Capital inteligente Noviembre - Enero 2015 Edición especial de Infraestructura



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Transcripción:

EDICIÓN DIGITAL Capital inteligente Noviembre - Enero 2015 Edición especial de Infraestructura 4 PÁG. Invertir en el sector de infraestructura colombiano Este es el momento indicado para hacerlo a través de la BVC + VER MÁS 9 PÁG. Límites de endeudamiento e inversiones para el sector de infraestructura Qué falta en la normatividad? + VER MÁS 14 PÁG. APP: Un nuevo camino para el desarrollo de la educación + VER MÁS Foto cortesía Conconcreto.

Capital inteligente Noviembre - Enero 2015 Actualidad Invertir en el sector de infraestructura colombiano Este es el momento para hacerlo a través de la BVC + VER MÁS Actualidad Límites de endeudamiento e inversiones para el sector infraestructura Qué falta en la normatividad? + VER MÁS Inversión Asociaciones Público Privadas Un nuevo camino para el desarrollo de la educación + VER MÁS Financiación Crear valor a través del uso óptimo de los activos Clave en las etapas de los grandes proyectos de infraestructura + VER MÁS Finanzas corporativas Factoring Una solución para la gestión financiera + VER MÁS Riesgos Implementación de las NIIF en el sector de infraestructura El desafío no está solamente en su entendimiento + VER MÁS Editorial SÍGUENOS EN: Actualidad Inversión Financiación Finanzas Corporativas Riesgos Novedades

EDITORIAL Las apuestas en el sector de infraestructura Gonzalo Toro Bridge Vicepresidente Corporativo de Empresas y Gobierno El sector de la construcción, y en particular el de obras civiles, se viene consolidando como uno de los principales impulsores de la actividad productiva en Colombia. Desde 2013 ha se ha expandido por encima del promedio de la economía, y en el primer semestre de este año su contribución al crecimiento total fue significativa. Además, de acuerdo con las proyecciones del Gobierno Nacional, en los próximos años esta tendencia puede continuar. Es así como las autoridades estiman que la ejecución de los proyectos de infraestructura puede llegar a aportar hasta 1,5% de crecimiento económico entre 2015 y 2019. Esto se debe a que, además de la magnitud del programa de concesiones 4G, la construcción de estos proyectos contribuye a dinamizar la actividad de otros sectores productivos. En esta edición especial de la revista, buscamos entregarles más información sobre los eslabones que se requieren para cumplir estas expectativas de crecimiento, como el aumento de los límites de endeudamiento de crédito e inversiones -siempre y cuando sean para proyectos de infraestructura-, al igual que el reto que impone la implementación de las NIIF. Aspectos como estos son claves para incentivar la inversión de capital nacional y extranjero, tanto en las compañías como directamente en los proyectos a través de las sociedades concesionarias. La financiación que se requiere en la ejecución de un proyecto de infraestructura es otro de los puntos que deben tenerse claros y definidos. En pro de la eficiencia, herramientas novedosas como el factoring y el renting pueden ayudar a optimizar el capital de trabajo y generar valor a través del uso de activos. Si bien la apuesta del sector está más enfocada en el transporte, es también necesario vincular la inversión privada para el desarrollo de infraestructura en ámbitos como la educación y la salud, con el objetivo de tener beneficios no solo económicos, sino también sociales. En nuestro interés permanente por hacer parte de la historia del desarrollo de infraestructura de nuestro país, así como de la construcción de una Colombia más competitiva, en el Grupo Bancolombia reiteramos nuestro compromiso con las instituciones y empresas del sector para que juntos construyamos las propuestas y soluciones financieras que los proyectos requieren en cada una de sus etapas. Las autoridades estiman que la ejecución de los proyectos de infraestructura puede llegar a aportar hasta 1,5% de crecimiento económico entre 2015 y 2019.

Invertir en el sector de infraestructura colombiano Este es el momento para hacerlo a través de la Bolsa de Valores de Colombia Jairo Julián Agudelo R. Gerente de Investigaciones en Renta Variable Germán Zúñiga S. Analista de Infraestructura e Industria Investigación en Acciones Valores Bancolombia S.A. Colombia va a presentar un importante salto en sus niveles de inversión en Vivienda e Infraestructura con montos totales cercanos a USD138bn en el período 2012-2020, según cálculos del Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Transporte, lo cual convierte a este sector en el corto, mediano y largo plazo, en uno de los principales motores de crecimiento para la economía colombiana. Actualidad Inversión Financiación Finanzas Corporativas Riesgos Novedades

Las compañías de construcción y cemento que se encuentran listadas en la BVC tendrán un fuerte potencial de valorización en los próximos años, ya que en el caso de las constructoras, la adjudicación de concesiones tanto de 4G como de APP de iniciativa privada generará un crecimiento del Backlog (contratos firmados, pero no ejecutados); y en el caso de las cementeras, tendrán contratos de distribución de concreto y cemento para las vías, puertos, aeropuertos y vías férreas demandantes. Los constructores, protagonistas en esta generación Hasta el momento, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) ha adjudicado ocho proyectos correspondientes a la primera ola de concesiones viales de 4G, en los que la compañía más activa listada en la BVC ha sido Construcciones El Cóndor, la cual ya tiene adjudicados dos proyectos: Conexión Pacífico 2 (21%), en asocio con Grupo Odinsa y un CAPEX estimado de COP1,3bn, y Conexión Pacífico 3 (48%), con un CAPEX de COP1,29bn; además de sus propuestas APP de iniciativa privada, que ya cuentan con un importante avance en el proceso de aprobación por parte de las entidades gubernamentales. Por otro lado está Constructora Conconcreto que, aunque no ha presentado propuestas económicas y técnicas en las concesiones de la primera ola, aún tiene varios proyectos para participar. Uno de ellos es Mulaló-Loboguerrero, el cual se considera interesante para la compañía por su nivel de complejidad; adicionalmente ha entregado varios proyectos APP de iniciativa privada con avances significativos en sus procesos de aprobación. Los principales actores dentro de la Bolsa de Valores de Colombia en los proyectos de cuarta generación son, en el área de construcción: Construcciones El Cóndor*, Constructora Conconcreto*, ISA*, Grupo Odinsa, y Corficolombiana, y en el área de cemento: Cementos Argos* y Cemex Latam Holdings*. *Compañías bajo cobertura por Investigaciones Económicas del Grupo Bancolombia.

Así mismo, Corficolombiana, a través de su filial Episol, fue también ganadora en el proyecto Conexión Pacífico 1 con una participación de 60% y un CAPEX estimado de COP1,79bn. Finalmente ISA, que participa con su filial constructora Intervial Colombia S.A., precalificada en cinco concesiones, cuatro de ellas aún por licitar, encuentra los proyectos 4G como un potencial de crecimiento que complemente sus ingresos regulares de transmisión eléctrica. Los proveedores, alistándose para la corrida Según la ANI, se necesitarán cerca de 12 millones de metros cúbicos de concreto, uno de los principales insumos requeridos para la ejecución del megaproyecto, esto sin tener en cuenta que algunas vías podrían ser construidas en concreto, en vez de asfalto, lo que incrementaría sustancialmente la demanda de este producto. De acuerdo a lo anterior, las principales compañías cementeras se están preparando de manera proactiva para soportar el incremento futuro en la demanda, ampliando sus capacidades instaladas dentro del país. Por un lado, Cementos Argos fortalecerá con tecnología de punta su planta en Sogamoso - Boyacá, expandiendo su producción actual (BrownField) con una nueva línea de 2,3 millones de toneladas de cemento (+23% en su capacidad instalada); esta planta está localizada estratégicamente en un punto convergente de vías 4G. Por otro lado, Cemex Latam Holding desarrollará un proyecto GreenField (planta nueva) en Maceo - Antioquia, la cual

En conclusión, consideramos que la BVC ofrece vehículos de inversión atractivos para tener exposición a un sector que va a liderar el crecimiento de la economía colombiana en los próximos años, teniendo en cuenta: 1 2 La inversión de USD138bn en el período 2012-2020 La preparación de las compañías cementeras con su expansión en facilidades productivas aumentará la producción de cemento de la compañía en 1 millón de ton., totalizando 5,5mn. Es importante resaltar que su localidad es equidistante de las autopistas de la prosperidad (vías pertenecientes a los proyectos 4G) y está a tan solo 180km de Medellín. 3 La participación de las compañías constructoras en los diferentes proyectos de 4G e IP. Por estos motivos recomendamos hacer un seguimiento constante a estos activos.

Concesiones Adjudicadas Compañía Concesión Participación Inversión Ola El Cóndor Conexión Pacifico 2 21,15% COP1,3bn Primera El Cóndor Conexión Pacifico 3 48% COP1,29bn Primera Grupo Odinsa Conexión Pacifico 2 25% COP1,3bn Primera Corficolombiana (Episol) Conexión Pacifico 1 60% COP1,79bn Primera Concesiones Futuras (Compañías Precalificadas Listadas en Bolsa) Compañía Concesión Participación Inversión Ola Conconcreto Mulalo - Loboguerrero 33% 1.47bn Primera Conconcreto Rumichaca - Pasto 50% 2,06bn Segunda Conconcreto Río Magdalena 1 50% 2,13bn Segunda Conconcreto Bogotá - El Tablón 50% 2,04bn Segunda Conconcreto Autopista al mar 1 50% 1,55bn Tercera Compañías listadas en la BVC precalificadas en concesiones 4G El Cóndor Rumichaca - Pasto 35% 2,06bn Segunda El Cóndor Santana - Mocoa - Neiva 30% 1,2bn Segunda El Cóndor Santander de Quilichao - Popayán 30% 1,2bn Segunda El Cóndor Autopista al Mar 2 30% 1,56bn Tercera El Cóndor Río Magdalena 1 17% 2,13bn Tercera El Cóndor Autopista al Mar 1 30% 1,55bn Tercera ISA (Intervial) Neiva - Girardot 50% 1,14bn Segunda ISA (Intervial) Puerta de Hierro - Cruz de Viso 50% 0,468 Segunda ISA (Intervial) Santana - Neiva - Mocoa 50% 1,2bn Segunda ISA (Intervial) Bogotá - Villv/cio Sec 1 (Btá - El Tablón) 50% 2,04 Segunda ISA (Intervial) Santander de Quilichao - Popayán 50% 1,2bn Segunda Grupo Odinsa Rumichaca - Pasto 30% 2,057 Segunda Grupo Odinsa Santana - Mocoa - Neiva 30% 1,2bn Segunda Grupo Odinsa Santander de Quilichao - Popayán 30% 1,2bn Segunda Grupo Odinsa Autopista al Mar 2 40% 1,56bn Tercera Grupo Odinsa Río Magdalena 1 27% 2,13bn Tercera Grupo Odinsa Autopista al Mar 1 20% 1,55bn Tercera Corficolombiana (Episol) Mulalo - Loboguerrero 40% 1,47bn Primera Fuente: Bancolombia, ANI - SECOP

Límites de endeudamiento e inversiones para el sector infraestructura Qué falta en la normatividad? Andrés Giraldo V. Gerencia Jurídica Nacional de Empresas y Gobierno, Bancolombia S.A. María Camila Silva Jefe Jurídica Bogotá de Empresas y Gobierno, Bancolombia S.A. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el 28 de abril el Decreto 816 de 2014, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010. Para muchos, esta reglamentación es la que va a permitir al país la obtención de los recursos necesarios para sacar a Colombia del atraso en infraestructura vial que, según las cifras que maneja actualmente el Gobierno, se calcula en diez años o más. Actualidad Inversión Financiación Finanzas Corporativas Riesgos Novedades

Las modificaciones estipuladas en el nuevo decreto tienen que ver con los límites individuales de crédito, los regímenes de inversión de los recursos de fondos de cesantías y de pensiones obligatorias, como también los del portafolio que respalda las reservas técnicas de las compañías de seguros de vida; además, el decreto modifica parcialmente la definición de fondos de capital privado. Así las cosas, y siendo tal la necesidad de contar con diversas fuentes de financiación para los proyectos de infraestructura de gran envergadura, al Decreto 816 de 2014 lo han incluso llamado el decreto para financiar las 4G. Cambios en la regulación financiera Antes de la entrada en vigencia del Decreto 816 de 2014, salvo algunas excepciones legales, ningún establecimiento de crédito podía realizar operaciones de crédito para financiar proyectos de infraestructura por un monto superior al 10% del patrimonio técnico de dicho establecimiento, si la única garantía que respaldaba la operación era el patrimonio del deudor. Frente a la anterior restricción legal en cuanto al monto máximo de financiación en proyectos de infraestructura vial, el Decreto 816 de 2014 surgió como una propuesta de cambio normativo que permiten un mayor nivel de apalancamiento para la financiación de proyectos de infraestructura. Así las cosas, se hace evidente el objetivo del Gobierno de garantizar la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema APP, de acuerdo con el marco general establecido en los lineamientos del documento CONPES 3760 del 20 de agosto de 2013. Sin perjuicio del importante espectro regulatorio de este marco y de la magnitud del reto que enfrenta el Gobierno, es inevitable preguntarse: faltó algo? Para responder a esta pregunta, hay que empezar señalando que resulta imposible desconocer el gran avance que representa este tipo de normas en el sistema financiero colombiano. Con una simple lectura del decreto, se evidencia el esfuerzo realizado por el Gobierno Nacional, consistente en la consecución de los recursos a largo plazo, no solo de la banca local e internacional, sino adicionalmente con el apoyo de inversionistas nacionales y extranjeros. No obstante lo anterior, este análisis tiene como finalidad motivar la discusión de los retos que aún persisten en el desarrollo de la reglamentación bajo estudio. En el caso particular de los establecimientos de crédito, la El nuevo decreto introdujo cambios regulatorios que se pueden sintetizar de la siguiente manera CLIC AQUÍ PARA INFORMACION AMPLIADA

posibilidad de hacer uso de la cuantía máxima del cupo individual mencionada se limita a la financiación de proyectos, los cuales deben cumplir las siguientes características: 1. Debe tratarse exclusivamente de proyectos de infraestructura de la cuarta generación de concesiones viales (4G). 2. Estos proyectos deben estar estructurados bajo el esquema de Asociaciones Público-Privadas (APP) descritas en la ley 1508 de 2012. 3. La Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) debe hacer parte de la respectiva APP. 4. Los proyectos deben estar incluidos en el listado de proyectos del documente CONPES 3760 de 20 de agosto 2013 o en el listado de proyectos de los demás documentos CONPES que se aprueben en concordancia con los lineamientos establecidos en el CONPES 3760 de 2013, tal como lo estipula el Artículo 2.1.2.1.2 del decreto 816 de 2014. A simple vista, surgen varias inquietudes como por qué dejar fuera del alcance regulatorio a otros sectores que puedan requerir un nivel de apalancamiento financiero importante como el sector de infraestructura social (educación, justicia, carcelario, hospitalario, entre otros), e incluso a otra infraestructura de transporte como la portuaria, fluvial o la aeroportuaria? Otra inquietud relacionada con la norma actual consiste en el requisito según el cual la Agencia Nacional de Infraestructura debe hacer parte del contrato de Asociación Público Privada para que el establecimiento de crédito respectivo pueda aumentar el límite del 10% al 25% del patrimonio técnico respecto al cupo de endeudamiento. La inclusión de este condicionante limita el monto de los recursos que pueden ser aportados por la banca local para aquellos proyectos de infraestructura en los que no participa la Agencia Nacional de Infraestructura, por ejemplo en el caso de los entes territoriales u otros órganos públicos. Otro aspecto no menos importante dentro de la regulación financiera actual es el que impone la obligación para los establecimientos de crédito de determinar si un deudor es controlado por otra sociedad, así como el nivel de injerencia para la toma decisiones respecto a una sociedad en el deudor del establecimiento de crédito, por citar algunos eventos, todo lo anterior para que el límite individual del 10% o del 25%, según el destino de los recursos, deba ser consolidado con todas las operaciones de crédito de dicho grupo empresarial. Para ejemplificar lo anterior, si la sociedad A celebra operaciones de crédito con Bancolombia por un monto de $100 pesos, y dicha sociedad es controlada por la sociedad B, que a su vez tiene operaciones de crédito con Bancolombia

por $250, ambas operaciones deben consolidarse para efectos de que dicha suma no supere el límite de crédito del 25% del patrimonio técnico para proyectos de infraestructura. Tal como se desprende de lo anterior, el límite legal del 25% no es absoluto para un determinado proyecto de infraestructura vial ya que debe sumarse con el resto de operaciones de crédito que tengan las empresas que hagan parte de su grupo empresarial. Por lo anterior, se debe considerar en un futuro si las sociedades concesionarias de un proyecto de infraestructura vial, desde el punto de vista de los límites individuales de crédito, deben ser analizadas en forma separada de sus accionistas, de forma tal que el nivel de apalancamiento financiero pueda ser mayor, sometido eso sí a un estricto análisis de riesgo crediticio y bajo la óptica de una financiación de proyecto o project finance. De acuerdo con el régimen establecido por el Decreto 816 de 2014, las condiciones están dadas para que todos los actores participen de la financiación de los proyectos de infraestructura; y en el caso de los establecimientos de crédito, con participación delimitada a las concesiones viales de 4G. No obstante, se deben continuar examinando las necesidades de recursos y los límites de la regulación financiera frente a la participación de los establecimientos de crédito en la financiación de los demás proyectos de infraestructura que no se encuentren comprendidos dentro de lo que el Gobierno Nacional ha definido como Cuarta Generación de Concesiones Viales

Principales cambios en la regulación financiera 1. Los establecimientos de crédito podrán ampliar los cupos individuales de endeudamiento de sus clientes del 10% al 25% del patrimonio técnico del correspondiente establecimiento, siempre y cuando el exceso corresponda a la financiación de proyectos de infraestructura de la cuarta generación de concesiones viales (4G) bajo el esquema de Asociaciones Público Privadas (APP), descritas en la ley 1508 de 2012. No obstante lo anterior, es necesario como requisito previo que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) haga parte de la respectiva APP. Adicionalmente, estos proyectos deben estar incluidos en el CONPES 3760 del 20 de agosto de 2013, o en el listado de proyectos de los demás documentos CONPES que se aprueben en concordancia con los lineamientos establecidos en el CONPES 3760 de 2013, tal como lo regula la norma mencionada. 2. En el caso de la Financiera de Desarrollo Nacional, se incrementa la cuantía máxima del cupo individual del 10% al 40% de su patrimonio técnico, cuando el exceso corresponda a la financiación de proyectos de infraestructura. Este aumento solo aplicará si la Financiera de Desarrollo Nacional no tiene en sus balances depósitos simples, certificados de depósito a término, depósitos de ahorro, cuentas de ahorro especial, bonos hipotecarios, depósitos especiales, servicios bancarios de recaudo y depósitos electrónicos. 3. Para facilitar la inversión de los fondos de cesantías y de los fondos de pensiones obligatorias, se adiciona el régimen de inversiones aplicable de algunos de los portafolios (moderado, mayor riesgo y largo plazo) en fondos de capital privado locales, con el fin de destinar parte de los aportes de sus inversionistas a proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociaciones Público Privadas (APP) descrito en la ley 1508 de 2012, de acuerdo con las limitaciones contempladas en este decreto. 4. De igual manera, se incluye dentro de los activos que conforman las reservas técnicas de las compañías de seguros de vida aquellas inversiones que se realicen en fondos de capital privado locales, cuya finalidad sea la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) descrito en la ley 1508 de 2012, dentro de los límites establecidos en decreto 2555 de 2010. 5. Se amplió el espectro de inversión de los fondos de capital privado cerrados locales. Conforme a lo anteriormente expuesto resaltamos los siguientes puntos: Permite invertir los aportes de sus inversionistas en activos emitidos para la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) descrito en la ley 1508 de 2012, incluyendo aquellos registrados en el Registro Nacional de Valores y Emisores. Estos pueden, a su vez, invertirse en deuda emitida por el concesionario para desarrollar proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) descrito en la ley 1508 de 2012, en forma directa o indirecta. Adicionalmente, los fondos de capital privado pueden adquirir cartera u otorgar créditos siempre y cuando la finalidad de dichas operaciones sea la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) descrito en la ley 1508 de 2012. VOLVER AL ARTÍCULO

APP: Un nuevo camino para el desarrollo de la educación Juan Fernando Ospina L. Gerente Estructurador - Infraestructura y Gobierno Leasing Bancolombia S.A. Compañía de Financiamiento Actualidad Inversión Financiación Finanzas Corporativas Riesgos Novedades

Las experiencias internacionales han demostrado que las inversiones privadas en proyectos de infraestructura pueden ser muy atractivas para el sector de la educación. Sin embargo, Colombia muestra rezagos en materia de competitividad global si se compara con economías latinoamericanas y otras de tamaño similar. Los recursos públicos son muy limitados para hacer frente a los rezagos históricos, y apremia acelerar la velocidad de desarrollo debido a las exigencias de la globalización de la economía, la competitividad del país y la movilidad en las ciudades, entre otras. Además, existen rezagos que, de no atenderse, ponen en riesgo el tejido social, y es necesario dirigir los presupuestos públicos para fortalecerlo. En este contexto, se presenta entonces una oportunidad única para fortalecer este tipo de proyectos educativos basados en las Asociaciones Público-Privadas (APP). Esta es, además, una de las áreas de más oportunidad en consultoría en el futuro, pues requiere fortalecer la capacidad instalada en las empresas para afrontar con éxito el reto futuro. El desarrollo de proyectos en APP se ha constituido en una nueva disciplina que requiere integrar los procesos de enseñanza y aprendizaje para responder, eficazmente, a las demandas del mercado. El sector privado en la educación cuenta con una larga historia; el concepto de las APP actual está más relacionado con la ola ideológica de las últimas tres décadas, es decir, la de dar cada vez mayor oportunidad al sector privado en la adjudicación de contratos de servicios públicos y en el uso de los fondos públicos. Los motivos pueden ser diferentes según el entorno económico y político de cada país, pero el resultado es generalmente que el sector privado tiene un papel cada vez mayor en la adjudicación de contratos de la educación pública. Es muy común escuchar que los sistemas educativos están en crisis o que necesitan una intervención inmediata. La pregunta es si las APP son realmente una amenaza o más bien una oportunidad para el futuro de nuestros sistemas educativos, ya que como afirma la investigadora Patricia McAdie, experta en Asociaciones Público Privadas para la educación, tanto el capital privado para la educación pública, como el capital público para la educación privada, forman parte del movimiento hacia la privatización de la educación.

Estas son algunas experiencias Colombia Plan de Ampliación de la Cobertura de la Educación Secundaria Tipo de APP Objetivo Vale de servicios Incrementar el acceso a la educación entre niños de escasos recursos Resultados Positivo: Mejoras en las tasas de graduación y resultados de exámenes estandarizados Reino Unido Building Schools for the Future (Construyendo Escuelas para el Futuro) Las asociaciones entre las entidades públicas y las entidades privadas en la educación ya existían en algunos países antes de que se popularizara el término APP. Reflejaban la historia y los procesos políticos de cada país. Sin embargo, en estos últimos 30 años se han visto marcadas por la aparición de un tipo diferente de APP: una estrategia alternativa para responder a los retos que enfrentan los sistemas educativos. Esta alternativa, nacida en los países industrializados, se está promocionando también en los países en desarrollo de la mano de los organismos de ayuda y las instituciones internacionales, como el Banco Mundial (BM) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Esta promoción está teniendo efectos importantes en la posición del Estado respecto al sector privado como proveedor de servicios públicos, incluidos los sistemas educativos. Tipo de APP Objetivo Tipo de Objetivo Diseño Financiamiento Construcción Mantenimiento Fortalecer la infraestructura y calidad educativa Diseño Financiamiento Construcción Fortalecer la infraestructura educativa e incrementar el acceso a la educación Resultados Mixto: Avances en el desarrollo de infraestructura con retos en la ejecución Filipinas PPP for School Infrastructure Project (Proyecto de APP para la Infraestructura Educativa) APP India Model School Scheme (Esquema de Escuela Modelo) Tipo de APP Objetivo Diseño Financiamiento Construcción Fortalecer la infraestructura educativa e incrementar el acceso a la educación Resultados En proceso de implementación Resultados En proceso de implementación

En Inglaterra, las lecciones aprendidas representan una mejora sustancial para las APP; allí se planteó remodelar 261 escuelas, proyectos de los cuales 215 se realizarán mediante subvención de capital y los 46 restantes se financiarán con recursos privados (APP). De esto, podemos hablar de dos tipos de mejoras: 1 2 Modelo en las condiciones de mejoras financiamiento de Modelo de mejoras en el modelo de contratación a. Mantiene la participación privada en el diseño, financiamiento, construcción y mantenimiento de escuelas. b. Mantiene centralizado el esquema de compras para maximizar economías de escala. c. El esquema de compras se lleva a cabo por personal capacitado. d. Asume una mayor participación de capital público y permite al gobierno la adopción de una mayor proporción de riesgos. e. Introduce competencia para el financiamiento de la deuda del programa. a. Permite cinco licitaciones para incrementar la competencia privada en el programa. b. Promueve mayor transparencia en el programa, incluyendo los niveles de rendimiento del capital. c. Permite reducciones en los tiempos para la adquisición pública de unidades. d. Flexibiliza los términos de contrato para la provisión de servicios. e. Introduce revisiones periódicas al desempeño del programa y requiere propuestas de mejora continua.

APP s para la educación en Colombia En Bogotá se ha introducido el programa de colegios en concesión, según el cual instituciones privadas de alta calidad se hacen cargo de la gestión de algunas escuelas públicas. Dicho programa fue desarrollado a finales de 1990 y los primeros colegios empezaron en el año 2000. Se tienen aproximadamente 25 escuelas (que ofrecen sus servicios a unos 26.000 estudiantes) en manos de directores privados que actúan de acuerdo con el modelo de la concesión. Lo anterior se diseñó con el objetivo de corregir los problemas de las escuelas públicas (como una dirección débil, selección inadecuada de personal, falta de flexibilidad laboral, falta de dotación, la politización/sindicación del sector educativo, entre otros). Con este programa, las escuelas privadas y las organizaciones educativas compiten por tomar la dirección de escuelas nuevas en barrios de bajos recursos en la capital. El ganador puede dirigir una o varias escuelas, las cuales reciben alrededor de $1.000.000 por estudiante tiempo completo al año (muy por debajo del gasto medio anual de un estudiante que asista media jornada a una escuela pública), deben proporcionar servicios educativos a niños de bajos recursos y están obligadas a aceptar a todos los estudiantes. Los contratos de administración tienen una duración de 15 años. El proveedor tiene autonomía sobre la dirección escolar y es evaluado de acuerdo con sus resultados. Si no logra satisfacer los objetivos educativos, como las puntuaciones de los exámenes y los índices de abandono escolar durante dos años consecutivos, corre el riesgo de que se interrumpa el contrato. Aunque todavía es muy temprano tener un dato exacto sobre el impacto de esto, los primeros resultados muestran que al parecer el programa ha traído consigo varias mejoras en la gestión, además de una reducción en la parte del presupuesto invertida en el recurso humano (del 90% al 55% en el sistema público), que ha liberado capital para el apoyo nutricional, así como para la compra de implementos educativos tanto para los estudiantes como para el cuerpo docente.

Colombia tomó una excelente decisión al comenzar la búsqueda para implementar este tipo de prestación del servicio público de la educación, pero debe encaminar esfuerzos en diferentes frentes, como: 1 4 7 Crear un programa de APP amplio que permita expandir la cobertura, calidad y equidad de los servicios educativos. Asumir una participación relevante en la inversión y riesgos asociados con las APP. Promover la transparencia en la gestión de APP. 2 5 Estandarizar los procesos de APP para maximizar su impacto en el desempeño educativo. Establecer controles de calidad y eficiencia en la implementación de proyectos de APP. 3 6 Fortalecer la participación del sector público en los procesos de financiamiento e implementación de APP. Fortalecer los esfuerzos de profesionalización de servidores públicos a cargo de la gestión de APP. En algunas experiencias de alianzas que han trabajado en pro de mejorar la gestión de las instituciones educativas se ha visto que una de las prioridades es identificar un grupo de personas que estén dispuestas a promover y generar las transformaciones. Este grupo de trabajo debe aprender la forma de funcionamiento de las alianzas, las cuales se constituyen en motor y aliciente para su trabajo; de una parte porque sienten un respaldo institucional que los hace sentir privilegiados, y de otra, porque les sirve de ejemplo para sumar esfuerzos y disponerse favorablemente a los procesos. La apertura de la alianza a hacer las cosas cada vez mejor se verá reflejada en los procesos y los logros de trabajo con los grupos beneficiarios

Creando valor a través del uso óptimo de los activos Jaime Andrés Torres Gerente Especialista en Sector Infraestructura Renting Colombia Un elemento clave para el desarrollo de las etapas de construcción, operación y mantenimiento de los grandes proyectos de infraestructura del país será la adecuada orientación de recursos hacia esquemas de servicio que aporten valor a la operación y que contribuyan a la potenciación y eficiencia en el uso de los activos. Actualidad Inversión Financiación Finanzas Corporativas Riesgos Novedades