Práctica Procesal Laboral
1 Sesión No. 10 Nombre: Ejecución del laudo. Objetivo de la sesión: El alumno conocerá en qué es y en consiste el laudo y la ejecución del mismo. Contextualización Es el laudo una resolución? El laudo es una resolución jurisdiccional, su creación está comprendida dentro de la tarea que funda y justifica la existencia de los Tribunales, la de emplear el Derecho que será aplicable a las controversias que se presentan ante el mismo Tribunal. A pesar de ser el más importante, el laudo no es la única resolución laboral dentro del procedimiento del trabajo, existen además los acuerdos, que son las resoluciones emitidas a simples trámites, autos incidentales o resoluciones interlocutorias cuando se resuelven incidentes dentro o fuera del proceso.
2 Introducción al Tema Es la ejecución del laudo la forma de terminar la relación laboral? El laudo, es considerado una resolución de la autoridad Jurisdiccional, sin embargo, la Ley también se refiere a él como resolución que decide sobre el fondo del conflicto (Artículo 837 fracción III de la Ley Federal del Trabajo). Dentro del proceso laboral existen dos formas de terminar la relación jurídica laboral, una a través del laudo y otra a través del convenio o la conciliación. El término laudo significa alabar, alabanza, en la Edad Media recibió el significado: fallar como árbitro, actualmente sentencia, laudo pueden ser sinónimos, por tanto el laudo en materia procesal es el acto jurisdiccional, en virtud del cual la Junta aplica la norma al caso concreto, a fin de resolver la incertidumbre del derecho (Tena Suck, 2014).
3 Explicación 5.1 Elaboración del escrito promoviendo la ejecución del laudo Es importante tener en conocimiento de que quien prepara el laudo será el auxiliar, quien de oficio declara cerrada la instrucción y dentro de los diez días siguientes, formula el proyecto de laudo, proyecto que deberá contener los siguientes requisitos: lugar, fecha y junta que lo pronuncia; nombre, domicilio de las partes y de sus representantes; extracto de la demanda, su contestación, réplica y contrarréplica, en su caso de la reconvención y contestación a la misma que contendrá los hechos controvertidos y las peticiones de las partes; las pruebas admitidas y desahogadas, su apreciación relacionada con los hechos que se prueban; los alegatos aunque no sea un requisito indispensable; razonamientos de equidad, tesis jurisprudenciales y doctrina que fundamenta el laudo, puntos resolutivos o conclusiones (Artículo 885 de la Ley Federal del Trabajo). El fundamento legal para la ejecución del laudo es el Artículo 945 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo que los laudos deben cumplirse dentro de las setenta y dos horas siguientes a la que surta efecto la notificación. El Artículo 949 de la Ley citada, determina que siempre que en ejecución del laudo se tenga que entregar cantidad, la autoridad laboral deberá percatarse que sea entregada personalmente, si la parte demandada que deba pagar la cantidad ordenada en el laudo, deberá girarse exhorto al Presidente de la Junta de Conciliación Permanente, más cercana al domicilio para que se dé cumplimiento al laudo dictado.
4 El escrito es promovido por el actor y lo presenta mediante apoderado o personalmente, determinando que ya ha transcurrido el término de setenta y dos horas fijado en el laudo a la demandada para que diera cumplimiento al mismo y no dio cumplimiento; se solicita por tanto la eficaz e inmediata ejecución del laudo, solicitando se dicte auto de requerimiento y embargo en contra de la parte demandada. Para que cumpla con el pago al actor, de la cantidad que fue fijada en el mismo laudo, en caso de no hacerlo se le solicita se embarguen bienes suficientes que cubran el monto de la condena. 5.2 Elaboración del escrito promoviendo incidente de liquidación para la ejecución del laudo Cuando haya condena al pago de salarios, indemnizaciones, etc., se fijará un importe en cantidad líquida o se establecerá por lo menos, las bases con un arreglo a las cuales debe hacerse la liquidación, para el caso de que no exista ni uno ni otro, es decir, ni la cantidad líquida o la base al arreglo para la liquidación, se hará condena a reserva de fijar su importe y hacerla efectiva en la ejecución del laudo; lo cual significa que sólo se le permite a las Juntas abstenerse de condenar al pago de cantidad líquida en caso de encontrarse en imposibilidad de hacerlo (UNAM B. J.). La ejecución de los laudos corresponde a los Presidentes de las Juntas de Conciliación y Arbitraje o a los de las Juntas Especiales, quienes dictarán las medidas necesarias para que sea pronto su cumplimiento (Artículo 940 de la Ley Federal del Trabajo). Ya que los laudos deben cumplirse dentro de los quince días siguientes al día que surte efectos su notificación, las partes convienen en la modalidad de su cumplimiento (Artículo 945 de la Ley Federal del Trabajo). 5.3 Elaboración de la comparecencia ante la Junta para acreditar el cumplimiento del laudo La comparecencia ante la Junta, se presentan las partes y proporcionan sus nombres completos con sus domicilios y si comparecen con apoderado deben
5 acreditarlo, en la misma, los comparecientes se dan por notificados del laudo que fue dictado por la Junta, expresando su conformidad con él. En uso de la palabra, las partes hacen valer su obligación de pago por parte del demandado, exhibiendo la cantidad solicitada en las prestaciones de las que se le condena en el laudo; el autor recibe de conformidad la cantidad recibida como pago de todas las prestaciones impuestas en el laudo, por lo que otorga recibo de finiquito, solicitan ambas partes que el archivo dé por totalmente concluido y se archive. En el acuerdo del Presidente Ejecutor que recae a esta comparecencia, deberá hacerse constar la identificación de las partes, ordenándose al Secretario que certifique la entrega de la cantidad correspondiente al actor, dándose éste por recibido y pagado a su entera conformidad de todas y cada una de las prestaciones a que se condena en el laudo y en virtud de haberse cumplimentado el mismo en sus términos por carecer materia de juicio, se archivará el expediente como asunto concluido, firmando al margen los comparecientes para constancia legal.
6 Conclusión El laudo como resolución del Presidente de la Junta, tiene que ser cumplido dentro de las setenta y dos horas, en caso de que no, la parte actora tiene la oportunidad de promover la ejecución del mismo, y solicitar el embargo; por otra parte si no se determinan las cantidades que debe cubrir el demandado en el laudo, según lo determine el laudo en sus puntos resolutivos; se promueve el incidente de liquidación para ejecución del laudo y por último las partes de presetar ante la Junta a comparecer para dar cumplimiento al laudo.
7 Para aprender más Quedó claro en que consiste la diferencia entre laudo, ejecución de laudo e incidente de liquidación para ejecución del laudo? Para complementar tú información, lee los siguientes Artículos 939, 940, 944, 946, 761 y 783 de la Ley Federal del Trabajo. Cámara de Diputado H. Congreso de la Unión (2012). Ley Federal del Trabajo. Documento disponible en: http://www.diputados.gob.mx/leyesbiblio/pdf/125.pdf
8 Actividad de Aprendizaje Instrucciones: Para esta actividad deberás releer tu sesión y leer detenidamente, los artículos arriba mencionados, enseguida llena el siguiente escrito, indicando al final de qué tipo de promoción se trata y por qué: Si se trata de un escrito promoviendo ejecución de laudo, de un escrito promoviendo incidente de liquidación para ejecución de laudo o de la comparecencia ante la Junta para acreditar el cumplimiento del laudo. Para ello debes usar este mismo formato, en cuanto lo termines cambiarlo a PDF. Actor: Vs Demandado: Ordinario Laboral Expediente: C. PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE El que suscribe con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, respetuosamente comparezco y expongo: Que toda vez que ha transcurrido el término de horas a que se refiere el Artículo de la, para que el demandado diese lugar al cumplimiento del laudo de fecha, sin que haya realizado acción alguna para su cumplimiento, vengo a promover la inmediata ejecución de dicho laudo, y por consiguiente se dicte el auto de
9 requerimiento y embargo en contra del demandado:, para que realice a pagar a actor la cantidad de$. por concepto de las prestaciones reclamadas en la demanda en los puntos número: del escrito inicial de, ya que el demandado fue condenado a dicho pago, así como del salario caído que suman un total de $. y de los que se siguen causando hasta el total complimiento de dicho laudo, en caso de no hacerlo pido a esta H. Junta se embarguen bienes suficientes para que cubran el monto de lo que ordenó el Laudo dictado por esta H. Junta. Con fundamento en los Artículos:, y demás relativos y aplicables a la Ley Federal del Trabajo A USTED C. Presidente de esta H. Junta, atentamente pido se sirva: UNICO.- Acordar de conformidad los solicitado y comisionar al C. Actuario adscrito, para que practique la diligencia de requerimientos y en su caso de embargo de bienes suficientes para cubrir el monto a que fue condenado el hoy demandado. Protesto lo necesario Fecha, nombre, firma Para tu evaluación se tomará en cuenta lo siguiente: Agregar tu portada con datos de alumno, ID, materia y nombre del docente. Tu respuesta al tipo de documento de que se trata, en Arial 12, interlineado 1.5. Recuerda subir tu documento en PDF a la plataforma de la asignatura. Ortografía y redacción.
10 Bibliografía Climént, B.J. B. (2010). Formulario del Derecho del Trabajo. México: Esfinge. Códova, R. F. (2006). Derecho Procesal del Trabajo. México: Cárdenas Velasco Editores. De Buen L., N. (2008). Derecho Procesal del Trabajo. México: Porrúa. José, D. (2010). Derecho Procesal del Trabajo. México: Fuentes Impresores S.A. Tena Suck, I. M. (2014). Derecho Procesal del Trabajo. México: Trillas. Cibergrafía Cámara de Diputado H. Congreso de la Unión (2012). Ley Federal del Trabajo. Documento disponible en: http://www.diputados.gob.mx/leyesbiblio/pdf/125.pdf