CIRCULAR DAFyD Nº 36/14 Buenos Aires, 07 de mayo de 2014 INCORPORACIÓN AL SISTEMA ÚNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES (SUAF) - S PÚBLICOS NACIONALES REEMPLAZA A LA CIRCULAR DAFyD Nº 09/14 La presente tiene por objeto informar que a partir de ENERO de 2014 en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Nº 1668/12 han sido formalmente incorporadas al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) los siguientes Organismos: 30-50001138-2 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA DEPARTAMENTO EXPLOTACION DE CAMPOS LEY 14147 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA Para llevar a cabo la incorporación, esta Dirección ha trabajado conjuntamente con la Dirección Unidad Central de Apoyo y se ha notificando a los Organismos Públicos alcanzados por el artículo 6º del Decreto Nº 1668/12 acerca de su formal incorporación a partir del mes de Enero de 2014, como así también de los requisitos y documentación que deben presentar. Asimismo, se han mantenido reuniones con los representantes de cada Organismos a fin de asesorarlos y responderles todas las inquietudes que tuvieran con relación a esta incorporación. Al respecto se les ha solicitado cumplir con los siguientes requisitos: 1. Notificar a todos sus trabajadores, tengan o no cargas de familia las normas del Régimen de Asignaciones Familiares dentro de los 10 días hábiles del mes de su incorporación o del ingreso de un nuevo trabajador, mediante el Formulario PS 2.61 Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares Sistema Único de Asignaciones Familiares.
2. Transmitir a través del Programa de Simplificación Registral (PSR) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) o tramitar ante las dependencias de ANSES, toda alta, baja o modificación de información relacionada con los datos del trabajador, sus vínculos familiares, la CBU (Clave Bancaria Única) de la cuenta sueldo o Boca de Pago (Banco o Correo para el cobro a través de ventanilla) donde el trabajador recibirá el pago de las Asignaciones Familiares; y todas las novedades que pudieran surgir del trabajador o su grupo familiar, como aquellas que emerjan de la relación laboral con un nuevo trabajador, debiendo obrar en el legajo personal de cada empleado la documentación de respaldo que avale la veracidad de la información transmitida. Se les hizo saber además que, si la tramitación de los vínculos familiares es efectuada ante las dependencias de ANSES por el Organismo, éste deberá presentar la documentación de respaldo en copia certificada por el funcionario público del Organismo; en cambio si la presentación la realiza el trabajador, éste deberá concurrir con original y copia de la misma. Para que los trabajadores no se vean perjudicados en el mes de incorporación y no sientan el desfasaje que se produce cuando el Organismo se incorpora a SUAF, se realizará lo siguiente: Si bien la incorporación formal se efectuará con el devengado Enero 2014, para que el sistema SUAF liquide un complemento se ha dado de alta a los Organismos en el devengado Diciembre 2013 a fin de que los trabajadores puedan percibirlo en el mes de Febrero 2014. Este complemento se liquidará a aquellos trabajadores con derecho al cobro de Asignaciones Familiares por Hijo, Hijo con Discapacidad y/o Prenatal y consistirá en la liquidación de un monto igual a las mencionadas asignaciones que se adelantará en el mes de febrero por única vez y que será descontado cuando el trabajador finalice su relación laboral con el Organismo. Los organismos deben presentar en una UDAI o en la Dirección Unidad Central de Apoyo los Oficios Judiciales que ordenen pago de asignaciones familiares. ASIGNACIÓN POR MATERNIDAD Se notificó únicamente al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA 30-50001138-2 que: Si contara con trabajadoras que se encuentran gozando su Licencia por Maternidad / Maternidad Down o inician su Licencia por Maternidad / Maternidad Down en el mes de Enero de 2014, ese Organismo deberá continuar abonando, únicamente a esas trabajadoras, la Asignación Familiar por Maternidad o Maternidad Down según corresponda, hasta el período de finalización de las respectivas Licencias, dado que ANSES liquidará las restantes Asignaciones Familiares a las que la trabajadora tenga derecho. Se aclaró además que ANSES comenzará a liquidar la Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down, a aquellas trabajadoras que inicien su
licencia a partir del mes de Febrero de 2014, para lo cual las trabajadoras deberán presentar el formulario de solicitud en tiempo y forma. IMPORTANTE: respecto a la Asignación Familiar por Maternidad de las trabajadoras de los Organismos de Defensa y Seguridad, de los cuales algunos han sido incorporados desde 01/2014 y los que se incorporarán paulatinamente, no tendrán derecho al cobro de dicha asignación a través de ANSES, dado que las trabajadoras dependientes de estos Organismos, si bien gozan de la licencia por maternidad, en dichos períodos perciben su sueldo habitual por parte del Organismo. A continuación se detallan los Organismos que a la fecha se encuentran alcanzados por esta situación: DEPARTAMENTO EXPLOTACION DE CAMPOS LEY 14147 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA 33-62830272-9 FUERZA AEREA ARGENTINA (Circular DAFyD Nº 32/14) 30-54669426-3 GENDARMERIA NACIONAL (Circular DAFyD Nº 32/14) 30-62405191-9 ARGENTINA (Circular DAFyD Nº 32/14) 30-54669471-9 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (Circular DAFyD Nº 32/14) Por lo expuesto, en caso de recibir alguna solicitud de la asignación por Maternidad/Maternidad Down de trabajadoras dependientes de los detallados: Si el se encuentra incorporado a SUAF: la aplicación on line de la carga de Maternidad/Maternidad Down se encuentra adaptada para esta validación, emitiendo al momento de la registración la leyenda denegatoria MATERNIDAD X ORG. PUB. (MATERNIDAD POR PÚBLICO). Si el aún no se encuentra incorporado a SUAF: la aplicación on line de la carga de Maternidad/Maternidad Down NO denegará el trámite, por lo que se deberá verificar previo a la carga que se trate de uno de los aún no incorporados (resaltados en amarillo).
En todos los casos se deberá informar a quien presente la solicitud que no corresponde que las trabajadoras de estos Organismos perciban la Asignación Familiar por Maternidad/Maternidad Down a través de ANSES y que deberán dirigirse al Organismo al cual pertenece. ASIGNACIÓN POR PRENATAL (cuando existan cuotas abonadas por el Organismo antes de su incorporación a SUAF)) En cuanto a la Asignación por Prenatal se informa que, si alguno de los Organismos incorporados a SUAF en 01/2014, hubiera abonado cuotas de esta asignación hasta 12/2013 inclusive, o en el caso de Organismos próximos a incorporar que hubieran abonado esta asignación hasta el mes anterior al de la incorporación, el Rubro 4 del Formulario PS.2.55 deberá encontrarse cumplimentado por el Organismo indicando la cantidad de cuotas abonadas, a fin de que ANSES liquide las cuotas restantes. En estos casos se deberá acompañar al Formulario PS.2.55, una copia del Certificado Médico, certificada por funcionario público del Organismo. con el cual abonó dichas cuotas. Se aclara que en estos casos el Certificado Médico no tiene vencimiento, dado que el/la trabajador/ra declaró oportunamente el estado de embarazo propio o de su cónyuge o conviviente, ante el Organismo. Independientemente de la fecha del turno o en la que se presente el/la trabajador/a, el trámite de ALTA de la novedad PRENATAL deberá registrarse con la Fecha de Presentación del mes de incorporación del Organismo en SUAF. Ejemplo: si el mes de incorporación a SUAF es 01/2014 y la fecha de turno fuera 11/03/2014, se deberá consignar como Fecha de Presentación: 01/01/2014 Asignación Familiar por Nacimiento / Matrimonio y Adopción Siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente, corresponde el pago de la Asignación Familiar por Nacimiento / Matrimonio y Adopción a los trabajadores de los siguientes Organismos precitados: DEPARTAMENTO EXPLOTACION DE CAMPOS LEY 14147 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA
Cabe destacar que si el hecho generador se produjo antes de la fecha de incorporación al sistema SUAF, al momento de la carga del trámite, el sistema PEUN emitirá el mensaje: " PÚBLICO: RECUERDE CONTROLAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA" En estos casos, será necesario que el titular presente una constancia del Organismo de la que surja que no ha realizado el pago de la asignación solicitada. Si al momento de la registración el titular presenta la constancia detallada, la UDAI/Oficina podrá continuar con la registración y confirmación del trámite, de corresponder. En caso que la registración del trámite salga rechazada por no contar en SIPA con la Declaración Jurada del período del hecho generador, la UDAI/Oficina deberá remitir un correo electrónico a la casilla Asignaciones Familiares indicando los datos del trámite ingresado por la asignación solicitada, adjuntando en forma escaneada la constancia remitida por el empleador, a fin de que la Dirección Asignaciones Familiares y Desempleo se ponga en contacto con el Organismo Público que corresponda. Cabe aclarar que, atento a los términos de la Circular DAFyD Nº 32/14, esta operatoria no se aplicará a los siguientes Organismos: 33-62830272-9 FUERZA AEREA ARGENTINA (Circular DAFyD Nº 32/14) 30-54669426-3 GENDARMERIA NACIONAL (Circular DAFyD Nº 32/14) 30-62405191-9 ARGENTINA (Circular DAFyD Nº 32/14) 30-54669471-9 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (Circular DAFyD Nº 32/14)