COMUNICADO PARA INVERSIONISTAS DE ELITE INTERNATIONAL AMÉRICAS S.A.S. 2 de marzo de 2017 REF.- AUTOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES QUE DECRETAN LA INTERVENCIÓN DE INVERSIONES ALEJANDRO JIMÉNEZ AJ S.A.S., CREDIMED DEL CARIBE S.A.S., CORPOSER y OTRAS PERSONAS NATURALES Estimados Inversionistas, Nos permitimos informarles que la Superintendencia de Sociedades, decretó la intervención de las personas citadas en la referencia, mediante las siguientes providencias: Mediante auto número 2017-01-051961 de fecha 15 de febrero de 2017, se ordenó la intervención mediante toma de posesión de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de INVERSIONES ALEJANDRO JIMÉNEZ AJ S.A.S. y otras tres personas naturales. Mediante auto número 2017-01-051956 de fecha 15 de febrero de 2017, se ordenó la intervención mediante toma de posesión de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de CORPORACIÓN ALIADA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO CORPOSER- y otras cinco personas naturales. Mediante auto número 2017-01-051968 de fecha 15 de febrero de 2017, se decretó la liquidación judicial, como medida de intervención, de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de CREDIMED DEL CARIBE S.A.S. y tres personas naturales..- El objeto de las intervenciones a que hace referencia la Superintendencia de Sociedades busca ( ) disponer la organización de un procedimiento
cautelar que permita la pronta devolución de los recursos ( ) obtenidos en desarrollo de actividades de captación o recaudos de dinero no autorizados a favor de los afectados por la actividad de captación irregular..- Si bien es cierto que se decretó una medida de intervención respecto de las tres personas jurídicas antes señaladas, es importante resaltar que respecto de INVERSIONES ALEJANDRO JIMÉNEZ AJ S.A.S. y CORPOSER, la Superintendencia de Sociedades decretó toma de posesión de bienes, haberes y negocios, mientras que respecto de CREDIMED DEL CARIBE S.A.S., se decretó una liquidación judicial. Teniendo en cuenta lo anterior, y para efectos de una mejor ilustración, nos permitimos explicar por separado las medidas adoptadas por la Superintendencia de Sociedades, así: 1. INVERSIONES ALEJANDRO JIMÉNEZ AJ S.A.S. Y CORPOSER Tal y como se indicó anteriormente, respecto de las mencionadas entidades, se decretó la TOMA DE POSESIÓN DE LOS BIENES, HABERES, NEGOCIOS Y PATRIMONIO de las mismas y otras personas naturales, siendo que se designó como Agente Interventor a la Doctora María Mercedes Perry Ferreira. Teniendo en cuenta lo anterior, y conforme lo indica el Decreto 4334 de 2008, norma aplicable para los procesos de intervención por captación ilegal, la Dra. Perry, en su calidad de Agente Interventora, publicó el día 22 de febrero del presente año, un aviso en donde informaba el inicio del proceso de toma de posesión y convocaba a los afectados para que presentaran sus reclamaciones dentro del término de 10 días siguientes a la publicación del aviso. Debemos aclarar que los términos señalados, conforme al Decreto 4334 de 2008, se cuentan como días COMUNES O CALENDARIO. De acuerdo a lo anterior, el término para presentarse a esos procesos vence el SÁBADO 4 DE MARZO DE 2017. Al respecto, debemos informar a nuestros clientes que ésta oficina va a presentar el día viernes 3 de marzo de 2017, una reclamación en INVERSIONES ALEJANDRO JIMÉNEZ AJ S.A.S. y otra en CORPOSER, en
representación de todos y cada uno de nuestros poderdantes para que sean reconocidos como afectados de las personas intervenidas. 2. CREDIMED DEL CARIBE S.A.S. En relación con la sociedad antes mencionada, la Superintendencia de Sociedades decretó la LIQUIDACIÓN JUDICIAL COMO MEDIDA DE INTERVENCIÓN, y en cumplimiento de lo dispuesto por las normas procesales aplicables, el 21 de febrero de 2017 se fijó un aviso mediante el cual se informó a los afectados y/o acreedores la medida adoptada por el Juez del Concurso. Toda vez que la medida de intervención adoptada en este caso, fue la de una liquidación judicial, los términos señalados por la Superintendencia indican que los afectados y/o acreedores tienen 20 DÍAS HÁBILES contados a partir de la desfijación del aviso. La providencia anterior fue notificada mediante aviso que se fija por el término de diez (10) días hábiles, comenzando a correr desde el 21 de febrero de 2017 hasta el 6 de marzo de 2017, fecha a partir de la cual comienza a correr un término de 20 días hábiles para que los afectados y/o acreedores presenten sus reclamaciones. Es decir que el término para hacerse parte en este proceso vence el próximo 3 DE ABRIL DE 2017. Conforme lo anterior, debemos informar a nuestros clientes que ésta oficina va a presentar dentro del término legal, una reclamación ante la Agente Interventora de CREDIMED DEL CARIBE S.A.S., en representación de todos y cada uno de nuestros poderdantes para que sean reconocidos como afectados de las personas intervenidas..- De igual forma, a raíz de las decisiones adoptadas por la Superintendencia de Sociedades, se requiere que todos los inversionistas de ELITE, QUE A LA FECHA NO NOS HUBIEREN REMITIDO LOS ORIGINALES DE LOS PAGARÉS LIBRANZAS QUE LES FUERON ENDOSADOS, nos los hagan llegar a nuestras oficinas, para proceder a hacer una entrega formal de los mismos a la Liquidadora de ELITE.
.- Por último, nos permitimos aclarar a los inversionistas, que no estamos solicitando nuevos poderes para actuar dentro de los procesos de intervención aquí mencionados, toda vez que en el poder inicialmente otorgado está incluida la facultad de representarlos en los procesos que se adelanten ante la Superintendencia de Sociedades y que estén vinculados con ELITE, sin perjuicio de lo cual, en el evento en que se requiera un poder específico para éstos proceso, les estaremos informando oportunamente para que nos hagan llegar los poderes debidamente diligenciados, y los cuales, de ser requeridos para actuar dentro de los referidos procesos, serán colgados en la página web www.duartegalloabogados.com PROPUESTA PLAN DE DESMONTE Aprovechamos la oportunidad para informarles que unos clientes nos han llamado a consultarnos sobre el Plan de Desmonte que está presentado los socios de ELITE, y respecto del cual, uno de nuestros clientes nos manifestó que había estado en una reunión el pasado martes. Al respecto, debemos manifestar que no conocemos ninguna propuesta nueva o diferente a la que se publicó en la página web y sobre la cual nos pronunciamos mediante comunicado de fecha 31 de enero de 2017. Si la propuesta que está circulando, es la misma, reiteramos nuestro pronunciamiento mencionado anteriormente, y si se trata de una nueva propuesta, no conocemos el texto de la misma [advirtiendo que en la página web http://solucionclienteselite.blogspot.es/ no hay ningún documento colgado], por lo cual no sería correcto pronunciarnos respecto del mismo. Ahora bien, sí podemos manifestarles que los Doctores Duarte y Gallo han tenido varias reuniones con los representantes y apoderado de las Cooperativas, y por parte de éstas ha habido propuestas de mejoras al plan de desmonte que presentaron en la ciudad de Barranquilla y, una vez tengamos una nueva propuesta formal y concreta, la pondremos en conocimiento de ustedes, con los respectivos observaciones y/o comentarios a que haya lugar.
Esperamos poder coordinar una charla/reunión con los afectados de Cali en la semana del 13-17 de marzo, y otra con los afectados de Bogotá para la misma semana, para lo cual estaremos informando la fecha y lugar con anticipación para que todos puedan asistir. Agradecemos la atención a la presente, Cordial saludo, Gallo Duarte Abogados