Observatorio de Seguridad Vial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transcripción:

Secretaría de Transporte > Subsecretaría de Movilidad Sustentable > Dirección General del Cuerpo de Agentes de Tránsito y Seguridad Vial > Observatorio de Seguridad Vial de la Ciudad de Buenos Aires Glosario

Las definiciones adoptadas por el Observatorio de Seguridad Vial se basan en las establecidas en 1 el Glosario Ilustrado para Estadísticas de Transporte (4ta Edición). Las mismas son las recomendadas por organismos internacionales como la OMS y el Foro Internacional del Transporte. Algunos términos han sido adaptados para ajustarlos a los usos y clasificaciones locales. 1 Illustrated glossary for transport statistics (4th Edition). Geneva, EUROSTAT. International Transport Forum. United Nations Economic Commission for Europe, 2009 http:// internationaltransportforum.org/pub/pdf/09glostat.pdf, revisado 11 Enero 2010.

Siniestro Vial 2 Siniestro vial o siniestro de circulación con víctimas: Cualquier hecho de tránsito con implicación de al menos un vehículo en movimiento, que tenga lugar en 3 una vía pública o en una vía privada a la que la población tenga derecho de acceso, y que tenga como consecuencia al menos una persona herida o muerta. Un suicidio o intento de suicidio no se considera un accidente, sino un incidente causado por un acto deliberado de infligirse lesiones mortales. Sin embargo, si un suicidio o un intento de suicidio causan heridas a otro usuario, entonces el incidente debe ser considerado un accidente con víctimas. Se incluyen: las colisiones entre vehículos; entre vehículos y peatones; entre vehículos y animales u obstáculos fijos; los siniestros viales con la intervención de sólo un vehículo; y las colisiones entre vehículos y trenes. Las colisiones múltiples se contabilizan como un solo hecho de tránsito si las colisiones se suceden en un periodo de tiempo muy corto. Se excluyen los hechos de tránsito con sólo daños materiales. Se excluyen los actos terroristas. Víctimas Víctima: Cualquier persona muerta o herida como consecuencia de un siniestro vial. Muerto: Cualquier persona fallecida luego de un hecho de tránsito con víctimas, excluidos los suicidios. Se excluyen los casos en los que la autoridad competente declara que la causa de la muerte ha sido un suicidio. Existen dos tipos de víctimas fatales: Fallecidos en el lugar del hecho. Fallecidos durante los 30 días siguientes al hecho. Nuestras estadísticas se basan en las personas fallecidas en el lugar del hecho tal como lo informa la Policía Federal. Lesionado: Cualquier persona que, como consecuencia de un siniestro vial con víctimas, no resulte muerta en el acto o dentro de los 30 días siguientes, pero sufra lesiones. Normalmente, estas lesiones requieren tratamiento médico. Se excluyen los intentos de suicidio. 2 De acuerdo a lo recomendado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial optamos por emplear el concepto de siniestro en lugar del de accidente vial que figura en la versión original. Esto responde a que se pretende que el siniestro sea entendido como la consecuencia de una cadena causal de hechos y circunstancias en la que el sujeto siempre puede intervenir para evitar o mitigar sus consecuencias. En cambio, el concepto de accidente refiere a un suceso eventual o acción que resulta daño involuntario para las personas o las cosas, pero cuya carga de sentido generalmente implica que no puede ser evitado. 3 Vía: incluye los caminos o calles pavimentados y los caminos con base estabilizada como las calles de tierra.

Las personas con lesiones muy leves, como pequeños cortes o magulladuras, no suelen ser registradas como heridos. Se excluyen los casos en los que la autoridad competente declara que la causa de la herida ha sido un intento de suicidio. Conductor: Cualquier persona implicada en un siniestro vial con víctimas, que estuviera conduciendo un vehículo en el momento del hecho. Pasajero: Toda persona que, sin ser conductor, se encuentra dentro o sobre un vehículo en el momento del siniestro vial, o es arrollada mientras está subiendo o bajando del vehículo. Peatón: Cualquier persona implicada en un hecho de tránsito con víctimas, distinta de un conductor o un pasajero. Se incluyen los ocupantes o personas que empujan o arrastran un coche de bebé o una silla de ruedas o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones. Se incluyen también las personas que caminan empujando una bicicleta, un ciclomotor, o se desplazan sobre patines, skates u otros artefactos parecidos. Tipos de vehículos 1.Vehículo Vehículo con ruedas destinado para su uso en vías o carreteras. 1.1. Vehículo a motor Vehículo de carretera provisto de un motor que constituye su único medio de propulsión, normalmente se utiliza para el transporte de personas o mercancías o para remolcar vehículos utilizados para el transporte de personas o mercancías. Las estadísticas no incluyen vehículos de motor que se desplazan sobre rieles. 1.1.1 Vehículo automóvil Vehículo a motor destinado al transporte de personas, diferente de los motovehículos, y que tenga hasta nueve plazas (incluyendo al asiento del conductor). a) Automóviles particulares b) Automóviles uso oficial (policía, gendarmería) c) Camionetas diseñadas para el transporte de pasajeros c) Taxis d) Remises e) Ambulancias f) Casa rodante

1.1.2. Vehículo para el transporte de cargas Vehículo a motor diseñado, exclusiva o principalmente, para el transporte de mercancías. a) Livianos: Vehículo con una masa máxima autorizada de hasta 3.500kg, destinado al transporte de mercancías, por ejemplo: Utilitarios o pick ups. b) Pesados: Vehículo con una masa máxima autorizada superior a 3.500kg, destinado al transporte de mercancías. c) Tractores e) Grúas Los dos últimos pueden ser sub-clasificados como Maquinaria. 1.1.3. Vehículo para el transporte de pasajeros Vehículo a motor destinado al transporte de personas que tenga más de nueve plazas (incluyendo al asiento del conductor). a) Colectivos o auto transporte público de pasajeros: vehículo que contiene mas de 24 plazas (incluyendo al conductor), con la posibilidad de transportar pasajeros parados y sentados. Los vehículos contienen áreas para que los pasajeros viajen parados y para que puedan trasladarse dentro del mismo. b) Micros de corta y larga distancia: Vehículo que contiene mas de 24 plazas (incluyendo al conductor) diseñados para el traslado de pasajeros sentados. 4, 5 1.2. Motovehículo Vehículo motorizado no carrozado. a) Ciclomotor: vehículo a motor de dos ruedas con hasta cincuenta (50) centímetros cúbicos de cilindrada o hasta mil (1000) Watts de potencia y con capacidad para desarrollar no más de cincuenta (50) kilómetros por hora de velocidad. Deben poseer una distancia mínima entre ejes de novecientos cincuenta (950) milímetros y el asiento debe estar a una altura mínima de seiscientos (600) milímetros. b) Motocicleta: Vehículo de dos (2) ruedas con motor a tracción propia de más de cincuenta (50) centímetros cúbicos de cilindrada o más de mil (1000) Watts de potencia y que puede desarrollar velocidades superiores a cincuenta (50) kilómetros por hora. c)triciclo: Vehículo motorizado no carrozado de tres ruedas no alineadas d) Cuatriciclo: Vehículo motorizado no carrozado de cuatro ruedas no alineadas. e) Motofurgón: Triciclo motorizado parcialmente carrozado, destinado al transporte de cargas. 1.3. Bicicleta Vehículo con al menos dos ruedas, que generalmente es accionado exclusivamente por el esfuerzo muscular de las personas que lo ocupan, en particular mediante pedales o manivelas. 4 Si bien los motovehículos son vehículos a motor, son clasificados en una categoría diferente con fines meramente estadísticos. 5 Para la definición de motovehículo se ha tomado la establecida en la Ley Nº 2.148 de la Ciudad de Buenos Aires.

1.4. Tracción a sangre Vehículos sin motor, diferentes a la bicicleta. Incluye a los carros tirados por caballos. 1.5. Tren Equipo móvil que se desplaza exclusivamente sobre rieles. Tipos de siniestros Según su gravedad Siniestro mortal: Cualquier hecho de tránsito con víctimas a consecuencia del cual fallece al menos una persona. Siniestro no mortal: Cualquier hecho de tránsito con víctimas distinto de un siniestro mortal. Según los participantes involucrados Vehículo-Vehículo: Siniestros en el que intervienen dos vehículos a motor. Excluye motovehículos. Vehículo-Motovehículo: Siniestros en el que intervienen un vehículo a motor y un motovehiculo. Vehículo-Peatón: Siniestro en el que intervienen un vehículo a motor y uno o más peatones. Vehículo-Bicicleta: Siniestros en los que intervienen un vehículo a motor y una bicicleta. Vehículo-Tracción a sangre: Siniestros en el que intervienen un vehículo a motor y un vehículo con tracción a sangre. Motovehículo-Motovehículo: Siniestro ocurrido entre dos motovehículos. Motovehículo-Peatón: Siniestro ocurrido entre un motovehículo y uno o más peatones. Motovehículo-Bicicleta: Siniestro en el que intervienen un motovehículo y una bicicleta. Motovehículo-Tracción a sangre: Siniestro en el que intervienen un motovehículo y un vehículo con tracción a sangre. Bicicleta-Peatón: siniestros en los que intervienen una bicicleta y uno o más peatones. Bicicleta-Bicicleta: Siniestros ocurridos entre dos bicicletas. Múltiple: Siniestro en el que intervienen más de dos vehículos. Contra Objeto Fijo: Siniestro contra algo fijo, por ejemplo: columna, árbol, semáforo, etc. Atropello de animal: Siniestro en el que se encuentra involucrado un vehículo a motor y un animal. Tren: Siniestro en el que interviene un tren y un vehículo. Excluye los siniestros con peatones. Otro: Siniestro con características diferentes de las que están detalladas en las anteriores. Según el momento del día Diurnos: Siniestros ocurridos entre las 06:00 hs y las 19:59 hs. Nocturnos: Siniestros ocurridos entre las 20:00 hs y las 05:59 hs.