DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
CONFERENCIA PLURINACIONAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA I. BASE LEGAL Las acciones de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria responden a las siguientes disposiciones legales: 1. Constitución de la República del Ecuador Artículo 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradición culturales. Artículo 95.- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad. La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria. Artículo 281.- La Soberanía Alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades dispongan de alimentos sanos y culturalmente apropiados de forma permanente. 2. Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria. Artículo 1.- Finalidad: Esta ley tiene por objeto establecer mecanismos mediante las cuales el Estado cumpla con su obligación y objetivo estratégico de garantizar a las personas, comunidades y pueblos la autosuficiencia de alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados en forma permanente. El régimen de la soberanía alimentaria se constituye por el conjunto de normas conexas, destinadas a establecer en forma soberana las políticas públicas agroalimentarias para fomentar la producción suficiente y la adecuada conservación, intercambio, transformación, comercialización y consumo de alimentos sanos, nutritivos, preferentemente provenientes de la pequeña, micro, pequeña y mediana producción campesina, de organizaciones económicas populares y de la pesca artesanal así como microempresa y artesanía; respetando y protegiendo la agrobiodiversidad, los conocimientos y formas de producción tradicionales y ancestrales, bajo los principios de equidad, solidaridad, inclusión, sustentabilidad social y ambiental.
Artículo 32.- La Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria es una instancia de debate, deliberación, veeduría y generación de propuestas en esta materia desde la sociedad civil, y tendrá el carácter de Consejo Sectorial Ciudadano del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana. Para el ejercicio de sus funciones, coordinará con los espacios de participación ciudadana, que para debatir los temas de soberanía alimentaria creen los Gobiernos Autónomos Descentralizados y los Regímenes Especiales. Artículo 33.- La Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria está conformada por nueve representantes de la sociedad civil, los mismos que serán seleccionados y designados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, mediante concurso público de merecimientos y oposición, en el que podrán participar las ciudadanas y ciudadanos cuya actividad tenga relación con la soberanía alimentaria, la salud y la nutrición, y serán seleccionados de la siguiente forma: a) Un representante de las universidades, escuelas politécnicas y centros de investigación; b) Un representante de los consumidores; c) Un representante de los pequeños y medianos productores; d) Un representante de los pequeños y medianos agricultores; e) Un representante de los pequeños y medianos ganaderos, f) Un representante de los pescadores artesanales y recolectores; g) Un representante del sector acuícola; h) Un representante de los campesinos y regantes; y, i) Un representante de los indígenas, afroecuatorianos y montubios, provenientes de las distintas comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades. Para el concurso se aplicarán criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad; y, participación intergeneracional e interregional, en un proceso que garantice la representación de todos los sectores. Los nueve miembros principales de La Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria, serán los nueve mejor puntuados en el concurso de merecimientos y oposición, y sus respectivos suplentes serán quienes les sigan en puntuación. Los integrantes de La Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria permanecerán en sus funciones por un período de cuatro años.
La Presidenta o Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente de La Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria serán elegidos de entre sus integrantes para un período de dos años. Sus decisiones serán tomadas por mayoría absoluta de sus integrantes, en caso de empate, la Presidenta o Presidente tendrá voto dirimente. Artículo 34.- De acuerdo a la reforma publicada en el Registro Oficial No. 349 con fecha lunes 27 de Diciembre del 2010, La Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria, sin perjuicio de las demás atribuciones que se establezcan en la Ley o en los Reglamentos, tiene las siguientes: a) Aprobar las normas internas que regulen su funcionamiento. b) Generar un amplio proceso participativo de debate, con el objeto de elaborar las propuestas relacionadas con las leyes que regulen, entre otros temas: el uso y acceso a las tierras, territorios y comunas; agrobiodiversidad y semillas; desarrollo agrario agroindustria y empleo agrícola; sanidad animal y vegetal; agroecología; comercio y abastecimiento alimentario; consumo nutrición y salud alimentaria; pesca, acuicultura y manglares; acceso de las ciudadanas y ciudadanos al crédito público, seguro y subsidios alimentarios. c) Proponer y recomendar a las diferentes instancias de gobierno sobre formulación e implementación de políticas, planes, programas, y proyectos relacionados con la soberanía alimentaria. d) Proponer normas y acuerdos para garantizar el fiel cumplimiento de la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria por parte de instituciones públicas y privadas. e) Recomendar la suscripción de convenios con instituciones de cooperación o asistencia técnica, nacionales o internacionales, relativos al régimen de la soberanía alimentaria, por parte del órgano competente y para su propia institución. f) Ejercer acciones de veeduría del cumplimiento de los fines de la presente ley; g) Sugerir a las instituciones de educación superior y centros de investigación legalmente acreditados, temas de investigación en el área de soberanía alimentaria. h) Elaborar y aprobar su plan de actividades, que se ajuste al Plan Nacional de Desarrollo. i) Emitir un informe anual de gestión y rendición de cuentas. j) Realizar actividades permanentes de capacitación y formación relativas al régimen de la soberanía alimentaria, salud y nutrición, a través de talleres, foros y seminarios, y: k) Las demás señaladas en la ley y su reglamento.
Artículo 35.- Las propuestas que elabore la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria serán remitidas por su Presidente al Ministerio Sectorial, para que las considere en la elaboración de las políticas públicas sectoriales y de ser el caso, en la formulación de proyectos de ley. Para el caso de proyectos de ley, la Función Ejecutiva los remitirá para su conocimiento y trámite a la Asamblea Nacional, sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución de la República y en otras leyes sobre la iniciativa legislativa.
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO MISIÓN: Generar un amplio proceso de debate, deliberación y construcción de propuestas de leyes, políticas públicas y programas sobre la soberanía alimentaria, con la activa participación de las organizaciones de la sociedad civil y las instituciones del estado. VISIÓN: La conferencia Nacional de Soberanía Alimentaria generara un amplio proceso participativo que construirá de forma deliberativa y democrática las propuestas de leyes, políticas, y programas que permitan garantizar el régimen de soberanía alimentaria prescrito en la Constitución y la LORSA. La gestión institucional de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria tiene un enfoque integral y parte de los siguientes ejes conductores: a) Búsqueda del Buen Vivir o Sumak Kawsay. b) Desarrollo endógeno del país, las nacionalidades, los pueblos y las comunidades; c) Construcción del Estado Plurinacional e intercultural,
d) Fortalecimiento de la Economía Social y Solidaria e) Promoción y reconocimiento de los derechos individuales y colectivos consagrados en la Constitución, f) Promoción y Reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza, La aplicación de estos ejes conductores se expresa, en el trabajo cotidiano de los miembros de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria a través de los siguientes principios y valores: PRINCIPIOS Y VALORES Solidaridad A través del compromiso para combatir la pobreza, y atender de manera preferencial las demandas de los sectores más pobres y excluidos de la sociedad. Autodeterminación Actitud de respeto y tolerancia al derecho que tienen las nacionalidades, pueblos, comunidades y organizaciones sociales a decidir libremente sobre su cultura y forma de vida. Trasparencia Actuar con honestidad y rectitud, desarrollar una cultura de rendición de cuentas y de contraloría social No discriminación Parte del reconocimiento que todas las personas, nacionalidades, pueblos y comunidades somos iguales en la diversidad, y que por lo tanto nadie puede ser discriminado por razones de procedencia étnica, estad civil, lugar renacimiento o de residencia, edad, género, orientación sexual, ideología, filiación política o por cualquier otro motivo.
Sostenibilidad Dar una solución permanente a la provisión y consumo de alimentos sanos, suficientes y culturalmente apropiados. Por lo tanto, en la construcción de leyes se propondrán estrategias para garantizar la sostenibilidad social, económica y productiva de las políticas públicas de soberanía alimentaria. Sustentabilidad Desarrollo de propuestas productivas amigables con el medio ambiente y la biodiversidad. Equidad Creación de condiciones para garantizar una participación más equitativa de las mujeres, los niños y adolescentes, los jóvenes, los adultos mayores, discapacitados y en general, las personas y grupos de atención prioritaria, al acceso, uso y control de los beneficios de las políticas públicas y a los factores de la producción relacionados con la soberanía alimentaria. Inclusión económica y social Implementación de un amplio proceso democrático para promover y garantizar la participación de las personas y grupos que histórica y socialmente han sido marginados.
Interculturalidad Respeto, tolerancia, comprensión y colaboración que practican los miembros de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria frente a las ideas, propuestas de desarrollo y otras manifestaciones culturales de las diversas comunidades, pueblos y nacionalidades. Eficiencia Alta calidad técnica y jurídica de procesos y productos de elaboración participativa de las propuestas de políticas públicas en materia de soberanía alimentaria. Inocuidad Garantía de que los alimentos que consumen los ecuatorianos son sanos, saludables y culturalmente apropiados. Atención preferencial a pequeñas y mediana producción de alimentos
OBJETIVOS ESTRATEGICOS INSTITUCIONALES COPISA 2013 Continuar con el proceso de fortalecimiento institucional de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria Implementar políticas Públicas de Soberanía Alimentaria, para que sean aplicadas por instituciones estatales, privadas y la sociedad civil Crear bases para el buen vivir de la Sociedad Ecuatoriana basadas en leyes y políticas conexas a la Soberanía Alimentaria