Centro para la Acción Legal en derechos Humanos (CALDH) Diez preguntas y respuestas sobre procesando los responsables de genocidio y otros delitos en cortes nacionales y extranjeras 1. Cuáles son los crímenes contra la humanidad? 2. Qué es el genocidio? 3. Cuáles son los malentendidos comunes sobre el genocidio? 4. Qué es la tortura? 5. Qué es el derecho internacional humanitario (DIH)? 6. Dónde se debe procesar a los responsables? 7. Qué es la jurisdicción extraterritorial y la jurisdicción universal? 8. Qué es la extradición? 9. Cuál es el proceso para extraditar a un acusado? 10. Hay otras implicaciones o obstáculos en caso así? 1. Cuáles son los crímenes contra la humanidad? Según el derecho internacional vigente durante el conflicto guatemalteco, un crimen contra la humanidad es cualquiera de los actos cometidos como parte de un ataque extenso o sistemático en contra de la población civil, sea durante una guerra o en tiempo de paz. La desaparición forzada puede incluirse como un acto inhumano. Homicidio, exterminación, esclavitud, expulsión, encarcelamiento, tortura, violación sexual u otros son actos inhumanos. Además, persecuciones basadas en motivos políticos, raciales, religiosos, sociales o culturales. El Código Penal Guatemalteco incorpora estos delitos como Crímenes contra los deberes humanitarios (Articulo 378)
2. Qué es el genocidio? El genocidio también es considerado como un crimen contra la humanidad. El Código Penal de Guatemala, Decreto 17-73, Artículo 376, lo define de la siguiente manera: comete delito de genocidio quien, con el propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico o religioso, efectuare cualquiera de los siguientes hechos: a. Muerte de miembros del grupo. b. Lesión que afecte gravemente la integridad física o mental de miembros del grupo. c. Sometimiento del grupo o de miembros del mismo, a condiciones de existencia que pueda producir su destrucción física, total o parcial. d. Desplazamiento compulsivo de niños o adultos del grupo, a otro grupo. e. Medidas destinadas a esterilizar a miembros del grupo o cualquier otra manera de impedir su reproducción. El responsable de genocidio será sancionado con prisión de veinte a treinta años. Esta definición es casi igual a la de la Convención para la Prevención y Sanción del delito de Genocidio (ONU), 1948) ratificada por Guatemala el 13 de diciembre de 1949. La Convención también incluye grupos raciales. 3. Cuáles son los malentendidos comunes sobre el genocidio?! Se necesita comprobar por qué los responsables cometieron los actos. Podrían ser varios motivos. Porque la persona es racista o está en contra de otras religiones, porque acusa el grupo de ser un grupo de guerrilleros combatientes. Sin embargo, en la tipificación del delito, no importa las razones para cometerlo. Si la persona lleva a cabo uno o más de los actos y tiene la intención de destruir todo o una parte del grupo (sea por alguna razón u otra, sea durante la guerra o no) comete genocidio.! Qué no es genocidio si el responsable es del mismo grupo, por ejemplo de la misma etnia. El derecho internacional contempla que el genocidio es normalmente cometido por los planificadores. El hecho que hay, dentro de las fuerzas que personalmente llevan a cabo los actos personas del mismo grupo no quiere decir que los planificadores no cometieron genocidio.! Qué incluye etnocidio o genocidio social. Estos son términos no legales y por eso no hay definiciones legales o tipificación como delitos. El delito es genocidio y está restringida a la protección de los grupos nombrados.
4. Qué es la tortura? Según la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Cruelas, Inhumanos o Degradantes 1984 (ONU) ratificada por Guatemala el 23 de noviembre de 1989. Se entenderá por el término tortura todo acto por el cual se infrinja intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, y sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean por un funcionario público u otra persona en el ejercito de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que san consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas. En el caso de Pincohet, la Cámara de los Lores decidió que la inmunidad de ex jefes de Estado no existe en cuanto a delitos de tortura debido al hecho que la definición arriba habla de los funcionarios públicos o personas en el ejercicio de funciones públicas, y por eso incluye ex jefes de Estado. 5. Qué es el Derecho Internacional Humanitario (DIH)? Distinto a los crímenes contra la humanidad que protege la población civil entera, este cuerpo de derecho internacional proteger a los individuo y aplica solamente durante conflictos armados. Una parte importante del DIH es la Ley de Ginebra por ejemplo los 4 convenios ratificados por Guatemala el 21 de abril de 1952 y los dos Protocolos, ratificados el 21 de septiembre de 1987. El DIH protege individuos que no participen directamente en las hostilidades, incluso combatientes efectivamente capturados o sin defensa. En conflictos internos, el Articulo 3 común de los Convenios y el Protocolo II aplican desde su ratificación por el país. También aplica a grupos insurgentes. El Articulo 3 incluye la prohibición de atentados contra la vida y la integridad física, la toma de rehenes, atendidos contra la dignidad personal y condenas sin debido proceso así como cualquier otro trato inhumano o discriminatorio. El Protocolo II contiene más protecciones sobre la propiedad indispensable a la supervivencia de la población. 6. Dónde se debe procesar a los responsables? En términos de la ley interna, eso depende de la jurisdicción que tiene cada país (ver más adelante sobre jurisdicción). También, es muy diferente hablar de un deber de enjuiciar y la posibilidad o competencia legal de enjuiciar.
En términos del derecho internacional Que dicen los tratados y convenios? Genocidio: La Convención de 1948 dice que el país en cuyo territorio ocurrió el delito debe procesarlo. La Convención también refiere al futuro establecimiento de un tribunal internacional penal que tiene jurisdicción (cosa que en este momento no existe todavía y no tendrá competencia retroactiva sin para delitos en el futuro). Tortura: El Convenio de 1984 dice que el país en cuyo territorio ocurrió el delito o el país cuyo nacional es el responsable o la víctima debe procesar el responsable. Además, cada país tiene que reformar su ley interna para poder procesar acusados que se encuentra en su territorio y cuando otro país solicite su extradición y no lo extradite. En cuanto a crímenes contra la humanidad en conflictos internos y crímenes de guerra hay argumentos fuertes que existe la jurisdicción universal. Ver jurisdicción extraterritorial y universal más adelante. Sin embargo eso es hablar de la posibilidad. Identificar si existe un deber legal dependerá de cada situación y delito. Entonces, a veces habrá más que un país que podría procesar a los responsables al mismo tiempo y no hay ninguna prohibición de la existencia de dos procesos penales en dos países en contra del mismo acusado para el mismo delito aunque podrían ser argumentos sobre el foro adecuado. Lo que sí es prohibido es procesar alguien otra vez que ya haya sido condenado para el mismo delito (bajo el principio de non bis in idem). 7. Qué es la jurisdicción extraterritorial y la jurisdicción universal? La jurisdicción extraterritorial es simplemente una provisión legal que posibilita procesos legales en cuanto de delitos que tuvieron lugar en otros países. Varios países en su ley interna tienen esta visión para ciertos delitos. La jurisdicción universal es una especie de jurisdicción extraterritorial pero va mucho más allá. Es una provisión legal que posibilita procesos en cuanto a delitos que tiene ninguna conexión en absoluto con el país que quiere procesarlo. Por ejemplo, si el delito fue cometido fue cometido en otro país, en contra de personas nacionales de otros países, por un responsable que es nacional de otro país, y cuando el delito no amenazó los intereses soberanos del país que quiere procesarlo. Unos países como España, Alemania, Bélgica y Israel, tienen en su ley interna provisiones que les dan jurisdicción universal sobre el genocidio y otros crímenes contra la humanidad.
8. Qué es la extradición? Extradición es un proceso de trasladar un acusado desde un país a otro para ser juzgado. La solicitud viene de un Estado que quiere enjuiciar el acusado (en la practica, el Gobierno) y su solicitud está mandada al Estado (gobierno) del país dónde se encuentra la persona acusada. Normalmente, extradiciones están basadas en un Tratado de Extradición entre los dos países. La Constitución Guatemalteca dice en Articulo 27: La extradición se rige por lo dispuesto en tratados internacionales. El Tratado de Extradición entre Guatemala y España del 7 de noviembre de 1895, adicionado el del 23 de febrero de 1897, no refiere al genocidio o crímenes contra la humanidad pero tratados internacionales podrían incluir otros instrumentos como la Convención sobre Tortura (ver pregunta 6). 9. Cuál es proceso para extraditar a un acusado? Primero, si existe un tratado de extradición entre lo dos países hay que chequear si incluye el delito del cual la persona está acusado. Si no, los países pueden proceder con la extradición si están de acuerdo y siempre cumpliendo con los principios de derecho internacional sobre extradición. Uno de ellos es el principio de doble criminalidad. Requiere que, en el momento en que fue cometido, el delito del cual la persona está acusado era un crimen punible bajo la ley tanto del país como del país que recibe la solicitud. Este principio es la razón por la cual las acusaciones de tortura en contra de Pinochet antes de 1988 fueron descartadas en su caso: por que el Reino Unido no tenía la jurisdicción extraterritoiral (es decir sobre delitos de tortura cometido en otros países) antes de 1988. Otro principio es que no se puede extraditar alguien para ser juzgado por delitos políticos. La Constitución Guatemalteca dice: por delitos políticos no se intentará la extradición de guatemaltecos, quienes en ningún caso serán entregados a gobierno extranjero. Sin embargo, también dice que hay una exención si hay disposiciones sobre delitos de lesa humanidad o en contra del derecho internacional en tratados o convenciones. El Código Penal en Articulo 8 dice: en ningún caso podrá intentarse ni otorgarse la extradición por delitos políticos, ni por delitos comunes conexos con aquéllos. No obstante, ha sido aceptado en el derecho internacional hace muchos años que estos tipos de delitos mencionados arriba no son políticos ni puede ser comunes conexos. Y, como queda mencionado arriba, la inmunidad de ex jefes
del Estado no existe para la tortura (caso Pinochet) ni debe existir para otros crímenes de esta gravedad. Si se cumple con estos elementos legales y cualquier otro requisito del tratado de Extradición, el próximo paso es entre los dos gobiernos y aquí muchas veces entran consideraciones políticas y diplomáticas. 10. Hay otras implicaciones en casos así? Obviamente, hay consideraciones no solamente legales y políticas, sino también prácticas. Por ejemplo, si la solicitud prospere y el Estado decide transferir los acusados al otro país, será necesario la cooperación mutua para apoyar en la búsqueda y traslado de testigos y otras evidencia. Normalmente, en situaciones así habrá o un tratado o un acuerdo informal entre el país en cuyo territorio se cometió el delito y el país que va a procesar el acusado, sobre cooperación mutua en materia penal. Si el país donde ocurrió el delito no está de acuerdo de cooperar adecuadamente o si obstaculiza la investigación penal, los problemas prácticas aumentarán y habría implicaciones para la cantidad de prueba disponible. El papel de individuos o organizaciones no gubernamentales entonces llegaría de ser más importante todavía en la provisión de las pruebas. En el escenario en que el acusado está extraditado de un tercer país (por ejemplo una extradición de Efraín Ríos Montt desde Francia a España), sería necesario lograr tal cooperación de Guatemala en la investigación y provisión de las pruebas. Obviamente las implicaciones políticas para cualquier estado en su decisión si o no extraditar la persona serán distintos en cada situación, por ejemplo el tipo de relación actual y histórica entre los países, la influencia de interés económicas y diplomáticas y las presiones desde adentro y afuera del país pro o contra extradición...el genocidio es un crimen de acuerdo a las leyes internacionales, contrario al espíritu y propósitos de las Naciones Unidas y condenado por el mundo civilizado. Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio.