Manual Sobre Jubilación

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Manual Sbre Jubilación Manual Sbre Jubilación Actualizad a Nviembre de 2009 Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 1

Manual Sbre Jubilación JUBILACION Pdrán ser beneficiaris de la pensión de jubilación ls trabajadres que cesen ttal parcialmente en su actividad labral y reúnan determinads requisits. Jubilación ttal Cuand cumpliend ls requisits generales para el acces a la pensión de jubilación el trabajadr cese ttalmente en su actividad labral. Jubilación parcial Psibilita la cmpatibilidad entre el percib de una jubilación del sistema de la Seguridad Scial y un puest de trabaj a tiemp parcial. Pdrán acgerse a esta mdalidad: Trabajadres que hayan cumplid 65 añs de edad y reúnan ls requisits para acceder a la misma, siempre que se reduzca su jrnada de trabaj entre un mínim de un 25 pr 100 y un máxim de un 75 pr 100, sin necesidad de la celebración simultánea de un cntrat de relev. Trabajadres que hayan cumplid 61 añs de edad, 60 si tuvieran la cndición de mutualista el 1 de ener de 1967, acrediten un períd de antigüedad en la empresa de, al mens, seis añs anterires a la fecha de la jubilación, acrediten un períd de ctización de 30 añs, reduzcan su jrnada entre un 25 y un 75 pr 100 un 85 pr 100 si el cntrat del trabajadr relevista es a tiemp cmplet e indefinid y se cumplen el rest de ls requisits. En este cas es necesari celebrar un cntrat de relev. (Ver apartad 11.14.).Ls requisits de edad, antigüedad en la empresa, añs de ctización y prcentaje de reducción de jrnada, se irán exigiend gradualmente a partir de 1 de ener de 2008, de la siguiente frma: La edad, a l larg de siete añs: En 2008 será de 60 añs; 2009 de 60 añs y 2 meses; 2010 de 60 añs y 4 meses; 2011 de 60 añs y seis meses; 2012 de 60 añs y 8 meses; 2013 de 60 añs y 10 meses y 2014 de 61 añs. La antigüedad en la empresa a l larg de cinc añs: En 2008 será de 2 añs; en 2009 de 3 añs; en 2010 de 4 añs; en 2011 de 5 añs y en 2012 de 6 añs. Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 2

Manual Sbre Jubilación Ls añs de ctización a l larg de cinc añs: En 2008 será de 18 añs; 2009 de 21 añs; 2010 de 24 añs; 2011 de 27 añs y 2012 de 30 añs. El prcentaje de reducción de jrnada a l larg de cinc añs: en 2008 será del 85 pr 100; en 2009 el 82 pr 100; 2010 el 80 pr 100; 2011 el 78 pr 100 y 2012 de 75 pr 100. Jubilación anticipada La edad mínima de jubilación pdrá ser rebajada pr Real Decret, a prpuesta del Ministr de Trabaj e Inmigración, en aquells grups actividades prfesinales cuys trabajs sean de naturaleza excepcinalmente pensa, tóxica, peligrsa insalubre y, acusen elevads índices de mrbilidad mrtalidad. Trabajadres pr cuenta ajena cn 60 añs de edad, incluids en el Régimen General que tuvieran la cndición de mutualistas en alguna Mutualidad Labral de trabajadres pr cuenta ajena antes del 1 de ener de 1967. Esta psibilidad n es aplicable a ls trabajadres que n se encuentren en alta en situación asimilada al alta. Trabajadres cn 61 añs de edad inscrits cm demandantes de emple, durante un plaz de, al mens, seis meses inmediatamente anterires a la fecha de slicitud de la jubilación, que acrediten un períd mínim de ctización efectiva de treinta añs, sin que, a tales efects, se tenga en cuenta la parte prprcinal pr pagas extrardinarias ni el abn de añs y días de ctización pr ctizacines anterires al 1 de ener de 1967, a que se refiere la dispsición transitria segunda 3.b) de la Orden de 18 de ener de 1967 y que el cese en el trabaj n sea pr causa imputable a la libre vluntad del trabajadr. A ests exclusivs efects, se cmputará cm ctizad a la Seguridad Scial, el períd de prestación del servici militar bligatri de la prestación scial sustitutria, cn el límite máxim de un añ. En ambs supuests la pensión será bjet de reducción mediante la aplicación de ceficientes reductres Trabajadres pr cuenta ajena que realicen una actividad retribuida y durante ésta acrediten un grad de discapacidad igual superir al 65 pr 100. La edad rdinaria de 65 añs se reducirá en un períd equivalente al que resulte de aplicar al tiemp efectivamente trabajad ls ceficientes del 0,25 en ls cass de un grad de discapacidad igual superir al 65 pr 100 del 0,50 en ls cass de un grad de discapacidad igual superir al 65 pr 100 y en ls que el trabajadr necesite el cncurs de tra persna para realizar Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 3

Manual Sbre Jubilación ls acts esenciales de la vida rdinaria. El períd de tiemp en que resulte reducida la edad de jubilación se cmputará cm ctizad al exclusiv efect de determinar el prcentaje aplicable para calcular el imprte de la pensión de jubilación. También serán de aplicación ls citads ceficientes reductres a aquells trabajadres pr cuenta ajena que puedan jubilarse anticipadamente a partir de ls 60 añs pr haber tenid la cndición de mutualista en el día 1 de ener de 1967 cn anteriridad y aquells que deseen hacerl a partir de ls 61 añs según l previst en el artícul 161 bis.2 del Text refundid de la Ley General de la Seguridad Scial. En este cas ls ceficientes les serán de aplicación a efects de determinar el ceficiente reductr de la cuantía de la pensión de jubilación que crrespnda en cada cas, y se tendrá en cuenta, a tds ls demás efects, la edad real del trabajadr También pdrá ser rebajada la edad de jubilación rdinaria en el cas de persnas cn un grad igual superir al 45 pr 100, siempre que se trate de discapacidades reglamentariamente determinadas en ls que cncurran evidencias que determinan de frma generalizada y apreciable una reducción de la esperanza de vida de esas persnas También existen ceficientes bnificadres de la edad de jubilación para el persnal de vuel de trabajs aéres, para trabajadres incluids en el Estatut Miner, etc La aplicación de ls crrespndientes ceficientes reductres de la edad en ningún cas dará casión a que el interesad pueda acceder a la pensión de jubilación cn una edad inferir a la de 52 añs. Ls ceficientes reductres de la edad de jubilación n serán tenids en cuenta, en ningún cas, a efects de acreditar la exigida para acceder a la jubilación parcial, a ls beneficis establecids pr acceder a la jubilación a una edad superir a ls 65 añs, a la jubilación anticipada de ls trabajadres que hubieran tenid la cndición de mutualistas y a cualquier tra mdalidad de jubilación anticipada. Jubilación flexible Se cnsidera jubilación flexible la derivada de la psibildiad de cmpatibilizar, una vez causada, la pensión de jubilación cn un trabaj a tiemp parcial. En esta cas se minrará la pensión en prprción inversa a la reducción de la jrnada de trabaj del pensinista en relación a la de un trabajadr a tiemp cmplet cmparable. Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 4

Manual Sbre Jubilación Estar afiliad, en alta alta asimilada en la Seguridad Scial. Requisits Tener cubiert un períd mínim de ctización de quince añs, de ls cuales al mens ds deberán estar cmprendids dentr de ls quince añs inmediatamente anterires al mment de causar el derech. A efects del cómput de ls añs ctizads n se tendrán en cuenta la parte prprcinal de pagas extrardinarias. N bstante, se establece un períd transitri durante el cual el períd mínim de ctización exigid se aplicará de frma gradual pr períds de seis meses. Si se accede desde una situación de alta asimilada al alta, sin bligación de ctizar, el períd de ds añs deberá estar cmprendid dentr de ls quince añs anterires a la fecha en que cesó la bligación de ctizar. A efects de cmpletar el períd mínim de ctización exigid, se cmputarán, a favr de la trabajadra slicitante de la pensión, un ttal de 112 días cmplets de ctización pr cada part de un sl hij y de 14 días más pr cada hij a partir del segund, éste incluid, si el part fuera múltiple, salv si, pr ser funcinaria trabajadra en el mment del part, se hubiera ctizad durante la ttalidad de las dieciséis semanas, si el part fuera múltiple, durante el tiemp que crrespnda. Tener cumplids 65 añs y cesar en la actividad labral. También se puede tener derech a la jubilación aunque n se esté en alta alta asimilada, siempre que se hayan cumplid 65 añs y se acredite el períd de ctización indicad. En el cas de ls trabajadres cntratads a tiemp parcial, para acreditar ls períds de ctización crrespndientes se cmputarán exclusivamente las ctizacines efectuadas en función de las hras trabajadas, tant rdinarias cm cmplementarias, calculand su equivalencia en días teórics de ctización de la siguiente manera: El númer de hras efectivamente trabajadas se dividirá pr 5, equivalente diari del cómput de 1.826 hras anuales. Al númer de días teórics de ctización btenids se aplicará el ceficiente multiplicadr de 1,5, resultand de ell el númer de días que se cnsiderarán acreditads para determinar: Ls períds mínims de ctización. La fracción de día, en su cas, se asimilará a día cmplet. Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 5

Manual Sbre Jubilación El númer de añs ctizads a efects de fijar el prcentaje aplicable a la base reguladra de la pensión. La fracción de añ se cmputará cm un añ cmplet. Situacines asimiladas al alta A ls efects de acceder a la pensión de jubilación se cnsideran en esta situación ls trabajadres que se encuentren en: Excedencia pr carg públic. Traslad pr la empresa fuera del territri nacinal. Cnveni especial. Desemple ttal y subsidiad. Par invluntari que subsiste después de agtadas las prestacines y ls subsidis pr desemple. Par invluntari de ls trabajadres excluids legalmente de las prestacines pr desemple. Huelga legal y cierre patrnal (alta especial). Períds de inactividad de ls trabajadres fijs de temprada. Prórrga de ls efects de la incapacidad tempral. Situacines derivadas de la Ley de Amnistía. Períd de percepción de la ayuda equivalente a jubilación anticipada en empresas sujetas a planes de recnversión. El períd de excedencia para el cuidad de cada hij menr acgid que exceda del períd cnsiderad cm de ctización efectiva. Ls períds de excedencia para atender al cuidad de un familiar, hasta el segund grad de cnsanguinidad afinidad, que pr raznes de edad, accidente, enfermedad discapacidad n pueda valerse pr sí mism y n desempeñe una actividad retribuida, que excedan del períd cnsiderad cm de ctización efectiva. Trabajadres afectads pr el síndrme del aceite tóxic que pr tal causa cesarn en su día en el ejercici de su actividad labral prfesinal. Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 6

Manual Sbre Jubilación El períd crrespndiente a vacacines anuales retribuidas que n hayan sid disfrutadas cn anteriridad a la finalización del cntrat. El períd cnsiderad cm de ctización efectiva respect de las trabajadras víctimas de la vilencia de géner. Cuantía de la pensión Para trabajadres de 65 más añs viene determinada pr el imprte de la base reguladra y el prcentaje aplicable a ésta según el númer de añs ctizads, de acuerd cn la siguiente tabla: Ctización Añs de ctización Prcentaje de la base reguladra A ls quince añs 50 A ls dieciséis añs 53 A ls diecisiete añs 56 A ls diecich añs 59 A ls diecinueve añs 62 A ls veinte añs 65 A ls veintiún añs 68 A ls veintidós añs 71 A ls veintitrés añs 74 A ls veinticuatr añs 77 A ls veinticinc añs 80 A ls veintiséis añs 82 A ls veintisiete añs 84 A ls veintich añs 86 A ls veintinueve añs 88 A ls treinta añs 90 Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 7

Manual Sbre Jubilación A ls treinta y un añs 92 A ls treinta y ds añs 94 A ls treinta y tres añs 96 A ls treinta y cuatr añs. 98 A ls treinta y cinc añs más 100 Cuand se acceda a la pensión de jubilación a una edad superir a ls 65 añs, siempre que al cumplir esta edad se hubiera reunid el períd mínim de ctización establecid, se recncerá un prcentaje adicinal cnsistente en un 2 pr 100 pr cada añ cmplet transcurrid entre la fecha en que se cumplió dicha edad y la del hech causante de la pensión. Dich prcentaje se elevará al 3 pr 100 cuand el interesad hubiera acreditad al mens cuarenta añs de ctización al cumplir 65 añs. El prcentaje adicinal btenid se sumará al que cn carácter general crrespnda al interesad, aplicándse el prcentaje resultante a la respectiva base reguladra a efects de determinar la cuantía de la pensión, que n pdrá ser superir en ningún cas al límite máxim establecid. En el supuest de que la cuantía de la pensión recncida alcance el indicad límite sin aplicar el prcentaje adicinal aplicándl sól parcialmente, el interesad tendrá derech, además, a percibir anualmente una cantidad cuy imprte se btendrá aplicand al imprte de dich límite vigente en cada mment el prcentaje adicinal n utilizad para determinar la cuantía de la pensión, redndead a la unidad más próxima pr exces. La citada cantidad se devengará pr meses vencids y se abnará en catrce pagas, sin que la suma de su imprte y el de la pensión pensines que tuviera recncidas el interesad, en cómput anual, pueda superar la cuantía del tpe máxim de la base de ctización vigente en cada mment, también en cómput anual. En ls supuests de jubilación anticipada de trabajadres que tuvieran la cndición de mutualista labral el 1 de ener de 1967, una vez determinada la cuantía en función del númer de añs ctizads, deberá aplicarse a dich imprte una reducción de un 8 pr 100 pr cada añ fracción de añ que, en el mment del hech causante, le falte al trabajadr para cumplir la edad de 65 añs. Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 8

Manual Sbre Jubilación N bstante, en ls supuests de trabajadres que acreditand treinta más añs de ctización sliciten la jubilación anticipada derivada del cese en el trabaj cm cnsecuencia de la extinción del cntrat de trabaj en virtud de causa n imputable a la libre vluntad del trabajadr, el prcentaje de reducción de la cuantía de la pensión a que se refiere el párraf anterir scila entre un 7,5 y un 6 pr 100, en función de ls añs de ctización acreditads. A ests efects, se entenderá pr libre vluntad del trabajadr, la inequívca manifestación de vluntad de quien pudiend cntinuar su relación labral y n existiend razón bjetiva que l impida decide pner fin a la misma. En ls supuests de jubilación anticipada de trabajadres cn 61 añs de edad (n mutualistas), la pensión será bjet de reducción mediante la aplicación, pr cada añ fracción de añ que en el mment del hech causante le falte al trabajadr para cumplir ls 65 añs, de ceficientes reductres entre el 7,5 y el 6 pr 100, en función de ls añs de ctización acreditads. Su abn se fraccinará en catrce pagas, crrespndientes a cada un de ls meses del añ y ds pagas extrardinarias que se devengarán en ls meses de juni y nviembre. Determinación de ls períds de ctización Ls añs de ctización a tener en cuenta sn ls efectuads: Al Régimen General de la Seguridad Scial. A ls antigus Regímenes del Segur Obligatri de Vejez e Invalidez (SOVI) y/ Mutualism Labral. Reglas para el cómput de ls añs de ctización: Se tman las ctizacines efectivamente realizadas en ls anterires regímenes del SOVI y del Mutualism Labral, desde el 1 de ener de 1960 hasta el 31 de diciembre de 1966, per teniéndlas en cuenta una sla vez cuand se superpngan. Al númer de días ctizads en el apartad anterir se sumará, siempre que se acrediten ctizacines a ls extinguids Regímenes de Segur de Vejez e Invalidez y Mutualism Labral cn anteriridad al 1 de ener de 1967, el númer de añs y fraccines de añ que crrespndan al trabajadr, según la edad que tenga cumplida el 1 de ener de 1967, de acuerd cn la escala siguiente. Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 9

Manual Sbre Jubilación DETERMINACION DE PÈRIODOS DE COTIZACION Edad en 1 de ener de 1967 Ttal de añs y días asignads Añs Días 65 añs 30 318 64 añs 30 67 63 añs 29 182 62 añs 28 296 61 añs 28 46 60 añs 27 161 59 añs 26 275 58 añs 26 25 57 añs 25 139 56 añs 24 254 55 añs 24 4 54 añs 23 118 53 añs 22 223 52 añs 21 347 51 añs 21 97 50 añs 20 212 49 añs 19 326 48 añs 19 76 47 añs 18 191 Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 10

Manual Sbre Jubilación 46 añs 17 305 45 añs 17 55 44 añs 16 169 43 añs 15 284 42 añs 15 34 41 añs 14 148 40 añs 13 263 39 añs 13 12 38 añs 12 127 37 añs 11 242 36 añs 10 356 35 añs 10 106 34 añs 9 220 33 añs 8 335 32 añs 8 85 31 añs 7 199 30 añs 6 314 29 añs 6 64 28 añs 5 178 27 añs 4 293 26 añs 4 42 25 añs 3 157 24 añs 2 272 Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 11

Manual Sbre Jubilación 23 añs 2 21 22 añs 1 136 21 añs 0 250 El númer de días ctizads en el períd a que se refiere el apartad primer, incrementads, en su cas, cn ls que resulten de la aplicación de la escala anterirmente citada y cn ls ctizads en el Régimen General de la Seguridad Scial a partir de 1 de ener de 1967, se dividirá entre 365 para determinar el númer de añs de ctización, de ls que depende el prcentaje aplicable a la base reguladra de la pensión. La fracción de añ, si existiese, se asimilará a un añ cmplet de ctización. Base reguladra Se calcula dividiend pr 210 las bases de ctización del trabajadr durante ls 180 meses inmediatamente anterires a aquel en que se prduzca el hech causante, tmándse las bases crrespndientes a ls veinticuatr meses inmediatamente anterires a aquel en que se prduzca el hech causante en su valr nminal; las restantes se actualizarán de acuerd cn la evlución que haya experimentad el Índice de Precis al Cnsum, desde ls meses a que dichas bases crrespnden hasta el mes inmediat anterir a aquel en que se inicie el períd de bases n actualizables. A efects del cálcul de la base reguladra de la pensión de jubilación en las situacines de pluriemple, las bases pr las que se haya ctizad a las diversas empresas se cmputarán en su ttalidad sin que la suma de dichas bases pueda exceder del límite máxim de ctización vigente en cada mment. Cuand se acrediten ctizacines a varis regímenes y n se cause pensión a un de ells, las bases de ctización acreditadas en este últim en régimen de pluriactividad, pdrán ser acumuladas a las del Régimen en que se cause la pensión, exclusivamente para la determinación de la base reguladra, sin que la suma de las bases pueda exceder del límite máxim de ctización vigente en cada mment. Lagunas de ctización: Si en el períd que haya de tmarse para el cálcul de la base reguladra, apareciesen meses en ls que n existiera bligación de ctizar, estas lagunas se integran cn la base mínima del Régimen General existente en cada mment para trabajadres mayres de 18 añs. En ls supuests en que en Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 12

Manual Sbre Jubilación algun de ls meses a tener en cuenta para la determinación de la base reguladra la bligación de ctizar exista sól durante una parte del mism, prcederá la integración de lagunas pr la parte del mes en que n exista bligación de ctizar siempre que la base de ctización crrespndiente al primer períd n alcance la cuantía de la base mínima mensual de trabajadres mayres de 18 añs. En tal supuest la integración alcanzará hasta esta última cuantía. En ls supuests de trabajadres cn cntrat a tiemp parcial, se tmará para la integración de las lagunas la base mínima de ctización de entre las aplicables en cada mment, crrespndiente al númer de hras cntratadas en la fecha en que se interrumpió extinguió la bligación de ctizar. A excepción de ls períds entre tempradas campañas de ls trabajadres cn cntrat de trabaj fij discntinu, en ningún cas se cnsiderarán lagunas de ctización las hras días en que n se trabaje en razón de las interrupcines en la prestación de servicis derivads del prpi cntrat a tiemp parcial. Cálcul de la base reguladra en supuests de exneración de cutas de Seguridad Scial para ls trabajadres cn 65 más añs: pr ls períds de actividad en ls que n se hayan efectuad ctizacines pr cntingencias cmunes, salv pr incapacidad tempral derivada de las mismas (exneración aplicable respect de ls trabajadres cn cntrat de trabaj de carácter indefinid, que hayan cumplid 65 más añs de edad y acrediten treinta y cinc más añs de ctización efectiva), a efects de determinar la base reguladra, las bases de ctización crrespndientes a las mensualidades de cada ejercici ecnómic, exentas de ctización, n pdrán ser superires al resultad de incrementar el prmedi de las bases de ctización del añ natural inmediatamente anterir en el prcentaje de variación media cncida del Índice de Precis al Cnsum en el últim añ indicad más ds punts prcentuales. Pr fallecimient del pensinista. Extinción del derech Suspensión del derech Pr nueva incrpración labral, except en el supuest de la jubilación flexible y de la jubilación parcial. Pr sanción. Direccines Prvinciales del INSS. Tramitación Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 13

Manual Sbre Jubilación Prescripción, efects e incmpatibilidades El derech al recncimient de la prestación de jubilación n prescribe. Efects ecnómics: La pensión de jubilación se devengará desde el día siguiente al del hech causante de la misma, siempre que la slicitud sea presentada dentr de ls tres meses siguiente a aquél. En tr cas sól se devengará cn una retractividad de tres meses cntads desde la fecha de presentación de la slicitud. Se cnsidera hech causante: Para ls trabajadres en alta, el día del cese en el trabaj pr cuenta ajena. Para ls trabajadres que se encuentren en alguna de las situacines asimiladas a la del alta, el día que, para cada una de ellas, se determina a cntinuación: En el supuest de excedencia frzsa, el día del cese en el carg que di rigen a la asimilación. En el supuest de traslad fuera del territri nacinal, el día del cese en el trabaj pr cuenta ajena. En ls demás supuests, el día que se frmule la slicitud. Para ls trabajadres que n se encuentren en alta ni en situación asimilada a la del alta, el día de presentación de la slicitud. El disfrute de la pensión de jubilación ttal es incmpatible cn td trabaj del pensinista pr cuenta prpia ajena que dé lugar a su inclusión en cualquiera de ls regímenes de la Seguridad Scial, así cm cn trabajs para cualquiera de las Administracines públicas. En cas de reincrpración a la vida labral a jrnada cmpleta la prestación queda suspendida y las nuevas ctizacines mejrarán la pensión, aumentand el prcentaje a aplicar a la base reguladra en función de ls añs de ctización y reducirán ls ceficientes reductres de ls supuests de acces anticipad a la pensión de jubilación. N bstante l anterir, las persnas que accedan a la jubilación pdrán cmpatibilizar el percib de la pensión cn un trabaj a tiemp parcial minrándse la cuantía de la pensión en prprción inversa a la reducción aplicable a la jrnada de trabaj del pensinista en relación a la de un trabajadr a tiemp cmplet cmparable. Sección Sindical UGT en Allianz Segurs 14