RESOLUCIÓN No CONSEJO DE PLANIFICACIÓN DE LA PARROQUIA RURAL SAN ANTONIO DE PICHINCHA

Documentos relacionados
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC

PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:

LA ASOCIACION PROVINCIAL DE GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA CONSIDERANDO:

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL JADÁN

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS CONSIDERANDO QUE,

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA

PLAN DESARROLLO TERRITORIAL DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

ORDENANZA QUE CREA LA ESCUELA MUNICIPAL DE FÚTBOL DEL CANTÓN SAN JACINTO DE YAGUACHI.

PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012

PROCESO DE RENDICIÓN DE CUENTAS GESTIÓN 2015

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN GIRÓN CONSIDERANDO:

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MORONA CONSIDERANDO:

LA PARTICIPACION CIUDADANA EN EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE DURAN - EMPRESA PUBLICA (EMAPAD-EP) CONSIDERANDO:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO.

CONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO:

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON... CONSIDERANDO:

PROCURADURÍA SINDICA GAD MUNICIPAL DE BIBLIÁN

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GIRÓN CONSIDERANDO:

EXPOSICION DE MOTIVOS

GAD MUNICIPAL SANTO DOMINGO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ILUSTRE M U N I C I P A L I D A D D E S A N T A E L E N A

PROCESO METODOLÓGICO Rendición de Cuentas

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TOSAGUA CONSIDERANDO:

Universidad Tecnológica Israel

Juntos y Comprometidos con la Reducción de Riesgos y Desastres.

UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA

PROCESO AUTONÓMICO BOLIVIANO DESDE LA PERSPECTIVA MUNICIPAL

Poder Legislativo Corrientes EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

Municipio de Manta Cundinamarca. Alcaldía Nit No DECRETO Nº 017 Mayo 15 de 2014

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

VISTO La Ley de Educación Nacional Nº y las Resoluciones CFE Nos. 251/05, 23/07, 30/07 y 46/08, y

PROCEDIMIENTO ESTRATEGIA DE CORRESPONSABILIDAD PROCESO GESTIÓN INTERINSTITUCIONAL

CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN REGIONES. Santiago, 11 de junio de Nº 368 VISTOS :

Delegación Provincial de Cañar Cañar, 20 de febrero de 2015

Incrementar la efectividad de gestión de la política para la gobernabilidad democrática del país

INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES

para la planificación y ordenamiento territorial

GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA

DECRETO No (SE SUPRIME EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE PATRIMONIO)

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:

BANCO DE PREGUNTAS PARA EVALUACIÓN DE CONOCIMENTOS DEL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DIRECCION NACIONAL DE EMPRESAS PUBLICAS

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA CONSIDERANDO:

LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

TALLER DE CAPACITACIÓN A AGENTES PARTICIPANTES PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2016

SEMINARIO-TALLER: CONFORMACION DEL SISTEMA NACIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN REPUBLICA DOMINICANA

CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS

INE/JGE97/2016 ANTECEDENTES

INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS ANUAL

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

REGLAMENTO DE LA REUNIÓN ACADÉMICA NACIONAL

EJES DE LA DESCENTRALIZACIÓN DEL GOBIERNO DE LA PRESIDENTA BACHELET PRESENTACIÓN SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR DE CHILE

RESOLUCIÓN 41 DE (marzo 4) Diario Oficial No de 4 de marzo de Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

REPUBLICA DE COLOMBIA

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado

ACUERDO CRÉENSE LOS

1ms EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALTAS CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUBSECRETARÍA PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA Y EL BUEN VIVIR DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PARA LA DEMOCRACIA Y EL BUEN VIVIR

RESOLUCIÓN NUM. QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE NEYBA.

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos - Ecuador

ACUERDO No 001 (Febrero 17 de 2014)

CONCEJO DE SANTIAGO DE CALI

ACUERDO METROPOLITANO N 005. (Agosto 20 de 2013)

CODIGO ORGANICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PUBLICAS, COPFP

ESTATUTOS. Centro de Estudiantes. Facultad de Derecho de la UNAM

DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA

CODIGO ORGANICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PUBLICAS ASAMBLEA NACIONAL. Considerando:

CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD) 2010

XVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO. CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

DIRECTOR CONSEJO NACIONAL DE CINEMATOGRAFÍA DEL ECUADOR

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN LA LIBERTAD C O N S I D E R A N D O

CONSTITUCION DEL ECUADOR. Título II Derechos. Capítulo Segundo. Derechos del buen vivir. Sección Tercera. Comunicación e Información TÍTULO III

Art. 1.- Reglaméntase la Ley N 1561/00 Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaria del Ambiente

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Samborondón

El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica en México

Castigo en la escuela, así como homicidios entre 12 y 17 años bajaron a la mitad entre 2010 y Eliminación de peores formas de trabajo infantil

La reducción de riesgos de desastres y los marcos normativos nacionales:

Ministerio de Cultura y Educación Consejo Federal de Cultura y Educación Secretaría General

La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA

REFORMAS. Se expide el Reglamento Interior del Instituto de Artesanías e Industrias Populares del Estado de Puebla. 23/ago/2006

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

ACUERDO NUMERO 010 De (Octubre 04)

Transcripción:

RESOLUCIÓN No. 01-12-2016-001 CONSEJO DE PLANIFICACIÓN DE LA PARROQUIA RURAL SAN ANTONIO DE PICHINCHA CONSIDERANDO: QUE, de acuerdo a lo que establece el artículo 100 de la Constitución de la República, en todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos, a través de varios mecanismos establecidos y, que para el ejercicio de esta participación se organizarán audiencias públicas, veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y las demás instancias que promueva la ciudadanía; QUE, el Art. 238 de la Constitución de la República señala: Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana ; QUE, la Constitución en el artículo 241, determina que la planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos descentralizados; QUE, el artículo 279 de la Constitución de la República determina que los consejos de planificación son instancias de deliberación y generación de lineamientos y consensos estratégicos de largo plazo, que orientan el desarrollo.

QUE, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomías y Descentralización, en el artículo 63, establece que los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. QUE, el COOTAD, en su artículo 65, al hablar de las competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural dice: Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen: a) Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el gobierno cantonal y provincial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad. QUE, el artículo 70 del mismo código dice que entre las atribuciones del Presidente o Presidenta de la Junta Parroquial Rural, le corresponde al presidente o presidenta de la junta parroquial rural: f) Elaborar participativamente el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan parroquial rural de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a consideración de la junta parroquial para su aprobación. QUE, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización en sus artículos 300 y 304, dice; los consejos de planificación participativa de los gobiernos autónomos descentralizados participarán en el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de sus planes y emitirán resolución favorable sobre las prioridades estratégicas de desarrollo como requisito indispensable para su aprobación ante el órgano legislativo correspondiente y; que los gobiernos autónomos descentralizados conformarán un sistema de participación ciudadana, que se regulará por acto normativo del correspondiente nivel de gobierno, tendrá una estructura y denominación propias. QUE, el artículo 28 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, determina la conformación de los Consejos de Planificación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Rurales, que estarán conformados por:

1. El presidente de la Junta Parroquial; 2. Un representante de los vocales de la Junta Parroquial; 3. Un técnico o servidor designado por el presidente de la Junta Parroquial; 4. Tres representantes delegados por las instancias de participación, de conformidad con lo establecido en la ley y sus actos normativos respectivos. QUE, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 29 señala las funciones de los Consejos de Planificación de los gobiernos autónomos descentralizados; QUE, las Asambleas Locales, se establecen de acuerdo a lo que establece el artículo 56 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana en cada nivel de gobierno, la ciudadanía podrá organizar una asamblea como espacio para la deliberación pública entre las ciudadanas y los ciudadanos, fortalecer sus capacidades colectivas de interlocución con las autoridades y, de esta forma, incidir de manera informada en el ciclo de las políticas públicas, la prestación de los servicios y, en general, la gestión de lo público; QUE, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana en sus artículos 57 y 58 dispone la composición de las asambleas locales y su funcionamiento; QUE, el artículo 66 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana determina los objetivos e integración de los consejos locales de planificación; QUE, el GAD Parroquial de San Antonio de Pichincha creó el programa TU VOZ CUENTA, con el objetivo de promover la participación ciudadana, realizar asambleas barriales de deliberación y construir participativamente el Plan Operativo 2017 y su correspondiente Proforma Presupuestaria. QUE, el GAD Parroquial de San Antonio de Pichincha, dividió el territorio parroquial en siete sectores, en los cuales convocó y realizó asambleas barriales de definición participativa de las prioridades para el período de gestión 2017; estas asambleas se realizaron los días: 12 de octubre del 2016 en el sector Alcantarillas; 13 de octubre de 2016 en Rumicucho;

15 de octubre de 2016 en Carcelén y Tanlahua; 16 de Noviembre de 2016 en Santo Domingo y Central 1; y, 17 de noviembre en Carcelén 2. QUE, una vez procesada la información y consolidada un borrador de plan operativo y presupuesto participativo, el 24 de noviembre de 2016, la Junta Parroquial Rural de San Antonio de Pichincha, se reunió y aprobó en primera instancia la Proforma Presupuestaria del 2017. QUE, el 28 de noviembre de 2016, el GAD Parroquial de San Antonio de Pichincha convocó a una Asamblea Parroquial de delegados barriales para revisar el plan operativo anual 2106 consolidado y su presupuesto, en la misma se recogieron los criterios para organizar los programas considerados prioritarios para el desarrollo de la Parroquia. QUE, para dar cumplimiento a lo acordado en las reuniones y asamblea participativas, y actuar conforme lo establecido en la Constitución y leyes ecuatorianas, el 5 de diciembre del 2016 se reúne en San Antonio de Pichincha, el Consejo Parroquial de Planificación, en sesión extraordinaria convocada por su Presidente, para revisar y aprobar el Plan Operativo Anual y el Presupuesto para el ejercicio fiscal 2017. QUE, el Consejo Parroquial de Planificación de San Antonio de Pichincha, en ejercicio de la facultad que le confiere la Constitución de la República y la Ley; y, en uso de sus atribuciones: RESUELVE: Art. 1. Revisar el Plan Operativo Anual 2017 y su correspondiente presupuesto, presentado por el Señor Alex Troya, Presidente del GAD Parroquial y, Art. 2. Emitir resolución favorable sobre los programas priorizados, como requisito indispensable para su aprobación ante el órgano legislativo correspondiente. Dado y firmado en san Antonio de Pichincha, a los 5 días del mes de Diciembre del 2016.

Alex Troya Sancho PRESIDENTE DEL GAD PARROQUIAL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN Ramiro Pérez VOCAL REPRESENTANTE DE LOS VOCALES DEL GAD Patricio Peñafiel Acosta VOCAL Técnico designado por el presidente del GAD Parroquial; Fernando Navarro Miguel Vásconez Rocío Padilla