A los Directores de los Centros A los administradores de los Centros. Zaragoza, 22 de julio de 2016.

Documentos relacionados
I. Comunidad Autónoma

NUEVAS INSTRUCCIONES DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS 13 Y 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016

PROGRAMAS DE APRENDIZAJE BÁSICO

APLICACIÓN DE LA LEY DE TRANSPARENCIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

ANEXO 1 SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN / COMUNICACIÓN DE PRECIOS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y SERVICIOS ESCOLARES Y ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

SOLICITUD DE FINANCIACIÓN DE PLAZAS EN CAMPAMENTO DE VERANO 2016 PARA ASOCIACIONES JUVENILES

CALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente, DISPONGO

ORDEN ESS/41/2015, de 12 de enero

Calendario escolar

Núm Boletín Oficial de Aragón

AYUNTAMIENTO DE MARTOS (JAÉN)

En el presente artículo analizamos los principales requisitos para optar a esta modalidad, las condiciones y el procedimiento para llevarla a cabo.

ENTRADA DE DOCUMENTOS A TRAVES DEL CORREO CERTIFICADO

2.2. Ayudas de comedor.

Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

DOCUMENTOS INSTITUCIONALES

A LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y EMPLEO DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA COMUNIDAD DE MADRID

Programa para la Mejora del Éxito Educativo

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES

OJO ANEXO C 5 PAGINAS (4)

ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA.

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE REGULAR DE USO ESPECIAL Procedimiento 585

Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo Servicios y Actividades Página 1

I. Comunidad Autónoma

INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012

I ASAMBLEA DE DIRECTORES CURSO 2016/2017

DOCUMENTOS COMUNES PARA TODOS LOS LICITADORES

INSTRUCCIONES. Primera Ámbito de aplicación

Reunión Informativa PCI 2010

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA COLABORAR CON LOS GASTOS DE VIVIENDA HABITUAL EN PROPIEDAD

DIRECTRICES SOBRE LA AUTORIZACIÓN, APROBACIÓN Y PAGO DE LA JORNADA EXTRAORDINARIA EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Expedición de certificados.

INSTRUCCIONES REGULADORAS DE LA REALIZACIÓN DE APOYOS EN FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL CURSO

SOLICITUD DE SUBVENCIONES DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DESTINADAS AL BONO SOCIAL DEPORTIVO (AÑO 2016).

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA

ANTECEDENTES DE HECHO

INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR PERMISO DE ASISTENCIA A ACTIVIDADES DE FORMACIÓN Y COBRO DE INDEMNIZACIONES POR DESPLAZAMIENTO

Las competencias municipales propias: el deporte local noviembre de 2014

4. PRECIOS PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES

(Acceda a estos formularios en formato Excel en Instrucciones para confeccionar la Declaración Jurada Nº 1832

RESUELVE. Primero. Características específicas del proyecto

Instituto Aragonés de Estadística / Análisis sociales, Justicia, Cultura y Deporte/ Cultura/ Estadística de bibliotecas escolares

Estas acciones deberán desarrollarse hasta el 15 de diciembre de 2007 y el ámbito de aplicación será el territorio aragonés.

REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

EL ALUMNADO DEBE ASISTIR A CLASE Y DEMÁS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN DE LOS MÓDULOS CUYA CONVALIDACIÓN HA SOLICITADO.

CONCEPTO FAVORABLE PARA LA OPERACIÓN DE UN JUEGO DE SUERTE Y AZAR EN LA MODALIDAD DE PROMOCIÓN

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON MESAS Y SILLAS

Refª.: Circular DJ 23/2013 A los Titulares de Centros. Directores de Centros. Junta Directiva EE.CC.Andalucía Asesores Jurídicos

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

FICHA DE PROCESO. Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Gestión Ambiental

GUIA DE PETICIÓN DE CAMBIO DE JORNADA ESCOLAR PARA EL CURSO 2008/09: JORNADA CONTINUADA

Calendario escolar

Informe jurídico de la FAPA sobre el derecho a obtener copia de los exámenes y otros documentos que formen parte del expediente académico de un/a

ANTECEDENTES DE HECHO

COMUNICACION INTERNA N

ASUNTO: EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS

TEMA 6. LIQUIDACIÓN Y RECAUDACIÓN SUPUESTOS PRÁCTICOS CONCEPTO BASE DE DATOS REGLAS GENERALES REGLAS PARA IMPORTACIONES.

N. I / ), 320/ ). - - * * * - * * * * * * 1º 200. * 2º 200. * 3º : 200.

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores

ANEXO I CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DE CANARIAS 1. LA AUTONOMÍA DE LOS CENTROS Y PROCESOS DE MEJORA

TÍTULO V. FASES DE CONVENIO O DE LIQUIDACIÓN

SR. PRESIDENTE DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

SERVICIOS PÚBLICOS E INTERMEDIOS. Formularios y documentos para Servicios de Telecomunicaciones Públicos e Intermedios. Anexos

Ficha de Solicitud de Acreditación como Aplicación de Software (SW)

PRUEBAS LIBRES PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

RESOLUCION GENERAL Nº 1583

INFORME SOBRE CONSULTA URBANÍSTICA

la presentación de solicitudes, escritos, documentos y comunicaciones por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES

Ayuntamiento de Aracena. Plaza de Santa Catalina S/N, Aracena Huelva. Tfno Fax:

D., mayor de edad, vecino de con domicilio en provisto de D.N.I nº.: y con le numero de Tlno:.

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO. NIF CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario

a).-tratándose de la concesión de nuevas utilizaciones o aprovechamientos de la vía pública, en el momento de solicitar la correspondiente licencia.

BORRADOR INICIAL DISPONGO

Núm Boletín Oficial de Aragón

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA

Asunción, Paraguay Marzo 2016

Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME

REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS

09/10 ESCOLAR ACTIVIDADES DEPORTIVAS.

MODELO SOLICITUD SUBVENCIÓN GASTOS DE FUNCIONAMIENTO SAN PABLO-SANTA JUSTA 2016 DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

SOLICITUD DE RESERVA DE PLAZA PARA EL CURSO 20 / 20

DECRETO SUPREMO Nº MTC

AYUNTAMIENTO DE OLIVENZA (BADAJOZ)

PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO ESCOLAR EN CENTROS DE EDUCACIÓN PRIMARIA

CURSO FEDERATIVO ENTRENADOR TERRITORIAL DE FÚTBOL SALA, NIVEL-2 TEMPORADA 2013/2014

Segundo. Crédito por centro y adquisición de los libros de texto y material didáctico.

Aprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1

PROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DE ÁREA DE CONOCIMIENTO DEL PERSONAL DOCENTE FUNCIONARIO Y LABORAL PERMANENTE DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

PROYECTO DE CIRCULAR XX/2008, DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, DE XX DE XX, SOBRE EL CONTENIDO DEL INFORME SEMESTRAL DE

PREGUNTAS FRECUENTES CONVENIOS

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles 30 de marzo de 2016

Informe 8/2009, de 29 de abril, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

MODELO SOLICITUD SUBVENCIÓN GASTOS FUNCIONAMIENTO SAN PABLO-SANTA JUSTA 2015

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

Transcripción:

A los Directores de los Centros A los administradores de los Centros Zaragoza, 22 de julio de 2016. INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN ACADÉMICA, SOBRE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LOS CENTROS CONCERTADOS PARA EL CURSO 2016/17 Estimada/o amiga/o: En los próximos días vas a recibir desde el Servicio Provincial unas Instrucciones, cuya copia adjuntamos, suscritas por el Director General de Planificación y Formación Profesional del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, sobre actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios complementarios de los centros concertados para el curso 2016/17, que desarrollan lo previsto en el artículo 51 de la LODE y en el Real Decreto 1.694/1.995, de 20 de octubre, por el que se regulan las actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios complementarios de los centros concertados, y que, como ya ocurrió el pasado curso. A estos efectos, procedemos a recordarte lo que establece la normativa a propósito de las actividades extraescolares, actividades complementarias y servicios complementarios. 1.- CONCEPTOS El Real Decreto citado establece las siguientes definiciones respecto de los conceptos anteriormente indicados: Actividades escolares complementarias: 1

o Son las establecidas por el centro con carácter no lucrativo, dentro del horario de permanencia obligada de los alumnos en el mismo y como complemento de la actividad escolar en las que pueda participar el conjunto de los alumnos del grupo, curso, ciclo, etapa o nivel (art. 2.1 del RD 1.694/95 y art. 51.2 de la LODE). En este ámbito quedarían comprendidas por ej. las salidas de los alumnos a museos, exposiciones o Se efectuarán de conformidad con las directrices que establezca el Consejo Escolar y formarán parte de la Programación General Anual del centro (art. 2.2 del RD 1.694/95). o Los precios a percibir por dichas actividades serán aprobados por el Consejo Escolar (art. 57.g de la LODE). o Dichos precios deberán ser comunicados a la Administración para que sean AUTORIZADOS por la misma (art. 51.2 y 57.g) de la LODE) por lo que será necesario que presentes antes del 30 de septiembre, ante el Servicio Provincial de Educación, conforme al modelo que adjuntamos, la relación de actividades complementarias que se van a realizar en tu Centro para su AUTORIZACIÓN por parte del mismo Actividades extraescolares: o Son las actividades establecidas por el centro que se realicen en el intervalo de tiempo comprendido entre la sesión de mañana y de tarde del horario de permanencia en el mismo de los alumnos, así como las que se realicen antes o después del citado horario, dirigidas a los alumnos del centro (art. 3.1º párrafo del RD 1.694/95). o No podrán contener enseñanzas incluidas en la programación docente de cada curso (artículo 3.2º párrafo del RD 1.694/95). o Tendrán carácter voluntario o Las percepciones por dichas actividades, que tendrán carácter no lucrativo, serán fijadas por el Consejo Escolar del Centro a propuesta del titular del Centro (art. 3.3 º párrafo del RD 1.694/95), debiendo comunicar la denominación y breve descripción de la actividad, el grupo, curso, ciclo o nivel educativo de los alumnos al que va dirigida, la fecha y horario de realización y la cuota, y en su caso, periodicidad de la misma (mensual, trimestral, etc) a la Administración (art. 51.3 de la LODE). 2

o En este sentido es importante resaltar que la Administración no autoriza las cuotas a cobrar, siendo el Consejo Escolar el órgano encargado de aprobar los precios, debiendo simplemente comunicar dicha circunstancia a la Administración. o El cobro de las cuotas de las actividades complementarias y de las actividades extraescolares podrá contribuir al mantenimiento y mejora de las instalaciones (art. 51.3.in fine de la LODE). Servicios complementarios: o Son servicios complementarios de los centros el comedor, el transporte escolar, el gabinete médico o cualquier otro de naturaleza análoga (art. 4.1 del RD 1.694/95). o En este sentido, en las Instrucciones que vas a recibir, expresamente se indica que Se consideran como tales, el comedor y el transporte escolar, los correspondientes a los gabinetes médicos y otros de carácter similar. A estos efectos, tendrán el carácter de servicios complementarios los servicios de comunicación digital a las familias, el material complementario y la ampliación de cobertura civil y de accidentes individuales. o Recordarás que a comienzo del curso anterior desde la Dirección General de Planificación y Formación Profesional se dictaron unas Instrucciones en virtud de las cuales, el GABINETE PSICOPEDAGÓGICO DEJABA DE TENER LA NATURALEZA DE SERVICIO COMPLEMENTARIO, habiéndose suprimido por ello en estas Instrucciones. En consecuencia PODRÁS PERCIBIR CANTIDADES POR LOS MATERIALES, RECURSOS O APLICACIÓN INFORMÁTICAS DESTINADAS A ESTE SERVICIO, DEBIENDO IMPUTAR ESTAS CANTIDADES AL SERVICIO COMPLEMENTARIO DE MATERIAL COMPLEMENTARIO, YA QUE LA ADMINISTRACIÓN NO VA A CONSIDERAR EL GABINETE PSICOPEDAGÓGICO COMO SERVICIO COMPLEMENTARIO. 3

De esta forma, entendemos que es conforme a Derecho aprobar una cantidad en concepto de material complementario ordinario y otro en concepto de material complementario para el gabinete psicopedagógico, recordando en ambos casos, que tienen carácter voluntario. o TENDRÁN CARÁCTER VOLUNTARIO, de ahí la necesidad de que las familias cumplimenten el correspondiente documento que acredite tal voluntariedad, remitiéndote al efecto al contrato de matrícula que ya te enviamos el pasado mes de abril. o El establecimiento de percepciones por la prestación de servicios requerirá la aprobación del Consejo Escolar del Centro (art. 57.i) LODE) y su COMUNICACIÓN al Servicio Provincial de Educación, previa aprobación, a propuesta de la titularidad, del Consejo Escolar (art. 57.i de la LODE). o De la misma forma, las Instrucciones establecen que, de acuerdo con el artículo 51.4 de la LODE, el cobro de las actividades extraescolares y de los servicios complementarios, PODRÁN CONTRIBUIR AL MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LAS INSTALACIONES 2. PLAZO Antes del 30 DE SEPTIEMBRE, y una vez que hayas recibido desde el Servicio Provincial las Instrucciones citadas en esta Circular, los Centros deberán comunicar al Servicio Provincial las actividades extraescolares y los servicios complementarios y, además las actividades complementarias para su autorización en los casos que proceda, adjuntando para ello certificado del Consejo Escolar en el que se recojan todos los extremos anteriormente indicados. Como escrito de presentación ante la Administración puedes utilizar para cada caso, lo que adjuntamos con esta circular. 4

3.- PARTICULARIDADES DE CADA UNO DE LOS CONCEPTOS Como ya se ha subrayado en cada uno de los conceptos descritos, sin perjuicio de las características de cada uno de ellos, y la necesidad de solicitar la preceptiva autorización o comunicar a la Administración, debemos resaltar: a) ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS: Que los precios de las actividades complementarias deben ser AUTORIZADOS por la Administración, no bastando con la mera comunicación a través de la PGA, en la que se anuncian las actividades que se van realizar a lo largo del curso (salidas, visitas ), desglosándolas por cursos y niveles, SIENDO NECESARIA LA AUTORIZACIÓN DE LOS PRECIOS que dichas actividades van a suponer, realizando al efecto, una estimación si en cursos anteriores ya las hemos realizado, o en su defecto, realizando la oportuno valoración, debiendo ser aprobados previamente por el Consejo Escolar. b) ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES: NO PODRÁN TENER CONTENIDO CURRICULAR., por lo que evidentemente, no podrá comunicarse a la Administración actividades extraescolares con la denominación inglés, dibujo o cualquier otra de la que se pudiera deducir que dicha actividad tiene contenido curricular, ya que en tal caso, existe un riesgo evidente de que pueda ser denegada. c) SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, como venimos repitiendo desde hace varios cursos, tienen tal consideración el comedor, el transporte, el gabinete médico y en la Comunidad Autónoma de Aragón, con el fin de dotar de naturaleza jurídica el cobro por determinados conceptos que se venían percibiendo en los Centros se introdujeron los siguientes conceptos que tienen por ello, la condición de Servicios Complementarios: La comunicación digital a las familias EL MATERIAL COMPLEMENTARIO, en el que tendrás que incluir el destinado al GABINETE PSICOPEDAGÓGICO, en caso de que cuentes con este servicio La ampliación de cobertura civil y de accidentes individuales. 5

En consecuencia, estos tres conceptos, al igual que el comedor o el transporte, tienen carácter VOLUNTARIO, por lo que por ellos, no se puede cobrar de manera indiscriminada a todas las familias, DEBIENDO MANIFESTAR DE MANERA INDIVIDUALIZADA SU VOLUNTAD DE PAGO, sin perjuicio de que si así no lo hacen en el caso del material complementario, cada vez que haya que utilizar un material se le puede indicar que debe abonarlo en ese momento o invitarle a que lo compre y lo traiga cuando se desarrolle la actividad. EN ESTE SENTIDO, SI SE VA A COBRAR POR ALGUNO DE ESTOS SERVICIOS, RESULTA NECESARIO QUE LAS FAMILIAS SUSCRIBAN EL OPORTUNO DOCUMENTO EN EL QUE ACEPTEN, SALVO MANIFESTACIÓN EN CONTRA, EL ABONO DE LA CANTIDAD APROBADA POR EL CONSEJO ESCOLAR, CON LA PERIODICIDAD QUE SE INDIQUE, EN CONCEPTO DE MATERIAL COMPLEMENTARIO, COMUNICACIÓN DIGITAL A LAS FAMILIAS Y/O AMPLIACIÓN DE COBERTURA CIVIL Y DE ACCIDENTES INDIVIDUALES, DEBIENDO DESGLOSAR CADA UNO DE ESTOS CONCEPTOS. Sin otro particular, recibe un cordial saludo, Consuelo Sainz Maisonnave José Luis Sampériz Cinca Presidenta Autonómica FERE-CECA-EyG ARAGÓN Secretario Autonómico FERE-CECA-EyG ARAGÓN 6

(Membrete del Centro) Actividades Extraescolares AL SERVICIO PROVINCIAL DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN DON/DOÑA, mayor de edad, provisto del Documento Nacional de Identidad número, en nombre y representación del COLEGIO, con domicilio en, calle, nº, ante la Directora del Servicio Provincial de comparezco y como mejor en Derecho proceda, DIGO: Que al amparo de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1.694/1.995, por el que se regulan las actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios complementarios de los centros concertados, en relación con el artículo 51 de la LODE y con las Instrucciones de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional sobre actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios complementarios de los centros concertados para el curso 2016/17, COMUNICO a la Administración que en sesión celebrada por el Consejo Escolar del centro el pasado de de 2016, y según certificado de la misma, que se acompaña al presente escrito, las actividades extraescolares que se van a impartir en este Colegio durante el curso 2016/17 serán las siguientes DENOMINACIÓN CURSO Y NIVEL FECHA Y HORARIO DE REALIZACIÓN CUOTA APROBADA 7

En este sentido, acompañamos con el presente escrito una breve descripción de las actividades anteriormente citadas. Por lo expuesto, A LA DIRECTORA DEL SERVICIO PROVINCIAL DE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN SUPLICO que teniendo por presentado este escrito con su copia y documentación que se acompaña, se sirva admitirlo, y en su virtud, tenga por comunicados los extremos que en el mismo se indican., a de de 2016 (Firma y sello). ---------------------------------------------------------------------------------------------------- (Membrete del Centro) Actividades Complementarias AL SERVICIO PROVINCIAL DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN DON/DOÑA, mayor de edad, provisto del Documento Nacional de Identidad número, en nombre y representación del COLEGIO, con domicilio en, calle, nº, ante la Directora del Servicio Provincial de comparezco y como mejor en Derecho proceda, DIGO: Que al amparo de lo previsto en el artículo 51 de la LODE, en relación con las Instrucciones de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional sobre actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios complementarios de los 8

centros concertados para el curso 2016/17 solicito la AUTORIZACIÓN de las cuotas de las actividades complementarias, que fueron aprobadas en sesión celebrada por el Consejo Escolar del centro el pasado de de 2016, según certificado de la misma, que se acompaña al presente escrito: DENOMINACIÓN CURSO Y NIVEL CUOTA Por lo expuesto, A LA DIRECTORA DEL SERVICIO PROVINCIAL DE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN SUPLICO que teniendo por presentado este escrito con su copia y documentación que se acompaña, se sirva admitirlo, y en su virtud, acuerde la autorización de las cuotas indicadas para cada una de las actividades complementarias que se relacionan en el mismo., a de de 2016 (Firma y sello). (Membrete del Centro) 9

Servicios Complementarios AL SERVICIO PROVINCIAL DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN DON/DOÑA, mayor de edad, provisto del Documento Nacional de Identidad número, en nombre y representación del COLEGIO, con domicilio en, calle, nº, ante la Directora del Servicio Provincial de comparezco y como mejor en Derecho proceda, DIGO: Que al amparo de lo previsto en la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 23 de enero de 2007, en relación con el artículo 51 de la LODE y con las Instrucciones de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional sobre actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios complementarios de los centros concertados para el curso 2016/17, mediante el presente escrito COMUNICO las cuotas de las servicios complementarios que fueron aprobadas en sesión celebrada por el Consejo Escolar del centro el pasado de de 2016, según certificado de la misma, que se acompaña al presente escrito se indican a continuación: DENOMINACIÓN Comedor Transporte Gabinete Médico Gabinete Psicopedagógico Comunicación Digital a las familias Material complementario Material complementario para el gabinete psicopedagógico Ampliación de cobertura civil y de accidentes individuales CUOTA Por lo expuesto, A LA DIRECTORA DEL SERVICIO PROVINCIAL DE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN SUPLICO que teniendo por presentado este escrito con su copia y documentación que se acompaña, se sirva admitirlo, y en su virtud, tenga por comunicadas las cuotas indicadas para cada uno de los servicios complementarios que se relacionan en el mismo., a de de 2016 (Firma y sello) 10