EXTERIOR MINISTERIO COORDINADOR DE LOS SECTORES ESTRATEGICOS

CREACIÓN Y HABILITACIÓN DE USUARIOS Y FUNCIONES EN SICOIN WEB

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)

Versión 00 Fecha: 12 de Enero de 2011 Página 1 de 6

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

Guía rápida para el uso de la página web del INS

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A.

Sistema de Registros Clínicos Vigencia: Noviembre 2012

PROCEDIMIENTO DE LICENCIAS SANITARIAS DE FUNCIONAMIENTO

EMPRESA UNIPERSONAL. La empresa unipersonal es una persona jurídica

NOTIFICACION DE REPORTES DE EVENTOS ADVERSOS SERIOS

######################################################################################################################### #

NORMA TÉCNICA NUMERO Guatemala, 1 de Abril 2005 DEPARTAMENTO DE REGULACION Y CONTROL DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y AFINES

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

Manual de Procedimientos

LISTADO DE AUTOEVALUACIÓN PARA PROTOCOLO INICIAL. Documento

1. MARCO LEGAL, REFERENCIAS NORMATIVAS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES. PRE SOMETIMIENTO A COFEPRIS IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE INVESTIGACIÓN

MODIFICACIONES TÉCNICAS DIRECCIÓN EJECUTIVA DE AUTORIZACIÓN DE PRODUCTOS Y ESTABLECIMIENTOS

PROCEDIMIENTO PARA LA INSPECCIÓN DE ELEMENTOS MINIMOS DE SEGURIDAD EN VEHÍCULOS AUTOMOTORES DE CONFORMIDAD CON EL RTE INEN 034

PROCEDIMIENTO DE COMPRAS

AVAL DEL CONIS DE CURSO DE BUENAS PRÁCTICAS DE INVESTIGACIÓN (INVESTIGACIÓN OBSERVACIONAL Y EPIDEMIOLÓGICA)

1. NOMBRE CONCENTRACION 2. R.S.N 3. ORIGEN. Artículo Nº DOMICILIO LEGAL AV./Calle/Jr. 11. Nº 12. R.U.C. N

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD. DECRETO EJECUTIVO No (De 27 de agosto de 2007 ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

MATRICULA PROVISIONAL

Que por Disposición A.N.M.A.T. Nº 5330/97 se aprobó el Régimen de Buenas Prácticas de Investigación en Estudios de Farmacología Clínica.

TIPO DE TRÁMITE: Modificación COFEPRIS Modificación de Registro de Comité. TRÁMITES CON CARÁCTER DE AVISO: COFEPRIS COFEPRIS

LV39-MIA - EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE CONFIABILIDAD

Código: Nivel: Actividades de administración pública en general

SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO SANITARIO GRUPO DE MEDICAMENTOS IN IMA

MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN DE LAS FINANZAS PÚBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTRO DE SERVICIOS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL SA-DM Lima 08 de Noviembre de 1999

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO

PERMISOS DE ESTUDIO CON FINES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN DIVERSIDAD BIOLÓGICA

REGLAMENTO DE REGISTRO O INSCRIPCIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS

GESTIÓN DE MEDICAMENTOS

INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS. Versión [2.0] P á g i n a 1 9

el nuevo marco normativo para la realización de ensayos clínicos

Control Interno basado en COSO en las Entidades Municipales

SUBCAPÍTULO 5.9. PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE HOMOLOGACIÓN DE RUIDO. Índice

Para iniciar una actividad económica, el interesado deberá presentarse en el área de Comercio e

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

VI EAMI : VI ENCUENTRO DE AUTORIDADES COMPETENTES EN MEDICAMENTOS DE PAISES IBEROAMERICANOS ACTIVIDADES DE INSPECCIÓN Y CALIDAD DE MEDICAMENTOS

Regulación de la Ética de la Investigación en Chile. Dr. Marcelo O. Muñoz C. Jefe Oficina Ministerial de Bioética Santiago, 21 noviembre 2012.

ANEXO Nº 5 INSTRUCCIONES GENERALES PRESENTACIÓN DE INFORMES DE AVANCE CONCURSO POSTDOCTORADO

BLOQUE 2: ETNOFARMACOLOGÍA. Capítulo 9. El estudio farmacológico y clínico de las plantas medicinales.

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCION GENERAL DE EMPRESAS FINANCIERAS

DIRECCION GENERAL DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DROGAS ( DIGEMID -PERU) PRODUCTOS BIOLOGICOS SITUACION ACTUAL

INSTRUCTIVO DE MANEJO DE FONDOS PARA INVESTIGACIÓN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN 2016

Corresponde al Anexo de la Resolución Administrativa No 245 /2014

ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA Bogotá, D. C., 2016

Normativa nacional en relación a comités de bioética en Ecuador.

Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información

GUIA PARA ELABORAR Y PRESENTAR MONOGRAFÍAS DE PROCESO DE PRODUCCIÓN DE PRODUCTOS PECUARIOS DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO

Habilitación de establecimientos de industrialización de productos pesqueros

TÉRMINOS DE REFERENCIA

OIRH. Procedimiento para Entrega y Recepción de Equipos Técnicos Dirección de Operaciones.

SUBCAPÍTULO 2.3. AUTORIZACIÓN PARA EFECTUAR SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y/O REPARACIÓN EN EL EXTRANJERO, A AERONAVES, SUS COMPONENTES Y ACCESORIOS.

Código: U-PR Versión: 0.0

Preguntas frecuentes. Proyectos de investigación en salud (Actualización mayo de 2013)

DIRECTIVA Nº INDECI (10.0)

Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue

PROCEDIMIENTO PARA EL ASCENSO DE EMPLEADOS PÚBLICOS ADMINISTRATIVOS PROFESIONALES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

Unidad Sistema de Aseguramiento de la Gestión de la Calidad

REGLAS PARA EL CONTROL VEHICULAR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas:

MODIFICACIO N DE RENOVACIONES. Manual de Usuario

INVITACIÓN 2DO CONGRESO DE INVESTIGACIÓN EN HEMATOLOGÍA Y ONCOLOGÍA - ACHO. 21 Y 22 de agosto de 2015, Centro de Convenciones Hotel Santamar

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

P-AF-11 PROCEDIMIENTO: COMPRAS

Sistema Académico SiAC. SiAC - Ideas&Bits SOLICITUD DE TERCERA MATRICULA. Ideas&Bits

HOJA DE INFORMACIÓN PARA EL SEGUIMIENTO DEL EMBARAZO

C O N S I D E R A N D O LINEAMIENTOS DEL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE MOLÉCULAS NUEVAS

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO FINANCIERO UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL PROCEDIMIENTO PRO-DAF-PLAN-002

CONCEPTO FAVORABLE PARA LA OPERACIÓN DE UN JUEGO DE SUERTE Y AZAR EN LA MODALIDAD DE PROMOCIÓN

Transcripción:

Versión [1.0] Coordinación Técnica de Certificaciones, Autorizaciones y Buenas Prácticas Sanitarias Dirección Técnica de Ensayos Clínicos Septiembre, 2017

Página 3 de 7 CONTENIDO 1. OBJETIVO DEL INSTRUCTIVO... 4 2. CONSIDERACIONES GENERALES... 4 3. REQUISITOS... 4 4. INSTRUCCIONES... 5 5. GLOSARIO DE TÉRMINOS... 6 6. ANEXO... 7

Página 4 de 7 1. OBJETIVO DEL INSTRUCTIVO Indicar el usuario externo de forma clara y precisa el procedimiento para la aprobación de enmiendas o modificaciones que se presenten dentro de un ensayo clínico llevado a cabo en el país, con la finalidad de realizar la evaluación de la enmienda de forma ágil y oportuna. 2. CONSIDERACIONES GENERALES 2.1. El presente instructivo está basado en el Reglamento para la aprobación, desarrollo, vigilancia y control de los ensayos clínicos, Acuerdo Ministerial 75 (Registro Oficial Edición Especial 23, 30-VI-2017) 2.2. Todas las modificaciones que se presenten dentro de un ensayo clínico deberán ser autorizadas por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria ARCSA 2.3. Las enmiendas relacionadas al Protocolo, al Manual del Investigador y al Consentimiento Informado deberán ser aprobadas previamente por el Comité de Ética de Investigación en Seres Humanos CEISH que aprobó el protocolo de investigación 2.4. La ARCSA no autorizará enmiendas que modifiquen el producto en investigación, el tiempo de tratamiento, ni los objetivos del estudio 2.5. Todos los documentos entregados por el solicitante deberán estar en idioma castellano. En caso de documentos que estén en otro idioma, deberán acompañarse con su traducción oficial y estar debidamente legalizados o apostillados, según corresponda, en el país de origen del patrocinador del estudio 2.6. El patrocinador del estudio o su delegado, legalmente domiciliado en el Ecuador, deberá presentar la documentación tanto física como digital de la enmienda o modificación 2.7. Todos los documentos que se adjunten de manera física y en forma digital (CD) deberán estar correctamente identificados y numerados 3. REQUISITOS 3.1. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR UNA ENMIENDA O MODIFICACIÓN EN UN ENSAYO CLÍNICO Para solicitar la autorización para realizar una enmienda o modificación en un ensayo clínico el usuario deberá presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud para realizar una enmienda o modificación en un ensayo clínico (Ver Anexo 1. Formato de solicitud para autorizar una enmienda en un ensayo clínico FE-B.3.3.1-EC- 03-01) b. El protocolo, el manual del investigador y el consentimiento informado que incluyan y resalten los cambios, en relación a la versión aprobada; c. Copia numerada, sellada y fechada por el Comité de Ética de Investigación en Seres Humanos CEISH de las nuevas versiones del protocolo, del manual del investigador o del consentimiento informado. Los dos últimos documentos deben a su vez presentar en el pie de página la versión y fecha de dicha versión; d. La justificación y argumentación técnica de los cambios realizados; e. La Carta de Aprobación de la enmienda por parte del CEISH que aprobó el protocolo del ensayo clínico, cuando la enmienda esté relacionada al Protocolo, al Manual del

Página 5 de 7 Investigador o al Consentimiento Informado, dicha carta deberá detallar los documentos evaluados y aprobados; f. Formato de Informe de Evaluación completo, con las firmas de aprobación de los integrantes del CEISH que supervisa el ensayo clínico; g. Historial de cambios en el desarrollo de la investigación, de acuerdo a la siguiente tabla: Versión Protocolo del Versión del Manual del Investigador Versión del Consentimiento informado Fecha de la versión Fecha aprobación por parte del CEISH Fecha aprobación por la ARCSA h. Resumen de los cambios realizados en el protocolo, folleto del investigador y consentimiento informado, de la siguiente manera: Razón de cambio Razón de cambio al texto # 1 Razón de cambio al texto # 2 Texto nuevo en Texto previo en Texto nuevo en Manual del protocolo protocolo Investigador informado Página citada, # Página citada, # Página citada, # segmento, segmento, segmento, Texto nuevo en consentimiento Página citada, # segmento, i. Demás información que respalde la enmienda o cambio solicitado. Por ejemplo: resultado de análisis intermedio, nuevo Convenio en el cual se cambie la Organización de Investigación por Contrato OIC, razón social, ente otra. 4. INSTRUCCIONES Los pasos para solicitar la autorización de una enmienda a realizarse en un ensayo clínico son los siguientes: a. Presentar la respectiva solicitud mediante oficio en las Coordinaciones Zonales o Planta Central de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria ARCSA; adjuntando los requisitos descritos previamente. b. La ARCSA verificará y analizará la información proporcionada, en caso de no estar completa o correcta, la Agencia solicitará, mediante el Sistema de Gestión Documental QUIPUX, un alcance a la solicitud inicial. El solicitante deberá responder en el término de treinta (30) días, contados a partir de recibida la notificación. En caso de no obtener respuesta se dará por concluido el trámite automáticamente. Si un cambio propuesto no fue debidamente justificado, y la ARCSA, a través de la Dirección Técnica de Ensayos Clínicos emite una respuesta negativa por dos (2) ocasiones, el solicitante no podrá realizar más solicitudes de modificación sobre dicho cambio.

Página 6 de 7 c. Si la información presentada está completa y correcta en un término de cuarenta y cinco (45) días, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, la ARCSA a través de la Dirección Técnica de Ensayos Clínicos proporcionará la respuesta favorable o la respuesta desfavorable al patrocinador del estudio o su delegado. d. En casos excepcionales, si el patrocinador del estudio justifica con documentación de respaldo adecuada que la modificación del ensayo clínico implicará un beneficio para el paciente, el tiempo de análisis de la ARCSA para dicha modificación, será máximo de quince (15) días término. e. La Agencia a través de la Dirección Técnica de Ensayos Clínicos podrá realizar inspecciones a los establecimientos cuando exista cualquier solicitud de modificación al ensayo clínico, motivo por el cual la respuesta a dicha solicitud de modificación dependerá de los resultados de la inspección. f. Se debe tomar en consideración que hasta que no se apruebe una enmienda o modificación, la misma no podrá ser implementada y el estudio deberá seguir su ejecución según las condiciones con las que fue autorizado, siempre y cuando no implique daños a la salud o vida de los sujetos en investigación. 5. GLOSARIO DE TÉRMINOS Para la aplicación del presente instructivo se entenderá por: Enmienda.- descripción escrita del o los cambios al protocolo de investigación, al manual del investigador y/o al consentimiento informado, que no modifique los objetivos, el tiempo de tratamiento y el producto en investigación. Ensayo clínico.- Es cualquier investigación que se realice en seres humanos con intención de descubrir o verificar los efectos clínicos, farmacológicos y/o cualquier otro efecto farmacodinámico de producto(s) en investigación y/o identificar cualquier reacción adversa a producto(s) de investigación y/o para estudiar la absorción, distribución, metabolismo y excreción de producto(s) en investigación, con el objeto de comprobar su seguridad y/o eficacia. Inspección.- Se entiende como tal a la acción de verificación o revisión desarrollada por la Autoridad Sanitaria Nacional a través de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), a los documentos, instalaciones, archivos, sistemas de garantía de calidad y cualquier otro recurso que la ARCSA considere esté relacionado con un estudio clínico. Manual del investigador.- Es una compilación de los datos clínicos y no clínicos del producto en investigación, que son relevantes para el estudio del mismo en seres humanos. Su objetivo es proporcionar a los investigadores y a otras personas involucradas en el estudio, la información para facilitar el entendimientos del fundamento y el cumplimiento de varias características importantes del protocolo, como la dosis, frecuencia/intervalo de dosis, métodos de administración y procedimientos de monitoreo de seguridad. Producto en investigación.- Se entenderá como producto en investigación, para estudios fase I, II y III, los medicamentos en general, productos biológicos y productos naturales procesados de uso medicinal, es decir, una forma farmacéutica de un ingrediente activo o placebo que se está probando o usando como referencia en un estudio clínico. Para estudios fase IV, se entenderá como producto en investigación a los señalados anteriormente y que cuenten con registro

Página 7 de 7 sanitario en el Ecuador; cuando se utilicen o acondicionen en indicación terapéutica o forma distinta a las autorizadas en el país; cuando se utilicen en combinación con otros medicamentos diferentes a los autorizados; o, en los casos en los que se realicen estudios de postcomercialización. 6. ANEXO ANEXO 1. Formato de solicitud para autorizar una enmienda en un ensayo clínico

ANEXO 1 FORMATO DE SOLICITUD PARA AUTORIZAR UNA ENMIENDA EN UN ENSAYO CLÍNICO (NOMBRE DEL DIRECTOR/A) DIRECTOR/A TÉCNICO/A DE AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA ARCSA En su despacho. De mi consideración.- Por medio del presente, yo, (NOMBRE DEL PATROCINADOR DEL ESTUDIO O SU DELEGADO), con número de identificación (NÚMERO DE C.C. /C.I.), con código dactilar (N ), como (PATROCINADOR DEL ESTUDIO/ DELEGADO) del ensayo clínico (NOMBRE DEL ENSAYO CLÍNICO), con código del protocolo de investigación (N ), llevado a cabo en el (NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO DONDE SE ESTÁ REALIZANDO EL ENSAYO CLÍNICO), con número de RUC/RISE (NÚMERO DE RUC/RISE); solicito de la manera más cordial la autorización para realizar la enmienda (NÚMERO DE LA ENMIENDA), en la cual (BREVE DESCRIPCIÓN DE LA ENMIENDA). Para los fines pertinentes adjunto la siguiente documentación: (Índice de la documentación proporcionada, la cual debe indicar claramente la documentación que se enmienda protocolo de investigación, manual del investigador o el consentimiento informado, y la documentación que justifique y esté relacionada a la enmienda) Con sentimientos de distinguida consideración. Atentamente (Nombre y Apellido del Patrocinador del estudio o su Delegado) E-mail: (DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO DEL PATROCINADOR DEL ESTUDIO O DE SU DELEGADO) Telf. Of.: (NÚMERO DEL TELÉFONO CONVENCIONAL LABORAL) Telf. Cel.: (NÚMERO DE CELULAR) FE-B.3.3.1-EC-03-01/V 1.0/SEP 2017 1 P á g i n a