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~ -~, [ Wofución ;i>btttúvud ~ Nº 1924-2015-GRSM/DRE Moyobamba, 2 5 SEl. Z01~ de dieciséis (16) folios útiles. VISTO: Los antecedentes adjuntos, con un total CONSIDERANDO; Que, el artículo 146º del Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, aprobado mediante D.S Nº 011-2012-ED, se define que la Dirección Regional de Educación es un órgano especializado del Gobierno Regional, responsable del servicio educativo en el ámbito de sus respectiva circunscripción territorial; Que, el artículo 38 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado mediante D.S Nº 011-2012-ED,estableceque la Educación Ambiental y la Gestión del Riesgo, contribuye a la educación en salud, promoviendo una institución educativa que previene y protege la salud integral, asegurando las condiciones para una vida sana; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0493-2012-ED se aprueba las "Normas para orientar la organización y desarrollo de actividades de educación preventiva, mitigación y respuesta ante el dengue en las instituciones educativas públicas y privadas del país"; Que, por Ley Nº 27658 se declaró al estado peruano en proceso de modernización para lograr mayor eficiencia a fin de brindar una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando los recursos del estado; en ese sentido, mediante Ordenanza Regional Nº 035-2007 -GRSM/CR, el Consejo Regional de San Martin declaro en proceso de modernización la gestión del Gobierno Regional de San Martin, emitiendo luego la Ordenanza Regional de San Martin; en ese marco se dispuso mediante Decreto Regional 003-2012 - GRSM/PGR, artículo séptimo, que esta sede Regional implementa la creación de las Oficinas de Operaciones a nivel desconcentrado, por lo que en aplicación de las normas citadas, se puso en marcha la implementación del Rediseño Institucional en nuestra región, cuyo aspecto importante es el trabajo por procesos y que deja a la Unidad de Gestión Educativa Local encargada de la labor eminentemente pedagógica y la nueva Oficina de Operaciones exclusivamente responsable de la unidad ejecutora, es decir, de la parte financiera; Que, con Ordenanza Regional Nº 036-2014- GRSM/CR de fecha 22 de diciembre de 2014, se aprueba el reglamento de organización y funciones del Gobierno Regional de San Martín, en cuyo artículo 146º se aprueba la estructura orgánica de la Dirección Regional de Educación de San

~lou~ Martín, donde aparece la Dirección de Operaciones como órgano de línea, encargada de la dirección, coordinación, seguimiento y supervisión a la gestión presupuesta! de las Oficinas de Operaciones - Educación, de modo tal que dicha gestión esté alineada con las prioridades de gasto del gobierno regional; ~ ~ 1 ' Que, mediante Oficio Nº 3943-2014 DSCYA - ' ' DESl-DG-DIRES/SM, el Director Regional de Salud remite el "Informe de Situación Actual del Dengue en la Región de San Martin': donde solicita trabajar de manera coordinada en actividades de educación preventiva, mitigación y respuesta ante el dengue; Que, en las "BASES DEL SEGUNDO ~~ CONCURSO INTERESCOLAR PARA LA PREVENCION Y CONTROL. DEL ~u~ ENGUE Y FIEBRE CHIKUNGUNYA EN LA REGION SAN MARTIN "en el numeral 1 ION. 1 se establece como objetivo fortalecer la cultura de prevención, respuesta y itigación con estilos de vida saludable en las instituciones educativas; "' Que, mediante informe Nº0203-2015-GRSM- DRE/DGP, el Especialista de Educación Ambiental de la Dirección Regional de Educación de San Martin y en el Marco del Rediseño Institucional, presenta el Proyecto de Directiva Nº08-2015-GRSM-DRE/DGP"BASES DEL SEGUNDO CONCURSO INTERESCOLAR PARA LA PREVENCION Y CONTROL DEL DENGUE Y FIEBRE CHIKUNGUNYA EN LA REGION SAN MARTIN", para su aprobación mediante acto resolutivo; y De conformidad a los informes y lo facultado por la Resolución Ejecutiva Regional R. E. R Nº 023-2015-GRSM-PGR; SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la DIRECTIVA N 08-2015-GRSM-DRE/DGP- "BASES DEL SEGUNDO CONCURSO INTERESCOLAR PARA LA PREVENCION Y CONTROL DEL DENGUE Y FIEBRE CHIKUNGUNYA EN LA REGION SAN MARTIN", la misma que es parte integrante de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR, a través de secretaria General a las Unidades de Gestión Educativa Local de la Región San Martin del ámbito de la Dirección Regional de Educación, y a la Dirección de Gestión Pedagógica de esta sede Regional, con copia de la presente resolución. ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, que las Unidades de Gestión Educativa Local, e Instituciones Educativas de la Región San

Nº /9Zf -2015-GRSM/DRE Martin, bajo responsabilidad, den estricto cumplimiento a lo aprobado en la presente Resolución. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE PSP/DRESM HGP/DGP WAVM/EA GOBIERNO REGION.t,.._L DE SAN MARTlN D!RECCJÓ?! EEG!ON.A!_. lye l~ducáción cr;::; :_~:: : _;: d;;'- u;;,s;,\.:; : ~f:;ú-i:};~ tr;-:yo;.;.~~::.~"~:.,,,~..::,..\: "'tf(j\.~... t:~~... úi~~i; ~frii~~iil;:;~

{:.~'!.. s~martín "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016" )IRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DIRECTIVA Nº 08-2015 -GRSM-DRE/DGP "BASES DEL 11 CONCURSO INTERESCOLAR PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL DENGUE Y FIEBRE CHIKUNGUNYA EN LA REGIÓN SAN MARTÍN l. PRESENTACION: La región San Martin presenta condiciones de un hábitat natural de vectores transmisores de enfermedades, al presentar una geografía de selva alta (bosques montañosos) y selva baja (bosques tropicales húmedos), propicia para lluvias abundantes. Todo ello influye en la incidencia y prevalencia de enfermedades metaxénicas como el dengue y la fiebre Chikungunya, enfermedades virales, con ocurrencia de casos graves e incluso muertes por dengue, transmitidas por el mosquito Aedes aegypti que se reproduce en recipientes servibles como no servibles que pueden almacenar o acumular agua. Factores que generan condiciones ideales para el desarrollo y diseminación del dengue y la fiebre Chikungunya, son: el cambio climático en los ecosistemas (variaciones en temperatura y humedad), deforestación, manejo inadecuado de residuos sólidos, insuficiente abastecimiento y almacenamiento inadecuado del recurso agua, acelerado proceso de urbanización sin planificación, el cambio de las dinámicas poblacionales y el flujo migratorio. Creemos firmemente que el abordaje para la prevención y control de Enfermedades Transmitidas por Vectores (ETV) como en el caso del dengue y la fiebre Chikungunya implican un trabajo multisectorial coordinado entre los sectores educación y salud con el involucramiento de los gobiernos locales; para lograr cambios en el comportamiento de los estudiantes a partir del aprendizaje social. Considerando a las instituciones educativas lugares organizados donde se generan procesos de enseñanza - aprendizaje, en las cuales se forman las futuras generaciones con competencias, capacidades y habilidades que le servirán para la vida, generándose los comportamientos saludables esperados, lo cual se reflejará en los estilos de vida saludables que adoptarán las futuras generaciones. Es así que de manera coordinada y con el compromiso mutuo entre los sectores educación y salud de la región San Martín se realizará el /1 Concurso lnterescolar para la Prevención y Control del Dengue y Fiebre Chikungunya, que ayudará en el control del mosquito transmisor de ambas enfermedades, Aedes aegypti, lo cual impactará en la disminución de la ocurrencia de casos, promoviendo que a través de los escolares logremos familias con prácticas y estilos de vida saludables. DIRECTIVA Nº 08 2015 GRSM DREIDGP 1

~,,,,. {:j' } sañmártín Inclusiva y solidarla "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" >IRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN 11. BASE LEGAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL DENGUE Ley Nº28044, Ley General de Educación Ley Orgánica del Ministerio de Educación Decreto Ley Nº 25762, modificada por Ley Nº 26510 Ley general de Salud Nº 26842 Ley del Ministerio de Salud Nº 27657 Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ordenanza Regional Nº 012-2013 - GRSM/CM, declárese de interés y necesidad pública, la vigilancia, prevención y control del Dengue en el Ámbito de la Región San Martín. Convenio Macro de Cooperación Técnica entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de salud Nº 004-2008/MINSA. Resolución Ministerial Nº277-2005/ MINSA aprueba el Programa de Promoción de la Salud en la Instituciones Educativas. Resolución Ministerial Nº0556-2014- MINEDU, Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015. Resolución Vice Ministerial Nº 006-2012-ED, aprueba las "Normas específicas para la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de la aplicación del enfoque ambiental en la educación básica y técnico-productiva". Resolución Viceministerial Nº 008-2011-ED, "Norma sobre Acciones para Educación Preventiva ante el Dengue en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas". Resolución Ministerial Nº 0493-2012-ED, que aprueba las "Normas para orientar la organización y desarrollo de actividades de educación preventiva, mitigacióri y respuesta ante el dengue en las instituciones educativas públicas y privadas del país". Resolución Ministerial Nº 797-201 O/ MINSA, "Norma Técnica de Salud para la implementación de la vigilancia y control del Aedes aegypti, vector del dengue en el territorio nacional" Resolución Ministerial Nº566-2005/MINSA, aprueba los lineamientos para la adecuación de la Organización de los Directores Regionales de Salud en el Marco de Descentralización. Decreto Supremo Nº003-97 - SA, establece la Suspensión Temporal de la Importación de Neumáticos Usados. 111. DEFINICIÓN El Concurso lnterescolar para la Prevención y Control del Dengue y la Fiebre Chikungunya en la región San Martín, se realizará por segunda vez en el ámbito de las instituciones educativas públicas del nivel primaria y secundaria de educación básica regular de la región San Martín. DIRECTIVA Nº 08 2015-GRSM DRE/OGP 2

"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" {~W'!} sañmanín >IRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN El monitoreo del recojo y eliminación de criaderos se realizará de manera articulada entre las UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL (UGEL) y REDES DE SALUD, con la participación activa de las gobiernos locales y sociedad civil. Este concurso implica el registro, recolección y eliminación de criaderos intradomiciliarios, siendo el lugar de acopio los exteriores de las instituciones educativas. IV. OBJETIVOS 4.1. Fortalecer la cultura de prevención, respuesta y mitigación con estilos de vida saludable en las instituciones educativas. 4.2. Promover mediante los escolares el logro de familias con prácticas y estilos de vida saludables, mediante la recolección y eliminación de criaderos del mosquito Aedes aegypti. 4.3. Identificar y reconocer los criaderos intradomiciliarios de la comunidad para su eliminación selectiva a través de las instituciones educativas. 4.4. Articular la labor interinstitucional entre la Dirección Regional de Salud San Martín (DIRES-SM), Dirección Regional de Educación San Martín (DRE-SM) y Gobiernos Locales. V. ALCANCES 5.1. Dirección Regional de Educación de San Martín. 5.2. Unidades de Gestión Educativa Local de San Martín. 5.3. Instituciones Educativas de la Educación Básica Regular de los niveles primaria y secundaria del ámbito de la Dirección Regional de Educación de San Martin. 5.4. Red de Servicios de Salud. 5.5. Gobierno Local VI. DESCRIPCIÓN 6.1. La organización del evento estará a cargo de: Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL). Red de Servicios de Salud. Gobierno Local. 6.2. En el concurso solo se inscribirán Instituciones Educativas de Educación Básica Regular de los niveles de Primaria y Secundaria, en su respectiva UGEL. 6.3. Se capacitará a los docentes en la manipulación, recolección y traslado de los criaderos, a cargo de profesionales de la red de servicios salud correspondiente. 6.4. El recojo y eliminación de criaderos será realizado por los padres de familia y estudiantes. DIRECTIVA Nº 08 2015-GRSM DRE/DGP 3

"Año de to Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" 6.5. El Jurado Calificador, estará integrado por: :;"., >IRECCION REGIONAL DE EDUCACIÓN ~ Un representante del establecimiento de salud (Presidente) ~ Un representante de UGEL (Secretario) ~ Un representante del gobierno local (Vocal) VII. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Las Instituciones Educativas participantes deben estar en la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), y corresponder a las 96 localidades priorizadas* por la DIRESA San Martín para el control del dengue y fiebre Chikungunya, en 68 distritos de la región. Los profesionales de los establecimientos de salud se encargarán de capacitar a los docentes en la manipulación, recolección y traslado de los criaderos. Los docentes capacitados harán el efecto multiplicador a los padres de familia y estudiantes. Los estudiantes prepararán lemas, legos o afiches relacionados al Dengue y la Fiebre Chikungunya, que serán colocados en espacios visibles de la Institución Educativa, para motivar la participación de la comunidad educativa. La UGEL entregará a los representantes de las instituciones educativas una ficha de inscripción y la cartilla de identificación de criaderos intra domiciliarios del Aedes aegypti (se anexa), que permitirá a los estudiantes con ayuda de sus padres identificar en el interior y alrededores de sus domicilios los criaderos servibles y no servibles. Los criaderos que no se puedan eliminar, deberán ser identificados e informados a los representantes del sector salud (vigilancia y control vectorial) para ser tratados por la familia según las indicaciones, priorizando el tratamiento físico respecto al tratamiento químico. Los estudiantes trasladarán con apoyo de sus padres a las instituciones educativas los criaderos identificados que no son útiles en casa (no servibles), sólo en la fecha establecida según el cronograma. Las instituciones educativas determinarán, una zona de acopio de criaderos, preferentemente fuera de la institución educativa. Todos los criaderos acopiados en la institución educativa serán colocados en depósitos (bolsa o costal) de 50kg. Los miembros de la Comisión de Gestión de Riesgo y de la Comisión de Salud de cada institución educativa, serán los responsables de la recepción de los criaderos. Personal de los establecimientos de salud realizarán la medición respectiva, en presencia de los responsables de la institución educativa. Representantes de los gobiernos locales recolectarán los criaderos en unidades móviles adecuadas para dicho fin en cada institución educativa, según el cronograma establecido. * Entiéndase como localidad priorizada a la jurisdicción de un establecimiento de salud, descritas en el anexo del listado de localidades priorizadas para el año 2015. DIRECTIVA Nº 08 2015-GRSM DRE/DGP 4

VIII. CONVOCATORIA "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" r'($7... "5<P'! perú, SanMart1n >IRECCION REGIONAL DE EDUCACIÓN Cada UGEL garantizará la convocatoria del evento, de manera oportuna, en todas las instituciones educativas de los distritos priorizados en la región San Martín. IX. EVALUACIÓN Se evaluará dos criterios: e I ' CRITERIOS INDICADOR PUNTAJE A Aspectos Organizativos Criaderos recolectados en bolsas y/o costales. Centro de acopio debidamente protegido y de acceso restringido para los estudiantes. Lemas, lagos y/o afiches elaborados por los estudiantes relacionados con la prevención y control del denque y la fiebre ChikunQunva. % de docentes de la institución educativa que participaron en la capacitación de manipulación, recolección y traslado de los criaderos del Aedes aegypti. Puntaje máximo O a 5 puntos O a 5 puntos O a 5 puntos O a 5 puntos 20 puntos B Escala Mayor medición promedio obtenido Hasta 5 puntos TOTAL PUNTAJE 25 puntos EVALUACIÓN CRITERIO B- ESCALA a. Promedio per cápita máximo de la institución educativa: Pp. = M_e_d_i_ci_ó_n_d_e_c_r_ia_d_e_r_o_s_re_c_o_l_e_ct_a_d_o_s_e_n_k_il_o_g_ra_m_o_s_ Nº total de estudiantes participantes de la l.e. b. Aplicar la tabulación para obtener la escala evaluativa, para ello se: ESCALA = P~P~ ~(_P_ro_m_e_d_io_P_e_r_C_a~ p_it_a~) 2 (valor máximo de escala) A partir de ello se construye la escala O - 5 Ejemplo: 1000 = Kilogramos de criaderos recolectados 100 = Nº total de estudiantes participantes de la l.e. Pp. = 10 (Valor Referencial 10 Kg. de criaderos por alumno) Escala = 5 DIRECTIVA Nº 08 2015-GRSM DRE/DGP 5

"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" ir1 s~martín JIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN Del ejemplo el puntaje obtenido por la l.e. es de 5 puntos (Valor CRITERIO B - ESCALA). X. CRONOGRAMA ACTIVIDADES FECHAS RESPONSABLES 1. Elaboración de las bases del concurso 2. Lanzamiento del concurso 3. Inscripción de la l.e. en la UGEL respectiva 4. Consolidado de la relación de las 11.EE. inscritas en el concurso 5. Capacitación de docentes y monitoreo 6. Evaluación 31 de Agosto 21 de septiembre Inicia: 28 de septiembre Termina:19 de octubre 22 de octubre lnicio:26 de octubre Termino: 30 de octubre Inicia: 2 de noviembre Termina: 13 de noviembre DIRESSM DRESM DIRESSM DRESM Especialista CTA UGEL Especialista CTA UGEL Responsable en Promoción de la Salud y de Vigilancia y Control Vectorial de la Red/establecimiento de Salud. Representante UGEL. Representante red/establecimiento de salud. Representante de gobierno local. 7. Premiación 01 al 07 de diciembre DIRESSM DRESM XI. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Los resultados serán publicados en la página web de la DRESM y DIRESSM del 16 al 20 de noviembre del 2015. XII. PREMIACIÓN En acto público se reconocerán a dos instituciones educativas de la Región San Martín que hayan el mayor puntaje de la sumatoria de los criterios A (Aspectos Organizativos) más B (Escala) en el identificación, reconocimiento, recolección y traslado de criaderos intra-domiciliarios. DIRECTIVA Nº 08 2015-GRSM-DRE/DGP 6

XIII. "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS r-s;:,. s~rjbártín Inclusiva y solidarla >IRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN Los aspectos no contemplados en la presente base serán resueltos por la Dirección Regional de Salud en coordinación con la Dirección Regional de Educación. DIRECTIVA Nº 08 2015 GRSM DRE/DGP 7

INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nivel Dirección Estudiante Grado "Año de lo Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" ~~} sañmártín JIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN CARTILLA DE IDENTIFICACIÓN DE CRIADEROS INTRA DOMICILIARIOS DEL AEDES AEGYPTI. ª--C-R-IA_D_E_R_O_S_D_EN_T_R_O_D_E_LA_V_IV_l~-E:_'~-:-:-:-:,_:r_~_A"T.;'\f_. _iz_ ~-~ _"i--,~':rn~~da OBSERVAR E IDENTIFICAR LARVAS DE Aedes aegypti* Cantidad Cantida '...- - i - _, ~- ~. LU., ~~...,a..,. ""A\. - ~ ~~--...~ " ~ ~, # ª~~; ~ ~' r"\.,,,:""' - X l -...,.. \.... De encontrarse larvas de mosquitos en estos criaderos, comunicar a personal de salud para que realicen el control larvario, de preferencia control físico. 11 SALUD Y EDUCACIÓN TllABAJANDOJUNTOS CONT/lA LA DISMINUCIÓN Y l!liminación DEL T/lANSMISO/l DEL Dl!N6UE" DIRECTIVA Nº 08-2015-GRSM-DRE/DGP 8

s~mánín "Año de lo Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" >IRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN 11 CONCURSO INTERESCOLAR PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL DENGUE Y FIEBRE CHIKUNGUNYA EN LA REGIÓN SAN MARTÍN 01-,"1 ~ DIRECTIVA Nº 08 2015-GRSM DREIDGP 9

{~Í sáf.manín lndusiva y solidaria "Año de lo Diversificoción Productivo y del Fortolecimiento de la Educación" "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016" FICHA DE EVALUACIÓN >IRECCION REGIONAL DE EDUCACION INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nivel,., - 1 wró ~ ~ ---... 9 F~ :~ - _.".,;;....~;;. ~'{.- ~/~:...,,,,,_, ~ -=-~ \ I' t i - \.',,..., ~. ~J; i. Ot,í~ "' '.,.. --- - Dirección CRITERIOS A Aspectos Organizativos B Escala INDICADOR PUNTAJE Criaderos recolectados en bolsas y/o 5 puntos costales. Centro de acopio debidamente protegido y de acceso restringido para los 5 puntos estudiantes. Lemas, legos y/o afiches elaborados por los estudiantes relacionados con la 5 puntos prevención y control del dengue y la fiebre Chikungunya. % de docentes de la institución educativa que participaron en la capacitación de 5 puntos manipulación, recolección y traslado de los criaderos del Aedes aegypti. Puntaje Parcial Mayor medición promedio obtenido Puntaje Obtenido MÁXIMO 1 2 3 4 5 20 puntos Hasta 5 puntos TOTAL PUNTAJE 25 puntos./ EVALUACIÓN CRITERIO B - ESCALA c. Promedio per cápita máximo de la institución educativa: Medición de criaderos recolectados en kilogramos Pp.= -------------------- Nº total de estudiantes participantes de la l.e. Pp = ---=~I ~ d. Aplicar la tabulación para obtener la escala evaluativa, para ello se: ESCALA = P_p_. (_P_r_om_e_di_o_P_e_r_C_á_p_ita_) 2 (valor máximo de escala) Escala= =D DIRECTIVA N' 08 2015-GRSM-DRE/DGP 10

"Año de lo Diversificación Productivo y del Fortalecimiento de la Educación" "Decenio de los Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016" >IRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN 11 CONCURSO INTERESCOLAR PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL DENGUE Y FIEBRE CHIKUNGUNYA EN LA REGIÓN SAN MARTÍN l. INSTUTICIÓN EDUCATIVA FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN Nombre Dirección Lugar :... Distrito :... Provincia:.... Nivel Secundaria D Primaria D Director (a):... 11. PARTICIPANTES GRADOS SECCIONES Nº ESTUDIANTES 111. MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE GESTIÓN DE RIESGO Y SALUD. PROFESOR COMISIÓN DE RIESGO COMISIÓN DE SALUD IV. DATOS REFERENCIALES Establecimiento de Salud Red de Salud "SALUD Y EDUCACIÓN TRABAJANDO JUNTOS CONTRA. LA DISMINUCIÓN Y ELIMINACIÓN DEL TRA.NSMISO/l DEL DEN6UE Y CHIKUN6UNYA" DIRECTIVA Nº 08 2015 GRSM DRE/DGP 11

"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" "Decenio de los Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016" f:'.ii ':--1 S~Mártín )IRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN LOCALIDADES PRIORIZADAS SEGÚN ESTABLECIMIENTO DE SALUD ESTABLECIMIENTO DE SALUD PROVINCIA DISTRITO LOCALIDAD MOYOBAMBA Centro de Salud LLUYLLUCUCHA YANTALÓ Centro de Salud Y ANT ALÓ CALZADA Centro de Salud CALZADA MOYOBAMBA SORITOR Centro de Salud SORITOR HABANA Puesto de Salud HABANA JEPELACIO Centro de Salud JEPELACIO ALONSO DE ALVARADO- PROVINCIA LAMAS Centro de Salud ROQUE ALONSO DE ALVARADO RIOJA Centro de Salud NUEVA RIOJA Puesto de Salud PORVENIR YORONGOS Puesto de Salud YORONGOS POSIC Puesto de Salud POSIC ELÍAS SOPLÍN VARGAS Puesto de Salud SEGUNDA JERUSALEN YURACYACU Centro de Salud YURACY ACU RIOJA NUEVA CAJAMARCA Hospital Rural NUEVA CAJAMARCA Puesto de Salud SAN JUAN DE RIO SORITOR Puesto de Salud NARANJILLO Puesto de Salud BAJO NARANJILLO SAN FERNANDO Centro de Salud SAN FERNANDO AWAJUN Puesto de Salud SAN FRANCISCO DEL AL TO MAYO PARDO MIGUEL Centro de Salud NARANJOS SAN JOSÉ DE SISA Hospital Rural SAN JOSÉ DE SISA DORADO AGUA BLANCA Centro de Salud AGUA BLANCA SAN MARTÍIN Centro de Salud SAN MARTÍN DE ALAO SHATOJA Puesto de Salud SHATOJA PICOTA Hospital Rural PICOTA CASPIZAPA Puesto de Salud CASPIZAPA PICOTA SAN CRISTÓBAL Puesto de Salud PUERTO RICO SAN HILARIÓN Centro de Salud SAN CRISTÓBAL DE SISA TINGO DE PONAZA Centro de Salud LEONCIO PRADO Centro de Salud TINGO DE PONAZA TOCA CHE Hospital TOCACHE NUEVO PROGRESO Centro de Salud NUEVO PROGRESO TOCA CHE Centro de Salud UCHIZA U CH IZA Puesto de Salud SANTA LUCÍA DIRECTIVA Nº 08 2015-GRSM-DRE/DGP 12

,~;-;. t ~, ~ f sañmártín "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" JIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN LOCALIDADES PRIORIZADAS SEGÚN ESTABLECIMIENTO DE SALUD PROVINCIA DISTRITO ESTABLECIMIENTO DE SALUD-LOCALIDAD BELLAVISTA Hospital Rural BELLAVISTA Puesto de Salud LIMON SAN RAFAEL Puesto de Salud CRISTINO GARCÍA CARHUAPOMA Puesto de Salud LA LIBERTAD Puesto de Salud RAFAEL TINGO DE SAPOSOA - PROVINCIA HUALLAGA Puesto de Salud TINGO SAPOSOA BELLAVISTA BAJO BIAVO Centro de Salud NUEVO LIMA HUALLAGA MARISACL CÁCERES ALTO BIAVO SAN PABLO SANTA ROSA- PROVINCIA EL DORADO SAPOSOA PISCOYACU AL TO SAPOSOA SACAN CHE EL ESALBÓN JUANJUI CAMPANILLA HUICUNGO PACHIZA Centro de Salud CUZCO Puesto de Salud BARRANCA Centro de Salud CONSUELO Puesto de Salud SAN PABLO Puesto de Salud FAUSA LAMISTA Hospital Rural SAPOSOA Puesto de Salud EL DORADO Puesto de Salud PISCOYACU Centro de Salud PASARRA YA Centro de Salud SACANCHE Centro de Salud EL ESLABÓN Hospital JUANJUI Centro de Salud CAMPANILLA Centro de Salud HUICUNGO Puesto de Salud PACHIZA, DIRECTIVA Nº 08 2015-GRSM-DREIDGP 14

~~ 'º" ' -- IE~~~...:1-1 17~rnuc.,a- ~ ~ ~"~' üaj~.,1\i;_,. ':'-_~!=".,:..,,.,, "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" LOCALIDADES PRIORIZADAS SEGÚN ESTABLECIMIENTO DE SALUD PROVINCIA DISTRITO ESTABLECIMIENTO DE SALUD-LOCALIDAD LAMAS RUMIZAPA CUÑUMBUQUI ZAPATERO Hospital Rural LAMAS Puesto de Salud HUAYCO- LAMAS Puesto de Salud SAN ANTONIO DEL RÍO MAYO Puesto de Salud MACEDA Puesto de Salud RUMIZAPA Centro de Salud CUÑUMBUQUI Centro de Salud ZAPATERO Centro de Salud PONGO DE CAYNARACHI LAMAS CAYNARACHI Puesto de Salud ALIANZA TABALOSOS Puesto de Salud BONILLA Centro de Salud T ABALOSOS Puesto de Salud SAN MIGUEL DEL RÍO MAYO Puesto de Salud PINTO RECODO Puesto de Salud SHANAO PACAYZAPA Puesto de Salud PACAYZAPA.-.. Centro de Salud BARRANQUITA-CAYNARACHI BARRANQUIT A ;\, Puesto de Salud SANTIAGO DE BORJA,,,)'; '... r~ Centro de Salud BANDA DE SHILCAYO ~ ''.~ jj BANDA DEL SHILCAYO Puesto de Salud BELLO HORIZONTE SAN MARTÍN TARAPOTO MORALES SAN ANTONIO CACATACHI SAUCE JUAN GUERRA SHAPAJA ALBERTO LEVEAU CHAZUTA HUIMBAYOC CHIPURANA PAPAPLAYA PORVENIR Puesto de Salud LAS PALMAS Centro de Salud T ARAPOTO Centro de Salud NUEVE DE ABRIL Puesto de Salud SANTA ROSA DE CUMBAZA Puesto de Salud HUAYCO- TARAPOTO Puesto de Salud ATUMPAMPA Puesto de Salud PUNTA DEL ESTE Centro de Salud MORALES Centro de Salud SAN ANTONIO DE CUMBAZA Puesto de Salud SAN PEDRO DE CUMBAZA Puesto de Salud CACATACHI Centro de Salud SAUCE Centro de Salud JUAN GUERRA Puesto de Salud YACUCATINA Puesto de Salud SHAPAJA Puesto de Salud UTCURARCA Centro de Salud CHAZUT A Centro de Salud HUIMBAYOC Puesto de Salud Y ARINA Hospital Rural PAPAPLAYA Puesto de Salud PELEJO s~mahín )IRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DIRECTIVA Nº 08-2015-GRSM-DRE/DGP 13