CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO Y LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE INDUSTRIAS DE LAS ALIMENTACIÓN Y BEBIDAS



Documentos relacionados
COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

MODELO DE CONVENIO I N T E R V I E N E N

REUNIDOS: Ambas partes se reconocen entre sí la capacidad jurídica suficiente para obligarse por este Convenio y a tal efecto EXPONEN:

Consejería de Sanidad y Políticas Sociales. AGENDA DEL CAMBIO Compromiso Nº 36: Comer poco es un problema, y comer mal otro añadido

Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para la firma del presente Convenio y, en su virtud,

CONVENIO MARCO DE COLABORACiÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACiÓN A DISTANCIA (UNED) y EL COMITÉ OLlMPICO ESPAÑOL (COE)

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (A.E.A.T.) Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE HUELVA REUNIDOS

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

NORMAS PARA EL PATROCINIO COMERCIAL DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUADA DE LAS PROFESIONES SANITARIAS

1. Gestión Prevención

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS Y AMIGOS DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. REUNIDOS

ESTRATEGIA DE LA AUTORIDAD DE SALUD Y SEGURIDAD

PROTOCOLO DE COLABORACIÓN PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DE LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO REUNIDOS

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD Y MUTUA UNIVERSAL PARA PROMOVER LA SENSIBILIZACIÓN SOBRE LA

HECHOS. 23 de julio de 2009

Bases de la convocatoria Zinc Shower 2015

Marco legislativo. Objetivos generales. Objetivos específicos

Y por consiguiente los firmantes acuerdan las siguientes cláusulas: CLÁUSULAS

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Trabajos y Asuntos Sociales

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

III. Otras Resoluciones

REUNIDOS. Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto. I.

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

ACUERDO DE COLABORACIÓN PARA LA CREACIÓN DE UN PORTAL EN INTERNET DE Y PARA LOS CENTROS VASCOS (

LEY 3/1997, DE 8 DE ENERO, DE CREACIÓN DE LA AGENCIA FINANCIERA DE MADRID

- asanog@asaanog.org

REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS ENSEÑANZAS MÍNIMAS DEL SEGUNDO CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL

Comunidad, patronal y sindicatos cierran el IV Plan de Prevención de Riesgos Laborales


I. Comunidad Autónoma

Norma ISO 14001: 2015

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA Y LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES DE INTERÉS COMÚN.

gestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa

RP-CSG Fecha de aprobación

REUNIDOS EXPONEN. En Madrid, a 14 de septiembre de 2010

Programa de ayudas económicas a la realización de un plan de transporte al trabajo (PTT)

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE

PE06. RESPONSABILIDAD SOCIAL

ACUERDO ESPECÍFICO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO DE TRABAJO PENITENCIARIO Y FORMACIÓN PARA EL EMPLEO Y ECOEMBALAJES ESPAÑA S.A.

Activación Física. En el Estado de México, la población escolar no es la excepción, viéndose afectada en su desarrollo integral y su salud.

NÚMERO 212 Martes, 4 de noviembre de 2014

PROYECTO DE REGLAMENTO SOBRE LA INFORMACIÓN ALIMENTARIA FACILITADA A LOS CONSUMIDORES. CURSO DE VERANO U. COMPLUTENSE El Escorial, julio de 2011

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA SEPARACIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS EN EL SECTOR DE LA ELECTRICIDAD EN ESPAÑA. 13 de marzo de 2015

El reto de la administración: la ciencia y los ciudadanos

INTERVIENEN EXPONEN. Conforme a su disposición cuarta los citados programas en los centros escolares

En Madrid, a 23 de enero de 2007 R E U N I D O S

NORMAS REGULADORAS DEL VOLUNTARIADO SOCIAL EN EL AREA DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LAS FRANQUICIAS EN COLOMBIA

ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE. El INSTITUTO DE ESTUDIOS CAJASOL

CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO PROCONSI S.L.

EL PROGRAMA DE ATENCIÓN A FAMILIAS Y MENORES

convenios de colaboración

FUNCIONES DEL RESPONSABLE TECNICO DE IMPORTACIÓN/FABRICACIÓN DE PRODUCTOS COSMETICOS.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO MADRID EMPRENDE DEL ÁREA DE ECONOMÍA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. REF.:SGE/mj-ma REF.C.M.:

E INMIGRACION REUNIDOS

Política General de Control y Gestión de Riesgos

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Y LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Estrategia para empresas, administraciones

Dietistas. La Federación Europea de Asociaciones de Dietistas (EFAD) se fundó en Los objetivos de EFAD son:

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

La normativa reguladora que rigen las cartas de servicios son:

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES DE FORMACION PROFESIONAL. Regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

INDICADORES DE TRANSPARENCIA FUNDACIONAL QUÉ ENTENDEMOS POR FUNDACIÓN TRANSPARENTE ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES. Borrador febrero de 2015

Hábitos de vida saludables Hacia una alimentación sana

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

GESBUSA SGIIC., S.A. POLÍTICA RETRIBUTIVA

ACUERDO ENTRE COOPERATIVAS AGRO-ALIMENTARIAS Y LAS FEDERACIONES AGROALIMENTARIAS DE CC.OO

Régimen Interior. las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad, así como el personal adscrito al mismo.

CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

LA OBESIDAD INFANTIL. Al alba Empresa de Servicios Educativos

Contrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca

PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

NORMAS DE PERMANENCIA PARA LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA ÍNDICE

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4

Dirección de Compliance. Política de Gestión de Conflictos de Interés

ETAPA: ESO NIVEL: 4º ESO MATERIA: INTRODUCCION A LA GESTION COMERCIAL OBJETIVOS

I. INTRODUCCIÓN DEFINICIONES

CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A.

El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo:

REUNIDOS E X P O N E N. El presente Convenio Básico de Colaboración ha sido promovido por ambas Instituciones sobre la base de:

Enfoque de la subcontratación en PRL

Lo indicado en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás supuestos de jubilación voluntaria legalmente previstos.

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN AÑO 2014 AREA DE MATERIALES

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Nº Delegados de Prevención

DISPOSICIONES GENERALES

Transcripción:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO Y LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE INDUSTRIAS DE LAS ALIMENTACIÓN Y BEBIDAS EN RELACION CON LA ESTRATEGIA NAOS (NUTRICIÓN, ACTIVIDAD FÍSICA, PREVENCIÓN DE LA OBESIDAD Y SALUD) REUNIDOS: De una parte, Dña. Elena Salgado Méndez, Ministra de Sanidad y Consumo, nombrada en virtud del Real Decreto 558/2004, de 17 de Abril, por el que se nombran Ministros del Gobierno, haciendo uso de las facultades previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Y de otra D. Arturo Gil Pérez-Andujar, Presidente de la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (en adelante FIAB), que fue reelegido para este cargo en el Asamblea Ordinaria celebrada el 20 de Febrero de 2003, de conformidad con el poder que le otorga el Artículo 31 de los Estatutos de esta Federación. EXPONEN: - La obesidad es una enfermedad de carácter crónico y de origen multifactorial que se ha convertido en uno de los problemas de Salud Pública más preocupantes de este momento debido a su evolución ascendente, no sólo en nuestro país. La obesidad es el resultado de un incorrecto equilibrio entre ingesta/gasto, por lo que tanto la actividad física como las pautas alimentarias deben ser consideradas. - Abordar de forma eficaz el problema de la obesidad exige un enfoque multidisciplinar e integral en el que se acometan cada uno de los factores causantes y participen todas las partes implicadas.

- La OMS en su 57ª Asamblea Mundial aprobó la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud. La meta general de esta estrategia es promover y proteger la salud, orientando la creación de un entorno favorable para la adopción de medidas a escala individual, comunitaria, nacional y mundial que, en conjunto, den lugar a una reducción de la morbilidad y la mortalidad asociadas a una alimentación poco sana y a la falta de actividad física. - El Ministerio de Sanidad y Consumo ha diseñado un marco estratégico para promover una alimentación saludable y combatir el sedentarismo, lo que ha plasmado en la Estrategia Nacional para la Nutrición, Actividad Física y Prevención de la Obesidad (NAOS), en la que han participado representantes de otros Departamentos, Comunidades Autónomas, sociedades científicas, empresas de alimentación y bebidas, cadenas de restauración, urbanistas, publicistas, asociaciones de consumidores, etc., y que se presentará a principios de 2005. - La Estrategia NAOS tiene como meta disminuir la prevalencia de la obesidad y el sobrepeso y sus consecuencias, en el ámbito de la salud pública y en sus repercusiones sociales, fomentando la actividad física y la alimentación saludable. En concreto persigue: - Invertir la tendencia de la prevalencia de la obesidad, y de forma particular, de la obesidad infantil; - Promover la práctica regular de actividad física y la adquisición y mantenimiento de un patrón de alimentación saludable y equilibrada en función del gasto energético; - La FIAB, única organización empresarial de este sector industrial a nivel nacional, es consciente del esfuerzo que va a emprender la sociedad española para luchar contra la obesidad y las enfermedades derivadas de unos hábitos de vida no saludables tanto en alimentación como en actividad física. - La FIAB, consciente de la importancia de contar con una sociedad formada e informada en los temas que afectan a la alimentación y la salud, viene realizando desde hace años diversas actuaciones en la materia. Entre otras, y junto con algunas de sus asociaciones y empresas, promovió la constitución de la Fundación de la Industria de Alimentación y Bebidas, con el objetivo fundamental de mejorar la transmisión de la información a los consumidores. - La FIAB y el Ministerio de Sanidad y Consumo comparten el criterio de que no son la elaboración ni la composición de alimentos en sí mismas buenas ni malas, en relación al problema que se pretende gestionar, sino que son las dietas que se preparan, tanto en los hogares, como en la restauración individual o colectiva, las que pueden ser beneficiosas o perjudiciales. Teniendo en cuenta que toda actuación encaminada a la consecución de los objetivos citados debe basarse en los principios de evaluación científica, proporcionalidad y participación de las partes involucradas 2

ACUERDAN: 1. OBJETO El objeto del presente acuerdo es articular la colaboración entre las partes en atención a la ejecución eficaz de la Estrategia NAOS del Ministerio de Sanidad y Consumo a lo largo de los próximos años, sin que ello suponga gasto alguno. 2. COMPROMISO DE LAS PARTES Las partes se comprometen a colaborar en las siguientes áreas: A) Participación, apoyo y potenciación de la Estrategia NAOS por parte de FIAB - El Ministerio de Sanidad y Consumo promoverá y facilitará la participación de la FIAB en la Estrategia, apoyando cuantas actividades realice la FIAB en línea con la misma. Asimismo, el Ministerio de Sanidad y Consumo desarrollará sus actuaciones respetando los principios citados y teniendo en cuenta que son las dietas y estilos de vida, y no los alimentos considerados individualmente, los objetivos de la Estrategia NAOS. - La FIAB, quiere unir todos sus esfuerzos, para ayudar a la resolución del problema aún no sintiéndose responsable sino coparticipe en una de las partes, y no la más importante. Por ello, como un actor más en la parte ingesta de la ecuación ingesta/gasto, asumirá responsablemente su papel, y trabajará de forma activa en el diseño y ejecución eficaz de la Estrategia NAOS del MISACO a lo largo de los próximos años en colaboración con el resto de los actores involucrados, comprometiéndose según los términos del presente acuerdo. - La FIAB pondrá a disposición de los objetivos perseguidos el conocimiento científico y técnico de las empresas asociadas, su amplia experiencia en entender las demandas del consumidor y su capacidad de comunicar y potenciar las actuaciones derivadas de la Estrategia NAOS. B) Información al ciudadano La industria alimentaria española conoce que para luchar contra la obesidad la herramienta más importante es la educación y formación de los ciudadanos y de los prescriptores de la alimentación y siendo consciente de que la información correcta sobre nutrición, actividad física y hábitos de vida puede contribuir también a la solución, asume por ello los siguientes compromisos: - Las empresas que participan en la FIAB se comprometen a implantar la información nutricional del Grupo 1 del Real Decreto 930/92 (energía, proteínas, hidratos de carbono, grasas) en sus unidades de venta a partir del año 2005, aunque no sea exigido por la legislación vigente. 3

De acuerdo con este compromiso, a partir del mes de Julio de 2005 todas las nuevas órdenes de etiquetado se darán de manera que éste incluya el etiquetado nutricional citado. En los productos en los que esto no sea técnicamente posible, la información nutricional se mantendrá viva en internet, a través de la pagina web de la empresa correspondiente y/o de un servicio especial de información nutricional cuya creación promoverá la FIAB en el portal (www.informacionconsumidor.com) de la Fundación IAB. - FIAB fomentará la incorporación progresiva del etiquetado nutricional completo grupo 1 + 2 del Real Decreto 930/92 (energía, proteína, hidratos de carbono, azúcar, grasas, ácidos grasos saturados, fibra, sodio) en los productos para los que tal información sea relevante. - La FIAB elaborará en el 2005 una Guía para facilitar al ciudadano la comprensión del etiquetado nutricional de forma que le sea útil para realizar la elección de los productos cuyo consumo le proporcione una dieta variada y equilibrada. - La FIAB colaborará con las Autoridades competentes en la revisión de la normativa europea de etiquetado nutricional, buscando que la información que se proporcione tenga más significado para el consumidor. - La FIAB diseñará, editará y ejecutará diversos instrumentos informativos (folletos, etc.) sobre la dieta, actividad física y salud, destinados a los ciudadanos. En concreto trabajará en: Folleto informativo SUMA-SALUD (contendrá consejos básicos sobre actividad física y nutrición para mejorar y corregir hábitos de vida). Folleto informativo sobre SAL/SODIO (se establecerán las pautas de consumo aconsejadas, se aplicará su utilidad y se orientará sobre cómo el ciudadano puede calcular y reducir, si procede, su ingesta de sal). En estas acciones, la FIAB buscará la necesaria base científica para el contenido de la información y la participación de las asociaciones de consumidores en la elaboración de los instrumentos informativos a través del Consorcio para la Información al Consumidor. La difusión del material informativo se realizará a través los medios de dichas asociaciones y utilizando otros medios que estén al alcance de FIAB. - Las empresas que participan en la FIAB tendrán a disposición de las Autoridades competentes, cuando éstas lo soliciten, los datos relevantes sobre la información nutricional de los alimentos. 4

C) Composición de Productos - La FIAB instará a las empresas de la industria alimentaria a que reduzcan la cantidad de sodio, grasas y azúcares en los productos en los que sea tecnológicamente posible, seguro, aceptable por el consumidor y acorde con la normativa vigente. - La FIAB instará a las empresas de la industria alimentaria a la extensión de la comercialización de gamas de productos bajos en sodio, grasas y azúcares. - La FIAB elaborará, para su presentación a finales del primer trimestre del año 2005, un plan de disminuciones de la presencia de sodio en aquellos alimentos que más lo aporten a la ingesta de los españoles. Se buscará específicamente que en algunos productos, la reducción alcance como mínimo un 10% en cinco años, pudiéndose superar tal porcentaje en aquellos productos en los que sea tecnológicamente factible. - En la medida que tecnológicamente sea posible, la FIAB promoverá que en los productos destinados a alimentación de los niños menores de 12 años a los que se añada grasa, está contenga en lo posible una alta proporción de ácidos grasos insaturados y una baja proporción de ácidos grasos trans. En un análisis posterior a medio y largo plazo, se buscará nuevas vías para ir sustituyendo las grasas saturadas por otras grasas insaturadas. - La FIAB se compromete a que los diferentes sectores vayan analizando la posibilidad de reducir el contenido en grasas de sus fabricados. En ese sentido, se constituirán Grupos de Trabajo de Tecnólogos, para conocer, investigar y aplicar las posibilidades tecnológicas de ir sustituyendo los componentes grasos, o reduciendo su presencia. Este grupo también analizará, con la colaboración de expertos del Ministerio de Sanidad y Consumo, las necesarias modificaciones de la legislación vigente que, en determinados productos, obliga a cumplir unos requisitos mínimos de contenido graso u otros condicionantes que dificultan su reducción. - La FIAB se compromete a tener como prioridad la reducción paulatina del aporte calórico de los productos alimenticios y fomentar la búsqueda de soluciones tecnológicas para ello. - En línea con la prioridad citada las empresas que participan en FIAB estudiarán el uso de porciones de forma que no fomenten un consumo excesivo de calorías. - FIAB elaborará y difundirá recomendaciones destinadas a las PYMES y a los Departamentos de I+D de las empresas, explicando la dimensión del problema de la obesidad, la necesidad de incluirlo como elemento a tener en cuenta en las actuaciones de I+D de las empresas, y en la mejora de las características nutricionales de los productos y sistemas de producción. 5

D) Marketing y Publicidad - La FIAB creará un código de autorregulación de la publicidad y promociones de alimentos, relacionado con la Estrategia NAOS, cuya aprobación se hará a finales del primer trimestre de 2005, para su aplicación a lo largo del año. El código contemplará especialmente publicidad y promociones destinadas a niños menores de 12 años. El código fomentará dietas equilibradas y hábitos saludables, actividad física y ocio activo en contra del sedentarismo, e incidirá específicamente en los siguientes aspectos: presentación de los productos, presión de ventas, utilización de personajes, utilización de telepromociones, publicidad de promociones y educación e información nutricional, centrándose, por tanto, en regular los contenidos publicitarios en vez de limitar la publicidad de algunos alimentos frente a otros. Se estudiará la posibilidad de contemplar aportaciones económicas adicionales en el caso de no acogerse a lo que se prescriba. Las aportaciones económicas recaudadas se invertirán en campañas de información y formación que ejecutará la Fundación IAB. La FIAB trabajará en colaboración con la AESA para que la vigilancia y el cumplimiento del código sea asegurada por un tercero independiente. E) Educación - La industria alimentaria española es consciente de que la Estrategia NAOS sólo puede tener éxito si se moviliza a la totalidad de la sociedad, especialmente, en los dos objetivos de una mayor educación nutricional de todos los ciudadanos y de un fomento claro de la ejecución del deporte y de la actividad física. - La FIAB incentivará, coadyuvará, colaborará y tomará iniciativas junto con las Asociaciones de Consumidores y otros colectivos ciudadanos, para un mejor conocimiento de los aspectos nutricionales y de todo orden ligados a una vida sana. - FIAB se compromete a participar, potenciar, difundir y apoyar todas aquellas actividades y campañas de educación pública sobre estilos de vida, nutrición, actividad física y salud que el Ministerio de Sanidad y Consumo realice. - La FIAB contribuirá al conocimiento y difusión de las iniciativas que la Fundación de la Industria de Alimentación y Bebidas ponga en marcha en esta área a través de la realización de campañas, actividades y acciones concretas, apoyando a la Fundación en la correcta ejecución de las mismas. F) Observatorio de la Obesidad - El Ministerio de Sanidad y Consumo creará, de acuerdo con la Estrategia NAOS, un observatorio de la obesidad, científico e independiente que conozca los datos y 6

cifras del problema y su evolución y evalúe la eficacia de las actuaciones emprendidas, por parte de todos los grupos de la Estrategia NAOS. - La FIAB se compromete a colaborar con el Ministerio en la puesta en marcha de este observatorio. G) Patrocinios La Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas y las empresas que en ella participan, fomentarán y coadyuvarán a la realización de eventos deportivos, promoción del deporte, concesión de material y fomento de la actividad física, especialmente en edades infantiles y juveniles. H) Logotipo identificativo de la Estrategia NAOS El Ministerio de Sanidad y Consumo estudiará la posibilidad de crear un símbolo identificativo relacionado con la Estrategia NAOS que pueda asociarse a los esfuerzos realizados en línea con la Estrategia. 3. SEGUIMIENTO DEL CONVENIO Para la aplicación, seguimiento e interpretación del convenio se creará una Comisión Paritaria, a la que corresponderá resolver las cuestiones que se planteen en la interpretación y ejecución del convenio. Esta Comisión recibirá de las partes un informe semestral de la marcha de las actividades, y en particular, establecerá el sistema a través del cual la Asociación firmante justificará las actuaciones que se han desarrollado fruto del presente convenio. La Comisión remitirá anualmente un informe al Observatorio de la Obesidad, previsto en la Estrategia NAOS. 4. DURACIÓN DEL CONVENIO El presente convenio tendrá una duración de cinco años a contar desde la fecha de su firma. No obstante, las Partes, de mutuo acuerdo, podrán acordar su prórroga o modificación, formalizando a tal efecto, con anterioridad a la fecha de vencimiento del Acuerdo, la oportuna Cláusula Adicional o Addenda, con las condiciones de la prórroga o modificación. 5. EXTINCIÓN DEL CONVENIO Será causa de extinción del presente convenio el incumplimiento de sus objetivos, la imposibilidad sobrevenida de su realización y su disolución por acuerdo de una de las partes, previa comunicación y audiencia de la otra, al menos con un mes de antelación. 7

6. EVALUACIÓN ECONÓMICA El presente Convenio Marco de Colaboración no comportará ningún tipo de contraprestación económica para el Ministerio de Sanidad y Consumo, ni para la Agencia Española de Seguridad Alimentaria. 7. RÉGIMEN JURÍDICO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. El presente convenio tiene la naturaleza de los previstos en el Artículo 3.1.d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera de su ámbito, sin perjuicio de los principios y criterios que lo informan para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en su interpretación o aplicación. Las partes se comprometen a solventar amistosamente las cuestiones litigiosas a que puede dar lugar la interpretación y cumplimiento del presente Convenio. En su defecto, las citadas controversias serán sometidas al conocimiento y resolución de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción. Y en prueba de conformidad de lo anteriormente expuesto, así como para su debida constancia, las partes firman el presente Convenio Marco por triplicado en lugar y fecha indicados de principio. En Madrid, a 9 de febrero de 2005. 8