El Plan de actuaciones de la ITSS en relación con los riesgos laborales derivados de la seguridad vial. Título



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Transcripción:

[ El Plan de actuaciones de la ITSS en relación con los ] riesgos laborales derivados de la seguridad vial Título w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l Rafael Martínez Mesas Dirección General de la ITSS Subdirector General para la Coordinación en Materia de Relaciones Laborales, Prevención de Riesgos Laborales y Medidas de Igualdad ITSS 2009 Madrid: 7 junio 2012

[ El Plan de actuaciones de la ITSS en relación con los ] riesgos laborales derivados de la seguridad vial Guía para las actuaciones inspectoras en materia de seguridad vial en las empresas w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l Rafael Martínez Mesas. Inspector de trabajo y Seguridad Social. Técnico de Prevención de riesgos laborales. ITSS 2009 Madrid: 17- febrero -2011

ACTIVIDAD DE LA INSPECCION DE TRABAJO Y S.SOCIAL Preventiva: Ordenes Autoridades Laborales Petición informes otras Administraciones Petición de informes Juzgados y Tribunales Denuncias de trabajadores y particulares Trabajo programado Reactiva: Investigación ATT (Convenio colaboración con DGT). Requerimiento. Asesoramiento Técnico. Instrucción expedientes sancionadores. w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l Berlanga ITSS 2009

Actividad preventiva: justificación actuaciones ITSS Art. 4.7º LPRL: Condición de trabajo : Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador. w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l ITSS 2009

Actividad preventiva: justificación actuaciones ITSS Art. 14.2: En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l ITSS 2009

Actividad preventiva: justificación actuaciones ITSS Art. 15.2 LPRL: El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el momento de encomendarles las tareas. w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l ITSS 2009

PLAN DE ACTUACIONES DE LA ITSS EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL ANTECEDENTES: Campaña sobre empresas de ámbito suprautonómico con siniestralidad más grave 2008-2009, incluida en el Plan de Acciones Prioritarias en materia de Siniestralidad, acordada en el seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo: Empresas con 1 ó más AT mortales o muy graves (años 2006-2007) Empresas con 2 ó más AT graves (años 2006-2007) w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l 22% AT de las empresas seleccionadas producidos por atropellos o golpes con vehículos (25,45 % AT 2008-2009) ITSS 2009

PLAN DE ACTUACIONES DE LA ITSS EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL Campañas de comprobación de condiciones de trabajo sector transportes por carretera Campaña específica de prevención de ATT sectores más afectados. Sistema de prevención seguridad vial Evaluación de riesgos y gestión de desplazamientos Evaluación de riesgos y gestión del parque de vehículos Gestión en la contratación de conductores y en la asignación de trabajos Vigilancia de la salud Formación específica en riesgos laborales-viales Investigación de accidentes e incidentes w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l ITSS 2009

PLAN DE ACTUACIONES DE LA ITSS EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL Plan Integrado de actuaciones de la ITSS 2010 aprobado por Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales: Programa de Objetivos de Carácter General. Instrucción Núm. 9/2010 Autoridad Central ITSS: Inspección de 400 empresas (transportes y otras actividades) Empresas con AT muy graves o mortales producidos por el tráfico en 2009 Empresas de todos los tamaños IT competente :la del domicilio social Inspectores con formación especializada Utilización de cuestionario o check-list Guía comprobación para los inspectores Duración 2010-2011 w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l ITSS 2009

CAMPAÑA DE SEGURIDAD VIAL ACTUACIONES Y RESULTADOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PERIODO 2010-2014 2010 2011 2012 2013 2014 TOTALES O.S. FINALIZADAS 26 407 343 594 530 1.900 ACTUACIONES 76 2.144 1.652 2.729 2.002 8.603 INFRACCIONES 3 13 11 8 16 51 IMPORTE INFRACCIONES 7.092,00 38.543,50 44.368,00 16.368,00 46.644,00 153.015,50 TRABAJADORES AFECTADOS POR LAS INFRACCIONES 31 225 52 32 78 418 w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l REQUERIMIENTOS 12 945 817 1.359 902 4.035 REQUERIMIENTOS ADM. PUB. 0 5 0 0 6 11 ITSS 2009

SEGURIDAD VIAL LABORAL GUÍA PARA LAS ACTUACIONES INSPECTORAS EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL EN LAS EMPRESAS. EXPLICACIÓN DE SU CONTENIDO.

Necesidades/Problemas detectados 1 Alta siniestralidad en el sector. La Mayor. Confusión en el concepto : Seguridad Vial /Seguridad Vial Laboral/ Planes de Movilidad. Confusión en la responsabilidad empresarial: accidente in misión y accidente in itínere. Proposición no de ley de todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de 1-2- 2011 sobre Seguridad vial

Necesidades/Problemas detectados 2 RD 404/2.010, bonus por Planes de movilidad vial para prevenir accidentes in misión o in itínere. Posible agotamiento de la estrategia por parte de la Administración. Necesidad de formar a los Inspectores de trabajo en esta materia

Objetivos de esta exposición Explicar las razones por las que la Inspección de Trabajo va a actuar requiriendo en esta materia Ver en ello una herramienta de solución al problema de la siniestralidad, no un cambio de responsable. Proponer un cambio progresivo del sistema de gestión preventiva a través de los Servicios de prevención.

Necesidades / Problemas

Alta Siniestralidad (año 2012 Fuente INSHT) 52.411 ACCIDENTES DE TRABAJO TRÁFICO. 11,1% DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO TOTALES. 180 ACCIDENTES DE TRABAJO TRÁFICO MORTALES. 31,9% DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES TOTALES

Distribución accidentes trabajo tráfico 2.012 ( Fuente INSHT) 60000 50000 40000 30000 20000 10000 0 ACCIDENTES DE TRABAJO DE TRAFICO in itínere in misión

Accidentes trabajo tráfico mortales 2.012 (Fuente INSHT) 200 180 160 140 120 100 80 60 40 20 0 ACCIDENTES DE TRAFICO MORTALES in itínere en jornada

Alta Siniestralidad (año 2013 Fuente INSHT) 52.129 ACCIDENTES DE TRABAJO TRÁFICO. 11,1% DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO TOTALES. 181 ACCIDENTES DE TRABAJO TRÁFICO MORTALES. 32,4% DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES TOTALES

Distribución accidentes trabajo tráfico 2.013 ( Fuente INSHT) 60.000 50.000 40.000 30.000 20.000 10.000 0 52.129 ACCIDENTES DE TRABAJO DE TRAFICO 37.723 In itínere 14.406 En jornada

Accidentes trabajo tráfico mortales 2.013 (Fuente INSHT) 200 180 160 140 120 100 80 60 40 20 0 181 ACCIDENTES DE TRAFICO MORTALES 100 In itínere 81 En jornada

COMPARATIVA ACCIDENTES DE TRABAJO 70.000 DE TRAFICO 2011-2013 60.000 50.000 40.000 58.938 52.411 52.129 42.509 38.010 30.000 37.723 2011 20.000 10.000 16.429 14.406 14.401 2012 2013 0 ACCIDENTES DE TRABAJO TRAFICO IN ITINERE EN JORNADA

COMPARATIVA ACCIDENTES DE TRABAJO DE TRAFICO MORTALES 2011-2013 250 220 200 181 150 180 128 100 50 100 100 92 81 80 2011 2012 2013 0 ACCIDENTES DE TRABAJO TRAFICO MORTALES IN ITINERE EN JORNADA

DESENLACE DEL SINIESTRO Y CONTABILIZACIÓN DEL MISMO VEHICULO PARTICULAR-VEHÍCULO LABORAL. RESPONSABILIDAD DEL DESENLACE: PARTICULAR. LABORAL. AMBOS. UN TERCERO. OTRAS. RESPONSABILIDAD DEL TRABAJADOR. MÚLTIPLES.

CONCEPTOS SEGURIDAD VIAL. Regula los aspectos relacionados con la seguridad en la conducción de vehículos automóviles que se desplazan por carretera. Afecta a todos los ciudadanos. SEGURIDAD VIAL LABORAL. afectaría a los factores de la organización productiva y preventiva del empresario que pueden influir en la conducción de vehículos por parte de los trabajadores de éste.

Son ESTRATEGIAS MULTIDISCIPLINARES. Pretenden mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos. PLANES DE MOVILIDAD Objetivos: disminución de la siniestralidad vial global, ahorro energético, ahorro del gasto en infraestructuras, mejora medioambiental, calidad de vida individual y colectiva.

Concepto de Accidente laboral in itínere lesión sufrida por el trabajador en el decurso del domicilio al puesto de trabajo y de éste al domicilio, sin interrupciones voluntarias y por el camino habitual o usual. Es un accidente laboral.creación jurisprudencial. Hay que probarlo. No existe responsabilidad empresarial.

Concepto de accidente in misión Es una accidente de trabajo normal y corriente. Goza de presunción favorable en su conceptuación. Ocurre en viaje de servicio durante el trayecto que el trabajador debe cubrir por motivos profesionales, durante el cumplimiento de una misión o actividad comprendida dentro del ámbito del trabajo. (STS 11-1-1996). Puede ser directa o indirectamente evitado por la gestión preventiva. Puede generar responsabilidad empresarial.

Proposición no de ley de todos los grupos parlamentarios sobre seguridad vial 1-2-2.011 En el ámbito legislativo: Incluir la evaluación de riesgos y la prevención de los accidentes de tráfico laborales (in misión e in itínere) en el ámbito de la ley 31/95 de PRL. Modificar el Estatuto de los Trabajadores RDL1/95 para incorporar al contenido obligacional de la negociación colectiva, cláusulas específicas sobre la seguridad vial laboral.

Sobre promoción en las empresas: incentivar la elaboración de planes de seguridad vial en las empresas para prevenir accidentes de trabajo en misión e in itínere. Impulsar la incorporación de la seguridad vial en la prevención de riesgos de las Administraciones Públicas. Incorporar la educación vial en los planes de formación continua y ocupacional de los trabajadores.

Impulsar en las grandes empresas la investigación de los accidentes de tráfico. En materia de participación.: Desarrollar planes específicos en colaboración con la Inspección de Trabajo. Para realizar diagnósticos de carácter sectorial sobre la situación de Riesgos laborales en el ámbito de la movilidad in misión e in itínere. Incorporar a la Ley de Infracciones y sanciones RDL5/2000. las vulneraciones que eventualmente se puedan producir en relación con los trayectos en misión.

R.D.404/2.010 de 31 de Marzo. Reducción de cotizaciones por disminución y prevención de la siniestralidad laboral. Requisito: Artículo 2.g),3ª Existencia de planes de movilidad vial en la empresa como medida par prevenir los accidentes de trabajo en misión y los accidentes in itínere. Incentivo: hasta el 10% de las cuotas por contingencias profesionales.

ACLARACIÓN para el Empresario ACCIDENTE EN MISIÓN Puede existir responsabilidad. Debe realizar gestión preventiva. Se bonifican cotizaciones por prevenirlos en Planes de movilidad Se presume existente salvo prueba. ACCIDENTE IN ITÍNERE No hay responsabilidad empresarial. No existe obligación legal de ocuparse de ellos. La DGT recomienda buenas Prácticas. Los Planes de movilidad les afectan. Se bonifican cotizaciones por prevenirlos en planes de movilidad.

PLAN TIPO DE SEGURIDAD VIAL EN LA EMPRESA. DGT/INSHT. GUÍA METODOLÓGICA. Curso de formación en seguridad vial Formación en conducción segura de vehículos Elaboración de un Manual para la Prevención de Accidentes Simulador de conducción Jornadas formación en seguridad vial Campañas divulgativas de concienciación en seguridad vial Seguridad vial en el entorno familiar Plan para promocionar el uso de transporte público Buzón de recomendaciones de los empleados Plan de dotación de elementos de seguridad Criterios de seguridad en las flotas de vehículos de la empresa Plan de revisión y mantenimientos de la flota de vehículos Instalación de dispositivos Alcolock Señalización de riesgos Vigilancia de la salud.

OTRAS MEDIDAS PROPUESTAS Alertas de tráfico Mejoras del acceso al centro de trabajo Servicio de autobús de ruta y lanzaderas Programa de coche compartido Fomentar los desplazamientos en bicicleta Adaptación de los horarios de trabajo Gestión de los desplazamientos en misión Planificación de rutas en condiciones de seguridad Gestión del régimen de aparcamiento con criterios de seguridad vial y eficiencia Subvencionar el coste del billete del transporte público Creación de una Comisión o Gestor de Desplazamientos Desarrollo de una política clara en relación con las comunicaciones Instalación de aplicaciones Email&Drive

Posible agotamiento de la estrategia de la Administración.?

Según un estudio realizado por MAPFRE.

Campo de actuación de la Administración. Dirección General de Tráfico Actuación sobre todos los ciudadanos conductores. Divulga la Seguridad Vial. Emite buenas prácticas sobre seguridad vial laboral a las empresas, pero no actúa contra ellas. Puede sancionar al conductor. Investiga todos los accidentes de tráfico. Inspección de Trabajo y S.S. Actúa sobre la gestión preventiva de las empresas, autónomos y trabajadores Supervisa la actividad de los Servicios de prevención de las empresas. Puede requerir cambios en la gestión y en las condiciones materiales. Puede iniciar expediente sancionador a la empresa. Investiga todos los accidentes de trabajo.

Necesidad de formar a los Inspectores de Trabajo Conveniencia de hacer pública esa orientación, como incentivo para los agentes sociales.

Presentación de Guía por la DG Tráfico, DG Inspección y D INSHT Palabras de Pere Navarro Director General de tráfico

RAZÓN JURÍDICA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ENGLOBA LA SEGURIDAD VIAL.? PUEDE ENTONCES LA ITSS ACTUAR EN ESTA MATERIA.? CUAL SERÍA EL DEBER DE PROTECCIÓN EMPRESARIAL ESPECÍFICO PARA ESA CLASE DE ACTIVIDAD.?

LA CONDICIÓN DE TRABAJO ESTÁ INCLUIDA O EXCLUIDA DE LA LPRL.? ES CUESTIÓN DE SUERTE.? TIENE LA CULPA EL EMPRESARIO.?

FACTORES CAUSANTES DE UN ACCIDENTE DE TRÁFICO IDENTIFICADOS POR EL INDIANA TRI-LEVEL STUDY (fuente INFORSE) 100 93% Probable 71% Definitivo 50 34 % Probable 10 13% 12% Probable Definitivo 4 5% Definitivo Factores humanos Factores ambientales Factores del vehículo

Factores participantes en un accidente laboral de tráfico Factor humano. Factor mercancía/carga. Ingesta de alcohol /drogas. Factor jornada/sistema de retribución. Pericia. Suerte Factor vía. Factor vehículo.

La ITSS mantiene que son factores potencialmente influyentes en el Accidente.Trabajo.Tráfico. El factor Humano. El trabajador conductor. El vehículo. La actividad. La fuerza mayor

La ruta. El objeto del transporte. La organización preventiva del empresario. La investigación de los accidentes laborales de tráfico.

FACTORES A EVALUAR QUE REQUIERE LA GUÍA DE ACTUACIÓN DE LA ITSS.

Recordemos Condición de trabajo : Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador. Art.4.7º LPRL El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el momento de encomendarles las tareas. Art. 15.2 LPRL

FACTOR HUMANO Errores humanos. Factores psicosociales y capacidad de conducción. La motivación, las emociones. Fatiga. Sueño.

El FACTOR HUMANO 2 los efectos del alcohol drogas o fármacos. Agresividad y conducción. Estrés, ansiedad y conducción. Velocidad y conducción. El riesgo de enfermedad profesional

Incidencia del alcohol/drogas en la siniestralidad vial ( 2009 DGT.) 2714, personas fallecidas. Al 34% ( 923 ) de éstos,se les realiza control de alcoholemia p.m. 62 de ellos, además dan positivo en drogas y fármacos. 277 dan una tasa superior a 0,3gramos/litro sg., es decir el 30%.

Situación en 2012.(Fuente Gobierno de España.) El 47% de los conductores fallecidos en 2012 dio positivo por alcohol, drogas o psicofármacos. De estos el 74% había ingerido alcohol, el 26% había ingerido algún tipo de droga y el 28% había ingerido psicofármacos

Controles de alcoholemia en vía (DGT 2009) Por un siniestro, el 5 56 de los sometidos a control dio positivo. Aleatoriamente, sólo dio positivo el 1 6 de los controlados.

Controles de Drogas, (datos Instituto Nacional de Toxicología y C. Forenses )

Tratamiento de la ingesta de alcohol/drogas,en el mundo laboral. Antecedentes.

Consecuencias Ingesta de alcohol/drogas/fármacos, en cantidades no permitidas por la ley. accidente laboral de tráfico donde se generan daños personales, materiales y morales múltiples. La jurisprudencia lo califica unánimemente imprudencia temeraria del trabajador. El empresario no tiene responsabilidad.

Planteamiento Preventivo Evaluado el riesgo de ingesta de alcohol, drogas y fármacos, en la evaluación de la actividad.art.16 Ley 31/95 Planificación preventiva : La vigilancia de la salud incluirá la detección de estas sustancias, por si puede constituir un peligro para él, otros trabajadores o terceros.art.22.1 Ley 31/95).

VIGILANCIA DE LA SALUD. Plan tipo. Vigilancia de la salud y consejo sanitario Objetivo: sensibilizar e informar a los trabajadores, de los riesgos derivados de su salud que influyen en su capacidad para conducir. Descripción: consiste, en primer lugar, en elaborar un plan de reconocimientos médicos voluntarios para los trabajadores que usan el coche o la moto en sus desplazamientos diarios, para su inclusión dentro del marco del plan de prevención de riesgos general de la empresa. Este reconocimiento médico podría incluir aspectos tales como: 1. Historia clínico-laboral - Antecedentes personales y familiares. - Hábitos: ejercicio, tabaco, alcohol, - Trabajos anteriores: empresas, puestos, riesgos, tiempo y accidentes. - Consumo de medicamentos y otros 2. Exploración física - Biometría: peso y talla - Constantes vitales; frecuencia cardiaca y tensión arterial. - Cabeza y cuello. Otoscopia. - Auscultación cardiopulmonar - Espalda. Puño-percusión renal bilateral - Fuerza y reflejos 3. Exploración específica del riesgo de conducción: - Pruebas exploratorias (Schöber, Lasègue, Tinnel) 4. Pruebas complementarias - Control visión lejana y cercana. - Visión cromática - Audiometría - Análisis de sangre En segundo lugar, esta medida pretende sensibilizar e informar al trabajador de los efectos que tienen las enfermedades y algunos medicamentos en la conducción. Para ello se recomienda que, una vez conocida la historia clínica del trabajador, se le proporcione Consejo sanitario su incidencia en la conducción. La Guía del Consejo Sanitario en Seguridad Vial Laboral (Dirección General de Tráfico 2010) permite identificar cada caso de manera específica facilitando la administración del consejo sanitario vial personalizado como medida encaminada a reducir el riesgo atribuible a las aptitudes (condiciones) y actitudes (comportamientos) psicofísicas en los accidentes de tráfico. Viabilidad: Media (voluntariedad de los reconocimientos)

Art.22,1 y 4, LPRL. 1. esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe a los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o, cuando así esté establecido en una disposición legal, en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. 4. Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador.

ISTAS.DICIEMBRE 2.011

Informe C.C.O.O. página 37. Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, frente al polémico tema de los controles de alcoholemia, CCOO defiende hacerlos siempre que éstos reúnan las siguientes características y se produzcan de la siguiente manera: Que se realicen previa definición clara de cuáles son los puestos de riesgo que lo justifican. Recogiendo lo que expresa la norma, que se hagan con participación de los representantes de los trabajadores. Que la vigilancia de la salud forme parte de la planificación preventiva y recoja el seguimiento de los consumos en los trabajadores. Que se incorpore este tipo de controles a la vigilancia de la salud solamente cuando se considere necesario en función del resultado previo que arroje la evaluación de riesgos.

Ejemplos de implantación Empresas con sistemas de control de las subcontratas, pero no a los propios trabajadores. Empresas con control impuesto por norma. Empresas con programas de ayuda regulado en el convenio colectivo.

Detectada la ingesta en la vigilancia No curación preventiva Tratamiento, sobre el individuo y posibles causas Cambio de puesto Despido objetivo. Despido disciplinario. Problemas personales. Carga de trabajo. Jornada. Sistema retributivo. Factor psicosocial. Ignorancia. Falta de formación

EL PADRE JOFRÉ, 1.409.

PRIMER HOSPITAL PSIQUIÁTRICO DEL MUNDO. (VALENCIA) El Hospital de Inocentes, de los locos y orates, (Dels inocents, dels folls y de Orats), se inauguró en Junio de 1410 bajo la advocación de Nuestra Señora de los Inocentes, y fue aprobada por el papa Benedicto XIII y el rey Martín I de Aragón

HACE FALTA.. CREAR UN CENTRO/S DE REFERENCIA DESTINADO A LOS TRABAJADORES DECLARADOS INAPTOS POR ADICCIÓN PARA : DIAGNOSTICAR. PROPORCIONAR TRATAMIENTO. CERTIFICAR CURACIÓN. DEVOLVERLOS A LA ACTIVIDAD.

El trabajador conductor de vehículo La formación profesional. La formación preventiva. El sistema de remuneración. La jornada laboral y su control. Carnet conducir,a.d.r.,c.a.p. Deriva de evaluación/planificación empuja el acelerador.? Factor de riesgo. Distintos sistemas

Control de la jornada dependiendo del sector de actividad o tipo de vehículo Regulados por los arts.34 y35 E.T., y RD.1561/1.99 5.art.8, o Convenios Colectivos. Regulados por el Reglamento CE 561/2.006 y Directiva 2.002/15 CE.(Vehículos de transporte /mercancías de + de 3 5 Tn o de viajeros de + de 9 personas.) Regulados por el RD 902/07 y arts.10 a 12 RD.1561/1995.

ORDENACIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO EN EL TRANSPORTE POR CARRETERA TRANSPOSICIÓN TARDÍA DE LA DIRECTIVA 2002/15/CE

CONCEPTOS FUNDAMENTALES TIEMPO DE CONDUCCIÓN. (Rgt./CE 561/95) Tiempo acumulado total de conducción entre el final del periodo de descanso diario y el principio del siguiente periodo de descanso diario o semanal. TIEMPO DE TRABAJO. (Directiva 2.002/15/CE) Periodo comprendido entre el inicio y el final del trabajo, durante el cual el trabajador móvil bien autónomo o cta. Ajena,está en su lugar de trabajo,a disposición del empresario/cliente, en el ejercicio de sus funciones.

CUENTA AJENA TIEMPO DE TRABAJO Carga/de scarga mantenimiento limpieza Solo para cta. Ajena, REMUNERADO TIEMPO DE CONDUCCIÓN TIEMPO DE PRESENCIA Guardias,averias,comidas,vi ajes sin servicio,etc. AUTÓNOMOS

TIEMPO DE CONDUCCIÓN (REGLAMENTO 561/95/CE) APLICACIÓN POR MINISTERIO DE FOMENTO PARA C. CTA.AJENA APLICACIÓN POR MINISTERIO DE FOMENTO PARA C.AUTÓNOMOS. SOLO PARA: MERCANCIAS, Vehículos + DE 3,5 T. VIAJEROS, Vehículos+ DE 9 PERSONAS,incluido conductor. Excepciones (vehículos médicos,-de 40 km.hora,viajeros -50km.,ayuda humanitaria, riesgo protección SOLO PARA: MERCANCIAS, Vehículos + DE 3,5 T. VIAJEROS, Vehículos+ DE 9 PERSONAS,incluido conductor. Excepciones (vehículos médicos,-de 40 km.hora,viajeros -50km.,ayuda humanitaria, riesgo protección R OBLIGADOS AMBOS A PORTAR TACÓGRAFOS, CUMPLIENDO ASÍ CON LA REGULACIÓN MATERIAL DEL TIEMPO DE CONDUCCIÓN (*)

TIEMPO DE TRABAJO (transposición Directiva 2002/15/ce) APLICACIÓN POR PARTE DEL Mº DE EMPLEO Y S.S. AL CTA. AJENA Suelo Normativo: E.T., art 34,35,36,37.(40h.semanales/80h.extras año.) Jornadas especiales: R.D. 1.561/95.(transpone la Directiva 2.002/15/ce, a través de R.D.902/2007). Distingue entre tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia. Aplica el contenido del Rgto.561/CE a los cta. ajena, excluidos de la aplicación directa (+ de 3,5t. O + de 9 pers.) Incorpora concepto tiempo presencia (*) APLICACIÓN PARCIAL POR PARTE DEL Mº DE EMPLEO Y S.S. A LOS AUTÓNOMOS E. Trabajo Autónomo, Ley.20,2.007, No transpone. Ley 42/97, y el E.T: No permite actuar en esta materia. Aplicación indirecta en el ámbito de la PRL. campaña de Seguridad Vial laboral.

ARGUMENTACIÓN FRENTE A DICTAMEN MOTIVADO/INFRACCIÓN 2011/2152 La ITSS desarrolla campaña en base a la Estrategia Europea/Española 2007/2012, en seguridad vial laboral. El Rto. 1211/90, de la Ley OTT. Establece aplicación normas PRL. En carga/estiba a autónomos igual que cta. ajena. La autoridad Central ITSS emite instrucción nº 9/2010 de actuación de la ITSS en esta materia en la que en el anexo II se programan actuaciones en materia de PRL con respecto a la jornada laboral de los trabajadores conductores por cuenta ajena y autónomos.

2 La actuación parte de la premisa de que el exceso de jornada laboral al volante es una cuestión también de seguridad y salud. La fatiga equivale a la ingesta de alcohol/drogas. Solamente se puede requerir al autónomo subcontratado en base al art.24 de la Ley 31/95 y el 8 del E.T. Autónomo Ley 20/2007. que dice: Las A.A.P.P. velarán por la aplicación, promoción, asesoramiento, vigilancia y control de la normativa PRL aplicable a los autónomos.

El Vehículo como equipo de trabajo

La actividad Riesgos específicos transporte. mercancías. Viajeros por carretera. Viajeros urbano (autobús, taxi). De reparto. Carga/descarga/estiba/desestiba. Tráfico interior puertos/aeropuertos/parques logísticos.

La ruta conocido el riesgo de la ruta puede optarse por otra opción.? Puntos negros publicados por la DGT.

El Objeto del transporte Los Pasajeros. Las mercancías. Las mercancías peligrosas.

La organización preventiva del empresario. La coordinación preventiva. El transporte autónomo. La subcontratación.

Agentes que operan en la logística Ley 16/1987 Ordenación Transporte terrestre Operador Logístico. Proveedor. Cargador. Operador de transporte. Transitario. Transportista.

Concurrencia de trabajadores de varias empresas en el mismo centro RD171/2004. Deber de cooperación/ coordinación de empresarios y autónomos: Información recíproca de riesgos propios que afectan a otros. Información suficiente, previa al comienzo de la actividad, por cambios relevantes,por situaciones de emergencia. La información será tenida en cuenta por todos y trasladada a sus trabajadores.

Empresario titular del centro de trabajo (RD 171/2004) Deber de información al resto de empresarios y autónomos. Sobre riesgos propios. Suficiente, al inicio, por cambios, por escrito. Instrucciones al resto de empresarios y autónomos. En función de la información obtenida. Medidas preventivas, situaciones de emergencia, al inicio, suficientes, adecuadas, por escrito.

Concurrencia entre el empresario principal, contratistas y subcontratistas I Deber de vigilancia del empresario principal sobre los contratistas y subcontratistas de su propia actividad y en su mismo centro: Acreditación escrita: Evaluación de riesgos. Planificación preventiva. Información. Formación. Comprobar los medios de coordinación entre ellas.

Concurrencia entre el empresario principal, contratistas y subcontratistas II Deber de vigilancia de los contratistas sobre los subcontratistas y autónomos. Acreditación por escrito: Evaluación de riesgos. Planificación preventiva. Información a los trabajadores. Formación preventiva a los trabajadores.

El conductor autónomo 77% del sector transporte. aplicación reducida de la LPRL. La ley 20/2007, Estatuto T. Autónomo, art.8,dice : Las Administraciones públicas competentes asumirán un papel activo en relación con la PRL de los Autónomos, por medio de: Promoción de la PRL. Asesoramiento técnico. Vigilancia y control del cumplimiento normativa.

La Investigación de los accidentes de tráfico laborales Sólo los Accidentes in misión.?

Deber de investigación.art.16.3. Ley 31/95 PRL Cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con ocasión de la vigilancia de la salud prevista en el art. 22, aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario llevará a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de los hechos.

Se produce el accidente de trabajo La Empresa cumplimentará Relación AT Sin Baja médica. Art. 2.1 OM 1987 Relación AT con Baja médica. Art. 23.1.e LPRL Parte de AT. Art. 2.1 OM 1987 Entidad Gestora Entidad Colaboradora Presentar Parte de AT ante Autoridad Laboral. Art. 3 OM 1987 // OTAS 2926/2002. Cumplimentará Relación de Altas y Fallecimientos. Art. 3 OM 1987 // OTAS 2926/2002.

ACCIDENTE DE TRABAJO CON BAJA MEDICA LA EMPRESA DEBERÁ : Entregar una copia del Parte de AT al trabajador. Enviar una copia a la EG EC. Comunicar a la Autoridad Laboral en plazo de 24 h. Investigar en caso de producirse daños para la salud. Dar cuenta a los Delegados de Prevención. Analizar los daños producidos en el Comité SSL. Informar a Delegados de Personal Comité Empresa.

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