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ARTÍCULO 2. El título de Doctor expedido por ESEADE será de carácter académico y no habilitará para ejercicio profesional alguno en el país.

Transcripción:

SECRETARIA GENERA1,..,A T,P,-.,-'', IVERSIDAD DE LA FRONTERA DECRETACIp:,.... 2 a la Dirección de Postgrado y modifica CBM/FMT/DSI/L - ~/jc$cck ->- '1, '?! : i ' ; ~ -.. U. No 356 de 1985..-.: r,-,:; ~...- - -p------------------------------------------------- uco, 2 2 E NE 2001 041 OS: Los DFL de Educación NOS 17 y 156 de CONSIDERANDO El crecimiento que ha experimentado la oferta de postgrado al interior de la Universidad de La Frontera en los Últimos años, debido principalmente a la consolidación de nuevos grupos de trabajo disciplinario e interdisciplinario. Lo anterior ha sido consecuencia de un programa de apoyo sostenido al perfeccionamiento, el que ha permitido incrementar de manera significativa el número de docentes e investigadores con postgrado en nuestra universidad. La necesidad de dar cumplimiento a las metas propuestas para los próximos años de gestión, entre las que se comprometen tres acciones prioritarias en el ámbito del postgrado: Fortalecer la Innovación Curricular y la Evaluación Continua. Impulsar la Autoevaluación y la Acreditación de Programas manteniendo una presencia creciente en programas de postgrado ACREDTTADOS. El proceso de acreditación exige que la Universidad cuente con una estructura definida para la administración de ~ ~ los programas, centralizada e independiente de las unidades ejecutoras, capaz de coordinar y administrar programas disciplinarios y multidisciplinarios, que mantenga información actualizada y confiable de la oferta de programas, de cursos, de docentes acreditados para realizar docencia de postgrado y dirigir tesis, de estudiantes, del avance curricular de los mismos, de las tesis en ejecución, de los graduados de cada programa, etc.. Mejorar la eficiencia interna, con énfasis en optimizar la reglamentación, innovar las curricula y elevar las tasas de graduación. La postulación exitosa de proyectos de programas de postgrado a fuentes de financiamiento externas, que apoyan el desarrollo y permiten el crecimiento de esta actividad. La necesidad de educación continua del más alto nivel que demanda principalmente la comunidad local y regional en áreas donde la Universidad de La Frontera cuenta con fortalezas, o en áreas donde la Universidad, a través de alianzas estratégicas con instituciones externas (públicas o privadas, nacionales o extranjeras), puede alcanzar la calidad requerida para que, en conjunto con dichas instituciones, pueda proporcionar las respuestas que el entorno requiere. La recomendación expresa del Ministerio de Educación en el marco de las políticas de fomento a las actividades de postgrado, contenidas en el Programa MECE-SUP; y particularmente las recomendaciones específicas que le fueran formuladas a nuestra Universidad en el marco de la evaluación del Proyecto FR09906 (Desarrollo Humano Local y Regional : Magister Interdisciplinario y Potenciación de Capacidades Académicas), concursado y aprobado en la línea de apoyo al postgrado el año recién pasado. f I~nncr%t&+A dc la l 7,\nb< fecha 14 de Septiembre de 2000. -7 ca El acuerdo de la Junta Directiva en sesión de

DECRETO lo) CREASE la Dirección de Postgrado de la Universidad de La Frontera como una unidad académico-administrativa dependiente de la Vicerrectoría Académica cuya tarea fundamental será mantener la tuición, coordinación y administración de los programas de postgrado que ofrezca la Universidad de La Frontera a la comunidad regional, nacional e internacional. Misión de la Dirección de Postgrado. La misión general de la Dirección de Postgrado será: Promover y mantener la excelencia de los programas de postgrado que ofrece la Universidad de La Frontera a la comunidad regional y nacional. Promover y estimular la creación de nuevos programas de postgrado, disciplinarios o interdisciplinarios, en torno a los grupos consolidados de especialistas, de investigadores existentes o en alianzas estratégicas con otras Instituciones, privadas o públicas, nacionales o extranjeras, dedicadas a la formación de especialistas y a la investigación, facilitando de este modo la cooperación científica y tecnológica nacional o internacional. Generar en la Institución las condiciones adecuadas para el desarrollo del postgrado, de un nivel competitivo, con estándares nacionales e internacionales y fundamentado en: - El pluralismo de ideas y concepciones pedagógicas. - La generación, transmisión y difusión del conocimiento con parámetros de calidad y excelencia. - La promoción de la integración de los diferentes programas y grupos de investigación disciplinarios o multidisciplinarios favoreciendo el uso racional de infraestructura física, equipamiento y recursos humanos calificados, evitando la duplicidad de recursos para fines similares. - La interacción permanente de los programas y de la investigación que se realiza en torno a ellos, con la comunidad y el mundo del trabajo, para contribuir de este modo al desarrollo científico, tecnológico, económico, social, artístico y cultural, con respeto a la dignidad de las personas y a sus valores sociales. Programas de Postgrado Se entenderá por programas de postgrado aquellos cuyo plan de estudios culmine con: a- la obtención de título de especialista. b- la obtención de los grados de Magister y Doctor. Responsabilidades : La responsabilidad específica de esta Dirección, recaerá en el Director de Postgrado. La responsabilidad general recaerá en el Consejo de Postgrado, integrado por el Director y miembros representantes de las Facultades e Institutos que impartan programas de postgrado. Estos serán designados por los Decanos o Directores de Institutos; durarán tres años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos para el período siguiente. Para ser válidas las decisiones del Consejo de Postgrado, éstas deben ser aprobadas por la mayoría simple de sus miembros. El Secretario Técnico de la Dirección de Postgrado participará como miembro con derecho a voz. Cuerpo Académico de Postgrado El Cuerpo Académico de Postgrado estará integrado por aquellos docentes, acreditados para ---. ello, que participan en forma continua y activa en la docencia de postgrado en uno o más T;T'r..,41... +. '..,.pro~ramas que ofrece la Universidad de La Frontera. --

Derechos y Privilegios Solamente los miembros del Cuerpo Académico de Postgrado podrán: - Realizar docencia en los programas de doctorado, magíster y especialidades. - Ser profesores patrocinantes de tesis de doctorado o de magíster. - Ser nombrado Director de un programa, por lo tanto pertenecer al Consejo Ampliado de Postgrado. - Recibir asignaciones de estímulo por su participación en la docencia de postgrado Directores de los Programas de Postgrado: Además de las funciones propias de dirección, coordinación y atención de todos los asuntos del Programa que dirige, especificadas en el Reglamento de cada Programa, los Directores de los Programas tendrán las siguientes funciones generales: - Coordinar los programas y asignaturas de postgrado con la Dirección de Postgrado. - Representar al Programa que dirige, en forma indelegable, en el Consejo Ampliado de Postgrado. - Proponer al Comité de Postgrado la admisión de los candidatos seleccionados por el Comité Académico del Programa. - Presentar al Comité de Postgrado las modificaciones a los cursos, a los programas y a sus reglamentos, las que deberán ser aprobadas por el Consejo Académico y Universitario de acuerdo a la normativa vigente. - Presentar al Comité de Postgrado a los docentes para su acreditación como miembros del Cuerpo Académico de Postgrado. Consejo Ampliado de Postgrado: El Consejo Ampliado estará formado por la totalidad de los Directores de Programas de Postgrado y de las Especialidades Médicas que imparta la Universidad de La Frontera. Sus funciones serán: Elaborar propuestas de políticas para el Desarrollo del Postgrado en la Universidad de La Frontera, las que deberán ser presentadas al Rector con el objeto de que sean aprobadas por los cuerpos colegiados superiores. (Art 3-letra b, DFL-156) - Aprobar el Programa Anual de Trabajo de la Dirección de Postgrado. - Aprobar la Cuenta Anual del Director de Postgrado. Consejo de Postgrado : El Consejo de Postgrado es el Comité ejecutivo principal de la Dirección de Postgrado. En términos amplios, deberá prestar consejo y apoyo al Director en la conducción de la Dirección de Postgrado. Además deberá conducir y planificar el desarrollo del postgrado, identificando las necesidades y oportunidades para el desarrollo de actividades interdisciplinarias, así como supervisar la actividad de todos los programas de postgrado que ofrezca la Universidad. Estará integrado por el Director de la Dirección de Postgrado y un representante por cada Facultad o Instituto que imparta programas de postgrado. Estos académicos, que asumirán las funciones de Directores de Investigación y Postgrado de sus respectivas Facultades, serán Profesores activos, reconocidos como especialistas, con producción científica comprobada, pertenecientes a las jerarquías de Titulares o Asociados con reconocimiento de se especialidad o grados de Doctor o Magíster, que se desempeñen como docentes en los programas. Serán designados por los Decanos de las Facultades o Directores de Institutos, con el acuerdo del Director de Postgrado por un periodo de tres años. Sus funciones serán: l A) En relación a los programas : 1. Estudiar e informar las propuestas de creación de nuevos programas o modificaciones de los programas vigentes de acuerdo a parámetros establecidos para la creación por parte de la Universidad de La Frontera y para la acreditación por parte del Ministerio de...,,,!?,,!.,,.,,-, Educación - Comisión Nacional de Acreditación de Postgrado, CONAP, CONACEM o las Ylinstancias que corresponda. En el caso de modificación de los programas de la oferta

. -.. - deberá considerar el mérito académico de él o los nuevos cursos y su pertinencia. Aquellos programas que cuenten con informe favorable serán presentados a los Consejos Académico y Universitario para su aprobación de acuerdo a la normativa UFRO vigente. 2. Proponer al Director de la Dirección de Postgrado nuevas regulaciones o modificaciones a las regulaciones existentes para ser presentadas a los Consejos Académico y Universitario para su aprobación de acuerdo a la normativa UFRO vigente. 3. Proponer y mantener actualizado el Reglamento General de Estudios de Postgrado que incluya tanto la normativa común como la específica de los grados de Magister y Doctor debidamente aprobado por los Consejos Académico y Universitario. 4. Proponer al Redor los valores de matrícula y aranceles de los programas.(art. 10, letra g), DFL.156) B) En relación a los académicos participantes en los programas: 1. Acreditar, cada tres años, a los profesores permanentes e invitados a dictar clases en los programas. 2. Administrar el programa de pasantías y becas de post-doctorales para profesores. C) En relación a los alumnos de los programas: 1. Sancionar las solicitudes de admisión a los programas de acuerdo a los reglamentos Generales y específicos de cada programa. 2. Sancionar la aprobación de los proyectos de tesis de los estudiantes. 3. Resolver las solicitudes de apelación de los alumnos. Director 1,.I;ri ;,V. 1.: 12 C.., El Director de la Dirección de Postgrado será un Académico de jornada completa, de las más altas jerarquías (Titular o Asociado), con grado de Doctor o Magister, elegido y designado por el Rector de entre académicos presentados en una terna por el Vicerrector Académico. Para ser incluidos en dicha terna los postulantes deberán presentar su Curriculum Vitae y un plan estratégico de trabajo de acuerdo al Plan de Desarrollo de la Universidad de La Frontera y su propia visión. Serán atribuciones y funciones del Director de Postgrado: Dirigir, coordinar y representar las actividades académicas y administrativas de la Dirección de Postgrado. Dirigir y administrar los recursos humanos, financieros y materiales puestos a disposición de la Dirección de Postgrado por la Universidad de La Frontera, considerando y respetando las características de convenios firmados por las facultades e institutos en función de las particularidades de su quehacer, (Ej. Convenio Docente-Asistencia1 en la formación de médicos especialistas), procurando su máxima optimización. Proponer el plan de trabajo anual. Convocar y presidir al Consejo de Postgrado y el Consejo Ampliado de Postgrado. Buscar permanentemente la cooperación e intercambio en los ámbitos nacional e internacional para la realización de programas conjuntos. Presentar la cuenta anual a la aprobación del Consejo Ampliado de Postgrado. Promover el desarrollo de los estudios de Postgrado en la Universidad de La Frontera a través de la formulación de proyectos, organización o coordinación de actividades que estimulen y fortalezcan el desarrollo de programas disciplinarios e interdisciplinarios. Administrar los procesos de admisión, matricula, registro e información curricular, certificación y expedientes de títulos y grados de los alumnos de los programas. Tramitar las autorizaciones emanadas de los respectivos tutores para la realización de exámenes de calificación y defensa de tesis. Asimismo, velar porque estas autorizaciones se realicen en el marco de las exigencias académicas definidas para el programa de postgrado en uestión. w &r cum~lir las normas viaentes v,, oro~oner. ante las instancias oertinentes nuevas laciones o modificaciones á las ya existentes.

Disponer la evaluación académica, administrativa o financiera de los nuevos programas que se propongan o, cuando sea necesario, de los programas existentes, por parte de evaluadores internos o externos. Recomendar ante los cuerpos colegiados la aprobación de nuevos programas o el cierre temporal o definitivo de programas existentes. Administrar y coordinar aquellos programas de postgrado de naturaleza multidisciplinarios. Secretario Técnico. El Secretario Técnico de la Dirección de Postgrado será un académico de media jornada, nombrado por le Vicerrector Académico, cuya función será dirigir los aspectos operativos de la Dirección de Postgrado manteniendo un registro confiable y actualizado de la actividad de postgrado. Deberá participar y llevar registro de los acuerdos de las sesiones del Consejo de Postgrado y del Consejo Ampliado de Postgrado. Deberá además operacionalizar: - Proceso de admisión y matrícula - Proceso de selección de los estudiantes de postgrado - Registro Curricular - Registro de Certificación - Difusión de la oferta de postgrado - Mantener un catálogo de la oferta de postgrado actualizado. 20) MODIFICASE el D.U. NO 356 de 1985 sobre Estructura General de la Universidad de La Frontera, modificado por D.U. Nos 014,057 y 319 de 1994, 236,302 y 418 de 1995, 540 de 1996, 022 de 1997, 019 y 338 de 1998. Agregase en el Art. 40 la siguiente Letra K): k) Dirección de Postgrado. TOMESE RAZON, / o Contraloría Regional (2) o Rectoría o Secretaría General u Vicerrectoría Académica o Vicerrectoría Adm y Fzas. o Contraloría Universitaria o Decanos de Facultad o Vicedecanos de Facultad o Director Sede Malleco o Director Sede Pucón o Directores de Instituto o Secretarios de Facultad o Directores Administrativos o Directores Dptos. Académicos o Directores de Carrera o Jefes de División o Jefes de Sección 3 s Jefes de Oficina -..',.,~,....,.. CESAR BUR~ÑO MORENO =. RECTOR SUBROGANTE.-,.,: h-:.$3!pq