INICIO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SEGUIMIENTO Y RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE LOS TITULOS DE DOCTORADO

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Transcripción:

INICIO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SEGUIMIENTO Y RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE LOS TITULOS DE DOCTORADO Marco de referencia Los programas de doctorado conducentes a la obtención de título oficial de Doctor, conforme al Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, deben someterse a los procedimientos de verificación, seguimiento y renovación de la acreditación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. La verificación del programa de doctorado es competencia del Consejo de Universidades, a partir del informe de evaluación preceptivo elaborado por ACSUCYL, y tiene por objeto comprobar si el proyecto que lo configura se ajusta a los requisitos establecidos en el Real Decreto 99/2011. Una vez verificado el programa de doctorado por el Consejo de Universidades y autorizada la implantación de las enseñanzas por la Comunidad Autónoma, el Ministerio establece el carácter oficial del título y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), lo que supone la acreditación inicial del título. Iniciada la implantación de las enseñanzas oficiales de doctorado, el procedimiento de seguimiento tiene por objeto valorar el desarrollo efectivo de las enseñanzas, evaluando el cumplimiento del proyecto contenido en el programa de doctorado verificado. En el plazo máximo de seis años desde la fecha de su verificación inicial, o desde la fecha de su última acreditación, los títulos universitarios oficiales de Doctorado deberán proceder a renovar su acreditación, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Comunidad Autónoma. La renovación de la acreditación tiene por objeto comprobar que el programa de doctorado se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial, mediante una evaluación realizada por ACSUCYL que conducirá a una resolución del Consejo de Universidades. En caso de resolución estimatoria el Ministerio lo comunicará al RUCT, para la inscripción de la correspondiente renovación de la Avda. Reyes Católicos, nº 2. 47006 Valladolid. Tel. 983 411743 info@acsucyl.es www.acsucyl.es

acreditación, mientras que, en caso de ser desestimatoria, el título causará baja en el RUCT y perderá su carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Los protocolos de evaluación necesarios para la verificación y acreditación se establecen de manera conjunta por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y las Agencias de las Comunidades Autónomas inscritas en el Registro Europeo de Agencias de Calidad (European Quality Asurance Register, EQAR), de acuerdo con los Criterios y Directrices de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (European Standards and Guidelines for Quality Assurance of Higher Education, ESG). Análogamente, para el procedimiento de seguimiento se establece un mínimo de criterios e indicadores básicos comunes. La Red Española de Agencias para la Calidad Universitaria (REACU) elaboró al respecto los criterios y directrices de evaluación, en base a los cuales, y tras varias reuniones con los representantes de las Universidades de la Comunidad, ACSUCYL desarrolló la Guía de evaluación para el seguimiento y acreditación de Títulos Oficiales de Doctorado, aprobada por la Comisión de Evaluación de Titulaciones en septiembre de 2016. A partir de esta Guía, ambos procedimientos, seguimiento y renovación de la acreditación, comparten protocolo de evaluación. Cronología del procedimiento de renovación de la acreditación ACSUCYL informará a la Dirección General de Universidades e Investigación (DGUI) de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León sobre la fecha de renovación de acreditación que corresponde a cada título de doctorado. La DGUI comunicará a las Universidades en el primer semestre del año los títulos de doctorado a los que les corresponde renovar su acreditación. Las Universidades elaborarán a tal fin un autoinforme de evaluación de cada programa de doctorado, en el que se refleje cómo se está llevando a cabo su proyecto inicial, basado en las evidencias e indicadores establecidos, conforme al modelo establecido en la Guía de evaluación. 2

Iniciado de este modo el procedimiento, la renovación de la acreditación continúa con las siguientes etapas de referencia: 0) Las Universidades presentan la solicitud de renovación de acreditación ante la Consejería de Educación, aportando como documentación el correspondiente autoinforme, evidencias e indicadores, a través del gestor documental de ACSUCYL. 1) La Consejería de Educación remite a la Agencia la documentación. ACSUCYL nombra Comités de Evaluación y les facilita la formación para su tarea, que comienza por la valoración de los autoinformes. 2) Visita de los Comités de Evaluación a los programas de doctorado en las Universidades y elaboración de las propuestas de informes. 3) Reuniones de los Comités de Evaluación para realizar sus propuestas de informes. Reunión de la Comisión de Evaluación de Titulaciones para aprobar las propuestas de informes que se remiten a las Universidades. 4) Alegaciones de las Universidades (plazo de 20 días hábiles). 5) Reuniones de los Comités de Evaluación y posteriormente de la Comisión de Evaluación de Titulaciones, para revisar las alegaciones y aprobar los informes que se remiten a las Universidades, al Consejo de Universidades, al Ministerio y a la DGUI. 6) Resolución del Consejo de Universidades Programas de Doctorado en Castilla y León Durante el curso 2016 2017 en el Sistema Universitario de Castilla y León las enseñanzas oficiales de doctorado alcanzan la cifra de 87 programas diferentes (algunos de los cuales se ofertan como programas conjuntos en más de una Universidad), en 79 de los cuales la Universidad coordinadora (responsable tanto de su verificación, como de su seguimiento y renovación de la acreditación) es de 3

Castilla y León. Fijando como fecha de referencia la que resulta de sumar 6 años a la fecha de verificación inicial del título, y aplicando el criterio de que el proceso de renovación de acreditación debe llevarse a cabo en el curso académico en el que coincida esa fecha de referencia, se establece el siguiente cuadro de fechas y número de programas de doctorado implicados por Universidad: UNIVERSIDAD PROGRAMAS OFERTADOS Y CURSOS EN QUE SE DESARROLLA EL PROCEDIMIENTO DE LA RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN 2018 2019 2019 2020 2021 2022 Oferta TOTAL Coordinadora Participante Coordinadora Participante Participante en cada Universidad Universidad de Burgos 7 5 12 Universidad de León 2 12 1 1 16 Universidad de Salamanca 20 2 14 3 1 40 Universidad de Valladolid 22 7 29 IE Universidad 1 1 Universidad Pontificia de Salamanca 1 1 TOTAL 22 57 Aplicación del procedimiento de seguimiento Siendo común el protocolo para el seguimiento y renovación de la acreditación de los títulos de doctorado, se plantea inicialmente que los títulos que deben renovar su acreditación en el curso 2018 2019, se sometan en 2017 a un procedimiento de seguimiento. Al tratarse de un procedimiento que va a aplicarse por primera vez,, resulta conveniente aprovechar esa experiencia del seguimiento en 2017 para realizar a su vez una metaevaluación de la Guía de Evaluación, de la que podrán surgir propuestas que permitan su actualización y mejor ajuste a los objetivos que se buscan con estos procedimientos. En ese sentido, se plantea que al menos un título de doctorado por cada Universidad se someta en 2017 al procedimiento de seguimiento. Se da la circunstancia, además, de que las Universidades están trabajando en el mismo sentido desde el inicio del curso 2016 2017, desarrollando los procedimientos internos para la recogida de evidencias e indicadores, así como la elaboración de los autoinformes previstos en la Guía de 4

Evaluación, lo que de hecho supone ya un primer paso dentro del curso 2016 2017 para iniciar el proceso de seguimiento que se está planteando. En consecuencia, se establece un procedimiento piloto de seguimiento de los títulos de doctorado en 2017, en los siguientes términos: Abril Junio: las Universidades recopilan las evidencias e indicadores establecidos en la Guía de evaluación, y elaboran los autoinformes de seguimiento de los títulos de doctorado que en cada una correspondan: Universidad de Burgos: 1 ó 2 títulos, a propuesta propia, de entre los que deben renovar acreditación en 2019. Universidad de León: 2 títulos, los que deben renovar acreditación en 2018. Universidad de Salamanca: 20 títulos, los que deben renovar acreditación en 2018. Universidad de Valladolid: 1 ó 2 títulos, a propuesta propia, de entre los que deben renovar acreditación en 2019. IE Universidad: 1 título, el que debe renovar acreditación en 2018 Universidad Pontificia de Salamanca: 1 título, el que debe renovar acreditación en 2018. Las Universidades podrán incorporar adicionalmente en esta fase a otros de los títulos de doctorado que coordinan (incluso aplicarla al conjunto de toda su oferta), pero a esos otros títulos adicionales no les será de aplicación la evaluación externa por la Agencia. Durante el mes de junio ACSUCYL nombra los Comités de Evaluación y les facilita la formación para su tarea. 30 de junio: Fecha límite para remitir a ACSUCYL, a través del gestor documental, los autoinformes junto con las evidencias e indicadores. Julio Septiembre: Elaboración de informes por los Comités de Evaluación, y reunión para elaborar sus propuestas. Octubre: Reunión de la Comisión de Evaluación de Titulaciones, para aprobar las propuestas de informes que se remiten a las Universidades. 5

Noviembre Diciembre: Alegaciones de las Universidades (plazo de 10 días hábiles) y reunión de los Comités de Evaluación y posteriormente de la Comisión de Evaluación de Titulaciones, para revisar las alegaciones y aprobar los informes que se remiten a las Universidades. Paralelamente, inicio de la metaevaluación del procedimiento. A partir de la experiencia desarrollada, se plantea para el año 2018: Enero Febrero: Reunión de la Agencia y las Universidades para la metaevaluación del procedimiento. Conclusiones de la metaevaluación del procedimiento, y propuestas para su mejora. Febrero 2018: Reunión de la Comisión de Evaluación de Titulaciones para la metaevaluación del procedimiento. Actualización de la Guía de Evaluación. A partir de marzo de 2018 las Universidades pondrán en marcha los procedimientos internos, conforme a la Guía de Evaluación actualizada, para que los programas de doctorado que deben llevar a cabo el procedimiento de renovación de la acreditación en el curso 2018 2019 recopilen las evidencias e indicadores establecidos y elaboren los correspondientes autoinformes, que deberán presentar en septiembre de 2018. 6