INVITACION PÚBLICA LA JUNTA DIRECTIVA DE LA E.S.E. HOSPITAL MUNICIPAL DE SABANAGRANDE SABANAGRANDE ATLANTICO. En cumplimiento a lo ordenado en los artículos 28 de la ley 1122 de 2007 y 72 de la ley 1438 de 2011, los Decretos 800 de 2008 y 2993 de 2011 y la Resolución 165 de 2008 expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, INVITA A todos los interesados, en participar en el proceso de concurso de méritos público y abierto para seleccionar candidatos elegibles para integrar la terna para proveer el cargo de Gerente de la E.S.E Hospital Municipal de Sabanagrande, Atlántico. Nombre de la Empresa: E.S.E. Hospital Municipal de Sabanagrande, Atlántico. Nivel de complejidad: I Nivel Clase de concurso: Proceso de Concurso de Méritos público y abierto (Artículos 28 de la Ley 1122 de 2007 y 72 de la ley 1438 de 2011, Decretos 800 de 2008 y 2993 de 2011 y Resolución 165 de 2008 del DAFP) Número de cargos: 1 Dirección: Carrera 11 No. 9-50 Sabanagrande. Fecha de publicación de Avisos de la Invitación: Marzo 5 de 2012. Medios de divulgación: Diario de amplia circulación Regional, Emisora Local, Carteleras Secretaría de Salud Departamental y Municipal, Cartelera de la E.S.E. Hospital Municipal de Sabanagrande y Página Web de la Denominación del cargo: Gerente Empresa Social del Estado Código: 085 Grado: 05 Nivel: Directivo Salario Básico: $ 2.745.500 Dependencia: Gerencia Dedicación: Exclusiva y disponibilidad permanente Lugar sede de trabajo: E.S.E. Hospital Municipal de Sabanagrande, Atlántico. Ubicación Geográfica: Sabanagrande, Atlántico. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES Las funciones a cargo del Gerente de la E.S.E. Hospital Municipal de Sabanagrande, Atlántico, serán las dispuestas en la Ley 100 de 1993, el artículo 4º del Decreto 139 de 1996, las contenidas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales y las demás previstas en la Constitución Política, las leyes y reglamentos. FUNCIONES DEL CARGO (D.139 DE 1996, ARTÍCULO 4º) 1. Detectar la presencia de todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo epidemiológico, y adoptarlas medidas conducentes a aminorar sus efectos. 2. Identificar el diagnóstico de la situación de salud del área de influencia de la entidad, interpretar sus resultados y definir los planes, programas, proyectos y estrategias de atención. 3. Desarrollar planes, programas y proyectos de salud conforme a la realidad socioeconómica y cultural de la región. 4. Participaren el diseño, elaboración y ejecución del plan local de salud, de los proyectos especiales y de los programas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y adecuar el trabajo institucional a dichas orientaciones. 5. Planear, organizar y evaluar las actividades de la entidad y velar por la aplicación de las normas y
reglamentos que regulan el Sistema General de Seguridad Social en Salud. 6. Promover la adaptación, adopción de las normas técnicas y modelos orientados a mejorar la calidad y eficiencia en la prestación de los servicios de salud y velar por la validez y científica y técnica de los procedimientos utilizados en el diagnóstico y tratamiento. 7. Velar por la utilización eficiente de los recursos humanos, técnicos y financieros de la entidad y por el cumplimiento de las metas y programas aprobados por la Junta Directiva. 8. Presentar para aprobación de la Junta Directiva del plan trianual, los programas anuales de desarrollo de la entidad y el presupuesto prospectivo, de acuerdo con la Ley Orgánica de Presupuesto y las normas reglamentarias. 9. Adaptar la entidad a las nuevas condiciones empresariales establecidas en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud, garantizando tanto la eficiencia social como económica de la entidad, así como la competitividad de la institución. 10. Organizar el sistema contable y de costos de los servicios y propender por la eficiente utilización del recurso financiero. 11. Garantizar el establecimiento del sistema de acreditación hospitalaria, de auditoría en salud y control interno que propicien la garantía de la calidad en la prestación del servicio. 12. Establecer el sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes y contribuir a la organización de la red de servicios en el nivel local. 13. Diseñar y poner en marcha un sistema de información en salud, según las normas técnicas que expida el Ministerio de Salud, y adoptar los procedimientos para la programación, ejecución, evaluación, control y seguimiento físico y financiero de los programas. 14. Fomentar el trabajo interdisciplinario y la coordinación intra e intersectorial. 15. Desarrollar objetivos, estrategias y actividades conducentes a mejorar las condiciones laborales, el clima organizacional, la salud ocupacional y el nivel de capacitación y entrenamiento, y en especial ejecutar un proceso de educación continua para todos los funcionarios de la entidad. 16. Presentar a la Junta Directiva el proyecto de planta de personal y las reformas necesarias para su adecuado funcionamiento y someterlos a la aprobación de la autoridad competente. 17. Nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia de acuerdo con las normas de administración de personal que rigen para las diferentes categorías de empleos, en Sistema General de Seguridad Social en Salud. 18. Diseñar modelos y metodologías para estimular y garantizar la participación ciudadana y propender por la eficiencia de las actividades extramurales en las acciones tendientes a lograr metas de salud y el mejoramiento de la calidad de vida de la población. 19. Diseñar mecanismos de fácil acceso a la comunidad, que permitan evaluar la satisfacción de los usuarios, atender las quejas y sugerencias y diseñar en consecuencia, políticas y correctivos orientados al mejoramiento continuo del servicio. 20. Representar legalmente a la entidad judicial y extrajudicialmente y ser ordenador del gasto. 21. Firmar las convenciones colectivas con los trabajadores oficiales de acuerdo con la disponibilidad presupuestal. 22. Contratar con las Empresas Promotoras de Salud públicas o privadas la realización de las actividades del Plan Obligatorio de Salud, que esté en capacidad de ofrecer. 23. Las demás que establezcan la Ley y los reglamentos y las Juntas Directivas de las Entidades. Educación: Título profesional en el área de la salud. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA (D.785 de 2005, artículo 22.3.3.) Experiencia: Experiencia profesional de un (1) año en el sector salud, en organismos o entidades públicas o privadas que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud. INSCRIPCIONES Lugar: Universidad del Norte, Km.5 Para inscribirse, los aspirantes deberán diligenciar el formulario
Centro de Consultoría. Teléfonos: 3509509 3509335. Horario: 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 a 6:00 p.m. único de inscripción que se encontrará disponible en la página Web del Ministerio de protección Social del DAFP y en la página de la Universidad Del Norte. Al formulario deberá anexarse los documentos que acrediten la formación académica y la experiencia laboral relacionada de los aspirantes. Las certificaciones de experiencia deberán contener, como mínimo, los siguientes datos: a) Nombre o razón social de la empresa o entidad; b) Tiempo de servicio; c) Relación de funciones desempeñadas. Las inscripciones podrán realizarse personalmente o por correo certificado, el cual deberá ingresar a la institución que llevará a cabo las inscripciones, dentro del plazo fijado para estas. La acreditación de estudios y experiencia deberá hacerse teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 5º al 12 del D.785 de 2005. CRONOGRAMA PROCESO DE CONSURSO DE MERITOS PÚBLICO Y ABIERTO. ACTIVIDAD Publicación de Convocatoria (10 días hábiles de antelación a la fecha de iniciación de las inscripciones). TIEMPO (Días hábiles) Fecha y Hora. Lugar o Medio Año 2012. 5 de marzo Diario de amplia circulación Regional, Emisora Local (tres días diferentes, tres veces al día), Carteleras Secretaría de Salud Departamental y Municipal, Cartelera de la E.S.E. Hospital Municipal de Sabanagrande, Atlántico y Página Web de la Barranquilla, del Ministerio de Protección social y del DAFP. Inscripción y recepción de hojas de vida de candidatos. 5 días Del 20 al 23 y 26 de marzo, de 8:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 6:00 pm Teléfono: 3509509 3509335 Verificación de cumplimiento de requisitos mínimos de hojas de vida. Publicación de listado de aspirantes admitidos y no admitidos. 2 días 27 y 28 de marzo Universidad del Norte De Barranquilla 29 de marzo www.uninorte.edu.co Presentación de reclamaciones de listado de aspirantes admitidos y no admitidos. 2 días 30 de marzo y 10 de abril. Análisis de reclamaciones de listado aspirantes admitidos y no admitidos y respuesta a eventuales reclamaciones. Publicación definitiva de aspirantes admitidos y no admitidos. 2 días 11 y 12 de abril 12 de abril www.uninorte.edu.co Aplicación de pruebas de conocimientos y competencias. 1 día 13 de abril Entre 8:00 a.m. a
12:00 m y 2:00 a 6:00 Pm Entrevistas. 1 día 13 y 14 de abril. Entre 8:00 a.m. a 12:00 m y 2:00 a 6:00 Pm carretera Puerto Colombia carretera Puerto Colombia Evaluación de candidatos o aspirantes. 2 días 16 y 17 de abril. Publicación de resultados. 1 día 18 de abril 6:00 p.m. www.uninorte.edu.co Recepción de reclamaciones de resultados. Estudio y valoración de las Reclamaciones presentadas 2 días 19 y 20 de abril 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 a 6:00 Pm 1 día 23 de abril Publicación de resultados definitivos. 24 de abril www.uninorte.edu.co Envío a la E.S.E Hospital Municipal de Sabanagrande, Atlántico de la lista de candidatos para entregar a la Junta Directiva en orden alfabético. 1 día 25 de abril Barranquilla a la Junta Directiva de la E.S.E. Hospital Municipal de Sabanagrande, Atlantico. ACLARACIÓNES DEL CRONOGRAMA Cualquier documentación, petición o reclamación, que se dirija a lugar distinto y se reciba por fuera horario, que se determina en el cronograma anteriormente indicado, se tendrá como no presentada y la Universidad del Norte no se obliga a tener en cuenta ni a responder, y no habrá lugar a reclamación alguna por este hecho. Por lo anterior se precisa a todos los interesados en participar en el proceso, que atiendan y respeten estrictamente las actividades, fecha y hora y lugar o medio que se consignaron en el cronograma citado. Una vez se publique el listado definitivo de admitidos y no admitidos, se indicara en www.uninorte.edu.co, el lugar exacto, dentro de las instalaciones de la carretera Puerto Colombia, donde se desarrollarán las diferentes pruebas de valoración, (escrita de conocimientos, escrita de competencia y entrevista). PRUEBAS DE VALORACIÓN De conformidad con el artículo 6º de la Resolución 165 de 2008 del DAFP, Las pruebas se valorarán en una escala de 0 a 100 puntos, cuyos resultados se ponderarán de acuerdo con el peso que se determina a continuación: Prueba de valoración. Ponderación Evaluación escrita de conocimientos 45% Prueba escrita de competencias 20% Entrevista 15% Análisis antecedentes 20%
La lista de candidatos para entregar a la Junta Directiva se elaborará en orden alfabético con quienes hayan obtenido un puntaje ponderado igual o superior a setenta (70) puntos a partir del cual, conforme a lo previsto en el artículo 72 de la ley 1438 de 2011, la Junta Directiva integrará una terna con los concursantes que hayan obtenido las tres mejores calificaciones en el proceso de selección. El nominador seleccionará en el cargo de gerente o director a quién haya alcanzado el más alto puntaje dentro de los quince (15) días siguientes a la finalización del proceso de selección. FIRMA Presidente Junta Directiva