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Guía de ayudas de Fomento del Empleo 2009
Guía de ayudas de Fomento del Empleo 2009 La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a lo establecido en la Orden de convocatoria de las subvenciones.
Edita: Generalitat Valenciana Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo Servicio Valenciano de Empleo y Formación - SERVEF Dirección General de Empleo e Inserción Laboral Edición: abril 2009 Diseño y maquetación Secretaría General
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo SUMARIO FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE 1. Incentivos a la contratación indefinida inicial.... 11 1.1 Ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes.... 11 1.2 Ayudas dirigidas a la contratación de mujeres.... 13 1.3 Ayudas dirigidas la contratación de mayores de 45 años y parados de larga duración.... 15 2. Fomento del empleo derivado del reparto del tiempo de trabajo y conciliación de la vida familiar y laboral.... 18 2.1 Incentivos a los contratos indefinidos celebrados como consecuencia de acuerdo en la empresa para conseguir una más eficaz organización del tiempo de trabajo.... 18 7 2.2 Incentivos a las contrataciones que se realicen al objeto de sustituir horas extraordinarias.... 20 2.3 Incentivos a las nuevas contrataciones a tiempo parcial para realizar la jornada de trabajo que quede libre debido a la jubilación parcial de trabajadores de la empresa.... 21 2.4 Incentivos a las nuevas contrataciones por ausencias legales del trabajador.... 24 2.5 Incentivos a las nuevas contrataciones destinadas a cubrir las ausencias de los trabajadores para asistencia a la familia.... 26 3. Otras medidas de apoyo a la creación de empleo estable.... 29 3.1 Programa de apoyo a la contratación indefinida para la realización de trabajo a domicilio y trabajo domestico.... 29 4. Ayudas a la contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias.... 31 4.1 Ayudas a la contratación indefinida de personas con discapacidad.... 31 4.2 Ayudas a la contratación temporal de personas con discapacidad.... 33
Servicio Valenciano de Empleo y Formación FOMENTO DE EMPLEO DIRIGIDO A EMPRENDEDORES 1. Ayudas por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia.... 37 2. Ayudas a autónomos o profesionales por la contratación del primer trabajador fijo.... 42 3. Calificación e inscripción I+E.... 44 4. Ayudas a empresas calificadas como I+E.... 46 5. Abono de cuotas a la Seguridad Social.... 49 PROGRAMA DE EMPLEO PÚBLICO DE INTERÉS SOCIAL 1. Subvenciones a las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social (EMCORP).... 51 8 2. Ayudas a las actuaciones medioambientales y actividades en el marco del Plan de Refuerzo Especial de Prevención de incendios forestales (PAMER).... 56 3. Subvenciones a organismos y entidades para la contratación de trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social (EMORGA).... 60 4. Subvenciones destinadas a las corporaciones locales en el marco del Plan de Mantenimiento de los Servicios Públicos en las zonas de interior (EZOINT).... 63 PACTOS PARA EL EMPLEO 1. Apoyo a los pactos territoriales para el empleo.... 67 FOMENTO DE EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1. Ayudas a Centros Especiales de Empleo.... 71 1.1. Proyectos de creación de empleo estable.... 71 1.2. Mantenimiento de puestos de trabajo.... 73 1.2.1. Ayuda salarial y complementaria.... 73 1.2.2. Gastos financieros.... 75
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo 1.2.3. Asistencia técnica.... 76 1.2.4. Adaptación.... 78 1.2.5. Equilibrio financiero.... 79 1.3. Unidades de apoyo a la actividad profesional.... 80 1.4. Proyectos de inserción a través de CEE+I.... 83 2. Contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias.... 84 2.1. Apoyo a la contratación indefinida a través de enclaves laborales.... 84 PLANES INTEGRALES DE EMPLEO 1. Plan Integral de Empleo para la recolocación de trabajadores afectados por procesos de reconversión o de reestructuración de empresas 2009/2010.... 87 2. Planes Integrales de Empleo 2008/2009: Ayudas a las Entidades Empleadoras (2ª Anualidad).... 91 2.1. Planes Integrales de Empleo para personas desempleadas de difícil inserción laboral.... 91 2.1.1. Planes integrales de empleo para la inclusión social.... 91 2.1.2. Planes integrales de empleo para personas con discapacidad.... 93 2.1.3. Planes integrales de empleo para mayores de cuarenta y cinco años, parados de larga duración y jóvenes.... 94 2.2. Plan Integral de empleo para personas inmigrantes desempleadas.... 96 2.3. Planes integrales de Empleo para la recolocación de trabajadores afectados por procesos de reconversión o de reestructuración de empresas.... 98 9 PROGRAMA DE EMPLEO CON APOYO.... 101 SALARIO DE INSERCIÓN... 105 SALARIO JOVEN... 107
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE 1. Incentivos a la Contratación Indefinida Inicial 1.1 Empleo estable para jóvenes Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. Objeto Promover la contratación indefinida directa de los jóvenes desempleados menores de 30 años inscritos como desempleados en el correspondiente centro SERVEF de la Generalitat. Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunidad. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles. 11 Requisitos de los trabajadores Los trabajadores que sean contratados de forma indefinida deberán cumplir, en cuanto a la situación de desempleo, los requisitos exigidos por la legislación vigente, deberán estar inscritos como desempleados, al menos, un periodo de tres meses ininterrumpidos previos a la contratación en los correspondientes centros SERVEF de la Generalitat y en posesión del Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado.
Servicio Valenciano de Empleo y Formación Cuantía de la subvención Las ayudas que se establecen en el presente Programa están dirigidas a subvencionar contratos indefinidos directos que se formalicen desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2009 con jóvenes desempleados menores de 30 años inscritos en el correspondiente centro SERVEF de la Generalitat y consisten en: Las Ayudas por la contratación indefinida inicial, a jornada completa, consisten en una Subvención por importe de 4.000 euros, y 5.000 euros en el caso de las mujeres. Si el contrato se celebrase a jornada parcial y con una duración mínima de 20 horas semanales, dichos incentivos se prorratearán en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Ayudas a las contrataciones indefinidas de fijos-discontinuos, el importe de la subvención ascendera a 1.000 euros, y 1.250 euros en el caso de las mujeres. 12 En el caso de contrataciones de jóvenes como personal investigador para el desarrollo de programas de I+D en el seno de la empresa, contrataciones ligadas a la atención de personas mayores y dependientes, o contrataciones vinculadas directamente al ejercicio de titulaciones oficiales que pertenezcan a las áreas de conocimiento de informática, telecomunicaciones, medio ambiente o prevención de riesgos laborales, se incrementará en un 25% el importe de la ayuda establecida en los párrafos anteriores. Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la orden hasta el 30 de septiembre de 2009. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo 1.2. Empleo estable para la mujer Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. Objeto El objeto del presente Programa es mejorar el acceso o la reincorporación de la mujer al empleo de carácter estable a través de ayudas dirigidas a incentivar a las empresas para fomentar la contratación indefinida de la mujer, tanto a jornada completa como a tiempo parcial para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunidad. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles. 13 Requisitos de las trabajadoras Las trabajadoras que sean contratadas de forma indefinida deberán cumplir, en cuanto a la situación de desempleo, los requisitos exigidos por la legislación vigente, y deberán estar inscritas como desempleadas por un periodo ininterrumpido de, al menos, tres meses previos a la contratación objeto de subvención en los correspondientes centros SERVEF de la Generalitat y en posesión del Documento de de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado. Cuantía de la subvención Ayudas por la contratación indefinida inicial de la mujer que se produzca desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2009.
Servicio Valenciano de Empleo y Formación 14 1. Ayudas a la contratación indefinida inicial, a jornada completa, consisten en una Subvención por importe de 5.000 euros, pudiéndose incrementar en 600 euros por contrato formalizado en los siguientes supuestos: a) Cuando la empresa contratante acredite la puesta en marcha de un plan de igualdad de oportunidades. b) Cuando la contratación se produzca en un sector de actividad en los que la mujer se encuentra subrepresentada de conformidad con la dispuesto en Orden de 16 de septiembre de 1998 para el fomento del empleo estable de mujeres en las profesiones y ocupaciones con menor índice de empleo femenino (B.O.E. 29-09-1998) o con la norma vigente en la materia en el momento de la contratación. c) Cuando la empresa contratante acredite la prestación de servicios de guardería para las trabajadoras, ya sea mediante instalaciones propias o a través de cofinanciación directa a los trabajadores que hagan uso de este servicio para la atención de sus hijos menores de 3 años durante la jornada laboral. En el caso de contrataciones de mujeres como personal investigador para el desarrollo de programas de I+D en el seno de la empresa, contrataciones ligadas a la atención de personas mayores y dependientes, o contrataciones vinculadas directamente al ejercicio de titulaciones oficiales que pertenezcan a las áreas de conocimiento de informática, telecomunicaciones, medio ambiente o prevención de riesgos laborales, se incrementará en un 25 % el importe de la ayuda establecido en el epígrafe 1. 2. Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales, reguladas en el artículo 12.1 del Estatuto de los Trabajadores: a) subvención de 3.000 euros por el primer contrato suscrito y de 4.000 euros para el segundo contrato. Para el tercer y ulteriores contratos suscritos por la misma empresa con otras desempleadas, la subvención anterior será de 5.000 euros por contrato. b) Ayudas a las contrataciones indefinidas de carácter fijo discontinuo, consisten en una subvención de 1.250 euros por cada contrato formalizado con derecho a la misma. Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Terri-
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo torial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la orden hasta el 30 de septiembre de 2009. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es 1.3. Empleo estable para mayores de 45 años y parados de larga duración Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. 15 Objeto El objeto del presente Programa es elevar el nivel de empleo estable, de estos colectivos mediante ayudas a las contrataciones indefinidas directas ya sean a jornada completa, a tiempo parcial o de fijo-discontinuo. Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunidad. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles.
Servicio Valenciano de Empleo y Formación 16 Requisitos de los trabajadores Los trabajadores que sean contratados de forma indefinida deberán cumplir, en cuanto a la situación de desempleo, los requisitos exigidos por la legislación vigente, deberán estar inscritos como desempleados en los correspondientes centros SERVEF de la Generalitat y en posesión del Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado. Los trabajadores contratados, en todo caso, deberán estar comprendidos en alguno de los colectivos siguientes: a) Desempleados menores de 25 años que, en la fecha de formalización del contrato indefinido, estén inscritos en los correspondientes centros SERVEF de la Generalitat por un periodo ininterrumpido igual o superior a 180 días. b) Desempleados mayores de 25 años inscritos en los centros SERVEF de la Generalitat por un periodo ininterrumpido de más de 365 días previos a la fecha de formalización del contrato indefinido. A estos efectos se considerará interrumpida la demanda de empleo por haber trabajado un periodo acumulado de 90 o más días en los 365 días anteriores a la fecha de la realización del contrato que da derecho a la subvención. c) Desempleados mayores de 45 años en quienes no concurran las circunstancias anteriores inscritos como desempleados, al menos, por un periodo ininterrumpido de tres meses previos a la contratación objeto de subvención. Cuantía de la subvención Las ayudas que se establecen en el presente Programa están dirigidas a subvencionar contratos indefinidos que se formalicen desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2009 con mayores de 45 años y parados de larga duración, inscritos en el correspondiente centro SERVEF, y consisten en: Ayudas a la contratación indefinida a jornada completa: consiste en una subvención de 4.000 euros y 5.000 euros en el caso de las mujeres. Ayudas a las contrataciones indefinidas a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales: consisten en una subvención, por cada contrato formalizado con derecho a la misma, en cantidad proporcional a las ayudas establecidas en el apartado anterior, en función de la duración de la jornada estipulada. Ayudas a las contrataciones indefinidas de fijos discontinuos: Las ayudas consisten en una subvención, por cada contrato formalizado con derecho a la misma, por importe de 1.000 euros en el caso de la contratación de hombres y 1.250 euros en el de mujeres.
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la orden hasta el 30 de septiembre de 2009. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es 17
Servicio Valenciano de Empleo y Formación 2.1. Incentivos a los Contratos Indefinidos celebrados como consecuencia de acuerdo en la empresa para conseguir una más eficaz organización del tiempo de trabajo Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. Objeto 2. Del reparto de Tiempo de Trabajo y Conciliación de la Vida Familiar y Laboral 18 Promover la generación de nuevos empleos mediante la realización de nuevas contrataciones indefinidas de trabajadores desempleados pertenecientes a alguno de los colectivos subvencionables, celebrados como consecuencia del acuerdo entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores en la misma para conseguir una más eficaz organización del tiempo de trabajo, siempre que suponga un incremento del empleo neto. Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables, para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunidad. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles. Requisitos de los trabajadores Jóvenes desempleados menores de 30 años en la fecha de formalización del contrato. Desempleados mayores de 45 años en la fecha de formalización del contrato.
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo Desempleados en quienes no concurran las circunstancias anteriores, inscritos en los centros SERVEF de la Generalitat Valenciana por un periodo, al menos, de 180 días previos a la fecha de formalización del contrato. Mujeres. Personas desempleadas con algún tipo de discapacidad Cuantía de la subvención Las ayudas consistirán en una subvención de 3.000 euros por cada contrato indefinido a jornada completa. Cuando se contrate desempleados mayores de 45 años la ayuda será de 3.500 euros y en el supuesto de contratación de mujeres, el importe de la ayuda será de 4.000 s. En el caso de contrataciones indefinidas a tiempo parcial, con un mínimo de 20 horas semanales, las ayudas consistirán en una subvención, por cada contrato formalizado con derecho a la misma, en cantidad proporcional a las ayudas establecidas en el párrafo anterior, determinada en función de la duración de la jornada estipulada. Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es 19
Servicio Valenciano de Empleo y Formación 2.2. Incentivos a las contrataciones que se realicen al objeto de sustituir horas extraordinarias Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. Objeto Fomentar la creación de empleo a través de la sustitución de las horas extraordinarias en la empresa e incentivar las contrataciones de desempleados. 20 Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables, para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunidad. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles. Requisitos de los trabajadores Jóvenes desempleados menores de 30 años en la fecha de formalización del contrato. Desempleados mayores de 45 años en la fecha de formalización del contrato. Desempleados en quienes no concurran las circunstancias anteriores, inscritos en los centros SERVEF de la Genralitat Valenciana por un periodo, al menos, de 180 días previos a la fecha de formalización del contrato. Mujeres. Personas desempleadas con algún tipo de discapacidad Cuantía de la subvención Una subvención de 3.000 euros por cada contrato indefinido a jornada completa que se celebre, salvo que éstas se refieran a contrataciones de
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo desempleados mayores de 45 años en que la cantidad será de 3.500 euros y de mujeres, en cuyo supuesto el importe será de 4.000 euros. En el supuesto de que se trate de un contrato temporal, deberá tener una duración mínima de 6 meses. En este supuesto la cuantía de la ayuda es de 600 euros por cada periodo de duración de 6 meses del contrato temporal estipulado. Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV, hasta el 30 de septiembre de 2009. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es 21 2.3. Incentivos a las nuevas contrataciones a tiempo parcial para realizar la jornada de trabajo que quede libre debido a la jubilación parcial de trabajadores de la empresa Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. Objeto Apoyar la generación de empleo incentivando la realización de nuevos contratos de relevo con desempleados pertenecientes a los colectivos citados más abajo, con el fin de cubrir la jornada que queda libre como consecuencia de la jubilación
Servicio Valenciano de Empleo y Formación parcial de los trabajadores de la empresa siempre que se pacten entre sus cláusulas las siguientes condiciones: Que la duración del contrato de relevo ha de ser, al menos de un año, ya sea a jornada completa o a jornada parcial. Que, una vez producida la jubilación del trabajador relevado, el contrato del relevante se convertirá en indefinido y a jornada completa. 22 Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables, para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunidad, siempre que, además, reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en la orden reguladora. Los trabajadores que dejen de prestar servicios en la empresa o disminuyan su jornada laboral. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles. Requisitos de los trabajadores Jóvenes desempleados menores de 30 años en la fecha de formalización del contrato. Desempleados mayores de 45 años en la fecha de formalización del contrato. Desempleados en quienes no concurran las circunstancias anteriores, inscritos en los centros SERVEF de la Generalitat Valenciana por un periodo, al menos, de 180 días previos a la fecha de formalización del contrato. Mujeres. Personas desempleadas con algún tipo de discapacidad. Cuantía de la subvención 1. Para la empresa Ayudas al contrato de relevo a jornada completa: consiste en una subvención de 4.000 euros y 5.000 euros en el caso de las mujeres.
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo Ayudas al contrato de relevo a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales, reguladas en el artículo 12.1 del Estatuto de los Trabajadores: Las ayudas consisten en una subvención, por cada contrato formalizado con derecho a la misma, en cantidad proporcional a las ayudas establecidas en el apartado anterior, en función de la duración de la jornada estipulada. Ayudas al contrato de relevo indefinido de fijos discontinuos, reguladas en el artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores: Las ayudas consisten en una subvención, por cada contrato formalizado con derecho a la misma, por importe de 1.000 euros en el caso de la contratación de hombres y 1.250 euros en el de mujeres. En el caso de contrataciones de mayores de 45 años y parados de larga duración como personal investigador para el desarrollo de programas de I+D en el seno de la empresa, contrataciones ligadas a la atención de personas mayores y dependientes, o contrataciones vinculadas directamente el ejercicio de titulaciones oficiales que pertenezcan a las áreas de conocimiento de informática, telecomunicaciones, medio ambiente o prevención de riesgos laborales, se incrementará en un 25% el importe de la ayuda establecida en el contrato de relevo a jornada completa. La cuantía de las ayudas se incrementará en un 25% a aquellas empresas que acrediten que la contratación se ha efectuado en cumplimiento de acuerdo celebrado entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores en la misma. 2. Para los trabajadores que accedan a los supuestos de jubilación parcial: Siempre que ésta dé lugar a un nuevo contrato de relevo vigente en el momento de presentación de la solicitud, la subvención será de 720 euros por cada año completo, con el tope máximo de 3.600 euros. La cuantía de las ayudas se incrementará en un 25% a aquellos trabajadores que accedan a su jubilación parcial a partir de los 65 años. 23 Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV, hasta el 30 de septiembre de 2009.
Servicio Valenciano de Empleo y Formación Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es 2.4. Incentivos a las nuevas contrataciones por ausencias legales del trabajador Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. 24 Objeto Apoyar la realización de contratos de interinidad que se realicen con trabajadores desempleados demandantes de empleo pertenecientes a los colectivos que a continuación se indican, siempre que dichas contrataciones se destinen a la cobertura de las siguientes ausencias o vacantes: Excedencia voluntaria Excedencia forzosa, de acuerdo con lo previsto en la legislación laboral. Mutuo acuerdo de las partes La contratación deberá realizarse dentro del periodo que dure el supuesto que la motive y, en caso de que proceda realizar contratación a tiempo parcial, ésta deberá estipularse con jornadas de, al menos, 20 horas semanales. Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables, para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunidad, siempre que, además, reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en la presente Orden. Los trabajadores que dejen de prestar servicios en la empresa o disminuyan su jornada laboral, de acuerdo con los supuestos recogidos en el apartado anterior.
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles. Requisitos de los trabajadores Permanecer inscritos como desempleados en los correspondientes centros SERVEF de la Generalitat y en posesión del Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado, y estar comprendidos en alguno de los colectivos siguientes: Jóvenes desempleados menores de 30 años en la fecha de formalización del contrato. Desempleados mayores de 45 años en la fecha de formalización del contrato Desempleados en quienes no concurran las circunstancias anteriores, inscritos en los centros SERVEF de la Generalitat por un periodo, al menos, de 180 días previos a la fecha de formalización del contrato. Mujeres. Personas desempleadas con algún tipo de discapacidad 25 Cuantía de la subvención 1. Ayudas previstas para las empresas en los supuestos de contratos realizados a jornada completa y un mínimo de tres meses de duración consistirán en los siguientes importes: Entre tres y seis meses, 240 euros. Entre más de seis meses y menos de nueve meses, 540 euros. Entre nueve y doce meses, 840 euros. Más de doce meses, 1.140 euros. 2. En el caso de contratos a tiempo parcial, con un mínimo de 20 horas, las cantidades del párrafo anterior se reducirán de forma proporcional al tiempo de la duración de la jornada. 3. En los supuestos de excedencia voluntaria y mutuo acuerdo de las partes, se dará una subvención al trabajador que deja de prestar servicios, de 720 euros por cada tres meses de duración del nuevo contrato que se genere, siempre que este último se estipule a jornada completa, con el tope máximo de 1.800
Servicio Valenciano de Empleo y Formación euros. Para el caso de disminución de jornada parcial, que genere un contrato a tiempo parcial, se minorara la cantidad anterior de forma proporcional. 26 Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV y hasta el 30 de septiembre de 2009. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es 2.5. Celebración de contratos de interinidad destinados a cubrir las ausencias de los trabajadores para asistencia a la familia Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. Objeto Apoyar la conciliación de la vida familiar y laboral estableciendo ayudas destinadas a los contratos de interinidad que se realicen con desempleados destinados a la cobertura de las siguientes ausencias o vacantes: a) maternidad, b) riesgo en el embarazo, c) acogimiento y adopción,
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo d) guarda legal, e) cuidado de familiares enfermos La contratación deberá realizarse dentro del periodo que dure el supuesto que la motive y, en caso de que proceda realizar una contratación a tiempo parcial, ésta deberá estipularse con jornadas, al menos, de 20 horas semanales Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables, para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunidad, siempre que, además, reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en la presente Orden. Los trabajadores que dejen de prestar servicios en la empresa o disminuyan su jornada laboral, en los supuestos de de ausencias por maternidad, riesgo en el embarazo, acogimiento y adopción, guarda legal y cuidado de familiares enfermos. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles. 27 Requisitos de los trabajadores Permanecer inscritos como desempleados en los correspondientes centros SERVEF de la Generalitat y en posesión del Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado, y estar comprendidos en alguno de los colectivos siguientes: Jóvenes desempleados menores de 30 años en la fecha de formalización del contrato. Desempleados mayores de 45 años en la fecha de formalización del contrato Desempleados en quienes no concurran las circunstancias anteriores, inscritos en los centros SERVEF de la Generalitat por un periodo, al menos, de 180 días previos a la fecha de formalización del contrato. Mujeres. Personas desempleadas con algún tipo de discapacidad.
Servicio Valenciano de Empleo y Formación Cuantía de la subvención 1. Ayudas previstas para las empresas en los supuestos de contratos realizados a jornada completa y un mínimo de tres meses de duración 28 Entre tres y seis meses, 240 euros. Entre más de seis meses y menos de nueve meses, 540 euros. Entre nueve y doce meses, 840 euros. Más de doce meses, 1.140 euros. 2. En el caso de contratos a tiempo parcial, con un mínimo de 20 horas, las cantidades del párrafo anterior se reducirán de forma proporcional al tiempo de la duración de la jornada. 3. Ayudas al trabajador que deja de prestar servicios por: guarda legal cuidado de familiares enfermos En estos supuestos se dará una subvención de 720 euros por cada tres meses de duración del nuevo contrato que se genere siempre que sea a jornada completa con un tope de 1.800 euros. Para el caso de disminución de jornada parcial que genere un contrato a tiempo parcial, se minorará la cantidad anterior de forma proporcional Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV, hasta el 30 de septiembre de 2009. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo 3.1. Apoyo a la contratación indefinida para la realización de trabajo a domicilio y trabajo doméstico Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. Objeto 3. Otras medidas de a la creación de Empleo Estable Apoyar la regularización del trabajo por cuenta ajena realizado por trabajadores a domicilio en los términos previstos en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, así como el de las personas contratadas para la realización de trabajo doméstico y cuidado de personas dependientes cuya relación laboral se contempla en el artículo 2.1.b) del referido Estatuto, con el fin de incentivar la formalización escrita de los contratos, facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, y mejorar la inserción laboral de ciertos colectivos de trabajadores desempleados. 29 Beneficiarios Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunitat. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles. Cuantía de la subvención Contratos para la realización de trabajo en el propio domicilio: Una subvención, por la contratación a jornada completa, de forma directa o mediante transformación de contrato temporal de 4.400 euros por contrato. Contratos para la realización del trabajo doméstico y cuidado de personas
Servicio Valenciano de Empleo y Formación dependientes: Una subvención de 2.400 euros por contrato a jornada completa, de forma directa o mediante transformación de contrato temporal. Dichas cuantías se reducirán proporcionalmente en los supuestos de contratación a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales. 30 Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV, hasta el 30 de septiembre de 2009. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo 4. Ayudas a la contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias 4.1. Contratación indefinida de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009. Objeto Favorecer la contratación indefinida de los trabajadores con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo y la adaptación de los puestos de trabajo de este colectivo. Las contrataciones y demás acciones apoyables recogidas en la Orden de convocatoria deberán desarrollarse en 2009, sin embargo en este programa de ayudas a la contratación de personas con discapacidad por empresas ordinarias resultarán asimismo subvencionables los contratos efectuados en el último trimestre de 2008 que se encuentren vigentes en el momento de la solicitud. 31 Beneficiarios Cualquier empleador con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunitat. Cooperativas de trabajo asociado que incorporen a trabajadores con discapacidad como socios. En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles.
Servicio Valenciano de Empleo y Formación Cuantía de la subvención Las empresas que contraten por tiempo indefinido y a jornada completa trabajadores discapacitados desempleados inscritos en los centros SERVEF de Empleo, tendrán derecho a las siguientes ayudas: Una ayuda que podrá alcanzar los 6.000 euros, en función del grado de discapacidad del trabajador contratado: En el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial de al menos un 33%: la ayuda ascenderá a 4.000 euros, o 5.000 euros en el caso de las mujeres. En el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial superior al 33% e inferior al 65%: se incrementarán en 500 euros los importes previstos en el subapartado 1 de este epígrafe. En el caso de trabajadores con una discapacidad psíquica igual o superior al 33%, o física y sensorial igual o superior al 65%: el importe de la ayuda ascenderá a 6.000 euros. 32 Una subvención compatible con las anteriores ayudas, que podrá alcanzar los 902 euros por trabajador con discapacidad contratado, destinada a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los trabajadores minusválidos. Si esta ayuda no fuese solicitada por la empresa, podrá ser solicitada por el propio trabajador. Ayudas por contrato indefinido a tiempo parcial, se mantendrán las ayudas descritas en el apartado anterior, si bien la subvención correspondiente se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. Ayudas por la transformación en indefinidos a jornada completa o a tiempo parcial de los contratos temporales de fomento de empleo para trabajadores con discapacidad, efectuada al amparo de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, así como la transformación en indefinidos de los contratos de aprendizaje, en prácticas, para la formación, celebrados con trabajadores que en el momento de la transformación ostenten la condición de trabajadores con discapacidad de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Tercera de la presente orden, serán objeto de las ayudas establecidas en los apartados anteriores. Las cooperativas de Trabajo Asociado que incorporen a trabajadores con discapacidad como socios tendrán derecho a los beneficios establecidos en los párrafos anteriores.
Guía de Ayudas de Fomento del Empleo El importe de las ayudas contempladas en este programa no podrá superar, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que da derecho a los mismos, de acuerdo con lo dispuesto por el apartado tercero del artículo 7 del Real Decreto 1.451/1983, en redacción dada por el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero. Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán dirigirse al Servicio Territorial de Fomento correspondiente y se presentarán en impreso normalizado en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV hasta el 31 de octubre de 2009. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2009 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación. Las solicitudes de las ayudas referidas al mantenimiento de contratos o transformaciones formalizados en los tres últimos meses de 2008, deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV. El impreso normalizado está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.servef.es 33 4.2. Contratacion temporal de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias Normativa Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2009.