ABC del Registro Único de Proponentes -RUP- Conferencista: Laura Catalina Zuluaga Meneses Abogada asesora. Dirección de Registros

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Transcripción:

ABC del Registro Único de Proponentes -RUP- Conferencista: Laura Catalina Zuluaga Meneses Abogada asesora. Dirección de Registros

Primera parte : ELEMENTOS GENERALES DEL RUP Contenido Qué es el RUP? Por qué el RUP? Herramienta RUES. Cuál es el régimen jurídico del RUP? Quiénes se inscriben en el RUP? En qué casos no se requiere del RUP? Principales aspectos el Decreto 1510 de 2013 frente al RUP (Decreto 1082 de 2015) Clasificación Clasificador estándar de bienes y servicios de la ONU (UNSPSC) Actos sujetos a registro en el RUP Segunda Parte : REQUISITOS HABILITANTES Y SOPORTES DOCUMENTALES Requisitos habilitantes - Novedades. Soportes documentales: Capacidad Jurídica Experiencia Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional Otros documentos obligatorios Sistema Preventivo de Fraudes SIPREF

PRIMERA PARTE ELEMENTOS GENERALES DEL RUP

Qué es el RUP? Es un registro administrado por las Cámaras de Comercio en virtud de expresa habilitación legal, como sistema documental en el que se hace constar la información sobre los requisitos habilitantes y la clasificación de todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia que aspiren a celebrar contratos con las Entidades Estatales (salvo las excepciones de Ley), junto con la información mensual remitida por las Entidades Estatales sobre contratos que les han sido adjudicados, tengan en ejecución o estén ejecutados, incluyendo las multas y sanciones en firme relacionadas con estos o con la conducta profesional del inscrito. HERRAMIENTA DE INFORMACIÓN UNIFICADA

Contrato ejecutado Contrato Proceso de licitación RUP

Por qué el RUP? Consecuencia del Principio de la Selección Objetiva (Art. 29 Ley 80/93 Subrogado Art. 5º Ley 1150 de 2007) Separar al proponente de la oferta y evaluarlo por separado Verificación de las condiciones del proponente sin puntajes Pasa No pasa Requisitos habilitantes proporcionales al objeto de la contratación Experiencia Capacidad financiera Capacidad Jurídica Capacidad de Organización

RÉGIMEN JURÍDICO DEL RUP C.N. Art. 150 Inc. final. Ley 80 de 1993 / Art. 6º Ley 1150 de 2007, modificado Art. 6 Decreto ley 19 de 2012 (EGCAP) Decreto 1510 de 2013 DECRETO 1082 DE 2015 Circular Externa 02 de 23 de noviembre de 2016 Superintendencia de Industria y Comercio* y demás circulares y resoluciones

Quiénes se inscriben en el RUP? Toda persona* que pretenda celebrar contratos con el Estado: Personas Naturales y Personas Jurídicas extranjeras, con domicilio o sucursal en Colombia. Personas Naturales y Personas Jurídicas nacionales Cámaras de Comercio y Entidades Públicas* RUP

Los consorcios y las uniones temporales no se inscriben en el RUP, quienes se inscriben son sus integrantes. Lo mismo sucede para el registro mercantil.

En qué casos no se requiere del RUP? Contratación directa Contratos para la prestación de servicios de salud Contratos de mínima cuantía Enajenación de bienes del Estado Contratos que tengan por objeto la adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas Los contratos de concesión de cualquier índole Los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta Personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sin sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales

Principales aspectos del Decreto 1510 de 2013 ahora Decreto 1082 de 2015 frente al RUP CLASIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES: Clasificador estándar de Bienes y servicios de la ONU. ACTIVIDADES DE LOS PROPONENTES: desaparecen las actividades genéricas de construcción, consultoría y proveeduría. En adelante todos son proponentes. TÉRMINOS PARA REALIZAR LA RENOVACIÓN: Del primero de enero hasta el 5º día hábil del mes de abril de cada año. Para este año la renovación es hasta el viernes 7 de abril. REQUISITOS HABILITANTES: los proponentes determinarán los factores de sus requisitos habilitantes bajo parámetros comunes. Solo se distingue entre personas jurídicas y personas naturales.

Principales aspectos del Decreto 1510 de 2013 frente al RUP REPORTE DE ENTIDADES DEL ESTADO: Sanciones e inhabilidades permanecerán en el certificado por el término que dure la sanción o la inhabilidad; las multas permanecerán un (1) año contado a partir de su publicación (Antes permanecían 5 años contados desde la inscripción). Continuará la certificación de la inhabilidad por incumplimiento reiterado.

Clasificación Decreto 1510 del 17 de julio de 2013 En qué se clasifica el proponente? Qué sistema de codificación utiliza el proponente? En cuántos códigos puede clasificarse el proponente? El proponente se clasifica dentro de los Bienes, Obras o Servicios que ofrecerá a las Entidades Estatales. El proponente se autoclasifica de acuerdo al Clasificador de Bienes y Servicios de la ONU (UNSPSC) en el tercer nivel: 1. segmento; 2. Familia; 3. clase. (seis dígitos). La versión implementada en Colombia es la UNSPSC V.14.080, traducida al español. El proponente puede clasificarse dentro de los bienes, obras o servicios que estime corresponden a su experiencia, sin restricción.

Clasificador de bienes y servicios ARREGLO JERÁRQUICO El UNSPSC es una clasificación de cinco niveles; no obstante, el último nivel denominado Función de Negocio, no es muy utilizado. El RUP empleará la codificación hasta el tercer nivel (*). Niveles jerárquicos del Código: Fuente: http://www.colombiacompra.gov.co/sites/default/files/manuales/manualclasificador.pdf

Clasificador de bienes y servicios ESTRUCTURA LÓGICA Organiza los segmentos en las etapas de generación de valor a los productos Fuente: http://www.colombiacompra.gov.co/sites/default/files/manuales/manualclasificador.pdf

Clasificador de bienes y servicios Ejemplo: mi empresa fabrica botas platineras Segmento Familia Clase Codificación que usará en el RUP: 461816 Producto

Clasificación BUSCADORES CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS http://www.colombiacompra.gov.co/es/clasificacion

Actos sujetos a registro en el RUP Actos Decreto 1510 del 17 de julio de 2013 Inscripción En cualquier tiempo (aplica para nuevos proponentes y proponentes cesados de efectos) Renovación Actualización A más tardar el quinto (5) día hábil del mes de abril de cada año (Art. 8 Decreto 1510 de 2013) La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier tiempo (Art. 8 Decreto 1510 de 2013) Aplica para la actualización por traslado de domicilio. Cancelación En cualquier tiempo (Art. 8 Decreto 1510 de 2013)

SEGUNDA PARTE REQUISITOS HABILITANTES Y SOPORTES DOCUMENTALES

REQUISITOS I (Requisitos habilitantes) Experiencia Capacidad jurídica Capacidad financiera Capacidad Organizacional Contratos ejecutados en cada uno de los bienes, obras y servicios que ofrecerá al Estado Capacidad de ejercicio del proponente. Capacidad y limitaciones de los representantes legales. Índice de liquidez: activo corriente/pasivo corriente Rentabilidad del patrimonio: utilidad operacional/patrimonio Índice de endeudamiento: pasivo total/activo total Rentabilidad del activo: utilidad operacional/activo total Razón cobertura intereses: utilidad operacional/gastos de intereses Refleja el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de los activos del proponente. Aptitud que refleja la fortaleza financiera del interesado.

Formulario RUES Anexo RUP Dentro del formulario RUES, la información concerniente al RUP se encuentra en: Formulario RUES (Hoja 1) módulos 1 al 3 (Datos básicos). Anexo 2 RUP Módulos 1 al 9. (Anexo Formulario RUP)*

NOVEDADES FORMULARIO: Instrucciones para el RUP: Circular 002 de 23 de noviembre de 2016.

INGRESO DE LOS CÓDIGOS DE CLASIFICACIÓN UNIFORME AL FORMULARIO. Versión definida por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente al tercer nivel del clasificador.

DILIGENCIAMIENTO DE FORMULARIO PARA INSCRIPCIÓN 1. Diligenciamiento de formulario Ingrese a www.camaramedellín.com.co Seleccione la opción servicios registrales Elija la opción Registro Único de Proponentes e ingrese a servicios virtuales. Solicite su clave registrándose como usuario nuevo, en la parte inferior del recuadro para el ingreso. Si tiene usuario y contraseña ingrese la información requerida. Si olvidó la contraseña, ingrese a la opción olvidó su clave e ingrese el correo electrónico registrado para la obtención de su clave inicial. Una vez obtenida la contraseña, diligencie el formulario de manera completa.

DILIGENCIAMIENTO DE FORMULARIO PARA INSCRIPCIÓN Clasificación de la empresa en grande, mediana, pequeña o microempresa: Ley 590 de 2000, Artículo 2, Ley 905 de 2004. Gran Empresa: Planta de personal superior a los 200 trabajadores y activos totales superiores a 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Mediana empresa: Planta de personal entre 51 y 200 trabajadores y activos totales por valor entre 100.000 a 610.000 UVT. Ley 1111 de 2006. Pequeña Empresa: Planta de personal entre 11 y 50 trabajadores o activos totales por valor entre 501 y menos de 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Microempresa: Planta de personal no superior a los 10 trabajadores o activos totales por valor inferior a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes. *Si se presentan combinaciones de parámetros de planta de personal y activos totales diferentes a los indicados, el factor determinante para la selección del tamaño de la empresa, será el de activos totales (parágrafo 1 artículo 2, de la ley 590 de 2000)

SOPORTES DOCUMENTALES - CAPACIDAD JURÍDICA TODAS LAS PERSONAS, NATURALES Y JURÍDICAS PRESENTAN COPIA DEL RUT Y MODELO PARA ACREDITAR EL TAMAÑO EMPRESARIAL: Gran, mediana, pequeña empresa y microempresa. Si es persona natural firma el proponente o su contador P.J. : Representante legal y revisor fiscal si tiene o contador. PERSONA NATURAL:Copia del documento de identificación: Cédula de ciudadanía, extranjería, pasaporte. PERSONAS JURÍDICAS NO INSCRITAS EN CÁMARA DE COMERCIO Certificado de existencia y representación legal con máximo 2 meses de expedición a la fecha de solicitud del RUP, que contenga: -Nombre o razón social completa del proponente. - Modificaciones de la razón social. - Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación. - Fecha, clase de documento y Entidad que reconoce la personería jurídica. - Duración de la persona jurídica. - Domicilio de la persona jurídica. - Nombre e identificación del representante legal. - Facultades y limitaciones del representante legal, si las tuviere.

CAPACIDAD JURÍDICA Si en el certificado falta uno de los elementos anteriores, se requiere adicionalmente : COPIA DE LOS ESTATUTOS CERTIFICADOS POR LA ENTIDAD COMPETENTE EN DONDE CONSTE LA INFORMACIÓN FALTANTE. Si la autoridad que vigila la persona jurídica no tiene la función de certificar los estatutos se anexa ADICIONALMENTE : Certificación expedida por el representante legal en la que se declare que los mismos corresponden fielmente a los estatutos vigentes de la persona jurídica. La duración de la entidad no está en el certificado ni en estatutos? Presenta: Certificado de existencia y representación + estatutos + certificación del representante legal, acreditando esta información.

EXPERIENCIA PERSONAS DE DERECHO PÚBLICO SIN CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN = Copia de la Ley o el acto administrativo de creación + Nombramiento facultades y limitaciones del representante legal. *Por cada representante legal que tenga la entidad debe aportarse un anexo del formulario donde consten las facultades y limitaciones de cada uno de ellos. CONTRATOS EJECUTADOS DIRECTAMENTE POR EL PROPONENTE. EJECUTADOS A TRAVÉS DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES: Se debe indicar el porcentaje de participación del proponente en el consorcio o unión temporal. CONTRATOS EJECUTADOS POR SOCIOS O ACCIONISTAS CUANDO LA PERSONA JURÍDICA LLEVA HASTA 36 MESES DE CONSTITUIDA.

FORMAS DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA

SÍ LA CERTIFICACIÓN DEL TERCERO NO TIENE LOS CÓDIGOS DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU Y/O EL VALOR EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES: CERTIFICACIÓN DEL PROPONENTE CON ESTA INFORMACIÓN.

FORMAS DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA

FORMAS DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA ACTA DE LIQUIDACIÓN del contrato suscrita por el tercero contratante acompañada de una declaración expedida por el proponente, que se entenderá hecha bajo la gravedad del juramento, en la que certifique que le consta que la información del acta de liquidación esta en firme. NO PROCEDEN ACTAS DE RECIBO, TERMINACIÓN O DOCUMENTO SIMILAR. Órdenes de compra, órdenes de servicio, oferta y aceptación de ofertas irrevocables, expedidas por el tercero contratante que recibió los bienes, obras o servicios en los que se identifique el valor, objeto, fecha de terminación y las partes contratantes.

Soportes documentales

Soportes documentales

RENOVACIÓN RUP TENGA EN CUENTA: Si bien el aplicativo virtual de diligenciamiento del formulario RUP, permite la descarga de un archivo en formato PDF que se construye con toda la información reportada, el proponente solo está obligado a presentar los anexos si está inmerso en una de las siguientes descripciones: Anexo de Clasificación: Obligatorio presentarlo en todos los casos, indicando en el módulo 6 el número total de folios que se aportan al trámite. Anexo de experiencia: Sólo si modifica o adiciona contratos.

RENOVACIÓN RUP Documentos soportes para la renovación en el RUP de personas jurídicas matriculadas o inscritas en el Registro Mercantil o Entidades sin ánimo de Lucro de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. Formulario RUES seleccionando la opción Renovación correspondiente al RUP, completamente diligenciado y firmado en original por el representante legal de la persona jurídica. Certificación sobre el cumplimiento, de obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, suscrito por el revisor fiscal o en su defecto por el representante legal. Información sobre tamaño Empresarial: Solo si este requisito ha variado, será necesario aportar el modelo de certificación No. 1. Estados financieros con fecha de corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la solicitud de renovación en el RUP, suscritos por el contador de la empresa y el representante legal. Se elaborarán en moneda colombiana. Estados Financieros básicos: Balance general, estado de Resultados, estado de cambios en el patrimonio, estado de cambios en la situación Financiera y estado de flujos de efectivo. Certificación de los estados financieros, suscrita por el contador que preparó los estados financieros y el representante legal. Dictamen a los estados financieros certificados, suscrito por el Revisor Fiscal o a falta de éste, por un contador público independiente (distinto al contador de la empresa). Notas de los estados financieros preparadas por la administración de la persona jurídica. La información financiera reportada en la renovación del RUP, debe coincidir con la información financiera presentada para el mismo año, en la renovación del Registro Mercantil o Entidades sin Ánimo de lucro.

RENOVACIÓN RUP Las personas jurídicas con información financiera diferente a la prevista en el Decreto 1082 de 2015 en cuanto los nombre de los rubros contables, deben acreditar las equivalencias mediante su homologación certificada por contador o revisor fiscal si se tiene, indicando el nombre del rubro contable según el Decreto 1082 de 2015 y el nombre del rubro contable al cual equivale en los documentos que soportan la capacidad financiera. Puede utilizar el modelo 13. Utilidad operacional/ utilidad operativa : No puede ser homologada por otra cuenta si esta efectivamente existe. Y no se puede homologar por las siguientes cuentas: -Utilidad Neta -Utilidad antes del impuesto -Utilidad Bruta. Anexo de las principales cuentas detalladas: Puede utilizar el primer formato disponible en: www.camaramedellin.com.co ESALES: En utilidad operacional se debe diligenciar excedente operacional y no se puede excedente neto ni excedente del ejercicio ni ningún otro excedente. ESTADOS FINANCIEROS EN LAS NIIF LEY 1314 DE 2009. a) un estado de situación financiera al final del período; b) un estado de resultado del período y otro resultado integral del perído; c) un estado de cambios en el patrimonio del período; d) un estado de flujos de efectivo del período; e) notas., las personas jurídicas que para el presente año han implementado el nuevo marco normativo contable, no estarán obligadas a presentar dentro de sus estados financieros individuales y consolidados el llamado "estado de cambios en la situación financiera". Si la persona jurídica no hace parte de un grupo empresarial o situación de control, debe presentar siempre para la renovación, certificación donde manifieste lo anterior, suscrita por representante legal y revisor fiscal si se tiene o en su defecto, por contador. Puede utilizar el modelo N 15.

RENOVACIÓN RUP Si la Situación de Control o el Grupo Empresarial, del cual hace parte la persona jurídica desde la inscripción del año anterior a la renovación que se solicita en el RUP, no ha sido modificada, no es necesaria la certificación o el Modelo 14 donde consta que hace parte de una de las dos figuras jurídicas descritas. Si la persona jurídica no hacía parte de un Grupo Empresarial o situación de control para la inscripción o renovación en el RUP correspondiente al año inmediatamente anterior a la renovación del año en curso, y actualmente hace parte de una de las figuras jurídicas descritas, es necesario reportar la novedad en el formulario y mediante la certificación o el modelo N 14. Personas que sean Matrices o Controlantes dentro de una Situación de Control o Grupo Empresarial, deben presentar los estados financieros consolidados de todo el grupo o situación de control suscritos por el representante legal y el contador que los preparó. Copia de la tarjeta profesional de cada contador público o auditor que suscriba documentos y certificaciones para la inscripción en el RUP. Impresión del certificado digital original de vigencia y antecedentes disciplinarios de cada contador público que suscriba documentos y certificaciones para la inscripción en el RUP. Descárguelo del sitio web www.jccconta.gov.co con máximo tres meses de expedición por parte de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores. Formas de acreditar la experiencia: Debe corresponder a contratos ejecutados Fecha de terminación. Constancia de ejecución. Firma del contratante Información que se omite con alta frecuencia en las certificaciones de terceros. Formas de acreditar la experiencia: Sólo se presentan los soportes documentales de los contratos que se modifican o adicionan.

RENOVACIÓN RUP IMPORTANTE: LA MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS PRESENTADOS EN LA INSCRIPCIÓN O RENOVACIÓN DEL AÑO ANTERIOR, DEBE SER MEDIANTE LA MISMA FORMA EN QUE FUERON ACREDITADOS INICIALMENTE, es decir, si la experiencia fue acreditada mediante certificación del tercero, así mismo debe acreditarse cualquier modificación. No es admisible para ello la certificación del proponente. Si presenta nuevos contratos, deben estar ejecutados y pueden ser acreditados mediante: A. Certificación expedida por el tercero que recibió el bien, obra o servicio. Consulte la Guía 42 para verificar el contenido de la certificación, también puede utilizar el modelo N 6 si el contrato fue ejecutado directamente por el proponente. B. Copia íntegra de los contratos ejecutados, sólo cuando el proponente no puede obtener la opción anterior, acompañado de la certificación firmada por el proponente utilizando el Modelo N 10. Si el contrato fue ejecutado través de consorcios, uniones temporales y sociedades, en las cuales el proponente tenga o haya tenido participación, puede soportar la experiencia mediante certificación del tercero que recibió el bien, obra o servicio, para lo cual puede utilizar el modelo número 7. Si en la certificación del tercero contratante hace falta la clasificación de bienes y servicios en el sistema de codificación de las Naciones Unidas, es necesario adicionar la certificación suscrita por el proponente donde los acredite. Puede utilizar el modelo N 8. Analiza detenidamente el objeto contractual de cada experiencia que acredites con el fin de establecer la codificación más adecuada a lo descrito.

RENOVACIÓN RUP Todas las sociedades mercantiles, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras supervigiladas por la Superintendencia de Sociedades (no aplica para personas jurídicas inspeccionadas, vigiladas o controladas por otra Superintendencia), deben presentar copia del informe de gestión. 3. DOCUMENTOS SOPORTES PARA LA RENOVACIÓN EN EL RUP DE PERSONAS JURÍDICAS NO INSCRITAS EN CÁMARA DE COMERCIO. Formulario RUES seleccionando la opción Renovación correspondiente al RUP, completamente diligenciado y firmado en original por el representante legal de la persona jurídica. Si se efectuaron modificaciones en la capacidad jurídica se aportan. Los requisitos adicionales corresponden a los indicados para la renovación de la persona jurídica matriculada o inscrita en el Registro Mercantil o de Entidades sin ánimo de Lucro de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, a partir de la certificación sobre el cumplimiento por parte del proponente, de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, suscrito por el revisor fiscal o en su defecto por el representante legal.

RENOVACIÓN RUP 4. Documentos soporte para la renovación de las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia. Estados Financieros de la CASA MATRIZ (nunca los de la sucursal en Colombia) con corte al cierre fi scal del país de origen, con traducción oficial al castellano si es del caso y la conversión a pesos colombianos (COP). Se adjuntará, así mismo una certificación que indique la fecha de corte de los Estados financieros, asegurando que los mismos han sido presentados de conformidad con las normas aplicables en el país de origen. Importante: las sociedades extranjeras que aprueben sus estados financieros de fin de ejercicio a 31 de diciembre en una fecha posterior al 5º día hábil del mes de abril, presentarán estados financieros auditados con corte a 31 de diciembre del año anterior junto con un pre-informe de auditoría, en el cual el auditor o el revisor fiscal certifique que: (a) la información financiera presentada a la Entidad Estatal es la entregada al auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y (b) el proponente en forma regular y para ejercicios contables anteriores ha adoptado normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros (Artículo 1 del Decreto 791 de 2014).

RENOVACIÓN RUP Si se efectuaron modificaciones en la información del anexo respectivo del formulario RUP denominado solo para sociedades extranjeras, personas jurídicas no inscritas en el registro mercantil ni en el de entidades sin ánimo de lucro, consulte la Guía 42 punto quinto, para verificar los soportes documentales Todos los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados, conforme a las normas previstas en la materia. Así como la traducción oficial si se encuentran en un idioma diferente al español. Los demás requisitos corresponden a los indicados anteriormente para la persona jurídica matriculada o inscrita en el Registro Mercantil o de Entidades sin ánimo de Lucro de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, a partir de la certificación sobre el cumplimiento por parte del proponente, de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, suscrito por el revisor fiscal o en su defecto por el representante legal.

RENOVACIÓN RUP 5. Documentos soportes para la renovación de personas naturales no comerciantes en el RUP. Formulario RUES seleccionando la opción Renovación correspondiente al RUP, completamente diligenciado y firmado en original por la persona natural. Declaración juramentada por parte del proponente, sobre el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, expedida por la persona natural. Para ello puede utilizar el formato identificado como Certificación cumplimiento parafiscales artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

RENOVACIÓN RUP Información sobre tamaño Empresarial. Solo si este requisito ha variado, será necesario aportar el modelo de certificación No. 2. Certificación suscrita por contador o auditor y por el proponente, sobre los rubros contables de la Capacidad Financiera y de la Capacidad de Organización exigidos en el Decreto 1082 de 2015. Puede utilizar el modelo N 12. Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad tales como los no comerciantes, los que no pertenecen al régimen común, los asalariados, los que ejercen profesiones liberales, los agricultores o ganaderos que enajenen los productos en su estado natural, y en general todas aquellas personas naturales que conforme las normas especiales no estén obligadas a llevar contabilidad. NUMERAL 4.2.3 DE LA CIRCULAR DE LA SIC. Copia de la tarjeta profesional de cada contador público o auditor que suscriba documentos y certi ficaciones para la renovación en el RUP. Impresión del certificado digital original de vigencia y antecedentes disciplinarios de cada contador público o auditor, que suscriba documentos y certi ficaciones para la renovación en el RUP. Descárguelo del sitio web www.jccconta.gov.co con máximo tres meses de expedición por parte de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores. Formas de acreditar la experiencia: Sólo se presentan los soportes documentales de los contratos que se modifican o se agregan.

RENOVACIÓN RUP A. Certificación expedida por el tercero que recibió el bien, obra o serviciopuede utilizar el modelo N 6 si el contrato fue ejecutado directamente por el proponente. B. Copia íntegra de los contratos ejecutados, sólo cuando el proponente no puede obtener la certificación anterior, acompañado de la certificación firmada por el proponente que contenga los requisitos establecidos para ello en la Guía 42 o utilizar el Modelo N 11. Si el contrato fue ejecutado través de consorcios, uniones temporales y sociedades, en las cuales el proponente tenga o haya tenido participación, puede soportar la experiencia mediante certificación del tercero que recibió el bien, obra o servicio, para lo cual puede utilizar el modelo número 7. Si en la certificación del tercero contratante hace falta la clasificación de bienes y servicios en el sistema de codificación de las Naciones Unidas, Puede utilizar el modelo N 9. IMPORTANTE: Si la experiencia del proponente se soporta mediante un contrato de tracto sucesivo, esta solo podrá acreditarse mediante certificación del tercero donde conste la parte, porción o vigencia del contrato que ya se ejecutó y el valor durante el tiempo ejecutado, según el salario mínimo legal mensual vigente al momento de terminar la parte que se ejecutó, además de las partes, el objeto, la fecha de inicio y la fecha en la cual se finalizó de ejecutar la parte del contrato que se acredita.

RENOVACIÓN RUP 6. DOCUMENTOS SOPORTES PARA LA RENOVACIÓN EN EL RUP DE PERSONAS NATURALES MATRICULADAS EN EL REGISTRO MERCANTIL. Certificación cumplimiento parafiscales artículo 50 de la Ley 789 de 2002. Información sobre tamaño Empresarial. Solo si este requisito ha variado, será necesario aportar el modelo de certificación No. 2. Estados financieros con fecha de corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior

RENOVACIÓN RUP Si son microempresas y no solicitan modificar el tamaño empresarial, solo se exige balance general y Estado de resultados con corte a 31 de diciembre del año anterior. HOMOLOGACIÓN DE RUBROS CONTABLES EN CASO DE REQUERIRLO MEDIANTE MODELO 13. La información financiera reportada en la renovación del RUP, debe coincidir con la información financiera presentada para el mismo año, en la renovación del Registro Mercantil. Copia de la tarjeta profesional de cada contador público o auditor que suscriba documentos y certificaciones para la inscripción en el RUP. Impresión del certificado digital original de vigencia y antecedentes disciplinarios de cada contador público o auditor, que suscriba documentos y certi ficaciones para la inscripción Información sobre Experiencia: Aplican los requisitos indicados en para la persona natural no comerciante.

Sistema Preventivo de Fraudes - SIPREF Circular Externa 005 del 30 de mayo de 2014 - SIPREF es un sistema de políticas procedimientos, mecanismos y actuaciones pedagógicas mediante los cuales las Cámaras de Comercio validan la identidad de las personas que presenten peticiones registrales y envían alertas por medios electrónicos que posibilitan a los titulares de la información de los registros públicos la adopción de medidas tempranas para proteger su información registral. QUÉ SE NECESITA? Los titulares de los registros públicos deben revelar por lo menos dos (2) correos electrónicos uno comercial y uno de notificación judicial a fin de que les sean enviadas las alertas de solicitudes de modificación de su información registral. QUÉ ES EL SIPREF?

Sistema Preventivo de Fraudes - SIPREF QUÉ HACER EN CASO DE INACTIVIDAD? Es obligatorio que las personas que presenten peticiones de registro en las taquillas de la Cámara exhiban su cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas) Es obligatorio que en los actos de nombramiento de administradores y revisores fiscales se deje constancia del número de cédula del designado y su fecha de expedición. CÓMO OPERA? Las personas naturales o jurídicas inscritas que no han renovado o solicitado inscripciones en los últimos tres (3) años, adquieren la condición de inactivas y sólo podrán presentar peticiones de registro de forma presencial. La CCMA validará que el solicitante sea el representante legal, administrador o revisor fiscal inscrito en el caso de las personas jurídicas. La Cámara se abstendrá de recibir, tramitar o registrar actos o documentos cuando existan inconsistencias en la identificación del peticionario o cuando no se cumplan los presupuestos del SIPREF.