REGLAMENTO DE IDIOMAS

Documentos relacionados
RECTORADO REGLAMENTO DE IDIOMAS ULADECH CATÓLICA

REGLAMENTO DE IDIOMAS ULADECH CATÓLICA

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DE ESTUDIOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DE ESTUDIOS

REGLAMENTO DE REGISTRO ESCALAFONARIO

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES

REGLAMENTO DE MOTIVACIÓN E INCENTIVOS

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE NOTAS. Mg. Andrés Epifanía Huerta

REGLAMENTO DE INGRESO A LA DOCENCIA PARA PROFESORES ORDINARIOS

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO SSU

REGLAMENTO DE SISTEMA DE CRÉDITOS ACADÉMICOS

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014

REGLAMENTO DE FORMACIÓN EN PRINCIPIOS MORALES Y RELIGIOSOS

REGLAMENTO DE ADMISIÓN

REGLAMENTO DE PASTORAL UNIVERSITARIA Y DE FORMACIÓN EN PRINCIPIOS MORALES Y RELIGIOSOS

PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL

REGLAMENTO DE CAPTACIÓN DIRECTA

RESOLUCIÓN 292 Medellín, octubre 12 de 2012

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

CURSO DE ENTRENADOR DE BALONCESTO 2015 (NIVEL 1)

REGLAMENTO DE ADMISIÓN A LA UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP SAC GENERALIDADES

Artículo 4. El Programa de Intercambio Académico y Movilidad Estudiantil está dirigido a:

INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN A MATERIAS 1 CUATRIMESTRE DE 2017

NORMATIVA SOBRE PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES PARCIALES

GERENCIA CORPORATIVA REGLAMENTO DE BECAS Quinta versión

APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N /PD-USS

Capitulo I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE ESTUDIANTES EN MOVILIDAD E INTERCAMBIO NACIONAL E INTERNACIONAL

Documento Informativo

Referencia.- CAPITULO VI DE LOS TRAMITES DOCUMENTARIOS EN LA OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS

REGLAMENTO DE INVESTIGACIÓN FORMATIVA DE LAS CARRERAS PROFESIONALES DE EDUCACIÓN.

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD

DIPLOMATURA SISTEMAS DE GESTIÓN DE CALIDAD, MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ISO 9001 ISO OHSAS 18001

TASAS ADMINISTRATIVAS

Qué nivel de inglés debo cumplir?

REGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS REGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES

REGLAMENTO DE BECAS. Cuarta versión Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario de fecha 20 de agosto de 2009 CHIMBOTE- PERÚ

CURSO DE ENTRENADOR DE BALONCESTO NIVEL II 2017

ANEXO 2 PLAN PROVINCIAL DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS OBLIGATORIOS EDUCACIÓN PRIMARIA

Reglamento de Trabajo Final de Carrera FAU-UNLP

Opciones de Titulación (Aprobadas en el acuerdo 2951 del H. Consejo Técnico del 23 de mayo del 2013)

CURSOS CORTOS TÉCNICAS DE AUDITORÍA INTERNA. Duración : 24 Horas. Coordinador Académico: Mag. Daniel Aranda Sánchez I. PRESENTACIÓN II.

Departamento de Idiomas. Segundo y Tercer Idioma Lineamientos Generales y Opciones de Acreditación

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

Tecnológico Nacional de México Instituto Tecnológico de Tlalpan COORDINACIÓN DE LENGUAS EXTRANJERAS

RECTORADO CATÁLOGO DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN (TI) SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL

Gerencia de Servicios de Salud

DIRIGIDO A BENEFICIOS. Los estudiantes de la Maestría tendrán los siguientes beneficios:

UNIVERSIDAD SAN PEDRO VICERRECTORADO ACADEMICO DIRECTIVA Nº USP-VRAC

Maestría en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, con salida lateral, Diplomado, Especialización y Maestría

DIPLOMADO EN GESTIÓN EMPRESARIAL 2017-I Sede Miraflores

REGLAMENTO DE REGIMEN CURRICULAR CARRERAS DE TÉCNICO UNIVERSITARIO

INGRESO A ESTUDIOS GENERALES CONCURSO DE ADMISIÓN (A)

MANUAL DE SOLICITUDES DE ESTUDIANTES

CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2017

LIBROS DE TEXTO O PROTOTIPOS DEDACTICOS. (A FINES A LA ESPECIALIDAD)

UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO HENRÍQUEZ UREÑA VICERRECTORÍA ACADEMICA DEPARTAMENTO DE ADMISIONES. Reglamento de Admisiones

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA, MANAGUA UNAN-MANAGUA SECRETARÍA GENERAL NORMATIVA GENERAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRASLADOS

DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN

NORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA)

TECNICO DE NIVEL SUPERIOR EN TRABAJO SOCIAL Y GESTION COMUNITARIA. Título: Técnico de Nivel Superior en Trabajo Social y Gestión Comunitaria.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DOCENTES PARA LOS ESTUDIOS DE GRADO CURSO aprobado en Junta de Escuela el 27 de mayo de 2015

Artículo 8 Los estudiantes beneficiarios realizarán una labor de apoyo en las Facultades y en algunas dependencias de la universidad según

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO

Convocatoria 2016 de admisión de estudiantes con estudios universitarios iniciados

Maestría en. Medicina. Programa Virtual de acuerdo a ley

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN PROFESIONAL POR LA OPCIÓN DE SEMINARIO DE TITULACIÓN

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS

Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial

Recuperación Pedagógica Normas y procedimientos 2012

Procedimiento de matrícula de titulaciones de la Universidad Pontificia de Salamanca. Secretaría General

REGLAMENTO DE MATRICULA

DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA GRADO DE PREGRADO

OPERADOR EN VENTAS POR INTERNET en el marco del Programa Empleartec PROGRAMA DE FORMACION EN

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

Reglamento interno de Evaluación y Promoción Escolar de Adultos de Enseñanza Básica y Media del Centro de Educación Integrada de Adultos Las Américas.

REGLAMENTO DE LOS PROGAMAS ACADÉMICOS DE EDUCACIÓN A DISTANCIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES

SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 465 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) CONSIDERANDO:

INGENIERÍA DE SISTEMAS CON MENCIÓN EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y TELEMÁTICA

REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS DE LA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: A los efectos de este Reglamento se

Programa en Docencia Universitaria con uso de Tic.

SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 467 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) CONSIDERANDO:

DIPLOMA: IMPLEMENTACIÓN Y AUDITORIA DE UN SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL SEGÚN LA NORMA OHSAS 18001

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS (MAPRO) RESOLUCIÓN RECTORAL Nº R-UNE

Ministerio de Salud Pública del Chaco Dirección de Laboratorios

3.18. REGLAMENTO DE CURSOS, PROGRAMAS Y DIPLOMADOS DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Reglamento de Estudios. Programa de Avance Universitario, PAU

TRÁMITE DOCUMENTARIO

Transcripción:

www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE IDIOMAS VERSIÓN 006 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario con Resolución N 0612-2017-CU-ULADECH Católica, de fecha 28 de junio de 2017 CHIMBOTE PERÚ Versión: 006 Cód.: R-RI F. Implementación: 28-06-17 Pág. 1 de 5

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento norma el funcionamiento de la Dirección de Idiomas ULADECH Católica (DIUC), adscrita a la Escuela Profesional de Educación, estableciendo los requisitos para la certificación en idiomas que requieran los estudiantes en todos los niveles de estudio y la oferta de servicios en idiomas a la comunidad nacional. En las filiales se designarán especialistas de formación continua. Artículo 2.- Las asignaturas de idiomas se ofrecen dentro de los semestres académicos, ciclo de verano o de acuerdo con la demanda. Los niveles de desarrollo de los idiomas son: básico, intermedio y avanzado, cada nivel tiene un mínimo y máximo de horas. Pueden ser ofrecidos de forma intensiva. Artículo 3.- La certificación por convalidación se rige por procesos documentados y no exime de un examen de suficiencia. Artículo 4.- La certificación en idiomas tiene una validez de tres (3) años en cada nivel alcanzado. CAPÍTULO II INSCRIPCIÓN / MATRÍCULA Artículo 5.- Para hacer uso del servicio académico de idiomas el interesado efectuará su inscripción en la DIUC o en el IUC en la filial; según el cronograma académico aprobado por Rectorado. Artículo 6.- La inscripción para los programas de idiomas, como requisito de certificación, se hará de forma mensual o semestral, utilizando el ERP University y cancelando la tasa respectiva en la Coordinación de Cobranzas, para tal efecto el estudiante no debe tener deuda en Idiomas ULADECH. Versión: 006 Cód.: R-RI F. Implementación: 28-06-17 Pág. 2 de 5

Artículo 7.- El estudiante al iniciar las clases recibe los materiales didácticos necesarios para el desarrollo del servicio. La segunda matrícula y sucesiva en el mismo nivel no tendrá derecho a material didáctico. Artículo 8.- El estudiante puede cambiar de grupo o hacer reserva hasta quince días después de haber iniciado las clases, siempre que exista vacante. El estudiante podrá dejar como máximo un semestre académico para continuar con el siguiente nivel, caso contrario deberá rendir un examen de ubicación y comprar el libro requerido. CAPÍTULO III DE LAS ASIGNATURAS Artículo 9.- La modalidad de estudio del programa de idiomas es presencial y/o virtual, asimismo, el nivel básico es requisito del nivel intermedio y no se podrán llevar de forma paralela. Artículo 10.- Las asignaturas de la modalidad presencial se desarrolla con uso intensivo de nuevas tecnologías de la información con el soporte de un texto físico incluido en el costo de las pensiones y una plataforma virtual especializada. La modalidad virtual es desarrollada 100% online y los estudiantes no reciben texto físico. Artículo 11.- Las asignaturas serán planificadas a través de un sílabo plan de aprendizaje (SPA) para cada programa donde se incluirá el sistema de evaluación aprobado por la Dirección de Escuela de Educación. La aprobación del programa genera de forma automática la respectiva certificación. Artículo 12º.- En todos los niveles de los programas de idiomas del nivel básico, intermedio y avanzado acumulan un total de 300 horas cada uno, y se cursa en ocho (8) Versión: 006 Cód.: R-RI F. Implementación: 28-06-17 Pág. 3 de 5

meses cada nivel, se puede programar en la modalidad intensiva de cuatro (4) meses duplicando el número de horas por clase. CAPÍTULO IV SERVICIO LECTIVO EN IDIOMAS Artículo 13.- Los exámenes de suficiencia y/o ubicación son programados por la DIUC según cronograma aprobado por la Dirección de la Escuela Profesional de Educación. Se cuenta con un banco de preguntas digital, que permite evaluar a los participantes vía online, en casos fortuitos de caída del sistema o dificultades informáticas se aplicarán evaluaciones físicas. Artículo 14.- La nota mínima aprobatoria y el examen de aplazado se rige por el Reglamento Académico de la Universidad. CAPÍTULO V DE LAS CONVALIDACIONES Artículo 15.- Son convalidables los programas de idiomas del nivel básico, intermedio y avanzado de estudiantes que hayan cursado sus estudios en centros de idiomas de universidades y, instituciones educativas debidamente acreditadas y reconocidas por el Ministerio de Educación. Artículo 16.- El proceso de convalidación es documentado teniendo en cuenta la procedencia de los estudios a nivel nacional o internacional y el nivel en que se hayan realizado los estudios. Los estudiantes deben acreditar un mínimo de 300 horas académicas por nivel para que proceda el examen de suficiencia, salvo para el caso de estudiantes con grados académicos o certificados internacionales. CAPÍTULO VI CERTIFICACIONES Y CONSTANCIAS Versión: 006 Cód.: R-RI F. Implementación: 28-06-17 Pág. 4 de 5

Artículo 17.- Los certificados de idiomas son emitidos por la Especialista de Certificación e Identificación, adscrita a la División de Registros Académicos, de acuerdo con la información registrada en el ERP University. Los certificados se emiten según el nivel básico, intermedio y avanzado de acuerdo al procedimiento aprobado. Se emiten constancias simples a solicitud del interesado cuando el estudiante se encuentre cursando algún programa, de acuerdo con los procedimientos debidamente normados. Artículo 18.- El ingreso a la docencia para DIUC es a través de la Dirección de Innovación Pedagógica y se rige según el perfil aprobado y los requisitos legales y reglamentarios establecidos. CONSIDERACIÓN FINAL Los aspectos no considerados en el presente reglamento serán resueltos mediante acuerdo del Consejo Universitario. Chimbote, Junio de 2017. Versión: 006 Cód.: R-RI F. Implementación: 28-06-17 Pág. 5 de 5