MODIFICACIÓN DE DETERMINACIÓN DE ORDENACIÓN DETALLADA DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V DEL PGOU

Documentos relacionados
DECRETO 2/2012, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable. AVANCES

PLAN ESPECIAL ASIGNACIÓN DE USOS EQUIPAMIENTO 7.4 DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR CENTRAL MAR I- MEMORIA

ORDENANZA Nº 6 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS

MODIFICACION PUNTUAL nº 3 de las NORMAS URBANISTICAS de MADRIGAL DE LAS ALTAS TORRES (Avila)

FELIPE ALBEA CARLINI, SECRETARIO GENERAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUELVA.-

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO

4.1. Relación de expedientes urbanísticos vigentes en el municipio de Mundaka

G.M.U EXP: 03/2.008 FECHA: SEPTIEMBRE ARQUITECTO: FCO JAVIER OLMEDO RIVAS

AJUNTAMENT D ALCOI INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA VERSIÓN PRELIMINAR DEL PLAN GENERAL ESTRUCTURAL MAYO 2016

I. Disposiciones generales

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANISTICAS MUNICIPALES DE ALDEALSEÑOR

NÚMERO 99 Jueves, 25 de mayo de 2017

La necesaria protección del litoral Andaluz

EXPTE. DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CLASIFICACIÓN DE LA PC-915, P-2 DE ONDATEGI

VIGENCIA, CONTENIDO Y EFECTOS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LA VILLA DE ERRENTERIA.

Estudio de necesidades de vivienda de protección pública en Planes.

La Gerencia Territorial del Catastro de tiene tres municipios en su ámbito territorial.

ESTUDIO DE DETALLE LA ORDENACIÓN DE PARCELA DOTACIONAL Nº 32 DEL PLAN PARCIAL Nº 8 SEMINARIO

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO

ESTUDIO DE DETALLE, PARCELA Nº 8,POLIGONO 6, PONFERRADA.

MODIFICACION PUNTUAL DEL ART. 285 DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU SOBRE CERRAMIENTOS EN EDIFICACIÓN ABIERTA O AISLADA.

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU DOCUMENTO REFUNDIDO

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Área de Arquitectura y Urbanismo

RESUMEN DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA DESDE A

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DEL PLAN PARCIAL DEL PAU Nº 4 LA ALQUERÍA. ARQUITECTO: Fco Javier Olmedo Rivas Noviembre de 2.010

20.1 Normativa General

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL SUNP-31 CONCELLO DE SANTIAGO

RESUMEN EJECUTIVO DE ESTUDIO DE DETALLE DE SOLAR PROMOTORA: SOTIEL CONSULTING Y PROMOCIONES S.L. ARQUITECTO: ANTONIO ANGEL SOTES PEREZ

2. DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PARCELAS MUNICIPALES.

DOCUMENTO DE SUBDIVISION DE LA UNIDAD DE EJECUCION MOT 3 DEL P.G.O.U. DE MOTRIL GRANADA EN MOT 3.1 Y MOT 3.2 JAVIER MIRON ORTEGA ARQUITECTO

REDACCIÓN ANTIGÜA. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos

NORMATIVA URBANÍSTICA

PROMOTOR : LUIS FERNANDO LEÓN MARTIN

V Calificación del Suelo

Ordenanza Especial Reguladora de la Cédula Urbanística

MODIFICACION PUNTUAL DEL PGOU RELATIVA A LAS ALINEACIONES EN CALLE MADUEÑO DE LOS AIRES Nº 1. EXPTE. 1 / 2011-URMP

La Gerencia Territorial del Catastro de Las Villas tiene cinco municipios dentro de su ámbito territorial.

GUÍA-ÚTIL. Propiedad Horizontal. Eliminación de Barreras. Ordenanza Vitoria-Gasteiz I. asociación de personas con discapacidad física de álava

RESUMEN D.O.C.M. DEL AL 18-09

MODIFICACIONES PUNTUALES 05 DEL TEXTO REFUNDIDO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANISTICA 2006 DE SEVILLA

ESTUDIO DE DETALLE SOBRE LA PARCELA DEL HOSPITAL JUAN RAMÓN JIMENEZ DE HUELVA.

INFORME URBANISTICO MUNICIPAL 2012 Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo. Informe de seguimiento de la actividad urbanística.

NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL UDAL EGITAMUKETARAKO ORDEZKO ARAUAK ZIGOITIA. 11ª MODIFICACIÓN PUNTUAL 11 en XEDAPEN ALDAKETA

III. Otras Resoluciones

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL TEXTO REFUNDIDO DE MODIFICACIÓN Y ADAPTACIÓN DEL PLAN PARCIAL DE FONTIÑAS. SANTIAGO DE COMPOSTELA MAYO DE 2011

MARÍA JOSÉ SEGURA VAL SECRETARIA DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ZARAGOZA.

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LA DELIMITACIÓN DE SUELO URBANO DE PAJARES DE LA LAGUNA, SALAMANCA

INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y SU TRAMITACIÓN. LA COORDINACIÓN CON LOS PROCEDIMIENTOS AMBIENTALES

NORMAS URBANISTICAS Plan General de Ordenación de Avilés TITULO VI REGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO URBANIZABLE

M O D I F I C A C I Ó N P U N T U A L Nº 20

Edificab. Máxima = 1,5 + (0,6 VP / 70)

LISTADO DE TEMAS. Tema 4.- La relación orgánica: los órganos administrativos: las relaciones interorgánicas.

V. ORGANIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA DEL PLAN. INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

CONSEJERÍA DE FOMENTO

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURIDICOS COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL

MODIFICACIÓN Nº 13 febrero 2014

BOE, BOJA, DOE, BOP Sevilla y BOP Córdoba enero de 2017.

O R D E N D E L D I A D I C T A M E N E S

LA ORDENANZA MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS DEL AYTO. DE ALMERIA

Núm. 71. Boletín Oficial de Aragón

A Y U N T A M I E N T O D E LA VILLA DE ARAFO. Año 2012 O R D E N A N Z A Núm.

ELIMINACIÓN DEL VIAL SITUADO ENTRE LA CARRETERA DE VILLAROBLEDO Y LA CALLE DIEZ DE AGOSTO

CURSO/GUÍA PRÁCTICA GOLF INMOBILIARIO.

CLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN

A la consulta planteada le son de aplicación los siguientes: ANTECEDENTES

Asesoría Jurídica competencia para acordar la expropiación NOTA ADVERTENCIA

CAPITULO I. DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL

COLEGIO VIRGEN NIÑA AMURRIO

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

2.- NORMAS URBANISTICAS NORMATIVA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES NORMATIVA PROPUESTA.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CURSO/GUÍA PRÁCTICA ESTUDIOS DE DETALLE Y PROYECTOS DE URBANIZACIÓN

CURSO/GUÍA PRÁCTICA CONVENIOS URBANÍSTICOS

DICTAMEN N.º 277/2012, de 14 de noviembre. *

D E O R D E N A N Z A TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LA DELIMITACIÓN DE SUELO URBANO DE ALBA DE YELTES (SALAMANCA)

PROVIDENCIA DE ALCALDÍA

AYUNTAMIENTO DE RUTE (CORDOBA) ORDENANZA FISCAL

NORMATIVA DE APLICACIÓN Breve revisión de la legislación. Octubre 2016

ANEXO METODOLÓGICO. Dirección General de Revisión del Plan General C/ Ribera del Sena, Madrid

D. DAVID RÉ SORIANO, SECRETARIO GENERAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA.-

Por todo ello, a propuesta del consejero de Interior, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora y previa deliberación del Gobierno,

ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS

Gestión Urbanística

QUÉ ES UN PLAN PARCIAL?

MARÍA JOSÉ SEGURA VAL SECRETARIA DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ZARAGOZA. CERTIFICO:

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

ESTUDIO DE DETALLE para ordenación de volúmenes en Parcela E-F de la U.E. CORR en Ciudad Real 2007

VERSIÓN EXPOSICIÓN PÚBLICA TRAS APROBACIÓN INICIAL. Equipo Redactor:

PLAN PARCIAL REFUNDIDO DE MEJORA DEL SECTOR SAU-R3 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE NOVELDA NORMAS URBANÍSTICAS

FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

Estas dos Consejerías DISPONEN: Primero

MEMORIA. a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE CERDA

PLAN DE ORDENACION MUNICIPAL SANTO DOMINGO-CAUDILLA TOLEDO NORMAS URBANISTICAS

Suelo urbanizable: deberes urbanísticos y. según la legislación catalana. Junio Centre de Política de Sòl i Valoracions

La primera cuestión que hay que abordar es si el solicitante tiene derecho al abastecimiento de agua de la cochera situada en suelo rústico.

Transcripción:

MODIFICACIÓN DE DETERMINACIÓN DE ORDENACIÓN DETALLADA DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V DEL PGOU ASUNTO: CAMBIO DE USO ESPECÍFICO EN PARCELA DOTACIONAL SITA EN LA CALLE LA PAZ, DE SISTEMA LOCAL DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO A SISTEMA LOCAL DE EQUIPAMIENTO DE CONTINGENCIA. INDICE MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA 1. ANTEDECENTES 1.1. EL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA VIGENTE 1.2. ORDENAMIENTO JURÍDICO-URBANÍSTICO DE APLICACIÓN 2. INFORMACIÓN URBANÍSTICA 3. ESTUDIO, INFORME O EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 4. JUSTIFICACIÓN DETALLADA DE LA MODIFICACIÓN 4.1. PROCEDENCIA DE LA MODIFICACIÓN 4.2. IDENTIFICACIÓN DEL ÁMBITO AFECTADO 4.3. OBJETO, CONVENIENCIA Y JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN 4.4. DETERMINACIONES DEL PLAN GENERAL VIGENTE 4.5. DETERMINACIONES PROPUESTAS 4.6. JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN PROPUESTA 4.7. DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL Y DETALLADA 4.8. INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA Y LÓGICA SECUENCIAL 5. TRAMITACIÓN NORMAS URBANÍSTICAS PLANOS DE INFORMACIÓN PLANOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA CATÁLOGO DE SUELO PÚBLICO DE USO RESIDENCIAL CATÁLOGO DE BIENES PROTEGIDOS MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 1

MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA 1. ANTECEDENTES. 1.1. EL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA VIGENTE. La Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por Orden de 17 de marzo de 1.999, publicada en el D.O.C.M. de 26 de marzo de 1.999, aprueba parcialmente la Revisión y Adaptación del Plan General de Ordenación Urbana de Albacete (en adelante P.G.O.U.) y declara, en su apartado tercero, que la aprobación definitiva de la ordenación y determinaciones de la parte aprobada queda sujeta al cumplimiento de determinadas condiciones. Dichas condiciones actualmente ya han sido satisfechas. El Plan General de 1.999 sustituye al hasta entonces vigente, aprobado en 1.985, salvo los efectos de transitoriedad expresamente previstos en el mismo o que sean preceptivos por las determinaciones de la legislación urbanística y otras disposiciones. Las Ordenanzas y Normas Urbanísticas del Plan General de 1.999 están publicadas en el B.O.P., Suplemento nº 62, de 24 de mayo de 1.999 y la Adaptación de las Normas Urbanísticas del Plan General, realizada de acuerdo con las condiciones de la mencionada Orden, están publicadas en el B.O.P. de 11 de febrero de 2000. 1.2. ORDENAMIENTO JURÍDICO-URBANÍSTICO DE APLICACIÓN. Relación no exhaustiva de las normas jurídicas relativas al suelo y al urbanismo: 1.2.1 Normativa del Estado: - Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1.954. - Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1.976, en lo que no se oponga a la legislación posterior vigente en la materia. - Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, Reglamento de Planeamiento, (BOE de 15 y 16 de septiembre), en lo que no se oponga a la legislación posterior vigente en la materia. - Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, Reglamento de Gestión Urbanística, (BOE de 31 de enero y 1 de febrero de 1.979), en lo que no se oponga a la legislación posterior vigente en la materia. - Real Decreto 2187/1.978, de 23 de junio, Reglamento de Disciplina Urbanística, (BOE de 31 de enero y 1 de febrero de 1.979), en lo que no se oponga a la legislación posterior en la materia. - Ley 16/1.985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español. - Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1.985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. - Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Texto articulado afectado por la Ley 53/2002, Ley de acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado para el 2003 (BOE núm. 313 de 31 de diciembre de 2002). - Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (BOE de 31 de diciembre). - Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. (B.O.E. núm. 102 de fecha 29 de abril de 2006) - Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. (B.O.E. núm. 15 de fecha 22 de junio de 2008) MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 2

1.2.2 Normativa de la Comunidad Autónoma: - Decreto 87/1993, de 13 de julio, sobre catálogos de suelo de uso residencial, (DOCM de 23 de julio de 1.993). - Decreto 58/94, de 21 de junio, por el que se modifica la redacción de la disposición transitoria primera del Decreto 87/1993, de 13 de julio sobre catálogos de suelo de uso residencial, (DOCM de 21 de junio de 1.994) - Ley 1/1994, de 24 de mayo, de Accesibilidad y Eliminación de Barreras en Castilla-La Mancha. D.O.C.M. Núm 32, de 24 de junio de 1994. - Decreto 158/1997 de 2 de diciembre, del Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha. D.O.C.M. Núm 54, de 5 de diciembre de 1997. - Orden de 31 de marzo de 2003, de la Consejería de Obras Públicas, por la que se aprueba la Instrucción Técnica de Planeamiento sobre determinados requisitos sustantivos que deberán cumplir las obras, construcciones e instalaciones en suelo rústico (DOCM de 8 de abril de 2003). - Decreto 242/2004, de 27 de julio de 2004, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (DOCM Num. 17 de 30 de julio de 2004). - Decreto 248/2004, de 14 de septiembre de 2004, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (DOCM de 28 de septiembre de 2004). - Decreto Legislativo 1/2004, de 28 de diciembre de 2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística (DOCM de 19 de enero de 2005). - Ley 7/2005, de 7 de Julio y Ley 12/2005 de 27 de Diciembre de modificación del Decreto Legislativo 1/2004 de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha. - Ley 12/2005, de 27 de Diciembre de 2005, de modificación del Decreto Legislativo 1/2004 de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha. - Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha. (D.O.C.M. Núm 60 de 20 de marzo de 2007). - Ley 2/2009, de 14/05/2009, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Suelo por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (D.O.C.M. de 25 de mayo de 2009). - Ley 2/2009, de 14/05/2009, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Suelo por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (D.O.C.M. de 25 de mayo de 2009). 2. INFORMACIÓN URBANÍSTICA. Este apartado se remite a la Información Urbanística propia del Plan General de 1.999. 3. ESTUDIO, INFORME O EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. El carácter de la modificación propuesta no requiere Evaluación de Impacto Ambiental. No concurren ninguna de las circunstancias previstas en los artículos 31.b), 39.8 y 39.9 del TRLOTAU. MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 3

4. JUSTIFICACIÓN DETALLADA DE LA MODIFICACIÓN 4.1 PROCEDENCIA DE LA MODIFICACIÓN. 4.1.1. Bases Jurídicas de la Modificación. La innovación introducida a través del presente documento afecta, únicamente, a la documentación gráfica del Plan Parcial del Sector V del PGOU, cuyas determinaciones urbanísticas constan en el correspondiente documento diligenciado en los términos aprobados por acuerdos plenarios de fecha 17 de mayo de 1999 y 25 de enero de 2001, cuyas obras de urbanización fueron recibidas por el Ayuntamiento con fecha 14 de junio de 2005. En virtud de lo dispuesto en el artículo 39 del TRLOTAU, cualquier innovación de las determinaciones de los Planes deberá ser establecida por la misma clase de Plan y observando el mismo procedimiento seguido para la aprobación de dichas determinaciones. Por ello, a través del presente documento, se propone la innovación del Plan Parcial del Sector V, consistente en cambiar el uso específico de la parcela calificada como sistema local de equipamiento deportivo, situada en la Calle de la Paz de Albacete. Dicha determinación, al tratarse de un sistema local, forma parte de la ordenación detallada del Plan Parcial aprobado, según se identifica y distingue expresamente en los artículos 9.1.1 y 9.1.2 de las NNUU del PGOU, incluidos en la Modificación Puntual I.6, referente a la Diferenciación de las determinaciones correspondientes a la ordenación estructural y detallada, aprobada definitivamente por Orden de la Consejería de Vivienda y Urbanismo, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 15 de junio de 2004. En los siguientes apartados se justifica que la innovación propuesta tiene carácter puntual y que no representa un replanteamiento global y sustantivo del contenido del Plan en vigor. Este procedimiento de modificación respeta las reglas establecidas en el artículo 41 del TRLOTAU y 119 del Reglamento de Planeamiento de Castilla-La Mancha. 4.1.2. Antecedentes Administrativos de la Modificación. Instrucción. Acuerdo de Iniciación A continuación se adjunta el Acuerdo adoptado por el Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo en sesión ordinaria de fecha 17 de junio de 2009 y el Decreto de Alcaldía de fecha 22 de junio de 2009, en virtud de los cuales se elabora el presente documento. MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 4

MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 5

MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 6

4.2. IDENTIFICACION DEL ÁMBITO AFECTADO. La modificación propuesta afecta a las parcela dotacional sita en la Calle de la Paz, cuyo emplazamiento se refleja en el Plano nº 1 incluido en el apartado Planos de Información. Los datos de dicha parcela son: - Denominación: Parcela P-DEP del SECTOR V del PGOU - Situación: C/ de la Paz, nº 8 - Referencia catastral: 8061604WJ9186A0001SY. - Titularidad: Pública (Ayuntamiento de Albacete) - Clave del inventario municipal: 1.2/716 - Superficie de parcela: 5.870,30 m²s 4.3. OBJETO, CONVENIENCIA Y JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN. 4.3.1. Objeto. La innovación de planeamiento propuesta tiene por objeto mejorar la funcionalidad de la parcela identificada en el punto 4.2 anterior, sita en la Calle La Paz, otorgándole una calificación acorde con los usos de interés público a los que se pretende destinar. Para la consecución de dichos fines se propone cambiar el uso específico de dicha parcela, de Sistema Local de Equipamiento Deportivo a Sistema Local de Equipamiento de Contingencia. MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 7

4.3.2. Justificación y conveniencia. La Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Cultura, por escrito de 12 de mayo de 2009, puso en conocimiento del Ayuntamiento de Albacete la necesidad de atender la demanda de escolarización en la zona del Sector nº 5 del PGOU, al ser insuficientes en la actualidad los Centros Benjamín Palencia y Castilla-La Mancha, considerando idónea para dichos fines la parcela vacante objeto de la presente innovación de planeamiento. A la vista de lo expuesto, se considera de interés general posibilitar la atención de las nuevas necesidades de equipamiento público en esta zona de la ciudad en la parcela referida, otorgándole una calificación acorde con el destino necesario. Por los motivos expuestos y por el interés general que supone mejorar la funcionalidad de las dotaciones públicas de equipamiento, se considera debidamente justificada y conveniente la modificación propuesta. 4.4. DETERMINACIONES DEL PLAN GENERAL VIGENTE. Según el planeamiento vigente, las determinaciones urbanísticas de la parcela identificada en el apartado 4.2 de este documento son: - CLASIFICACIÓN: SUELO URBANO CONSOLIDADO, en virtud del supuesto recogido en el punto 2 del artículo 45 del TRLOTAU, al haber sido completadas y recibidas las obras de urbanización del Sector 5 de suelo urbanizable del PGOU. - CALIFICACIÓN: SISTEMA LOCAL DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO - DETERMINACIONES: Normas Edificación del Plan Parcial del Sector nº 5 del PGOU (Ordenanza ZU-DE del PGOU de 1985) y artº. 5.2.6. modificado de las NNUU del PGOU. Plano de Calificación del Plan Parcial del Sector V del PGOU de Albacete MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 8

4.5. DETERMINACIONES PROPUESTAS. Las determinaciones urbanísticas propuesta para la parcela identificada en el apartado 4.2 de este documento son las siguientes: - CLASIFICACIÓN: SUELO URBANO CONSOLIDADO - CALIFICACIÓN: SISTEMA LOCAL DE EQUIPAMIENTO DE CONTINGENCIA - DETERMINACIONES: - ARTº. 5.2.6. modificado de las NNUU del PGOU. El contenido de esta modificación afecta, únicamente, al Plano nº 7 de Calificación del Plan Parcial del Sector V del PGOU de Albacete, el cual, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39.9 del TRLOTAU, se incluye en el apartado Planos de Ordenación a fin de reemplazar al antiguo. 4.6. JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN PROPUESTA. 4.6.1. Justificación de la solución propuesta. La solución propuesta en esta modificación, consistente en cambiar el uso específico de la parcela definida en el punto 4.2, de Sistema Local de Equipamiento Deportivo a Sistema Local de Equipamiento de Contingencia, se justifica en lo siguiente: - La Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Cultura, por escrito de 12 de mayo de 2009, puso en conocimiento del Ayuntamiento de Albacete la necesidad de atender la demanda de escolarización en la zona del Sector nº 5 del PGOU, al ser insuficientes en la actualidad los Centros Benjamín Palencia y Castilla-La Mancha, considerando idónea para dichos fines la parcela vacante objeto de presente innovación de planeamiento. Para ello, era necesaria la modificación del uso específico de la parcela en el sentido de atribuirle aquel que permita su destino a los fines previstos. - En relación con lo anterior, las parcelas expresamente calificadas como equipamiento de contingencia permiten su destino a cualquiera de las categorías establecidas en el apartado 2.1. del artículo 5.2.6. de las Normas Urbanísticas del Plan General. Estas son: Administrativo, Bienestar Social y Asistencial, Deportivo, Docente, Socio-cultural, Religioso, Sanitario y Multifuncional. Es decir, la calificación de una parcela dotacional como equipamiento de contingencia permite atender diferentes usos, adecuándose a las necesidades que, en beneficio del interés general, haya que dar respuesta en cada momento. - Por otro lado, el cambio de calificación propuesto mejora la funcionalidad de las parcela dotacional sin desvirtuar la ordenación originaria y posibilita la atención de las nuevas necesidades de servicios públicos. 4.6.2. Justificación del cumplimiento de los criterios y fines previstos en el Título I del TRLOTAU. La presente innovación de planeamiento, como actuación pública urbanística, se ajusta a los fines enunciados en el artículo 6 del TR LOTAU. MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 9

La modificación de la calificación del suelo propuesta, de Sistema Local de Equipamiento Deportivo a Sistema Local de Equipamiento de Contingencia, permite la implantación de cualquiera de las categorías de equipamiento establecidas en el apartado 2.1 del artículo 5.2.6 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana. Todo ello redunda en beneficio del interés público, por cuanto supone una mejora en la funcionalidad de la parcela dotacional, mayor diversidad de usos dotacionales; contribuyendo, con todo ello, a garantizar el desarrollo racional y equilibrado del territorio conforme al interés general que debe regir la ocupación y el uso del suelo. 4.7. DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL Y DETALLADA La innovación introducida a través del presente documento afecta, únicamente, a la documentación gráfica del Plan Parcial del Sector V de suelo urbanizable aprobado, concretamente, a la clase de equipamiento de la parcelas calificada como sistema local de equipamiento deportivo definida en el punto 4.2. Dicha determinación, por tratarse de sistemas locales, forma parte de las determinaciones correspondientes a la ordenación detallada del Plan General, según se identifica y distingue expresamente en el artículo 9.1.2 de las NNUU del PGOU, incluido en la Modificación Puntual I.6 referente a la Diferenciación de las determinaciones correspondientes a la ordenación estructural y detallada, aprobada definitivamente por Orden de la Consejería de Vivienda y Urbanismo, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 15 de junio de 2004. 4.8. INFORME DE SOSENIBILIDAD ECONÓMICA Y LÓGICA SECUENCIAL. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 del TRLOTAU, modificado por la Ley 2/2009, de 14/05/2009, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Suelo, los planes que prevean inversiones públicas y privadas para su ejecución, deberán incluir un informe de sostenibilidad económica basado en la evaluación analítica de las posibles implicaciones económicas y financieras en función de los agentes inversores previstos y de la lógica secuencial establecida para su ejecución, puesta en servicio, mantenimiento y conservación de las infraestructuras y servicios. Esta modificación, por la materia de que es objeto, no requiere una evaluación específica de esta materia. 5. TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DOCUMENTO. El presente documento constitutivo de una Modificación del Plan Parcial del Sector nº 5 del PGOU de Albacete deberá someterse a la tramitación administrativa oportuna para innovaciones que afectan a determinaciones correspondientes a la ordenación detallada, hasta la obtención de su aprobación definitiva. MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 10

NORMAS URBANÍSTICAS Esta modificación no establece determinaciones de desarrollo del régimen urbanístico del suelo, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del TR LOTAU, no requiere documento de Normas Urbanísticas. PLANOS DE INFORMACIÓN I.1. PLANO CATASTRAL DE PARCELA AFECTADA I.2. PLANO Nº 7, DE CALIFICACIÓN, DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V DEL P.G.O.U. DE ALBACETE MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 11

PLANOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39.9 del TR LOTAU, se adjuntan los siguientes planos que sustituyen y anulan a los de estado actual: O.1. PLANO DE RELACIÓN CON EL ENTORNO. O.2. PLANO COMPARATIVO DE LA ORDENACIÓN ANTIGUA Y LA NUEVA. O.3. PLANO Nº 7, DE CALIFICACIÓN MODIFICADO, DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V DEL P.G.O.U. DE ALBACETE. MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 12

CATÁLOGO DE SUELO PÚBLICO DE USO RESIDENCIAL Esta modificación no afecta a las determinaciones del Catálogo de Suelo Residencial Público del Plan General vigente. CATÁLOGO DE BIENES PROTEGIDOS Esta modificación no afecta a las determinaciones del Catálogo de Bienes Protegidos. MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR V 13