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Transcripción:

Claudia Marcela Arroyave Torres 2010

PLAN DE NEGOCIO Y LA PLANEACION PARTICIPATIVA ACTIVIDAD: Pesebres artesanales Numero de grupos : 3 Tiempo: 30 minutos EVALUAR: Como se da la comunicación? Como se da la participación? Como es el liderazgo? Como se hace la distribución de tareas? Como se hace la utilización de materiales?

ANALISIS Y CONCLUSIONES Cantidad de casas construidas Calidad Este caso se presenta de manera real en la comunidad, cuando una institución aporta recursos para un proceso de autogestión. Si la comunidad no se encuentra preparada para la planeación participativa, no se logran los resultados esperados. Algunas artesanas lograron entender el valor de trabajar en equipo y unirse.

EMPRESA Actividad económica organizada. Propietarios Gerentes Empleados PERSONAS CAPITAL Efectivo Maquinaria Mercancía Producción Comercialización Servicios TRABAJO

CLASIFICACION DE EMPRESAS POR ACTIVIDAD: EXTRACTIVAS Explotación de recursos que se encuentran en el subsuelo. Mineras COMERCIALES Compra y venta de productos naturales, semielaborados y terminados a mayor precio del comprado, obteniendo así una utilidad. INDUSTRIALES Transformar la materia prima en productos terminados o Semielabor ados. Artesanias, telas

POR ACTIVIDAD SERVICIOS Prestar un servicio para satisfacer las necesidades de la comunidad Turismo, Salud, Educacion AGROPECUARIA Explotan en grandes cantidades los productos de origen agrícola y pecuario.

POR SU TAMAÑO GRANDE Mas de 200 trabajadores Personal especializado Gran división del trabajo Grandes Activos MEDIANA Entre 51 y 200 La inversión y los rendimientos obtenidos son mayores que los de la pequeña PEQUEÑA Muy poco capital y poca mano de obra. Máximo 50 trabajadores

PEQUEÑAS EMPRESAS FAMIEMPRESAS La familia es el motor del negocio convirtiéndose en la unidad productiva MICROEMPRESAS No mayor a 10 empleados Capital, personal e ingresos muy personales PEQUEÑAS Entre 11 y 50 trabajadores

CLASIFICACION POR ORIGEN DEL CAPITAL PRIVADA Particulares PUBLICA Estado MIXTA Los dos

TIPOS DE EMPRESA FORMAS JURIDICAS EMPRESAS INDIVIDUALES SOCIEDADES DE PERSONAS SOCIEDADES DE CAPITAL SOCIEDADES DE ECONOMIA SOLIDARIA

INDIVIDUALES VENTAJAS Costos de puesta en marcha relativamente bajos; Mayor libertad en el ámbito reglamentario. El propietario es directamente responsable de tomar las decisiones. Capital circulante mínimo requerido. Ventajas fiscales para el Propietario. Todos los beneficios son para el propietario. DESVENTAJAS Responsabilidad ilimitada Falta de continuidad en la organización de la empresa si falta el propietario; dificultad de encontrar capital.

EMPRESAS INDIVIDUALES El propietario de una empresa individual es enteramente responsable de todas las deudas y obligaciones de su compañía. Un acreedor tiene derecho a reclamar al propietario único, en concepto de reembolso de su deuda, el valor total de la empresa y la totalidad de sus bienes, tanto profesionales como personales. Esto se conoce con el nombre de responsabilidad ilimitada.

EJEMPLO María es una artesana que trabaja el barro. Hace figuras de todo tipo, dependiendo del pedio que reciba por parte de las tiendas de artículos que se encuentran en alguno pueblos de su región. Aunque en un principio podía responsabilizarse sola de todo el trabajo, llegó un momento que le fue imposible hacerse cargo de todo, por lo que necesito contratar dos trabajadores que, bajo su cargo, le ayudaran a poder entregar los pedidos sin retraso. María posee actualmente su pequeño taller, con sus dos trabajadores: ella es una empresaria individual.

PORQUE INDIVIDUAL? Convertirse en empresario individual es muchas veces la forma más fácil y barata de empezar una actividad empresarial. De todas formas, esta fórmula no exime de una serie de trámites legales. Inicialmente, entre otros pasos, el empresario individual deberá: IVA Y SEGURIDAD SOCIAL hacen parte de algunos de los requisitos, dentro del régimen especial para autónomos. El empresario individual es aquél que actúa, trabaja y factura con su nombre NIT (Número de Identificación Tributaria). Todas las obligaciones fiscales, impuestos, declaraciones, etc., siempre se efectúan a su nombre y, por tanto es responsable a título individual de la gestión de la empresa.

El resultado de su negocio lo refleja en su declaración de renta, bajo el concepto de rendimiento de la actividad empresarial. El empresario individual, también conocido como trabajador autónomo o profesional, hace frente a sus deudas y obligaciones con los bienes de la empresa y si éstos no son suficientes, con su patrimonio personal, por tanto, su responsabilidad es ilimitada frente a terceros (empleados, clientes, proveedores, entidades financieras, administración pública, etc.).

SOCIEDAD COLECTIVA Cuya característica principal estriba en la responsabilidad personal e ilimitada de los socios, por las obligaciones sociales. Su razón social se forma con el nombre y/o apellidos de uno o varios socios acompañados de las siglas "Hmnos", "& Cía", "E Hijos". Mínimo 2 socios y sin limite máximo. Disolución de la sociedad colectiva puede darse ya sea por muerte, por incapacidad o renuncia de algunos de los socios.

SOCIEDAD LIMITADA Responsabilidad no se extiende más allá de los aportes. El monto del capital está dividido en cuotas de igual valor. El número mínimo 2 y máximo 25. Los aportes se pagaran al constituirse la sociedad.

Escritura publica con estatutos ante Notario y registro del NIT y ante Cámara de Comercio. Los órganos sociales: Asamblea de asociados y el representante legal y su nombre podrá ser razón social o denominación social, seguida de la palabra LIMITADA o LTDA abreviadamente. Causales de disolución: exceder el número máximo de socios y por tener perdidas que reduzcan el capital a menos del 50%.

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE Se constituye con uno o más socios colectivos o gestores y uno o más socios comanditarios, los colectivos o gestores mantienen la responsabilidad total del negocio como en las colectivas por tanto que los comanditarios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La razón social igual al de la sociedad colectiva pero agregándole S en C "Sociedad en Comandita".

La sociedad en comandita simple debe tener por lo menos un socio gestor y un socio comanditario, los cuales no pueden exceder de 25. El capital deberá pagarse, en el caso de la sociedad en comandita simple, la totalidad al momento de la constitución.

COMANDITA POR ACCIONES Se constituye con cinco socios como mínimo, delos cuales uno o más socios deben ser colectivos o gestores y uno o más socios deben ser comanditarios. La razón social igual al de la sociedad colectiva pero agregándole S. en C. por A. "Sociedad en Comandita por Acciones". Su capital está dividido en unidades llamadas acciones y para constituirse legalmente tiene que presentarlo así: el 100% es el capital autorizado, tiene que suscribir no menos del 50% y tiene que pagar 1/3 del capital suscrito.

SOCIEDAD ANONIMA Deben tener como mínimo cinco accionistas. Los accionistas responden por las obligaciones de la sociedad hasta por el monto de su aporte. En el momento de la constitución de la sociedad los accionistas deben suscribir por lo menos el 50% del capital autorizado y pagar por lo menos el 33% del capital suscrito. El capital suscrito restante, deberá ser pagado dentro del año siguiente a la fecha de constitución de la sociedad. El capital de la sociedad anónima se divide en acciones del mismo valor que se representan a través de títulos negociables.

CARACTERISTICAS S.A La dirección y administración de la sociedad están a cargo del representante legal, la junta directiva y la asamblea general de accionistas. El representante legal y sus suplentes son elegidos y removidos por la junta directiva, a menos que en los estatutos esta facultad le haya sido asignada a la Asamblea de Accionistas. Ningún accionista puede ser propietario del 95% o más del total de las acciones en que se divide el capital social. Obligatoriamente deben contar con revisor fiscal.

SOCIEDAD ANONIMA SIMPLIFICADA Mediante la LEY 1258 del 5 de Diciembre de 2008, se creo la SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA. CARACTERÍSTICAS : Se puede constituir por una o varias personas a través de documento privado. Siempre será de naturaleza comercial sin importar las actividades que contemplen en su objeto social Su estructura orgánica y las normas que rijan su funcionamiento, serán determinadas libremente en los estatutos. Deben tener al menos un representante legal

S.A.S Su término de duración puede ser indefinido. No es obligatorio tener Junta Directiva. Los accionistas no son responsables de las obligaciones de la sociedad. No está obligada a tener Revisor Fiscal, sólo será obligatorio cuando la Ley lo exija.

IMPORTANTES CAMBIOS El Artículo 46 prohíbe la creación de SOCIEDADES UNIPERSONALES, con base en el Art. 22 de la Ley 1014 de 2006 y las ya constituidas deben transformarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la promulgación de la Ley. Lo anterior, debido a que las S.A.S. pueden constituirse con UN SOLO ACCIONISTA, independientemente del monto de activos y número de empleados.

EMPRESA UNIPERSONAL Una persona natural o jurídica podrá destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil. La empresa unipersonal, una vez inscrita en el registro mercantil forma una persona jurídica"(art.71 de la Ley 222 de 1995). Se denominará bajo la expresión "empresa unipersonal" o la sigla "E.U".

Su constitución se hace mediante documento privado o escritura publica otorgada ante Notario. El capital de trabajo DEBERA PAGARSE en el momento de constitución de la empresa y estará conformado por los bienes que el socio empresario destine para el desarrollo de la actividad de la sociedad.

ESTUDIO DE CASO El emprendedor Rafael Sánchez siempre tuvo la idea de fabricar chips para computadoras, decidió estudiar en una universidad tecnológica donde adquirió los conocimientos técnicos suficientes y conoció a varios compañeros que comulgaron con sus fines de establecer una empresa para la venta de microchips; sin embargo, si bien es cierto que tenían su plan de negocios, les faltaba el dinero para comprar todo lo necesario para establecer la empresa. Supieron de Don Gastón, hombre adinerado a quien le intereso el proyecto y les prometió inversión a cambio de la mayoría de las acciones. a) Que sociedad le aconsejarías constituir?

ESTUDIO DE CASO Ricardo López y su esposa descubrieron un método para fabricar velas de decoración, su filosofía fue que en el negocio únicamente intervinieran familiares, ya que no querían extraños en la sociedad, pues deseaban que sus hijos y familiares continuaran con el negocio. a) Cual sociedad crees que sea la adecuada para asegurar que no ingresen socios extraños sin consentimiento de la mayoría de los socios?

RECUERDE: El cambio no da espera. La planeación participativa surte efecto cuando la llevamos a la práctica ASI QUE MANOS A LA OBRA!