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Nota de prensa Campaña especial para control de tasas de alcoholemia Con el eslogan Porque la única tasa segura para conducir es 0,0 g / l Tráfico realizará más de 200.000 controles de alcohol entre el 4 y el 17 de junio, dentro de la campaña europea promovida por TISPOL, la Red Europea de Policías de Tráfico En 20 provincias participarán voluntarios de la Asociación de Lesionados Medulares ASPAYM En los últimos seis años se ha reducido a la mitad el porcentaje de positivos, pasando del 4,99% en 2000 al 2,47% en 2006 La Guardia Civil hará más de 15.000 pruebas de alcoholemia diarias Durante 2006, 94.753 conductores fueron denunciados en los controles de alcoholemia efectuados por la Guardia Civil de Tráfico 31 de mayo de 2007. Durante el pasado año 4.104 personas perdieron la vida en accidentes de circulación y otras 21.000 sufrieron heridas graves. En un gran porcentaje de esos accidentes el consumo de alcohol pudo ser el factor desencadenante, por ello durante el periodo de tiempo comprendido entre los días 4 y 17 de junio la Dirección General de Tráfico en España y TISPOL, la Red Europea de Policías de Tráfico, a nivel europeo, llevarán a cabo una campaña especial de intensificación de pruebas de alcoholemia que se acompañará con anuncios en televisión, prensa, radio y mensajes en los paneles de información en carretera, con el eslogan : Porque la única tasa segura para conducir es 0,0 g / l Elige tu razón y no bebas. El mes de junio, con el inicio del buen tiempo, es un periodo de tiempo en el que se realizan multitud de viajes por carretera, sobre todo durante los fines de semana. En dicho mes del pasado año 265 personas perdieron la vida en accidentes de carretera y más de 1.000 resultaron heridas. Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil aumentarán los controles sobre dicho factor de riesgo, con el establecimiento de más de 800 puntos de control con el Página 1 de 6

objetivo de realizar 15.000 pruebas diarias de alcoholemia a conductores que circulen por las carreteras, con un total aproximado previsto de al menos 200.000 en dicho periodo. Se ha cursado invitación a los Ayuntamientos con más de 25.000 habitantes para que se sumen a la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos municipios, así como a las Comunidades Autónomas de Cataluña y País Vasco, que tienen transferidas las competencias en materia de tráfico. Las pruebas no solo se realizarán en horario nocturno, si no también en horas del medio día, para que los controles resulten también disuasorios de ingestión de bebidas alcohólicas durante las comidas. La ingestión de alcohol produce numerosas alteraciones orgánicas y psicológicas que pueden entrañar un grave riesgo durante la conducción de vehículos. Está demostrada la relación entre consumo de alcohol, incluso a bajas concentraciones etílicas, y la reducción de la capacidad de conducción que se refleja en el deterioro de la atención, de las funciones visual y auditiva, perturbaciones en el campo perceptivo, cansancio, somnolencia o fatiga muscular y los accidentes de circulación. (En un documento adjunto, extraído del manual editado por la DGT para uso por los conductores que realicen cursos de recuperación de puntos, se detallan todos los aspectos de la relación alcohol y conducción) CAMPAÑA DE CONCIENCIACIÓN En el periodo de intensificación de controles se emitirán anuncios de 10 y 20 segundos de duración en televisión, cuñas de 30 segundos en radio e inserciones en prensa escrita con el fin de concienciar a los conductores sobre los peligros de conducir habiendo bebido. Estos siguen la misma línea de los utilizados anteriormente. Con un lenguaje directo y duro se ofrecen razones para cumplir las normas. El texto de los anuncios es: Beber y coger el coche. Te acaban pillando tío. Y te van a quitar seis puntos, 600 euros, el carné. Te vas a quedar en casita una buena temporada. Te enteras? O peor aún. Vas a matar a tus colegas, a tu novia, o a los hijos que aún no has tenido. Y después qué? Vas a poder seguir viviendo como si nada? Hay muchas razones para no conducir bebido. Elige la tuya y hazlo. Dirección General de Tráfico. Página 2 de 6

No podemos conducir por ti. En esta ocasión la campaña de concienciación, se completa con dos acciones cuyo objetivo es por un lado que los conductores pueden "mirar frente a frente" las consecuencias de las conductas imprudentes, y por otro que el recuerdo de los mensajes esté presente en uno de los momentos de mayor riesgos para la accidentalidad derivada de la ingestión de alcohol en la conducción, las fiestas patronales. Colaboración de la Asociación de Lesionados Medulares En el primer caso se realizará una acción con la colaboración de la Asociación de Lesionados Medulares (ASPAYM). Voluntarios de esta Asociación, estarán presentes en 20 provincias durante los fines de semana en algunos controles de alcoholemia, para llevar a cabo una acción "especialmente directa" de concienciación entre aquellos conductores que den un resultado positivo en las pruebas. El lema de su campaña es "No corras, no bebas...no cambies de ruedas". Estos voluntarios son víctimas directas o indirectas de los accidentes de tráfico y muchos de ellos del alcohol y la conducción. "Porque si te pasas se acabó la fiesta" La segunda de las acciones, es la creación de una pieza divulgativa especial que se pone a disposición de los Ayuntamientos y que podrán incluir en los programas y carteles de sus respectivas Fiestas Patronales, con el mensaje "Porque si te pasas se acabó la fiesta". La celebración de estos acontecimientos locales tiene lugar durante los meses estivales y en muchas ocasiones la accidentalidad y sus dramáticas consecuencias está ligada al consumo de alcohol en los desplazamientos entre localidades cercanas. Además se ha editado el folleto divulgativo Ahórrate un mal trago. Al volante, ni una sola gota de alcohol que será distribuido entre los conductores. ENCUESTAS DE OPINIÓN El resultado de la última encuesta de opinión realizada en diciembre de 2006 por la Dirección General de Tráfico demuestra que el 97% de los ciudadanos está de acuerdo en que se incrementen los controles de alcoholemia. Este porcentaje era del 91 en diciembre del 2005. El 72% de los ciudadanos está de acuerdo en que tenga la consideración de delito superar en más del doble los límites de alcohol permitidos (diciembre de 2006, en diciembre del 2005 era del 69%) Página 3 de 6

El 76% de los ciudadanos está de acuerdo en que deberían ser más duras las sanciones relacionadas con el consumo de alcohol por los conductores. DATOS DE AÑOS ANTERIORES Durante el año 2006, el número de controles realizados por los agentes de la Guardia Civil de Tráfico se incrementó en más de medio millón respecto de 2005, llegándose a la cifra de 3.860.626, en los que se detectaron 94.753 positivos, lo que representa que el 2,47 de conductores fueron denunciados por exceder las tasas máximas permitidas. Estos datos significan la reducción a la mitad en el número de positivos detectados en los últimos seis años. PRUEBAS REALIZADAS 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 Total 72.154 69.691 74.316 89.006 95.519 100.117 89.757 Por Positivo 5.119 4.690 5.154 5.469 5.296 5.493 6.039 accidente % 7,09 6,73 6,94 6,14 5,54 5,49 6,73 Total 99.514 136.265 166.255 259.585 340.811 346.535 398.665 Por Positivo 3.753 3.787 3.539 4.710 4.851 4.918 5.915 Infracción % 3,77 2,78 2,13 1,81 1,42 1,42 1,48 Por control preventivo Total 1.580.178 1.602.648 1.654.683 1.715.092 2.282.336 2.856.244 3.347.015 Positivo 79.110 79.335 73.255 71.685 76.560 73.742 82.729 % 5,01 4,95 4,43 4,18 3,35 2,58 2,47 Por transportes de viajeros y Total 10.529 13.040 13.951 17.725 24.953 20.602 25.189 mercancías en áreas de descanso, estaciones de servicio y peajes Positivo % 21 0,20 28 0,21 21 0,15 43 0,24 50 0,20 85 0,41 70 0,27 TOTAL GENERAL 1.762.375 1821.644 1.909.205 2.081.408 2.743.619 3.302.896 3.860.626 positivo 88.003 87.840 81.969 81.907 86.757 84.153 94.753 % 4.99 4.82 4.29 3.94 3.16 2,57 2,47 Página 4 de 6

LO QUE DICE LA NORMATIVA LEY DE SEGURIDAD VIAL En el artículo 65 de la Ley se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las establecidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos. También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica. Para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 300 a 600 euros, imponiéndose además, en todo caso, la suspensión del permiso para conducir por un periodo de hasta tres meses. EN EL PERMISO POR PUNTOS El sistema de permiso para conducir por puntos fija las siguientes pérdidas por este tipo de infracciones Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: - Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos. - Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos. - También se penaliza con la pérdida de 6 puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia. CÓDIGO PENAL El Código Penal, en su capitulo IV en el que se tipifican los delitos contra la seguridad del tráfico, establece: Artículo 379 El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses y, en su caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. Página 5 de 6

Artículo 380 El conductor que, requerido por el agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de los hechos descritos en el artículo anterior, será castigado como autor de un delito de desobediencia grave, previsto en el artículo 556 de este Código. Artículo 381 El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiera en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años. En todo caso, se considerará que existe temeridad manifiesta y concreto peligro para la vida o la integridad de las personas en los casos de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas con altas tasas de alcohol en sangre y con un exceso desproporcionado de velocidad respecto de los límites establecidos. TASAS MÁXIMAS DE ALCOHO L PERMITIDAS PARA CONDUCIR CONDUCTORES LÍMITE EN SANGRE* LÍMITE EN AIRE ESPIRADO* (1) GENERAL 0'5 gr/l 0'25 mg/l (2) PROFESIONALES 0'3 gr/l 0'15 mg/l (3) NOVELES 0'3 gr/l 0'15 mg/l (1)Tasas máximas permitidas a la población general de conductores. (2)Tasas máximas permitidas a conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, al transporte de viajeros de más de 9 plazas, o de servicio público, al escolar o de menores, al de mercancías peligrosas, servicios de urgencia y transportes especiales. (3) Tasas máximas aplicables a cualquier conductor durante los 2 años siguientes a la obtención del permiso o licencia que habilita para conducir. (*) Las tasas obtenidas por análisis de sangre o por aire espirado son equivalentes, tan solo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada. ------------------------------- Página 6 de 6