RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE LA CONSULTA PRELIMINAR DEL MERCADO EN RELACIÓN A DIVERSAS CUESTIONES RELATIVAS A LA IMPLANTACIÓN DE UN SERVICIO DE CONVERSIÓN Y VALIDACIÓN DE FICHEROS EN FORMATO GML-PU. La Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública (en adelante la Directiva) por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, destaca el papel clave que desempeña la contratación pública en la Estrategia Europa 2020, como instrumento que debe utilizarse para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso más eficiente de los fondos públicos. La citada Directiva recoge formalmente en su artículo 40 por primera vez las consultas preliminares del mercado, facultando a los poderes adjudicadores a realizar consultas antes de iniciar un procedimiento de contratación, con el objeto de preparar la contratación e informar a los operadores económicos acerca de sus planes y sus requisitos de contratación, siempre que dicho asesoramiento no tenga por efecto falsear la competencia y no dé lugar a vulneración de los principios de no discriminación y transparencia. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, corresponde a la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística, entre otras competencias, difundir, actualizar e integrar en una única plataforma digital los elementos urbanísticos de información, planeamiento, gestión y ejecución, implantar el expediente electrónico en los instrumentos de planeamiento y gestión, así como implementar las plataformas tecnológicas y herramientas de trabajo para la gestión y ejecución del planeamiento urbanístico El Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible se está planteando iniciar el procedimiento administrativo para la contratación del desarrollo del servicio de Conversión y validación de información cartográfica de planeamiento urbanístico en formato GML-PU. 1 de 14
En la última década se han incorporado a nuestro ordenamiento jurídico importantes modificaciones que afectan a los modelos de gestión de la información relativa a la planificación urbana. Entre ellas podemos apuntar: 1. Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con el objetivo de racionalizar el sector público asegurando la economía y eficiencia de su gestión mediante, entre otros aspectos, la generalización imperativa de los procedimientos y actuaciones electrónicas. 2. Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, en la que se reconoce el gran interés que para las empresas y los ciudadanos tiene la información generada desde las instancias públicas, promoviendo su puesta a disposición por medios electrónicos, contribuyendo al crecimiento económico y la creación de empleo y como elemento de transparencia y guía para la participación democrática. 3. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y en el caso del, Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid de 27 de julio de 2016, que obliga a la administración municipal a publicar de manera activa toda aquella información relevante derivada de su gestión como garantía del derecho de los ciudadanos de acceso a la información. Los requerimientos actuales, tanto sociales como legales, imponen a las administraciones locales otros mecanismos para gestionar el ciclo urbanístico que respondan a los principios de eficacia y eficiencia, transparencia y acceso a la información y reutilización por empresas y ciudadanos de la información generada por la administración. Tres son las piezas que se entienden esenciales para esta nueva configuración: 1. Plataforma gráfica georreferenciada para alojar las determinaciones urbanísticas con actualización permanente 2. Sistema de tramitación electrónica de expedientes que incorpore ficheros gráficos de intercambio estructurados integrables en la plataforma gráfica 2 de 14
3. Portal de Internet que permita el acceso y descarga de la situación consolidada de la planificación urbana y de los expedientes tramitados La plataforma gráfica georreferenciada es el Sistema de Información Geográfica desarrollado para la gestión de la información gráfica producida en los procesos urbanísticos y cuya funcionalidad se está extendiendo para las fases subsiguientes de transformación del suelo. Con anterioridad a la existencia de dicha plataforma, la cartografía generada por dichos procesos se materializaba en los trámites con las limitaciones que el papel o la información digital escaneada (formato pdf o similar) implican en aspectos como la calidad y la precisión de la información. Al mismo tiempo, considerando que la totalidad de los procesos de análisis y tramitación del planeamiento se hacen con herramientas digitales complejas que producen información altamente precisa y reutilizable, el hecho de no transferir adecuadamente dicha información a la tramitación administrativa supone una degradación de la información o la pérdida del dato original. La solución que se ha adoptado es incluir, como información propia del expediente electrónico, la definición cartográfica del planeamiento a través de ficheros en formato GML, que permiten establecer la definición geométrica de las entidades afectadas y asociar de forma unívoca aquellos atributos característicos que se han establecido y que vienen concretados por el planeamiento. La elección del formato GML viene motivada por el Catálogo de Estándares del Esquema Nacional de Interoperabilidad que lo reconoce como apropiado para cartografía vectorial y sistemas de información geográfica. La plataforma gráfica georreferenciada es el sistema que se encarga de generar dicha información cumpliendo con las especificaciones y la que garantiza la integridad del dato geográfico y facilita la tramitación. El formato GML permite establecer plantillas personalizadas, en las que se puede adaptar los datos a modelos de específicos. El Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible ha conformado un esquema de parcela urbanística GML-PU para el almacenamiento de la información básica que contiene cualquier figura de planeamiento. El GML-PU actúa como fichero de intercambio entre la plataforma gráfica georreferenciada y el documento administrativo legal tramitado como expediente 3 de 14
electrónico, al tiempo que permite la reutilización en procesos posteriores del ciclo urbanístico. Su definición puede consultarse en la dirección del portal : http://www./unidadesdescentralizadas/urbanismoyvivienda/urbanismo/d estacamos/formato%20gml%20de%20parcela%20de%20planeamiento.pdf En lo que se refiere al sistema de tramitación electrónica de expedientes cubre la necesidad de permitir la tramitación digital de los expedientes de planeamiento, en los que, entre otras singularidades, se incluye información en formato GML-PU. Para lograr dicha integración el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible ha venido trabajando conjuntamente con el organismo autónomo Informática (IAM), en su adaptación para el cumplimiento de dicha funcionalidad. Otro aspecto fundamental que cubre el sistema de tramitación electrónica de expedientes es la de garantizar la custodia y almacenamiento de la información. El trámite digital mantiene las garantías preexistentes del sistema de archivado de expedientes, aportando las ventajas que la información digital implican en lo que se refiere a acceso de la información por métodos telemáticos y todo lo que esto facilita en materias altamente demandadas por el Ayuntamiento, como son la transparencia y la difusión. El tercer elemento, necesario para poder interactuar digitalmente con terceros es el portal de Internet (). El portal actual permite tanto la descarga de la información como la realización de trámites. Así mismo es posible el acceso con identificación para obtener información personalizada sobre registros municipales, estado de la tramitación de expedientes y obtención de volantes y/o certificados. Esta funcionalidad que ya tiene es posible incrementarla para que permita también realizar tareas, como la que se plantean a través de esta consulta, consistentes en descarga de información gráfica, conversión a formato GML-PU, generación de informe de un área, validación sintáctica y topológica de la información suministrada y certificación mediante código seguro de verificación de la adecuación de la información facilitada con respecto a la existente en las bases de datos municipales. Por tanto, la solución sobre la que se va a preguntar al mercado tendría la siguiente dependencia con los sistemas descritos: 4 de 14
- Plataforma gráfica georreferenciada. Realiza las comprobaciones posicionales y topológicas. - Gestor de expedientes. Valida y amplía la información realizada por la petición. - Portal. Permite el acceso a la solución y sirve de canal para realizar la solicitud y obtener el resultado. A partir del contexto indicado, para poder impulsar la utilización de la información espacial en formato GML-PU, se considera necesario crear un sistema de conversión y validación que facilite su uso por parte de los agentes que participan en el planeamiento. La funcionalidad que deberá prestar es la siguiente: Poner a disposición de los operadores urbanísticos un procedimiento con neutralidad tecnológica que permita la creación automática del GML-PU partiendo de su manera habitual de trabajo, generalmente utilizando programas CAD para el dibujo y bases de datos u hojas de cálculo para los datos alfanuméricos. Generar un informe básico de los principales indicadores urbanísticos partiendo de lo contenido en el GML-PU. Posibilitar la validación de un fichero GML-PU en el portal web oficial del, en el que se verifique el ajuste sintáctico al esquema y ciertas comprobaciones topológicas, como pueden ser superposiciones y huecos. Permitir la actualización de los procedimientos a medida que se incorporan mejoras o cambios en el esquema GML-PU. Dicha funcionalidad deberá desplegarse en el portal de internet,, e interactuar con el resto de sistemas, tal y como se ha comentado en el punto anterior. Los desarrollos cumplirán la guía de estándares establecida por el IAM (http://www./portales/munimadrid/es/inicio/el- Ayuntamiento/Publicaciones/Listado-de-Publicaciones/Guia-de-estandarestecnologicos?vgnextfmt=default&vgnextoid=d08433a33f75a410VgnVCM2000000c205a 0aRCRD&vgnextchannel=f1aebadb6b997010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD) 5 de 14
Con motivo de iniciar las actuaciones administrativas para la licitación de un contrato de servicios de Conversión y validación de información cartográfica de planeamiento urbanístico en formato GML-PU, se considera de interés promover con carácter previo, una consulta preliminar del mercado para conocer las mejores soluciones existentes en el mercado en relación a los siguientes aspectos del futuro contrato: Características principales que debe tener el sistema Mecanismo para la validación sintáctica del GML-PU Mecanismo para la validación topológica del GML-PU Posibilidades de adaptación/configuración del sistema a los cambios en la definición del GML-PU Existencia de herramientas comerciales capaces de implementar soluciones de este tipo Coste de desarrollo del sistema En virtud de ello, RESUELVO 1. CONVOCATORIA. Se convoca la consulta preliminar del mercado para la búsqueda de soluciones existentes en el mercado relativas a la creación de un sistema de conversión y validación de ficheros en formato GML-PU. 2. OBJETO Esta consulta preliminar de mercado tiene por objeto promover la participación de personas físicas o jurídicas en la presentación de propuestas destinadas a aportar soluciones a las cuestiones planteadas en el cuestionario que se adjunta a este documento como Anexo. Con ello se pretende que a partir de los resultados de esta consulta preliminar del mercado, la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística disponga de 6 de 14
información sobre las soluciones más novedosas y óptimas para la realización de un procedimiento de licitación posterior. 3. PARTICIPANTES La convocatoria es abierta y se dirige a personas físicas o jurídicas que tengan intención de colaborar con la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística presentando propuestas destinadas a aportar soluciones a las cuestiones planteadas en el cuestionario que se adjunta como Anexo a esta resolución, mediante la contestación a todas o algunas de las preguntas planteadas en dicho cuestionario. jurídica. Se admitirá la presentación de varias propuestas por una misma persona física o Cuando una propuesta se presente de forma conjunta por un grupo de personas o entidades deberá identificarse aquella que la represente, a efectos de interlocución con la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística. La Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística no queda obligada a financiar ni a aceptar las propuestas presentadas en esta convocatoria. Los costes derivados de la participación en la convocatoria serán a cargo de los interesados. 4. APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA, IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN. La participación en la consulta, los contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información en ningún caso podrán dar lugar a infracciones de los principios contractuales comunitarios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, ni tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos. La participación en la consulta preliminar del contrato no otorgará derecho de preferencia alguno respecto de la adjudicación de los contratos que pudieran celebrarse con posterioridad y como consecuencia de ella. A estos efectos la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística tomará las medidas apropiadas para garantizar el mantenimiento de los citados principios, tanto en el desarrollo de esta convocatoria como en cualquier procedimiento de contratación posterior. 7 de 14
En particular, en aplicación de los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, se publicará cualquier información intercambiada en el marco de esta convocatoria en el trámite Consulta Preliminar del Mercado: Conversor y validador de ficheros en formato GML-PU en la sede electrónica del https://sede./ Igualmente los resultados finales obtenidos en la consulta preliminar del mercado se publicarán en el trámite Consulta Preliminar del Mercado: Conversor y validador de ficheros en formato GML-PU en la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede./. El informe de la consulta con los resultados finales será accesible durante el procedimiento de licitación que, en su caso, se realice. 5. DESARROLLO DE LA CONSULTA PRELIMINAR DEL MERCADO El plazo para la presentación de las propuestas comenzará a partir de la fecha de publicación del anuncio de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de que asimismo se publique en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. El cierre de esta convocatoria se producirá a los DOS MESES de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Durante el plazo de presentación de ofertas se realizará una sesión informativa pública en la que se explicará la necesidad de una solución innovadora a la problemática detectada desde esta administración. La celebración de esta Jornada de consulta será aproximadamente a los 10 días de la publicación de este acuerdo y se anunciará en la sede electrónica del Ayuntamiento: https://sede./. Todo ello no impedirá el que se celebren nuevas sesiones informativas colectivas, individuales, o que se atiendan peticiones de información o preguntas presentadas por escrito, por medios electrónicos o a través de la web del Ayuntamiento: https://sede./. La Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística limitará la utilización del contenido de las propuestas única y exclusivamente a la definición de las especificaciones del eventual procedimiento de contratación que siguiese a la consulta preliminar del mercado. 8 de 14
Las especificaciones técnicas y soluciones que se presenten no podrán mencionar una fabricación, procedencia determinada o un procedimiento concreto, ni hacer referencia a una marca, a una patente y a un tipo, a un origen o a una producción determinada. 6. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS La presentación de las propuestas se realizará a través de un formulario electrónico en el que se adjuntará cumplimentada la ficha y cuestionario que se señala en el Anexo a esta resolución y la documentación complementaria que se estime pertinente. Para la presentación de las propuestas los participantes deberán ceñirse a las siguientes reglas básicas: a) El formulario electrónico de presentación y el Anexo relativo a la ficha en la que se establece la descripción de la propuesta presentada, deberán ser cumplimentados. Tanto el formulario electrónico de presentación como la ficha y cuestionario estarán disponibles en el trámite Consulta Preliminar del Mercado: Conversor y validador de ficheros en formato GML-PU alojado en la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede./. Además, podrá presentarse la documentación complementaria que estime pertinente, donde se desarrolle la solución propuesta con mayor detalle. b) La presentación de las propuestas se realizará remitiendo la documentación a través del formulario correspondiente. c) Los participantes en esta convocatoria deberán enviar sus propuestas en idioma castellano. d) En caso de que una propuesta se presente de forma conjunta por un grupo de personas o entidades, deberá identificarse aquella que las represente para los efectos de interlocución con la administración. En todo caso, cada uno de los interesados deberá asumir los eventuales costes derivados de su participación. 9 de 14
e) Las propuestas se podrán presentar en cualquier momento durante el periodo comprendido entre la publicación del acuerdo en el BOCM y la fecha de cierre de la consulta preliminar del mercado. f) Una vez recopiladas las propuestas presentadas así como el resto de información recabada durante la consulta preliminar del mercado, la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística podrá utilizar esta información en la definición de un eventual procedimiento de licitación posterior. La Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística, de acuerdo a sus intereses, se reserva el derecho, en su caso, de convocar individualmente a participantes concretos para realizar una presentación más detallada o ampliar la información sobre su propuesta. 7. TRANSPARENCIA DE LA CONSULTA Para asegurar la transparencia del proceso, la disponibilidad de la mayor información posible y el intercambio eficaz de experiencias y opiniones, los participantes harán constar expresamente su consentimiento para que la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística mantenga accesible y actualizada la información necesaria, total o parcial, sobre las propuestas presentadas. En caso de no dar consentimiento, serán excluidas de un eventual proceso de licitación posterior. 8. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL La Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística no podrá divulgar la información facilitada por los participantes en la consulta preliminar del mercado que éstos hayan designado como confidencial en el Anexo o en la documentación complementaria que se presente. No será admisible que efectúen una declaración genérica o declaren que todos los documentos o toda la información tienen carácter confidencial. Este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las soluciones. De conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal aportados por los participantes serán objeto de un tratamiento puntual por el órgano competente de la convocatoria con la finalidad exclusiva de facilita el contacto durante el proceso de consulta preliminar de mercado. Se podrán dirigir a dicho órgano para el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. 10 de 14
9. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Una vez realizada la definición de las especificaciones técnicas de los sistemas, servicios o productos a desarrollar, a partir de las ideas de soluciones recogidas como resultado de esta convocatoria, la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística podrá iniciar los correspondientes procedimientos de contratación según lo establecido en la legislación contractual. El procedimiento estará abierto a todas las soluciones propuestas posibles que cumplan las condiciones establecidas, hayan o no estado ligadas a la consulta preliminar del mercado. 11 de 14
ANEXO FICHA Y CUESTIONARIO A CUMPLIMENTAR POR LOS PARTICIPANTES DE LA CONSULTA PRELIMINAR DEL MERCADO CONVOCADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA RELATIVAS A LA BUSQUEDA DE SOLUCIONES PARA EL FUTURO CONTRATO DE IMPLANTACIÓN DE UN SERVICIO DE CONVERSIÓN Y VALIDACIÓN DE FICHEROS EN FORMATO GML-PU. DATOS DEL PARTICIPANTE 1. Datos del participante: 1.1. Nombre o Razón Social: 1.2. NIF 1.3. Sector o ámbito de actividad: 1.4. Representante legal, en su caso: 2. Tipo de organismo: Persona física: Empresa privada: Empresa pública: Centro de investigación: Universidad: Centro Tecnológico: Otro: 3. Datos de contacto del interlocutor: Nombre: Dirección: Teléfono: Correo electrónico: 4. Descripción breve de la propuesta o idea: (Especificación funcional) Máx. 3.100 caracteres 12 de 14
5.Duración estimada para la ejecución de la propuesta: De 3 a 6 meses: De 6 a 12 meses: Más de 12 meses: 6. Nivel de desarrollo en el que se encuentra la solución propuesta: Detallar las actividades necesarias para disponer de una solución comerciable 7. Regulación y normas asociadas: 8. Relación de anexos: Máx 600 caracteres 9. Otros datos que el proponente quiera aportar: Máx 700 caracteres CUESTIONARIO 1. Características principales que debe tener el sistema. 1.1. Arquitectura 1.2. Mecanismos de integración con el resto de componentes: Tramitador de expedientes, Plataforma Digital Georreferenciada y Portal 1.3. Comunicación entre sistemas 2. Mecanismo para la validación sintáctica del GML-PU La verificación de la adecuación de la información presentada con respecto a la especificación GML-PU, debe ser realizada de forma que puedan localizarse todos aquellos elementos del fichero GML que no son compatible con dicha especificación. Es preciso conocer el sistema de validación que se va a usar y los mecanismos de mensajería y notificación de avisos y errores sintácticos que haga el validador. 3. Mecanismo para la validación topológica del GML-PU Será necesario realizar comprobaciones topológicas de la entidad/ámbito geográfico 13 de 14
incluido en el GML. Habrá que validar si el ámbito identificado por su ID de ámbito se corresponde con el propuesto en el GML, en función de la toleración gráfica que se establezca. Se necesita conocer el software o librería que es posible utilizar para realizar la validación y la forma en que se aplican dichas herramientas. 4. Posibilidades de adaptación/configuración del sistema a los cambios en la definición del GML-PU Se considera que el sistema deberá estar diseñado para que acepte la existencia de cambios en la especificación sin que pare ello sea necesario realizar modificaciones en el código del programa. Por tanto, es necesario conocer, en el ámbito del proyecto descrito, qué posibilidades de configuración y parametrización hay de forma que el sistema sea lo más fácilmente adaptable al cambio. 5. Coste de desarrollo del sistema Una posible licitación futura del sistema descrito precisa de un conocimiento previo sobre los costes de desarrollo e implantación que pudiera implicar. Por tanto, se solicita que se indique en esta consulta una estimación aproximada del coste que tendría la solución propuesta, desglosando, en la medida de lo posible, entre costes de desarrollo y costes de puesta en producción (licencias de software, equipamiento, etc.) DECLARACIONES OBLIGATORIAS Se autoriza a la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística al uso de los contenidos de las propuestas de la presente ficha, que se limitará exclusivamente a su posible inclusión en las especificaciones de un eventual procedimiento de contratación. Se otorga expresamente el consentimiento para que la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística mantenga accesible y actualizada la información necesaria, total o parcial, sobre las propuestas presentadas. Fecha y firma del participante 14 de 14