REGLAMENTO DE BECAS DEL COLEGIO INSTITUTO SAN PEDRO

Documentos relacionados
REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO GRUPO EDUCACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y COMERCIO CURICÓ

Reglamento Interno Beca Socioeconómica. Colegio Fundadores de Quilpué.

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO Escuela de Administración y Comercio HC

REGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO

FORMULARIO DE POSTULACIÓN A BECAS

Colegio Santa María de los Ángeles Congregación de Religiosas Franciscanas Misioneras del Sagrado Corazón

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS Colegio Esperanza de Quilpué

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO COLEGIO LOS ANGELES SANTIAGO

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS COLEGIO HISPANO 2016

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013

Trámites y Requisitos y acceso al servicio

REQUISITOS PARA SOLICITUD DE BECAS BECA PARA COLABORADORES

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS

*Se refiere al Ingreso Mínimo no remuneracionales, el que actualmente asciende a $

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS FINANCIAMIENTO COMPARTIDO POSTULACIÓN 2017

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES

GERENCIA NACIONAL DE BECAS

ORDENANZA Nº020.- ORDENANZA BECA DE EDUCACIÓN SUPERIOR CONCEJO MUNICIPAL DE CASTRO I. DEL OBJETIVO:

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS (Financiamiento Compartido)

ORDENANZA Nº020.- ORDENANZA BECA DE EDUCACIÓN SUPERIOR CONCEJO MUNICIPAL DE CASTRO I. DEL OBJETIVO:

REGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO. Aprobado por Resolución Rectoral Nº 06/12 de fecha 11/04/2012 REGLAMENTO DE BECAS

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO CARGO ENCARGADO BUENAS PRÁCTICAS LABORALES MINSAL PLANTA PROFESIONAL

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECA O EXENCIÓN DE PAGO

REQUISITOS BENEFICIOS ASISTENCIA SOCIAL PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL

UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES

Convocatoria interna a becas en la Universidad Católica Boliviana San Pablo. Unidad Académica Regional Cochabamba. Gestión 1/2017

Reglamento de Becas Año 2012

PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES

REGLAMENTO DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO COLEGIO CRISTIANO CONOSUR

Estar dentro de los tres mejores promedios de su promoción.

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO

Ingreso Ético Familiar. Asignación Social: Primera etapa para el Ingreso Ético Familiar

REGLAMENTO DE BECAS. Cochabamba - Bolivia

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

POSTULACION ENSEÑANZA MEDIA BECA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL

Bases para la Convocatoria Pasarela de Modas Valparaíso 2014

BASES DE CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CARGOS DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL

LICEO BICENTENARIO TERESA PRATS. Este es un aporte del Departamento de Orientación que pone a disposición de las alumnas de Tercero y Cuarto medio.

================================= DECRETO ALCALDICIO NO SS 2J I BULNES, 04 A

BASES CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER LOS CARGOS DE DOCENTES DE ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE TRAIGUÉN

RESUMEN PROYECTO DE LEY INCENTIVO AL RETIRO

B. Tener entre 25 y 50 años de edad. C. Adjuntar fotocopia de Documento Nacional de Identidad.

Reglamento de capacitación Externa

REGLAMENTO REGULADOR DE LA FIGURA DE ASOCIADO INTERNACIONAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE PSICÓLOGOS

REGLAMENTO DE MATRICULA DE HONOR

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS

Becas de Educación Superior 2015

POSTULACION A BECAS Y CREDITO CON AVAL DEL ESTADO PARA CURSOS SUPERIORES

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEQUILLON

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS ESCOLARES ESCUELA PREMILITAR SARGENTO JUAN DE DIOS ALDEA FONSECA AÑO LECTIVO 2015

PROCEDIMIENTO DE RETIRO VOLUNTARIO

REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DEL CENTRO PROFESIONAL UEM

BASES DE POSTULACIÓN FONDO CONCURSABLE DE DESARROLLO COMUNITARIO 2015

SERVICIO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL NACIONAL TELEVISION NACIONAL DEL URUGUAY DIVISIÓN RECURSOS HUMANOS INFORMACIÓN GENERAL

FONDO DE EMPLEADOS DE EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN REGLAMENTO DE AUXILIOS EDUCATIVOS TÍTULO IV SUBSIDIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

REGLAMENTO DEBERES Y DERECHOS - OTEC FACULTAD DE ARTES -

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR GENERAL SAN MARTIN

Colegio Entre Valles Villa Alemana Proceso de Admisión 2016

BECAS JUNAEB BECA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR... 1 BECA INDÍGENA... 1 BECA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA... 2

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

Colegio Adventista de Temuco RBD Reglamento Interno de Exención de Pago De Financiamiento Compartido

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES

COLEGIO PRIVADO ATENEO DE LA MOLINA Educamos para la excelencia, educamos mejor

3) Las demás facultades que me otorgan los artículos 56 y 63 de la Ley No Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Calle 6 Nº467/69 - Tel La Plata - Buenos Aires - Argentina

PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS

INFORME LEY Nº SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS

Administración Nacional de Correos Evaluación de Desempeño

BASES PROGRAMA CREA TU EMPRESA. Colina 2016

BASES ADMINISTRATIVAS PROCESO DE SELECCIÓN CARGO EDUCADOR/A DE PÁRVULOS SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL MINSAL

Reglamento de Becas de Estudiantes Universitarios

PREGUNTAS FRECUENTES BECA VOCACIÓN DE PROFESOR 2013

ANEXO I BASES LLAMADO PÚBLICO ABIERTO

UNIVERSDIAD TECNOLÓGICA EQUINOCCIAL CONVOCATORIA DE BECAS PERIODO ABRIL - AGOSTO 2017 BECAS FINANCIADAS POR LA UTE

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS VIÑA DEL MAR MANUAL DE CONVIVENCIA PAN AMERICAN COLLEGE

PROG FISC F.COMPARTIDO 2015 ACTA SATISFACTORIA

CONVOCATORIA CONVOCA BASES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017

Colegio Libertador Simón Bolívar REGLAMENTO DE ASIGNACIÓN DE BECAS DE ESCOLARIDAD

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO FUNCIONAMIENTO DEL PIA

CONVOCATORIA GENERAL. Becas de Movilidad Estudiantil

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE PATENTES MUNICIPALES DE ALCOHOLES

BASES LLAMADO CONCURSO PÚBLICO

PROCESO DE MATRICULA 2016

MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO

REQUISITOS PARA OBTENER BECA UARTES PARA ESTUDIANTES QUE NO CUENTEN CON RECURSOS SUFICIENTES

Manual de: Postulación, Validación y Asignación de Becas. Dirección General de Misiones Universitarias. Dirección de Estudiantes - Área de Becas

Responsables Firma Fecha

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO

Circular N 2. Beneficios Arancelarios año 2015

Transcripción:

REGLAMENTO DE BECAS DEL COLEGIO INSTITUTO SAN PEDRO El Colegio Particular Instituto San Pedro, consciente de las necesidades que viven muchos de nuestros alumnos y su grupo familiar, otorga diversos beneficios a sus educandos y, en cumplimiento a la normativa vigente Ley Nº 19.532/97, DSE N 2/98 a fin de favorecer a nuestra población escolar, se adhiere al Sistema de Beca de Financiamiento Compartido concediendo también Becas de Excelencia de libre disposición de los sostenedores. ART.1: DE LA POSTULACION Y SUS PLAZOS: Podrán postular a la Beca de Financiamiento Compartido todos los alumnos desde Kinder en adelante, que cumplan con los requisitos establecidos para tal asignación. Inciso 1º Si la Dirección del Colegio no comunica otras fechas, el proceso de postulación y asignación se desarrollará todos los años en los meses de Octubre y Noviembre. No obstante el Director del Establecimiento podrá recibir solicitudes para nuevos beneficios en transcurso del año escolar de alumnos que en situaciones críticas comprobables no hubiesen postulado o que, habiéndolo hecho, no calificaron para tal beneficio en su oportunidad. Estas solicitudes serán puestas a consideración de los sostenedores, quienes decidirán el destino de cada una de ellas. ART.2: REQUISITOS DE POSTULACION: Los requisitos para postular a la Beca de Financiamiento compartido son: 1. Vulnerabilidad Social del grupo familiar del Alumno 2. Ser alumno regular del establecimiento al momento de la postulación 3. Tener como mínimo una antigüedad de un año como alumno Regular del establecimiento 4. Entregar toda la documentación exigida en el proceso de postulación, en los plazos establecidos por el Colegio. ART.3: DEL BENEFICIO: El beneficio de la Beca de Financiamiento compartido consiste en la exención total o parcial de pago mensual de la cuota de escolaridad que deben cancelar los padres y apoderados según corresponda, de acuerdo a las disposiciones normativas ministeriales. La Beca de Financiamiento es concedida por un año escolar, no se renueva automáticamente. Es decir, los Padres y Apoderados deben hacer cada año la postulación, la cual será nuevamente evaluada. La Beca de Financiamiento Compartido NO incluye el pago de la cuota del Centro de Padres. Los alumnos que obtengan la Beca de Financiamiento, y tengan morosidad en sus pagos mensuales, al momento de ser matriculados, deben regular su situación de morosos para poder confirmar su beca; en caso de no hacerlo, el Colegio tiene la libertad de distribuirla entre otros postulantes.

ART. 4: DE LA COMISION DE BECAS: Se constituirá una COMISION DE BECAS, cuya función será garantizar la transparencia del proceso de postulación y asignación de la Beca de Financiamiento. Esta Comisión estará conformada por las siguientes personas: 1. Director. 2. Sostenedor o su representante. 3. Orientador 4. 1 Representante de la Unidad Técnica. Cada integrante tendrá derecho a voz y a voto (no podrá abstenerse en caso de votación) en las sesiones, siendo obligatoria su asistencia. En caso de faltase algún miembro de la Comisión la sesión quedará suspendida, y se fijará una nueva fecha dentro de los plazos correspondientes. En segunda citación, la Comisión funcionará con los que asistan si estos representan más del 50% de sus miembros, dejándose asentado en acta la ausencia del integrante. ART. 5: DE LA ASIGNACION DE BECAS: Dos tercios de las Becas serán distribuidas de acuerdo a la situación socioeconómica de alumno y su grupo familiar. El Tercio restante de las exenciones será de libre disposición del Establecimiento Educacional. Cada una de estas becas podrá tener relación con los siguientes aspectos: - Rendimiento Académico - Comportamiento conductual del alumno - Compromiso del alumno con establecimiento. - Participación en actividades deportivas y culturales - Otro motivo que el establecimiento encuentre pertinente. ART. 6: DE LAS FECHAS DE POSTULACIÓN: El proceso de postulación tendrá una duración de 15 días.> 1. Primera semana de Octubre: retiro de formulario de postulación en Inspectoría 2. Resto de la primera quincena de Octubre: entrega de formularios y documentación requerida según ART.8 en horarios publicados en página Web y puertas de ingreso del Colegio.

ART. 7: DEL PROCEDIMIENTO: 1. Completar el Formulario de Postulación, que el Establecimiento Educacional ha elaborado para ese fin. 2. Reunir la documentación exigida para la postulación. 3. Entregar el Formulario y la documentación de respaldo en los plazos establecidos en el Art. 6. ART. 8: DOCUMENTACION REQUERIDA La documentación que debe acompañar al formulario son las siguientes: 1. Informe Socio-económico elaborado por un (a) Asistente Social de Municipalidad 2. Certificado de Ficha de Protección Social con puntaje 3. En caso de cesantía presentar Finiquito de Trabajo 4. Certificado de alumno regular de los miembros del grupo familiar que se encuentren estudiando. 5. Certificado médico cuando corresponda 6. Fotocopia Contrato Programa Puente en caso de pertenecer. El Padre o Apoderado debe entregar la documentación que se ajuste a su realidad familiar. ART.9: DEL OTORGAMIENTO DE LA BECA: Cuando se ha recepcionado todos los documentos, el Equipo Interdisciplinario, confeccionara un listado con el puntaje de mayor a menor de cada postulante, el cual reflejará la situación relativa de vulnerabilidad del grupo familiar. De acuerdo a esta información la Comisión otorgará el Beneficio, en ese estricto orden de puntaje. Si existiese igualdad de puntaje, se procederá a determinar al beneficiario, ponderando antecedentes complementarios, que a juicio del colegio permitan seleccionar objetivamente. ART. 10: PROCEDIMIENTO INTERNO La Dirección del Establecimiento Educacional recibirá de parte de la Comisión de Becas, el listado ordenado por puntaje y con esta información se otorgarán los beneficios a los alumnos hasta completar la asignación de Becas requeridas por el Ministerio de Educación. Cuando la normativa legal lo permita, el Establecimiento Educacional podrá fraccionar cada beca en parcialidades del 50%, con el fin de beneficiar a la mayor cantidad de alumnos que requieran dicha ayuda.

ART. 11: DE LA NOTIFICACIÓN: Se notificará por escrito al apoderado del alumno que resulte o no favorecido con este beneficio, desde el primer día hábil del mes de Noviembre hasta el último viernes de su segunda semana. El apoderado del alumno beneficiado deberá concurrir personalmente a la atención del Profesional responsable en un plazo de 7 días, en horario establecido para tal efecto, a firmar comprobante de aceptación de beca y compromisos en la forma que establezca la institución. No acudir en el plazo otorgado sin previo aviso, o negarse a hacerlo, será indicativo automático de renuncia al beneficio, adquiriendo el Colegio la libertad de distribuir su beneficio entre otros postulantes. ART. 12: DE LA APELACIÓN: Los apoderados que, teniendo los requisitos y méritos para calificar, no hayan sido considerados entre los seleccionados por omisión o error del Colegio, podrán apelar por escrito ante la Dirección del mismo hasta 5 días hábiles después de ser públicos los resultados. El Director, previa consulta a la Comisión de Beca, evaluará dicha apelación y tendrá 5 días hábiles para resolver y comunicar una decisión definitiva al apoderado. Una vez manifestada esta resolución ella será irrevocable e inapelable y el apoderado deberá esperar hasta el siguiente proceso de postulación para una nueva solicitud. ART. 13: PÉRDIDA DE LA BECA: La Beca se perderá por alguno de los siguientes motivos: Cuando ya no existe situación de vulnerabilidad económica Cuando se pierde la calidad de alumno regular, sea voluntaria o involuntariamente. Mentir con respecto a la situación socioeconómica. Por renuncia voluntaria o al comunicar por escrito que ha perdido la condición de necesidad que dio origen al beneficio. Por incumplimiento o vulneración del Reglamento de Convivencia Escolar por parte del Alumno y/o Apoderado ART. 14: DEL RECHAZO Y SANCIÓN PARA LOS POSTULANTES: Los formularios que se entreguen sin documentación o después del plazo correspondiente, serán rechazados automáticamente. Los postulantes, cuyos padres y apoderados hubiesen entregado datos falsos para acceder al beneficio, perderán automáticamente el beneficio y NO PODRÁN volver a postular en los tres (3) años siguientes. ART. 15: OTRAS DISPOSICIONES

Los alumnos que no son beneficiarios de la Beca de Financiamiento Compartido, y durante el transcurso del año escolar su grupo familiar atraviesa por un cambio de situación extrema, puede presentar sus antecedentes ante la Comisión de Becas, para que esta evalúe su situación y ver la posibilidad de otorgar el beneficio. El otorgar o no el beneficio a un alumno que presente una situación extrema va a depender de la disponibilidad de becas que se tengan en ese momento. Al no existir tal disponibilidad el alumno no podrá impetrar el beneficio. Algunas situaciones que pueden ser consideraras extremas: Muerte del Jefe de Hogar Pérdida por catástrofe del inmueble en que reside el grupo familiar de manera parcial o total. Aparición de una Enfermedad Catastrófica al interior del grupo familiar. Sin embargo, la Orientadora del Colegio tiene la facultad de considerar o no un determinado suceso al interior del grupo familiar, como situación extrema. Además, puede solicitar efectuar las gestiones necesarias para comprobar verosimilitud de dicha situación, proponiendo su conclusión a la Comisión de Becas. ART. 16: DIVULGACION DEL REGLAMENTO El presente Reglamento se entregará a todos los padres y apoderados que deseen informarse al respecto, en la Dirección del Colegio. En cumplimiento del artículo Nº 59 del DSE Nº755/98, se enviará una copia al Departamento Provincial de Educación respectivo, cómo además cualquier modificación por parte del establecimiento educacional, la que tendrá vigencia a contar del periodo escolar siguiente. ART. 17: DISPOSICIÓN FINAL: Toda modificación al Reglamento será propuesto ante el Consejo Escolar, el cual sancionará por mayoría simple de sus integrantes, Este Reglamento deberá ser presentado, por oficio, a la Dirección Provincial de Educación de Concepción. Inciso 1º: La entrada en vigencia del Reglamento de Beca Financiamiento Compartido será en 2012, quedando derogados todos los reglamentos de becas anteriores. Y además se considera actualizado para proceso de postulación 2013-2014