BASES PARA EL ANTEPROYECTO DE LEY DE GARANTIAS DE DERECHOS DE INFANCIA

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Transcripción:

BASES PARA EL ANTEPROYECTO DE LEY DE GARANTIAS DE DERECHOS DE INFANCIA

I. PRINCIPIOS RECTORES

! I. Sistema de Garan=as y Protección de Derechos del Niño

Fundamento (por qué) y Funciones (para qué) de una Ley de Garan=a de Derechos de NNA Fundamento: El Estado Constitucional de Derecho tiene como uno de sus pilares fundamentales el respeto, la protección y la promoción de la dignidad humana, es decir la igual consideración y respeto que se le debe a todas las personas. El fundamento de la protección de la infancia no está en la debilidad, la incapacidad ni en la vulneradidad del niño, sino en la especial valoración jurídica de la infancia y adolescencia como etapa de desarrollo de la persona humana: igualdad y reconocimiento. La Ley permite estabilzar las relaciones sociales y pasar del reconocimiento de objetivos socialmente valiosos a obligaciones del Estado, la sociedad y los padres o responsables del niño. Los NNA no sólo son titulares de derechos sino que también de garantías jurídicas.

Fundamento (por qué) y Funciones (para qué) de una Ley de Garan=a de Derechos de NNA Los NNA son titulares de una protección prioritaria por ser personas en desarrollo (Interés Superior del Niño como Interés Socialmente Prevalente). Mayores exigencias de igualdad: no sólo igualdad de oportunidades (y de posiciones) sino también de resultado: el pleno desarrollo. (Igualdad real en el marco de sociedades liberales que reconocen la igualdad formal). Las sociedades inclusivas y las excluyentes se construyen desde la niñez: la política y leyes de infancia son estratégicas para la construcción de sociedades más democráticas y auténticamente desarrolladas.

Fundamento (por qué) y Funciones (para qué) de una Ley de Garan=a de Derechos de NNA Qué Garantiza: el ejercicio de derechos La presente Ley Kene por objeto garankzar la protección integral y el ejercicio de los derechos de los niños reconocidos en la ConsKtución PolíKca de la República, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en los demás tratados internacionales que hayan sido rakficados por Chile y que se encuentren vigentes, y en las leyes. Cómo En ella se establece un sistema de insktuciones y normas desknadas a garankzar el pleno desarrollo Wsico, mental, espiritual, moral y social de los niños. Estado de Garan=as: normakvas, insktucionales y presupuestarias, en el marco de una sociedad que se consktuye en garante de los derechos de NNA.

Fundamento (por qué) y Funciones (para qué de una Ley de Garan=a de Derechos de NNA Funciones: Derecho Garantías Prestaciones Sociales Lo que caracteriza este enfoque de la ciudadanía de derechos de cualquier otra forma de bienestar, es el carácter de exigibilidad de los derechos de las personas y la existencia de mecanismos efectivos y de acceso universal para exigir su protección efectiva. Jurídicamente la Ley de Garantía es una legislación que no repite la consagración de derechos, sino que establece mecanismos de exigibilidad de derechos, de protección frente a vulneraciones y de reparación y/o restitución de derechos.

II. Principios Rectores del Sistema

II.1. Niños como sujetos de derechos 1.a. Principio de Igualdad y No Discriminación Necesidad de contar con instrumentos jurídicos idóneos para su protección Igualitaria protección, atendidas sus parkcularidades No discriminación Acciones afirmakvas

II.1. Niños como sujetos de derechos 1.b. Principio de Interés Superior del Niño Consideración primordial, no excluyente de otros derechos e intereses. Su interpretación excede la acción legislakva, debiendo considerarse tanto en el diseño de las políkcas, en su ejecución, en los mecanismos de asignación de recursos y de resolución de conflictos Aspectos a considerar en acción de poderes públicos: la valoración de los efectos esperados sobre los niños, previendo las consecuencias de cualquier proyecto de Ley o políkca o de asignación presupuestaria que afecte a los niños y el disfrute de sus derechos, y la evaluación de las consecuencias reales de su aplicación sobre los niños (es decir, el impacto de su aplicación).

II.1. Niños como sujetos de derechos 1.c. Principio de Orientación al Desarrollo Pleno del niño Derecho a un nivel de vida adecuado para el desarrollo Wsico, mental, espiritual, moral, psicológico y social del niño (art.27 CDN: en la máxima medida posible ). Obliga a diseñar los Sistemas de Garan=a y Protección a parkr de la consideración del ciclo vital de desarrollo del niño. Padres Kenen la responsabilidad principal de criar a sus hijos, pero el Estado debe ayudarlos en la labor de protección y de promoción del bienestar del niño (seguridad social, protección social, entre otros).

II.1. Niños como sujetos de derechos 1.d. Principio de Autonomía Progresiva en el Ejercicio de Derechos Relación con derechos de los padres y el Estado. Implica no sólo una oferta de servicios y respuestas a las necesidades del niño, sino también la provisión de espacios de autonomía y parkcipación que permitan el ejercicio de sus derechos (presunción de capacidad). Derecho a ser oído y derecho de parkcipación SistemáKcas y permanentes. Dirigidas a determinar opiniones que sean representakvas y no ejercicios meramente simbólicos. Se trate de conocer la opinión de determinados grupos de niños sobre cueskones concretas

II.2. Protección Integral de la Infancia La políkca pública de infancia debe ser universal, promoviendo acceso y ejercicio de todos a sus derechos fundamentales. PolíKcas hacia el niño y su familia como primera instancia de cuidado y protección. Sistema integra protección a través de prestaciones complementarias y que interactúan en diferentes momentos, según necesidades (ciclo de vida). Intervención judicial y administrakva (con imperio): Carácter subsidiario de la intervención judicial (úl-ma ra-o) se fundamenta en el principio de proporcionalidad.

II.3. Protección EfecKva 3.a. Principio de Exigibilidad para el Ejercicio de Derechos Observación General Nº5 Comité Derechos del Niño. Mecanismos de exigibilidad para hacer efeckvo el ejercicio de derechos (garan=as y subgaran=as): LegislaKvas: Ley de Garan=as de Derechos y ajustes a leyes sectoriales. Judiciales: garan=as jurisdiccionales por acciones u omisiones del Estado, medidas de protección por vulneración de derechos. Defensa y Representación Jurídica. AministraKvos: PolíKca Nacional de Infancia, Vigilancia de la aplicación de derechos del niño, reunión de datos y elaboración de indicadores, visibilidad de los niños en los presupuestos, formación y fomento de la capacidad, etc.

II.4. Integración de la Protección 4.a. Principio de Apoyo a la Familia en su Rol Protector Lógica de colaboración. Operacionalización del rol del Estado en garankzarlo: Promoción de relaciones sociales y una cultura que reconoce, valora y promueve el derecho preferencial a vivir en familia GaranKzar la asistencia a los padres o responsables del cuidado del niño en el cumplimiento y desarrollo de sus responsabilidades parentales y en el desarrollo de ins@tuciones y servicios que contribuyan al cuidado de los niños Promoción de servicios transitorios y ambulatorios que minimicen la ins@tucionalización. Servicios perknentes con profesionales idóneos que operan en esta lógica

II.4. Integración de la Protección 4.b. ParKcipación de la Sociedad Civil en la Protección de Derechos Planificación estratégica y diseño de la políkca de infancia: Consejos. Ejecución directa de programas y servicios (sistema de cerkficación y acreditación propuesto) y parkcipación en instancias de coordinación (redes) Rendición de cuentas y promoción de los derechos de la infancia (vigilancia, monitoreo, seguimiento y evaluación de la políkca pública).

II. Bases para un Anteproyecto de Ley de GaranHas de los Derechos del Niño DICIEMBRE 2014

Estructura Título I: Cues@ones Preliminares 1. ObjeKvos y Definiciones 2. Ámbito de aplicación 3. Interpretación y aplicación Título II: Principios, derechos y garanhas Título III: Mecanismos de protección jurisdiccionales y administra@vos 1. Reglas generales 2. Protección administrakva 3. Protección jurisdiccional Título IV: Ins@tucionalidad

Titulo I: CuesKones Preliminares Ar=culo 1. Objeto de la presente Ley. La presente Ley Kene por objeto garankzar la protección integral y el ejercicio de los derechos de los niños reconocidos en la ConsKtución PolíKca de la República, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en los demás tratados internacionales que hayan sido rakficados por Chile y que se encuentren vigentes, y en las leyes. En ella se establece un sistema de insktuciones y normas desknadas a garankzar el pleno desarrollo Wsico, mental, espiritual, moral y social de los niños.

Titulo I: CuesKones Preliminares Art. 5. En la interpretación de las leyes y normas reglamentarias referidas a la promoción, protección o garan=a de los derechos del niño, se deberá atender a los derechos y principios contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, en los demás tratados internacionales rakficados por Chile que se encuentren vigentes, en esta Ley, y en toda otra normakva internacional aprobada por organizaciones de las que el Estado de Chile forma parte y que desarrolle garan=as o directrices de aplicación de los derechos de los niños. Dicha interpretación deberá siempre considerar el principio del interés superior del niño, así como su edad y grado de desarrollo y madurez. Toda afectación de derechos impuesta por algún órgano del Estado deberá ser excepcional, por el menor Kempo posible, y tener una duración determinada. Dicha afectación sólo podrá tener lugar cuando esté prevista en la ley y sea estrictamente necesaria y proporcional en relación a los derechos fundamentales que pretende proteger.

Título II: Principios, derechos y garan=as El niño como sujeto de derechos Autonomía progresiva. Presunción de capacidad Interés superior (art. 8): ü ü ü ü ü Círculo amplio de desknatarios Máxima saksfacción de sus derechos Para el caso general: prioridad presupuestaria Para el caso parkcular: checklist Principio de no intervención

Título II: Principios, derechos y garan=as Especialización: Más allá de la Ley 20.084 y Tribunales de Familia Vida digna, supervivencia y desarrollo: ü ü Base para derechos sociales (salud, educación, medio ambiente, vivienda) Sistema (mulkdimensional) de medición y seguimiento de las condiciones de la infancia Protección contra toda forma de violencia y maltrato (cf. Regla Alemana: prohibición e ilicitud de toda forma de violencia) Derecho a la idenkdad (minorías étnicas, migrantes) Derecho a la convivencia familiar: Principio general de no separación / Derecho a relación directa y regular Libertad ambulatoria. Concepto de medida privakva de libertad

Título II: Principios, derechos y garan=as Libertad de pensamiento, conciencia y religión Libertad de expresión Derecho a ser oído (art. 16 [17]): ü GaranKzar condiciones para la formación del juicio propio Derecho de pekción Igualdad y no discriminación (art. 17 [19]): ü Categorías: estatus migratorio, apariencia, Ley 20.084 ü Deberes parkculares del Estado (Cf. Obs. Gral. No. 5): o IdenKficación de grupos que requieren protección reforzada o Foco en las causas o ü Adecuaciones razonables del medio Plan de Acción por la infancia ParKcipación ü ü Incorporación progresiva en las responsabilidades ciudadanas Libertad de asociación y Consejos InfanKles

Título II: Principios, derechos y garan=as Derecho a la información ü Información relevante para pleno desarrollo debe estar disponible en formato y lenguaje apropiados InKmidad Honra y propia imagen ü Medios de comunicación y especiales formas de violencia contra los niños Educación ü Discriminación ü Medidas disciplinarias ü Centros de alumnos Salud ü Deberes de información ü Actuar coordinado e intersectorial ü ConsenKmiento y juicio propio ü ConKnuidad de las prestaciones (con independencia de afiliación de los padres) ü Prioridad de los niños para efectos de determinar Garan=as Explícitas de Salud Vivienda y medio ambiente

Titulo III: Mecanismos de protección jurisdiccionales y administrakvos 1. Reglas generales Protección administrakva y jurisdiccional para goce y ejercicio de derechos efeckvos (distribución de competencias) Titularidad amplia: el niño o cualquier persona a su nombre Defensa profesional cuando sea necesaria (vía MINJU) Principios comunes a toda medida: ü Legalidad ü Orientación general hacia autonomía y saksfacción ópkma de derechos ü Necesidad y proporcionalidad ü Duración mínima y determinada

Titulo III: Mecanismos de protección jurisdiccionales y administrakvos ü ü ü Sólo si se ha oído al niño Revocarse o susktuirse si hay cambio de circunstancias Renovarse sólo si idoneidad y circunstancias persisten 2. Protección administra@va Deber especial de protección mediante oferta de servicios permanentes Inexcusabilidad y deberes asociados (registrar, derivar, informar) Revisión periódica Impugnación ante Tribunal de Familia

Titulo III: Mecanismos de protección jurisdiccionales y administrakvos Autorización y rakficación judicial ante Tribunal de Familia ü Autorización en caso de ausencia de consenkmiento del niño u oposición de representantes legales ü RaKficación en casos urgentes (peligro para la vida o integridad)

Titulo III: Mecanismos de protección jurisdiccionales y administrakvos 3. Protección jurisdiccional Competencia exclusiva de Tribunales de Familia (aún con consenkmiento): ü Medidas que conlleven separación de un niño de su entorno familiar y comunitario, o el ingreso de un niño al sistema residencial ü La Administración sólo puede imponerla como medida cautelar provisional, y sólo para poner el niño a disposición del tribunal inmediatamente (límite: 12 hrs) Acción de tutela (Cf. Código del Trabajo, arts. 485 ss.) ü Titularidad: el niño o cualquiera a su nombre ü Concepto amplio de lesión: Se entenderá que los derechos y garan=as de un niño resultan lesionados cuando los órganos del Estado, por acción u omisión, limitan su pleno ejercicio sin juskficación suficiente, en forma arbitraria o desproporcionada, o sin respeto a su contenido esencial. Procedimiento: Breve y sumario [depende de normas adecuatorias a Ley de Tribunales de Familia]

III. PROPUESTA DE INSTITUCIONALIDAD DICIEMBRE 2014

III.1. ANTECEDENTES INSTITUCIONALIDAD Integración de competencias, intervenciones y programas al Esquema de Servicios Sociales y Protección Social (MDS). Importancia de la arkculación y coordinación en el uso de recursos, para mejorar su rendimiento. Diseño Gobal, planificación integrada y actuar local.

1 Nivel PolíKco Estratégico Tareas del Órgano Rector Diseño y Evaluación de PolíKca integrada (intersectorial y suprasectorial); Planeamiento y Orientación Estratégica (Plan Nacional); Monitoreo Presupuestario (PMG de infancia) Monitoreo LegislaKvo: adecuación legislakva (mandato) e impacto de normakva en ejercicio de derechos; Análisis de situación del E General de la Infancia (Reporte Nacional). Requisitos o aspectos a considerar en la ley expresamente: Necesidad de contar con organismo interministerial por la naturaleza del tema Intersectorialidad. Necesidad de contar con estructura orgánica expresa.

2 Nivel de Coordinación y GesKón Tareas: Colaborar con el nivel políkco estratégico en las tareas de Rectoría. Coordinación intersectorial (desde MDS) la acción del Servicio de ejecución, así como de otros programas Facultades de geskón para implementación local del Servicio SENAME / DEPRODE (Planes PolíKcas) (arkculación) Desarrollo estándares para el servicio y sistema de cerkficación de programas y enkdades.

3 Nivel OperaKvo y Ejecución Cuatro Organizaciones confluyen: Servicios Sociales Generales Servicio Público (SENAME /DEPRODE) (MDS) Sistema intersectorial de Protección (CHCC ampliado) Oficina Local de Infancia*

4 Nivel de Vigilancia Público: Control Jurisdiccional Control AdministraKvo General (común a toda la administración) Defnsor del Niño Sociedad Civil Consejos de la Sociedad Civil Consejos de NNA