DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA, EL QUE CONTIENE PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL ACUÍFERO "EL HUNDIDO" DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA, A LA PROPUESTA CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL ACUIFERO "EL HUNDIDO". HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca de la LX Legislatura del Senado de la República, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la propuesta con Punto de Acuerdo sobre el acuífero "El Hundido", presentada por el Senador Arturo Escobar y Vega, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. En virtud del análisis y estudio del Punto de Acuerdo que se dictamina, esta Comisión Legislativa, con base en las facultades que le confieren los artículos 86, 94 y 103 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 58 y 95 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes: ANTECEDENTES PRIMERO.- El 24 de octubre de 2006, el Senador Arturo Escobar y Vega, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó una propuesta con Punto de Acuerdo sobre el acuífero "El Hundido"; SEGUNDO.- En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la propuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente; TERCERO.- El 13 de noviembre de 2006, a invitación del Congreso del Estado de Coahuila, la Comisión realizó una visita de trabajo al Área de Protección de Flora y Fauna de Cuatrocienegas, y participó en un foro de análisis sobre la problemática que aqueja los acuíferos de la zona, cuyos resultados y propuestas se integran al contenido del presente dictamen; CUARTO.- El 11 de diciembre de 2006, se recibió oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno del Estado de Coahuila, mediante el cual expresan el respaldo de la administración pública estatal al proyecto de dictamen del Punto de Acuerdo sobre el acuífero "El Hundido", toda vez que en el mismo se incorporaron las propuestas e inquietudes señaladas durante el foro de análisis sobre la problemática que aqueja los acuíferos de la zona. De esta forma, el Gobierno del Estado asume su responsabilidad en la atención del asunto materia del presente dictamen, y QUINTO.- Posteriormente, el 20 de diciembre de 2006, el Congreso del Estado de Coahuila aprobó un Acuerdo mediante el cual dicho órgano legislativo envía "un atento y respetuoso exhorto a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca del Senado de la República, para que a la brevedad posible, emitan el dictamen a la propuesta con Punto de Acuerdo sobre el acuífero "El Hundido", que tienen en cartera, y que contempla la protección de los acuíferos 0528 Cuatrociénegas, 0504 Cuatrociénegas-Ocampo y 0506 El Hundido, área que ha estado en problemas en nuestro estado y representa una riqueza natural invaluable en el mundo, la cual algunos miembros de la Comisión en mención tuvieron oportunidad de conocer en su visita al foro de análisis el pasado mes de noviembre". Tomando en cuenta los antecedentes antes descritos, esta Comisión Legislativa inició el proceso de dictaminación del presente asunto, de conformidad con las siguientes: CONSIDERACIONES
La Ley de Aguas Nacionales concibe al agua como un bien de dominio público federal, vital, vulnerable y finito, con valor social, económico y ambiental, razón por la cual se declara de utilidad pública la protección, mejoramiento, conservación y restauración de cuencas hidrológicas, acuíferos, cauces, vasos y demás depósitos de agua de propiedad nacional, zonas de captación de fuentes de abastecimiento, así como la infiltración natural o artificial de aguas para reabastecer mantos acuíferos. En este sentido, cabe destacar sin mayores preámbulos que la importancia ambiental, social y económica de los acuíferos 0528 Cuatrociénegas, 0504 Cuatrociénegas-Ocampo y 0506 El Hundido se encuentra fuera de toda discusión, y que existe evidencia sobre los impactos negativos que las actividades humanas han provocado sobre los mismos en las últimas décadas. De esta forma, se reconoce plenamente la importancia de la región como corredor biológico, por la presencia de fenómenos naturales extraordinarios (dunas de yeso y pozas de agua caliente), por sus endemismos, y finalmente, por la riqueza en términos de diversidad biológica. Asimismo, aunado a su importancia por el nivel de endemismos y diversidad de especies, el Valle de Cuatrociénegas cuenta con estromatolitos vivos, formaciones compuestas principalmente por cianobacterias, y que son consideradas las formas de vida más antiguas de la Tierra. El sistema hidrológico superficial del Valle de Cuatrociénegas se mantuvo aislado, debido a que formaba una cuenca cerrada. Pero con la fundación de la ciudad de Cuatrociénegas en 1800, se inician las modificaciones del humedal para uso agrícola. La canalización de algunos de los manantiales de mayor producción de agua ha disminuido las áreas pantanosas y modificado el patrón de inundación del Valle. Posteriormente, se inicia la actividad agropecuaria en la región, donde los principales cultivos eran los viñedos, el frijol, el algodón y el chile. A partir del siglo XX, la superficie dedicada a actividades agrícolas dentro del Municipio de Cuatrociénegas se ha incrementado. De 1930 a 1960, la superficie de riego se ha duplicado y de 1960 a 1994, la superficie se triplicó; esto último, como resultado de la construcción de las obras de irrigación, aunado a la apertura de pozos para riego. Los cultivos que se producen dentro de la región también han cambiado a través del tiempo debido a procesos de salinización y a la fluctuación de precios en el mercado. Actualmente, la alfalfa es el cultivo más importante dentro del Valle y uno de los cultivos con mayores requerimientos de agua, pero con mayor resistencia a las sales. La falta de una regulación en el uso del agua dentro del Valle de Cuatrociénegas se presenta como una amenaza latente por los volúmenes de agua que se obtienen de las pozas y por la forma de extracción, la cual mantiene a los manantiales en su nivel más bajo de agua y carece de compuertas que permitan el cierre de los canales, por lo que las pozas son drenadas los 365 días del año. Además de la extracción de agua por medio de canales abastecidos por manantiales, existe explotación de agua subterránea. Los Valles de Cuatrociénegas, Ocampo y El Hundido se encuentran en una zona de libre alumbramiento, por lo que no existe un límite al número de pozos que se perforan, sin embargo, la Gerencia Estatal de la Comisión Nacional del Agua debe otorgar la concesión del agua que será utilizada. A causa de la fuerte explotación a la que es sometida el agua del Valle de Cuatrociénegas y sus alrededores, la Gerencia Estatal de la Comisión Nacional del Agua (CNA) dentro de su Programa Hidráulico 1996-2020 (1998) clasifica la condición del acuífero superior de Cuatrociénegas - Ocampo como sobreexplotado. A pesar de ello, existe una demanda por mayores volúmenes de agua. Dentro del Estudio hidrogeológico de los acuíferos El Hundido y Cuatrociénegas, Coahuila elaborado por el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), mencionan que en el Valle de Cuatrociénegas se tienen registrados 71 aprovechamientos y 299 manantiales (pozas). En dicho estudio, se realizó la hidrometría de los aprovechamientos subterráneos con el fin de conocer los volúmenes de agua subterránea que se extraen mediante pozos, norias y las salidas de las pozas. Los resultados muestran que la extracción asciende a 134.2 Mm3/año (4,255.45 lps), de los cuales el 82% corresponde a las pozas y el resto a pozos agrícolas. Esto muestra la presión que se ejerce sobre los cuerpos de agua y por consiguiente, sobre las especies que de ellos dependen.
Dentro de los estudios técnicos del acuífero 0506 El Hundido publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de noviembre del 2003, reportaban un déficit de 1.72 millones de m3/año, por lo que no existía para entonces disponibilidad de agua para otorgar nuevas concesiones. Además, se reportaba que el proyecto que se tenía en marcha para el cultivo de forrajes, incluía la construcción de pozos, cuya operación incrementaría la extracción del acuífero a un volumen equivalente a unas tres veces su recarga media anual. Por todo lo antes expuesto, en primer término resulta procedente emitir un respetuoso exhorto a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que por su conducto se agilicen los trámites a fin de publicar el Decreto por el que se vedan las aguas del acuífero 0506 El Hundido, y se declare Reserva parcial del volumen del mismo, para usos doméstico y público urbano, toda vez que la fracción II del artículo 8º de la Ley de Aguas Nacionales faculta al titular de dicha dependencia a "Proponer al Ejecutivo Federal los proyectos de ley, reglamentos, decretos y acuerdos relativos al sector". Asimismo, derivado del foro de análisis sobre la problemática de Cuatrocienégas, se desprende que uno de los puntos coincidentes versa precisamente sobre la declaratoria de la veda de este acuífero. Acto seguido, se exhorta a la CNA, al IMTA y a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para que, con la participación del Gobierno del Estado de Coahuila, el Instituto Nacional de Ecología, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y demás personas interesadas, y con base en el enfoque precautorio, se elabore el diagnóstico del estado actual de los acuíferos 0528 Cuatrociénegas y 0504 Cuatrociénegas-Ocampo, así como el balance hídrico, elplan de manejo y el reglamento para cada acuífero, con el fin de preservar en cantidad y calidad el agua de los mismos. En este sentido, cabe destacar que el enfoque precautorio se encuentra previsto en el principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el cual establece que "Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente". De esta forma, a pesar de las controversias que se han presentado en el análisis de la problemática de los acuíferos que nos ocupan, se recomienda establecer la presunción a favor de la preservación del ambiente. Además, se solicita que se establezca un sistema de monitoreo biológico y ambiental, que permanentemente permita evaluar la situación de los elementos naturales de la zona, y que incluya la calidad del agua en los citados acuíferos. Este exhorto atiende a la necesidad de contar con información actualizada sobre la situación ambiental de la zona, lo que facilitará el proceso de toma de decisiones sobre la problemática en comento. Por otro lado, una de las propuestas en las que más se insistió durante el foro celebrado el 13 de noviembre de 2006, fue en relación con el cierre de los canales que se encuentren en desuso, con el fin de reducir la evaporación y recuperar agua para los humedales de la zona. Consecuentemente, se exhorta a la CNA a proceder en este sentido. Finalmente, en este primer resolutivo se exhorta a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para que, en primer termino, vigile el cumplimiento del Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna "Cuatrociénegas", y, en segundo, estudie la posibilidad de ampliar el polígono de dicha Área Natural Protegida, o, en su caso, si resulta procedente el establecimiento de una o varias Áreas Naturales Protegidas de carácter federal, estatal o municipal, con el fin de preservar las zonas de recarga de los acuíferos en comento. En este sentido, cabe destacar que uno de los fines de las Áreas Naturales Protegidas comprende proteger el ciclo hidrológico en cuencas, de conformidad con lo previsto en la fracción VI del artículo 45 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. El segundo resolutivo tiene como fin promover el desarrollo económico y social del área, velando por la calidad de vida de sus pobladores. Por esta razón, lo que se pretende es encontrar alternativas productivas que fomenten un desarrollo agrícola sustentable y un uso eficiente del recurso hídrico. En consecuencia, se estima procedente emitir un respetuoso exhorto a la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que emprenda una serie de proyectos en este sentido. De esta forma, la región de Cuatrociénegas podría
convertirse en la base de un proyecto piloto, que posteriormente podría replicarse a otras zonas del territorio nacional. Por último, cabe destacar que en los resolutivos antes mencionados se establece la participación de diferentes órganos de la Administración Pública Federal, así como del Gobierno del Estado de Coahuila, centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y demás personas interesadas, en atención no sólo al interés general que existe en torno a la problemática de Cuatrociénegas, sino además, al principio de corresponsabilidad en materia ambiental, previsto en la fracción III del artículo 15 de la LGEEPA, y a la máxima que establece que "La coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública y entre los distintos niveles de gobierno y la concertación con la sociedad, son indispensables para la eficacia de las acciones ecológicas". Derivado de dichos principios, se desprenden disposiciones como la contenida en el numeral 14 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, que establecen que "La Comisión, conjuntamente con los Gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios, los organismos de cuenca, los consejos de cuenca y el Consejo Consultivo del Agua, promoverá y facilitará la participación de la sociedad en la planeación, toma de decisiones, ejecución, evaluación y vigilancia de la política nacional hídrica". De acuerdo con lo antes expuesto, los integrantes de la Comisión Legislativa que suscriben el presente, se permiten someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- El Senado de la República del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno de la República a lo siguiente: I. Agilice los trámites a fin de publicar el Decreto por el que, por causa de utilidad e interés público, se veda la extracción, uso, aprovechamiento y explotación de las aguas del acuífero 0506 El Hundido, en el Estado de Coahuila, y se declare Reserva parcial del volumen del mismo, para usos doméstico y público urbano, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aguas Nacionales; II. Que por conducto de la Comisión Nacional del Agua y el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, con la colaboración del Gobierno del Estado de Coahuila, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y demás personas interesadas, y con base en el enfoque precautorio, se elabore el diagnóstico del estado actual de los acuíferos 0528 Cuatrociénegas y 0504 Cuatrociénegas-Ocampo, así como el balance hídrico, el programa de manejo y el reglamento de cada acuífero, con el fin de garantizar los usos doméstico y ambiental del recurso hídrico, y la sustentabilidad de las actividades productivas, la preservación de los ecosistemas y su biodiversidad; III. Que por conducto de la Comisión Nacional del Agua, el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, con la colaboración del Gobierno del Estado de Coahuila, el Instituto Nacional de Ecología, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y demás personas interesadas, se establezca un sistema de monitoreo biológico y ambiental, que de manera constante evalué la situación de los elementos naturales de la zona, y que incluya la calidad del agua en los acuíferos 0506 El Hundido, 0528 Cuatrociénegas y 0504 Cuatrociénegas-Ocampo; IV. Que por conducto de la Comisión Nacional del Agua, con la colaboración del Gobierno del Estado de Coahuila, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y demás personas interesadas, se proceda al cierre de los canales que se encuentren en desuso; V. Que por conducto de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, con la colaboración del Gobierno del Estado de Coahuila, centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y demás personas interesadas, se vigile el cumplimiento del Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna "Cuatrociénegas", y estudie la posibilidad de ampliar el polígono de dicha Área Natural Protegida, o, en su caso, si resulta procedente el establecimiento de una o varias Áreas Naturales Protegidas de carácter federal, o,
en su caso, recomiende el establecimiento de un área protegida estatal o municipal, con el fin de preservar las zonas de recarga de los acuíferos 0506 El Hundido, 0528 Cuatrociénegas y 0504 Cuatrociénegas-Ocampo, y SEGUNDO.- El Senado de la República del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que, con la colaboración del Gobierno del Estado de Coahuila, de la Comisión Nacional del Agua, del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y demás personas interesadas, emprenda una serie de proyectos de cultivos alternativos que fomenten un desarrollo agrícola sustentable y un uso eficiente del recurso hídrico. Dado en el Salón de Plenos de la Honorable Cámara de Senadores el día 13 de febrero de 2007. COMISION DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA