ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

Documentos relacionados
REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA)

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad NORMAS ELECTORALES

ELECCIONES 2015 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL

II. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación

9 10 de mayo La Junta Directiva acuerda convocar elecciones y la fecha de

ANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA "JUNTA DIRECTIVA" DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

CALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

ANEXO - I. Durante el citado curso deben realizar elecciones a Consejo Escolar:

CIRCULAR Nº 536 CARGOS DE LA JUNTA ELECTORAL

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES

No tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.

Reglamento de Régimen Interno

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE

REGLAMENTO ELECTORAL

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria

REGLAMENTO ELECTORAL (ANEXO 2 RRI)

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014

REGLAMENTO ELECTORAL

ANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES

Aprobado en el Consejo Político de 15 de julio de votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones.

Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral

CONVOCATORIA DE APERTURA DEL PROCEDIMIENTO PARA RENOVACION DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

PROTOCOLO DEL PROCESO ELECTORAL PARA ELECCIONES A PRESIDENCIA, Y JUNTA DIRECTIVA DE LA PLATAFORMA DEL VOLUNTARIADO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día

REGLAMENTO ELECTORAL CLUB DEPORTIVO BASICO GIJON MARINERS FUTBOL AMERICANO

NORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

ANEXO - I ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL

NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

REGLAMENTOS REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE PSICOGERONTOLOGIA

NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR

CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC

REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1

REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

Centro Asociado Madrid-Sur

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACION DE EMPRESARIOS DEL METAL DE SEVILLA (FEDEME).

NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006.

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

CLUB DEPORTIVO AZUATIL CONVOCATORIA ELECCIONES.

REGLAMENTO DE ELECCIONES SERAM

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)

ANEXO III. 1. Mesas electorales Ubicación

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte

REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES DE MONTAÑA, ESCALADA Y SENDERIMSMO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

REGLAMENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS ASAMBLEAS CONSTITUYENTES DE LAS DELEGACIONES TERRITORIALES

NORMAS ELECTORALES COMITÉ DE EMPRESA

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)

Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

COLEGIO OFICIAL DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN FILOSOFÍA Y LETRAS Y EN CIENCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA

Procedimiento Electoral Asociación de Empresarios del Henares

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ELECTORAL

CONVOCATORIA PARA LAS ELECCIONES COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE HUELVA MAYO 2012

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID

CONVOCATORIA DE ELECCIONES

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA

PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATO O CANDIDATA A LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA Comité Federal, 28 de mayo de 2011

Elecciones en el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

ELECCIONES PARCIALES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2017 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE ESPAÑA

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

REGLAMENTO SOBRE LAS ELECCIONES CLUB DEPORTIVO NATACIÓN DAIMIEL

APROBADO EN LA 8ª ASAMBLEA 7 DE MARZO DE Convocatoria de elecciones y establecimiento de la Junta Electoral 7 de marzo

ANEXO CALENDARIO ELECTORAL - PERIODO PRIMERA FASE - ASAMBLEAS Y PRESIDENTES DE FEDERACIONES INTERINSULARES

Reglamento Electoral

ANEXO - II. Durante el citado curso deben realizar elecciones para elegir a todos los representantes del Consejo Escolar:

REGLAMENTO ELECTORAL. Comisión Electoral

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS FELIPE RINALDI DEL COLEGIO SALESIANO SAN FRANCISCO DE SALES DE CÓRDOBA

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE TERUEL.

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ORDENACIÓN ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017

Transcripción:

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición de la Junta Directiva, se establece por la Junta Directiva de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica la presente CONVOCATORIA para la presentación y proclamación de candidaturas en las elecciones a celebrar el 23 de noviembre de 2017 para la renovación de los cargos de Vicepresidente y 7 Vocales en el seno de la Junta Directiva de la entidad. CONDICIONES DE LOS CANDIDATOS. 1. Los candidatos deberán ser miembros numerarios de la sociedad, mayores de edad, estar en pleno uso de sus derechos civiles, estar al corriente en el pago de las cuotas, no haber incurrido en ninguno de los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente, ni haber sido sancionados por la comisión de faltas graves o muy graves hasta que no estén rehabilitados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de los estatutos vigentes. 2. No pueden optar a dichos cargos los miembros Asociados ni los miembros Corresponsales, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de los Estatutos sociales. PRESENTACIÓN Y PROCLAMACIÓN DE LAS CANDIDATURAS. 1. Las Candidaturas deberán presentarse entre el 31 de julio y el 12 de septiembre, mediante la aportación de la siguiente documentación: a) Escrito de presentación de candidatura dirigido a la Junta Directiva de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica firmado por el candidato o en su caso candidatos, y en el que se hará constar el deseo de servir en el cargo en caso de resultar elegido. Deberá indicarse el nombre y DNI del candidato / candidatos con indicación del cargo/s a ocupar. 2. La documentación indicada en el punto 1. anterior podrá ser presentada mediante correo certificado en la Secretaria de la sociedad o mediante correo electrónico a la secretaria de SEDENE. A continuación les facilitamos los datos de contacto:

Secretaría SEDENE Calle Fuerteventura 4, local 4 28703 San Sebastián de los Reyes, Madrid sedene@sen.org.es Las distintas candidaturas presentadas deberán confirmar la recepción de la documentación requerida por parte de la Secretaria de la sociedad. 3. La Secretaria de la Sociedad comprobará la veracidad de la solicitud y el cumplimiento de los requisitos exigidos en los estatutos sociales. 4. El 13 de septiembre, y de acuerdo con el calendario electoral establecido, se realizará la proclamación provisional de los candidatos a través de la página web de la Sociedad y se procederá a la notificación personal a los interesados a través de correo electrónico, correo ordinario o fax. Una vez concluido el periodo de reclamaciones, comprendido entre el 14 de septiembre y el 18 de septiembre, en fecha 28 de septiembre tendrá lugar la proclamación definitiva de candidaturas, iniciándose la campaña electoral del 2 de octubre al 17 de noviembre. CAMPAÑA ELECTORAL. 1. Una vez proclamadas las candidaturas, las mismas tendrán derecho a: - Solicitar el listado de electores mediante un escrito dirigido a la Secretaria de la Sociedad, indicando que únicamente se hará uso del mismo por motivos electorales y no comerciales y manifestando que se cumplirá estrictamente lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter personal. - Enviar un mail corporativo a los electores al inicio y al final de la campaña. Ello será posible siempre y cuando lo soliciten en la Secretaria de la Sociedad mediante escrito en los mismos términos del apartado 1. anterior. LA VOTACIÓN. La votación podrá realizarse a través de los siguientes medios y en el periodo establecido en el siguiente calendario: 1. CORREO CERTIFICADO, a través de papeletas oficiales del 2 de octubre a 6 de noviembre (fecha límite que debe constar en el certificado de envío de correos). 2. VOTO PRESENCIAL, a través de papeletas oficiales el 23 noviembre de 10.00 a 14.00 horas en la secretaria de SEDENE y de 15:00 a 16:00 horas en la entrada de la sala de celebración de la Asamblea de Socios.

Aquellos socios que deseen ejercer el voto por correo certificado deberán contactar, en el plazo establecido al efecto, con la Secretaría de la SEDENE (sedene@sen.org.es, tel. 91 314 84 53, ext. 3), para la obtención de las papeletas de votación y ser informados sobre el procedimiento a seguir y la documentación a remitir a la entidad. PROCLAMACIÓN DE LOS RESULTADOS. 1. Los resultados provisionales de las votaciones serán comunicados por la Presidencia el 23 de noviembre. Las reclamaciones a los mismos podrán realizarse hasta el 25 de Noviembre a las 00.00 horas. La proclamación definitiva será realizada el 27 de noviembre en la página web de la Sociedad. 2. Los cargos elegidos recibirán una comunicación de la Secretaria de la Sociedad.

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA CALENDARIO ELECTORAL PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS Y CAMPAÑA ELECTORAL PRESENTACIÓN CANDIDATURAS PUBLICACIÓN PROVISIONAL DE CANDIDATURAS (WEB) PERIODO DE RECLAMACIONES PUBLICACIÓN DEFINITIVA CANDIDATURAS (WEB) PUBLICACIÓN PAPELETAS OFICIALES VOTACIÓN (WEB) CAMPAÑA ELECTORAL 31 de julio al 12 de septiembre 13 septiembre 14 septiembre al 18 de septiembre 28 septiembre 2 octubre 2 octubre al 17 noviembre VOTACIONES VOTACIÓN POR CORREO CERTIFICADO VOTACIÓN PRESENCIAL 2 octubre al 6 de noviembre 23 noviembre (A.Gral.Ext.). A partir 10.00 a 14.00 horas en la secretaria de SEDENE y de 15:00 a 16:00horas en la entrada de la sala de celebración de la Asamblea de Socios. RESOLUCIÓN DE RESULTADOS POR LA JUNTA ELECTORAL RESOLUCIÓN PROVISIONAL PLAZO DE RECURSOS PROCLAMACIÓN DEFINITIVA (WEB) 23 de noviembre 25 de noviembre (00.00 horas) 27 de noviembre

ARTICULADO DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA NEUROLOGÍCA RELACIONADOS CON LA CONVOCATORIA ARTICULO 28.- Concepto La Junta Directiva de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica es el órgano de gobierno de la Sociedad, y a este efecto es quien gobierna, gestiona, administra y representa los intereses de la entidad de acuerdo con las disposiciones y directrices de la Asamblea General. ARTÍCULO 29.- La Junta directiva estará formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Tesorero, un Secretario, y los Vocales de zona. ARTÍCULO 30.- Los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos y se elegirán por la Asamblea General. Los cargos de Presidente y vicepresidente tendrán una vigencia de dos años. Los cargos de Tesorero, Secretario y de vocal de zona tendrán una vigencia de cuatro años. Los cargos se renovarán de la siguiente forma: a) En un primer turno se renovarán los cargos de Presidente y de Vicepresidente; este último pasará automáticamente a ser Presidente. b) En un segundo turno se renovarán los cargos de Secretario, Tesorero y un Vocal de zona. c) En un tercer turno se renovará el resto de Vocales de zona. Ningún miembro de la Junta Directiva podrá presentar su candidatura para otro cargo de la misma hasta que no haya expirado el período para el que fue elegido, salvo que hubiera renunciado al cargo que ocupa antes que tenga lugar la convocatoria de elecciones a la que se refiere el artículo 43 de los presentes estatutos. ARTÍCULO 31.- Podrán ser candidatos a los distintos cargos de la Junta Directiva los miembros Numerarios de la sociedad que sean mayores de edad, estén en pleno uso de los derechos civiles, estén al corriente en el pago de las cuotas y no hayan incurrido en ninguno de los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente. No podrán ser miembros de la Junta Directiva aquellos que hubieran sido sancionados por la comisión de faltas graves o muy graves hasta que no se encuentren rehabilitados. ARTÍCULO 42.- La elección para cubrir los cargos vacantes de la Junta Directiva se celebrará en el transcurso de la Asamblea General convocada en sesión extraordinaria. ARTÍCULO 43.- Los trámites de la elección serán los siguientes:

I.- La Junta Directiva redactará la convocatoria, la cual se anunciará con 90 días de antelación a la celebración de la elección. II.- El Secretario de la Junta Directiva, dentro de los seis días siguientes a la fecha de la convocatoria, insertará en el tablón de anuncios de la sede de SEDENE la convocatoria, donde constarán los puntos siguientes: a) Cargos que serán objeto de elección y requisitos para poder optar a los mismos. b) Día y hora de inicio de la elección y hora de cierre de las urnas para poder iniciar el escrutinio. ARTÍCULO 44.- Las candidaturas habrán de presentarse a la Secretaría de la SEDENE con 60 días naturales, como mínimo, de antelación a la fecha señalada para la elección. Las candidaturas podrán ser conjuntas para diversos cargos en cuyo caso las listas serán abiertas o individuales, y acompañarse de escrito firmado por los mismos candidatos en el que se hará constar el deseo de servir en el cargo de que se trate en el caso de ser elegido. Ningún asociado podrá presentarse a candidato a más de un cargo. Las candidaturas también podrán remitirse por correo certificado, constando en este caso como fecha de recepción la que figure en dicho certificado. ARTÍCULO 45.- La Junta Directiva de la sociedad proclamará candidatos a aquellos que reúnan los requisitos establecidos, haciendo públicas las candidaturas presentadas con, al menos, 20 días naturales de antelación a aquél en que hayan de celebrarse las elecciones. ARTÍCULO 46.- En caso que no haya ningún candidato a los cargos o a algún cargo, la Junta Directiva propondrá una candidatura propia entre los miembros elegibles de la SEDENE. ARTÍCULO 47.- Para la celebración de la elección se constituirá una mesa electoral integrada por 2 miembros de la Junta Directiva. Cada candidato podrá designar entre los votantes un interventor que lo represente en las operaciones electorales. Constituida la mesa electoral, el Presidente indicará el inicio de la votación y la hora prevista para finalizarla. La Junta Directiva determinará el horario de elección, que tendrá una duración

mínima de 3 horas y una duración máxima de 6 horas. A continuación, y previa comprobación, se introducirán en las urnas los votos que hayan llegado hasta aquel momento por correo certificado con los requisitos establecidos. Posteriormente efectuarán la votación los asistentes. Los votantes habrán de acreditar a la mesa electoral su personalidad. La mesa comprobará la calidad del votante, y posteriormente éste introducirá la papeleta en la urna. ARTÍCULO 48.- El ejercicio del derecho de voto para los que tengan la condición de electores será personal, secreto, libre y directo, y no se admitirá el voto por delegación. ARTÍCULO 49.- Los electores podrán emitir el voto por correo, de acuerdo con las normas siguientes: a) Los votos se deberán enviar por correo certificado dirigido a la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y en el mismo se indicará votación. Dentro del sobre se incluirá una fotocopia del D.N.I y un sobre cerrado que contendrá los votos. b) El primer sobre se abrirá al inicio de la votación y, una vez comprobada la calidad del votante, el sobre cerrado conteniendo el voto se introducirá en la urna. c) La fecha del certificado de correos deberá ser 15 días naturales anterior al día de la votación. Tan sólo se computarán los votos emitidos por correo certificado que cumplan los requisitos establecidos en este artículo y que tengan entrada en la Secretaría de la SEDENE hasta el día anterior al de la votación. ARTÍCULO 50.- Terminada la votación se procederá al escrutinio. Serán desechadas todas aquellas papeletas que imposibiliten la perfecta identificación de la voluntad del elector. Serán válidas las papeletas que voten a un número inferior de cargos de los que se sometan a elección. Finalizado el escrutinio, la Presidencia comunicará el resultado, y se proclamarán electos los candidatos que hayan obtenido, para cada cargo, el mayor número de votos. En caso de empate resultará elegido el candidato que haga más tiempo que pertenezca a la sociedad.