INSTRUCTIVO BIENESTAR SOCIAL Sindicato Trabajadores Minera Centinela

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Transcripción:

INSTRUCTIVO BIENESTAR SOCIAL Sindicato Trabajadores Minera Centinela El presente Reglamento de Bienestar Social regula la relación entre BS y los afiliados/as de acuerdo a los requisitos, procedimientos y montos de los beneficios que se otorga a sus afiliados/as y cargas familiares reconocidas.

Disposiciones Generales 1.- Disposiciones Generales 1.A.- Podrán optar a los beneficios de BS, los trabajadores/as que cumplan con los siguientes requisitos: Encontrarse afiliado/da al Sindicato de Trabajadores de Minera Centinela. Encontrarse afiliado/da al Bienestar Social del Sindicato de Minera Centinela. Con una antigüedad mínima de afiliación de 8 meses para acceder a los siguientes beneficios: Asignación por natalidad Asignación por matrimonio Cumpleaños de los socios/as

1.B.- Los afiliados/as a BS no necesitan antigüedad para acceder a los siguientes beneficios: Aporte solidario por defunción del socio/a Aporte solidario por defunción de un familiar directo Préstamo por auxilio catastrófico Premio a la Excelencia Académica, Educación Básica, Media, Técnica y Universitaria. 1.C.- Los trabajadores/as afiliados/as a BS, no podrán renunciar a la organización 3 meses antes de un proceso de Negociación Colectiva y deberán esperar un mínimo de 3 meses posteriores al cierre de dicho proceso. 1.D.- El trabajador/a afiliado/a al BS percibirá los montos acumulados en su libreta del Fondo de Retiro, una vez que se haya desvinculado de Minera Centinela.

2.- De la Afiliación y Desafiliación El trabajador/a dejará de tener la condición de afiliado/a de BS bajo las siguientes causales: 2.A.-Renuncia al sindicato o bienestar social: Si el trabajador/a socio/a renuncia al Sindicato o Bienestar Social, se le devolverá la libreta del fondo de retiro, con los dineros acumulados a la fecha de la renuncia, estos fondos serán entregados en el momento en que el trabajador se desvincule de la compañía por renuncia voluntaria o despido. Documentos que se deben presentar: Carta de renuncia como socio/a del Sindicato, dirigida al Directorio del Sindicato de Trabajadores de Minera Centinela. Carta de Renuncia como beneficiario del Bienestar Social, dirigida a la Directiva de Bienestar Social. 2.B.- Renuncia voluntaria a la compañía o desvinculación involuntaria: Si el trabajador/a socio/a renuncia al BS, se le devolverá la libreta del fondo de retiro, con los dineros acumulados a la fecha de la renuncia voluntaria o de la desvinculación involuntaria. Documentos que se debe presentar: Finiquito de trabajo.

2.C.-Por cambio de rol de empleado a rol supervisor Si el trabajador socio/a es ascendido a rol de Supervisor, BS le devolverá la libreta de fondo de retiro, con los dineros acumulados a la fecha del cambio de Rol. Requisito: Anexo de contrato de trabajo. 3. De la conformación de Directiva de Bienestar Social La Directiva de Bienestar Social de Sindicato de Trabajadores de Minera Centinela, estará compuesta por: 1 Representante de cada turno de trabajo. 1 Dirigente Sindical (Presidente o Tesorero) 1 Encargado de bienestar social elegido por los representantes de cada turno, más apoyo de la secretaría en trabajos administrativos.

BENEFICIO POR FALLECIMIENTO DEL SOCIO/A 1. Ayuda solidaria por fallecimiento del asociado Este beneficio se otorgará a todos los afiliados/as a Bienestar Social, sin restricción de tiempo de afiliación y el monto asignado es de $500.000.- Podrán realizar este trámite la cónyuge, un familiar directo (hijos, padres) o persona debidamente autorizada notarialmente. Requisitos: a) Certificado de Defunción. b) Fotocopia de la Cédula de Identidad del socio/a fallecido/a c) Nombre de la persona responsable, parentesco con el socio/a fallecido/a, teléfono de contacto. d) Número de cuenta donde se depositará la ayuda solidaria. e) La entrega de la documentación tiene un plazo máximo de 60 días desde el fallecimiento. f) El dinero será depositado en la cuenta señalada que deberá corresponder a la persona asignada. g) La documentación deberá ser entregada en la oficina de Bienestar o enviada por correo electrónico, siendo de exclusiva responsabilidad del trabajador que vengan los datos claros y legibles a: bienestarsindicatotrabajadoresesperanza@gmail.com

BENEFICIO POR FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR DIRECTO 2.- Ayuda solidaria por fallecimiento de un familiar directo (cónyuge, hijos, padres y/o hermanos) Este beneficio se otorgará a todos los afiliados/as a Bienestar Social, sin restricción de tiempo de afiliación y el monto asignado es de $200.000.- Requisitos: a) Certificado de Defunción. b) Fotocopia de la Cédula de Identidad del familiar directo fallecido. c) Fotocopia de la cédula de identidad del Socio/a. d) Esta ayuda solidaria mortuoria será efectiva también en mortinato fetal (hijo nacido muerto) la palabra mortinato, legalmente significa muerto en el útero, en un embarazo viable, que puede ser tomado desde el 7º al 9º mes de gestación (muerte del feto). Ahora cualquier evento transcurrido entre el 5º y 6º mes de gestación (muerte del feto) es un aborto tardío. e) La entrega de la documentación tiene un plazo máximo de 60 días desde el fallecimiento. f) En el caso del fallecimiento del esposo/a o conviviente, este beneficio se pagará por uno/a de los /las dos por única vez. g) Número de cuenta donde se depositará el beneficio, titular de la misma. h) La documentación deberá ser entregada en la oficina de Bienestar o enviada por correo electrónico, siendo de exclusiva responsabilidad del trabajador que vengan los datos claros y legibles a: bienestarsindicatotrabajadoresesperanza@gmail.com

BENEFICIO POR NACIMIENTO 3.- Asignación por Nacimiento Este beneficio se otorgará a todos los afiliados/as a Bienestar Social, que tengan un tiempo de afiliación igual o mayor de ocho (8) meses y el monto asignado es de $120.000.- Requisitos: a) Certificado de Nacimiento, b) Fotocopia de la cédula de identidad del socio/a. c) El pago del beneficio se le entregará directamente al socio/a. d) Si los padres son socios de bienestar, se otorgará este beneficio a ambos. e) La entrega de la documentación tiene un plazo máximo de 30 días desde el nacimiento. f) Número de cuenta donde se depositará el beneficio, titular de la misma. g) La documentación deberá ser entregada en la oficina de Bienestar o enviada por correo electrónico, siendo de exclusiva responsabilidad del trabajador que vengan los datos claros y legibles a: bienestarsindicatotrabajadoresesperanza@gmail.com

BENEFICIO POR MATRIMONIO 4.- Asignación por Matrimonio Este beneficio se otorgará a todos los afiliados/as a Bienestar Social, que tengan un tiempo de afiliación igual o mayor de ocho (8) meses y el monto asignado es de $150.000.- Requisitos: a) Certificado de Matrimonio. b) Fotocopia de la cédula de identidad del socio/a. c) El pago del beneficio se le entregará directamente al socio/a. d) Si los contrayentes son socios de bienestar, se otorgará este beneficio a ambos. e) La entrega de la documentación tiene un plazo máximo de 30 días desde el matrimonio. g) Número de cuenta donde se depositará el beneficio, titular de la misma h) La documentación deberá ser entregada en la oficina de Bienestar o enviada por correo electrónico, siendo de exclusiva responsabilidad del trabajador que vengan los datos claros y legibles a: bienestarsindicatotrabajadoresesperanza@gmail.com

PREMIO A LA EXCELENCIA ACADEMICA A LA EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA 5.- Asignación por Estudios Básica y Media Este beneficio se otorgará a los hijos e hijas de los afiliados/as a Bienestar Social, sin restricción de tiempo de afiliación y el monto asignado para repartir en los Niveles de Educación Básica y Media es de $2.000.000.- a) Estímulo en dinero que se entrega a los hijos e hijas de los trabajadores/as socios/as, que tuvieron un rendimiento destacado durante el año anterior en los siguientes niveles: - 1º a 4º Básico - 5º a 8º Básico -1º a 4º Medio b) Cantidad de estudiantes que se premiarán por Nivel con sus correspondientes montos: Nivel de 1º a 4º Básico se premiarán 8 alumnos con un monto de $50.000.- pesos. Nivel de 5º a 8º Básico se premiarán 8 alumnos con un monto de $50.000.- pesos. Nivel de 1º a 3º Medio se premiarán 6 alumnos con un monto de $50.000.- pesos. Nivel de 4º Medio se premiarán 4 alumnos con un monto de $100.000.- c) Los alumnos de 4º Medio postularán una vez egresados, siendo un aliciente a seguir con su rendimiento destacado en la educación superior.

PREMIO A LA EXCELENCIA ACADEMICA A LA EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA Requisitos: Los promedios que postulen deberán ser igual o superiores a 6.0 Los estudiantes con los promedios requeridos entrarán en un proceso de selección. Si en uno o en más niveles no se presentaran postulantes, se ampliarán los cupos en los niveles que sí los tengan. La entrega de este beneficio se realizará en abril de cada año al socio/a. Documentos que se deben presentar: Concentración de notas. Certificado de nacimiento (tramitación asignación familiar, debido a que en este certificado aparecen los nombres de los padres). Fotocopia de la cédula de identidad del trabajador/a socio/a. Ficha de Postulación al bono de Excelencia Académica. La documentación deberá ser entregada en la oficina de Bienestar o enviada por correo electrónico, siendo de exclusiva responsabilidad del trabajador que vengan los datos claros y legibles a: bienestarsindicatotrabajadoresesperanza@gmail.com

PREMIO A LA EXCELENCIA ACADEMICA EDUCACIÓN SUPERIOR PARA HIJOS DE TRABAJADORES /AS SINDICALIZADOS 6. Asignación de Estudios Educación Superior Este beneficio se otorgará a los hijos e hijas de los afiliados/as a Bienestar Social, que cursan una carrera Profesional Universitaria o Técnica Superior y se destacan en su rendimiento académico. Este reconocimiento se otorgará sin restricción de tiempo de afiliación y el monto asignado a repartir en los Niveles de Educación Superior es de $10.000.000.- Requisitos: Concentración de notas y Certificado de Matrículadel año a cursar original. Certificado de Nacimiento para asignación familiar. Los promedios deberán ser iguales o superiores a la nota 6.0 y los alumnos entrarán en un proceso de selección. Fotocopia de cédula de identidad de socio/ay beneficiario/a. Se premiarán 20 alumnos y el pago de las becas de excelencia académica serán pagadas directamente a los hijos/as beneficiados/as y no a los trabajadores/as. Se premiarán de acuerdo a las notas obtenidas el año anterior a la postulación. Se podrá postular a este beneficio desde el 2º año o 3º semestre, ya que se postulan las notas obtenidas en el 1º año de estudio de una carrera Universitaria o Técnico Superior. La fecha de entrega de este beneficio de excelencia académica se informará en el respectivo llamado a postulación de cada año. La documentación deberá ser entregada en la oficina de Bienestar o enviada por correo electrónico, siendo de exclusiva responsabilidad del trabajador que vengan los datos claros y legibles a: bienestarsindicatotrabajadoresesperanza@gmail.com

7. Préstamo de Auxilio: BENEFICIOS PRESTAMO Se otorgará al afiliado/a sin restricción de tiempo de afiliación, una ayuda de carácter económica sujeta a restitución, frente a situaciones calificadas de extrema necesidad que afecten a éste o a su núcleo familiar, como: Robo en casa/habitación (constancia de Denuncia a Carabineros), Incendio en casa/habitación, Daño en casa/habitación a causa de temporales, inundaciones o terremotos, a los cuales habrá que adjuntar Informe Social, Solicitud del Préstamo, documentos asociados a los hechos. Requisitos: Se otorgará el préstamo al socio/a, toda vez que cumplan con los requerimientos para los cuales está destinado el préstamo de auxilio. (Requerimientos expuestos más adelante). El socio/a puede solicitar un segundo préstamo una vez cancelado en su totalidad el préstamo vigente y la solicitud se hará efectiva dependiendo de los fondos disponibles el bienestar social y de las solicitudes que se encuentren en estudio. Al ser otorgado el préstamo, el socio/a deberá firmar una autorización de descuento por planilla, este documento quedará como resguardo y se hará efectivo cuando el trabajador socio no cancele el préstamo oportunamente. La Directiva del Bienestar Social, mediante votación unánime autorizará o rechazará la solicitud del préstamo. El monto máximo del préstamo será de $100.000, pagadero en un máximo de 4 cuotas fijas. La 1º cuota del préstamo se cancelará al mes sub siguiente de otorgado el préstamo. El rechazo de la solicitud de préstamo obedecerá a que el socio/a no cumplió con los requisitos establecidos. La documentación requerida para la solicitud de préstamo, debe ser entrega a los integrantes de la Directiva de Bienestar. La documentación deberá ser entregada en la oficina de Bienestar o enviada por correo electrónico, siendo de exclusiva responsabilidad del trabajador que vengan los datos claros y legibles a: bienestarsindicatotrabajadoresesperanza@gmail.com

FONDOS DE RETIRO 9. Fondo de Retiro El fondo de retiro tiene como finalidad incrementar el patrimonio de los Trabajadores/as Socios/as del Sindicato y Bienestar Social, al momento de una desvinculación programada y/o desvinculación involuntaria de Minera Centinela, además de incentivar el ahorro voluntario. Procedimientos: A todos los socios/as de Bienestar Social de su cuota mensual se le descontarán $4.000 para su fondo de retiro. Este monto será depositado en una libreta de ahorro de la Caja de Compensación Los Andes. El trabajador /a podrá percibir los montos recaudados en el Fondo de Retiro bajo las siguientes instancias: Renuncia Voluntaria a Minera Centinela Desvinculación Involuntaria o Despido de Minera Centinela

Este Instructivo se encuentra en proceso de modificación