REGIÓN PASTORAL DEL PARAGUAY DISTRITO LASALLANO ARGENTINA-PARAGUAY REGLAMENTO

Documentos relacionados
REGIÓN PASTORAL DEL NOA-CENTRO DISTRITO LASALLANO ARGENTINA-PARAGUAY REGLAMENTO

Estructuras de animación de la MEL

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACION. Comisión Episcopal

IGLESIA DE CUENCA ESTRUCTURAS ARQUIDIOCESANAS PASTORALES FORMATIVAS

ESTATUTO MARCO CONSEJO PASTORAL DEL PARROQUIAL DIÓCESIS DE CÓRDOBA

Identidad (Art. 1) Constitución y Aprobación (Art. 2) Finalidades (Art. 3) Sede (Art. 4) Miembros (Art. 5) Clases de miembros (Art.

Plan de Trabajo

Estatuto Centro de Alumnos

CAPITULO I DENOMINACION Y CAMPO DE ACCION

PROCESO DEMOCRÁTICO GOBIERNO ESCOLAR COLEGIO CRISTIANO LA ESPERANZA

Reglamento interno del centro de alumnos Colegio Gran Bretaña de Hualpen.

ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS.

CONSEJO PARROQUIAL DE ASUNTOS ECONÓMICOS DE...

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE SUPERIORES Y SUPERIORAS MAYORES DE RELIGIOSOS Y RELIGIOSAS DE CHILE

Estatuto de la Universidad de Sevilla. Organos Colegiados Jornadas formativas 2009

Movimiento Regional del Callao Fuerza Callao Seguro

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

PROYECTO EDUCATIVO PASTORAL INSPECTORIAL TRIENIO

CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL PREAMBULO

ESTATUTO DE LA CONFER DIOCESANA DE MALLORCA

ESTATUTO UNIÓN SCOUTS CATÓLICOS ARGENTINOS COMISIÓN PASTORAL SCOUT CATÓLICA INDICE. Capitulo I - Naturaleza y Finalidad Pág. 2

CREACIÓN DE LA DEFENSORÍA DE LA MUJER INDÍGENA. [265] Acuerdo Gubernativo No de julio de El Presidente de la República, CONSIDERANDO:

Nombre del cargo DIRECTOR REGIONAL Y SECCIONAL REGIONAL / SECCIONAL

DEL CONSEJO DE LA FAMILIA VICENTINA DE GUATEMALA:"CONFAVIGUA"

PROYECTO ESTRATÉGICO 1: IGLESIA DISCÍPULA Y MISIONERA

ESTATUTOS DEL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL

ESTATUTOS DEL CONSEJO DIOCESANO DE PASTORAL

CONSEJO PASTORAL DIOCESANO DIÓCESIS DE BURGOS ESTATUTOS

COLEGIO NUEVA ERA SIGLO XXI- QUILLOTA ESTATUTOS CENTRO DE ALUMNOS. El Centro de Alumnos es un organismo cooperador del Colegio, electo

ESTATUTOS DEL CENTRO DE ALUMNOS DEL COLEGIO SAN GREGORIO DE LA SALLE

REGLAMENTO PARA LA FORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS DISTRITOS COOPERATIVOS DE LA COOPERATIVA NACIONAL DE SERVICIOS MÚLTIPLES DE SERVIDORES

Cada año, el comité de buena convivencia estará integrado por: Encargado de convivencia escolar de The British School

Reglamento de Régimen Interno Cluster Tic Galicia

ESTATUTOS INTERNACIONALES

CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL:

COLEGIO ALCÁZAR DE LAS CONDES REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESTUDIANTIL ALCAZAR SANTIAGO-CHILE

LA ORGANIZACIÓN CATEQUÍSTICA

REGLAMENTO INTERNO CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS

REGLAMENTO INTERNO CENTRO GENERAL DE PADRES Y/O APODERADOS 2014

ESTATUTOS Salinas, 27 de octubre del 2013

GOBIERNO ESCOLAR. El Gobierno Escolar estará constituido por los siguientes órganos:

REGLAMENTO DE FORMACIÓN EN PRINCIPIOS MORALES Y RELIGIOSOS

CONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Artículo 29. Composición del Consejo Directivo Parágrafo Artículo 30

REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL DE PARACUELLOS DE JARAMA. PREÁMBULO

NORMATIVA DE CÁRITAS EN LOS NIVELES PARROQUIAL, ARCIPRESTAL Y DE VICARÍA TÍTULO I: NATURALEZA, CONSTITUCIÓN Y FINES

CARTA ORGANICA DEL PARTIDO COMUNISTA, MODIFICADA POR EL 22º CONGRESO EXTRAORDINARIO

Proyecto de Reglamento interno de funcionamiento del Consejo Consultivo ISFD N 807 Perito Moreno

REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

Nos seguimos encontrando en el camino

Una Iglesia Misionera en el Continente. La Misión Continental. Sugerencias Pastorales para la Misión Continental

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA I.E. PUKLLASUNCHIS TÍTULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES

SUEÑO DE DIOS MANIFESTADO A MERCEDES DE JESÚS MOLINA

PROYECTO COMUNIDADES LAICALES HIJAS DEL PATROCINIO DE MARÍA

21 diciembre Proyecto de presencia Bilbao. Escuelas Pías Emaús

GRUPO 4: ORGANIZACIÓN Y PRESENCIA EN ESTRUCTURAS

Proyecto operativo y reglamentación del funcionamiento del FORO La siguiente propuesta tiene como fin la implementación de los principios acordadados

Docentes: Carolina Rosenfeld, Gabriela Román, Macarena Vergara

ASOC. DE PADRES COLEGIO LA SALLE TITULO PRIMERO.- CONSTITUCION, OBJETO Y DOMICILIO.- ARTICULO PRIMERO.-

REGLAMENTO DE COMITÉS DE PROMOCIÓN 01/03/2012 CEP PERUANO CHINO JUAN XXIII APAFA

LA DELEGACIÓN DIOCESANA DE PASTORAL PENITENCIARIA

Qué es el gobierno escolar?

ESTATUTO CAPÍTULO I DE SU NATURALEZA Y FINALIDAD

NORMAS!PROVINCIALES!

DEPARTAMENTO DE FAMILIA, VIDA Y JUVENTUD Comisión Episcopal

De conformidad con la normativa relacionada y en ejercicio de su potestad reglamentaria este Ministerio ACUERDA el siguiente:

ESTATUTOS CELAM 2009

Anexo 8. Estatuto de la Asociación de Juntas Administradoras

ANEXO NO. 7 REGLAMENTO COMITÉ DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PREÁMBULO

ESTATUTO ACTUALIZADO DEL CONSEJO DE PASTORAL PARROQUIAL

Nombre de la obra educativa: Instituto Pedagógico La Salle, Managua, Nicaragua Nombre del proyecto o práctica pastoral: Feria Vocacional Religiosa

Estatutos Agiez. Art. 1 Nombre, domicilio y naturaleza

DELEGADOS DE CURSO: DEFINICION ELECCION ATRIBUCIONES (PROPUESTAS DE CRITERIOS)

CONSEJO LATINOAMERICANO DE IGLESIAS. Constitución del CLAI*

RESOLUCIÓN RECTORAL EL SUSCRITO RECTOR,

ASAMBLEA DE PADRES Y REPRESENTANTES

Red de Popularización de la Ciencia y la Tecnología en América Latina y el Caribe RedPOP Estatutos 2015

REGLAMENTO CONGRESO ESTATUTARIO 2017 COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A. G.

ESTATUTOS FEDERACIÓN INTERFRANCISCANA DE ESPAÑA

CONSEJO FRATERNIDADES LAICALES DOMINICANAS AMERICA LATINA Y EL CARIBE - COFALC

DECRETO 2013 DE (agosto 14) Diario Oficial No , del 21 de agosto de <NOTA DE VIGENCIA: Derogado por el Decreto 717 de 1999>

XIII Asamblea Diocesana

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA SECRETARIA DE ACTAS ACTA Nº O-05 RESOLUCIÓN Nº CU-O FECHA:

DECRETO SOBRE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO PASTORAL ARCIPRESTAL

ESTATUTOS ODUCAL APROBADOS EN LA ASAMBLEA GENERAL 2007 RÍO DE JANEIRO.

COMITÉ DE RIESGOS REGLAMENTO INTERNO

REGLAMENTO CENTRO DE ALUMNOS LICEO AGRICOLA SAN JAVIER R.B.D.Nº

ACTIVIDADES DE PRECONGRESO CON PADRES Y APODERADOS

TEMA 3. ESTRUCTURAS SUPRADIOCESANAS

I CURSO TALLER : ROLES, FUNCIONES Y LIDERAZGO DE LAS APAFA EN EL DESARROLLO DE LAS ESCUELAS DE LIMA

Proceso para la constitución de una nueva Asociación de fieles

REGLAMENTO GENERAL DEL ASOCIACIONISMO SALESIANO UNIVERSITARIO

ASAMBLEA INTERNACIONAL 2013

TÉCNICA - MENTE ENCUENTRO NACIONAL DE ESTUDIANTES

Norma. SdA-001. Condiciones para el Reconocimiento de Calidad de Miembro Activo y Miembro Beneficiario en su calidad de Representante Juvenil

MONS. DEMETRIO FERNÁNDEZ GONZÁLEZ Por la gracia de Dios y de la Sede Apostólica Obispo de Córdoba D E C R E T O

ESTATUTOS DE LA CONFEDERACIÓN INTERAMERICANA DE EDUCACIÓN CATÓLICA CIEC. Título III De los Miembros, de sus Derechos y Obligaciones para con la CIEC

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y SERVICIOS EDUCATIVOS CISE

Transcripción:

REGIÓN PASTORAL DEL PARAGUAY DISTRITO LASALLANO ARGENTINA-PARAGUAY 2004

1 NUESTRA IDENTIDAD La Región Pastoral Lasallana del Paraguay es una de las cuatro regiones pastorales que conforman el Distrito de Argentina - Paraguay. Está animada por comunidades de Hermanos y Seglares. Agrupa a dos obras educativas. Estas obras educativas están insertas en medios socio-económicos de bajos recursos del Bañado Norte de Asunción y el Chaco paraguayo. Ellas son: 1.1. Escuela Básica Privada Subvencionada Nº 1071 José María Bogarín - La Salle, propiedad de los Hermanos de la Salle (A.P.E.A. 1 ), animada por Hermanos de La Salle y Seglares. Está situada en el barrio Santísima Trinidad de Asunción, en la ribera norte del Río Paraguay, cuya comunidad barrial se denomina Virgen de Fátima. Esta comunidad barrial depende pastoralmente de la Parroquia de la Santísima Trinidad de la Arquidiócesis de Asunción. La población escolar reúne a hijos de familias asentadas en la zona, en gran parte sin 1. Personería jurídica de los Hermanos de La Salle en el Paraguay.. 1

trabajos estables. Muchos de los niños y niñas provienen de hogares con una estructura familiar inestable. La zona está tipificada como de Alto Riesgo. La escuela atiende a niños y niñas del Nivel Inicial y la Educación Escolar Básica. 1.2. Escuela Parroquial Subvencionada Nº 1152 San Isidro Labrador, propiedad del Vicariato Apostólico del Pilcomayo, situada en el Km. 282 de la Ruta Transchaco, localidad de Pozo Colorado, en el Departamento de Presidente Hayes. Esta obra está animada por Hermanos de La Salle, Hermanas de San José de Cluny, profesores seglares y por los Oblatos de María Inmaculada de la Parroquia San Eugenio de Mazenod. Atiende a hijos de peones de estancias, en su mayoría, que ante la imposibilidad de contar con escuelas en sus lugares de origen viven en la escuela en régimen de internado. Esta escuela atiende a alumnos y alumnas de la Educación Escolar Básica. 2 NUESTRA MISIÓN Ante la situación socio-política, cultural, económica y eclesial que se está viviendo en el país y en toda Latinoamérica, ofrecemos: 2.1. Una escuela abierta a la zona geográfica y a la comunidad, que presta un espacio de reflexión, convivencia, esparcimiento y una educación escolarizada. 2.2. Una educación personalizada y evangelizadora, que promueve a las personas en su integridad y en su vocación trascendente. 2.3. Una educación basada en la espiritualidad lasallana. 2.4. Una alternativa de formación integral que responda a las necesidades locales y con perspectivas de futuro. 2.5. Una comunidad de Hermanos, otros religiosos y seglares, que se asocian en la misión de animar y gestionar las obras desde sus estados de vida específicos. 2.6. Un testimonio de vida, personal y comunitario, al servicio educativo de los pobres. 2 3

3 NUESTRA ORGANIZACIÓN Esta Región Pastoral está conformada por las siguientes instancias: Asamblea Regional, Consejo de Obras y Consejos Directivos locales. 3.1. Asamblea Regional Es el espacio de definición, orientación y adecuación de las decisiones pe-dagógico - pastorales de las obras de la Región acordes con el Horizonte Distrital. 3.1.1. Integrantes: 3.1.1.1. El Hno. Visitador del Distrito de Argentina - Paraguay. 3.1.1.2. El Representante del Hermano Visitador en el Paraguay. 3.1.1.3. Los miembros del Consejo de Obras. 3.1.1.4. Los miembros de la Comisión Directiva de la APEA 3.1.1.5. Los miembros de los Consejos Directivos locales 3.1.1.6. Delegados de Equipos Pedagógicos y Pastorales de cada obra. 3.1.1.7. Docentes delegados de cada ciclo de las obras. 3.1.1.8. Delegados de las Comisiones de Padres de cada obra. 3.1.1.9. Delegados de las Comunidades de Hermanos. 3.1.1.10. Invitados especiales. 3.1.2. Criterios de participación 3.1.2.1. El Hno. Visitador, los miembros de la Comisión Directiva de la APEA, los miembros del Consejo de Obras y de los Consejos Directivos locales son miembros de derecho, participan con voz y voto. 3.1.2.2. El Consejo de Obras establecerá el número de delegados de cada obra para la Asamblea. 3.1.2.3. Para ser delegado docente se requiere una antigüedad mínima de tres años en la institución. 3.1.2.4. Los delegados serán elegidos en Asambleas locales garantizando la representación de cada estamento. 3.1.2.5. Todos los delegados participan con voz y voto. 3.1.2.6. Los invitados participarán con voz pero sin voto. 3.1.3. Funcionamiento de la Asamblea 3.1.3.1. Para cada Asamblea se constituirá una Mesa Directiva con su Presidente, Secretario, Moderador/es que regularán el funcionamiento de la Asamblea. 3.1.3.2. Se convocará una Asamblea Regional Ordinaria una vez al año. 4 5

3.1.3.3. Cada tres años la Asamblea Ordinaria será de carácter electiva. 3.1.3.4. Se convocarán Asambleas Extraordinarias cuando el Consejo de Obras lo considere necesario o cuando la mayoría de los asambleístas lo soliciten. 3.1.4. Funciones REGIÓN PASTORAL DEL PARAGUAY 3.1.4.1. Nombrar o modificar la Mesa Directiva propuesta por el Consejo de Obras. 3.1.4.2. Evaluar la marcha de la Región. 3.1.4.3. Reflexionar las políticas educativas, pastorales, administrativas y económicas que orientarán a la Región, en comunión con el Horizonte Distrital. 3.1.4.4. Introducir modificaciones al Reglamento Regional cuando lo soliciten las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea. 3.1.4.5. Elegir a los miembros del Consejo de Obras de la Región para el siguiente período de entre cuatro candidatos/as propuestos/as por cada obra y por la Comisión Directiva de la APEA. 3.1.4.6. Delegar al Consejo de Obras la implementación de las decisiones de la Asamblea. 3.2. Consejo de Obras Es el órgano de animación y conducción de las Obras de la Región. 3.2.1. Integrantes, Estructura y Duración 3.2.1.1. Está integrado por ocho personas: dos miembros de la Comisión Directiva de APEA, dos representantes de cada obra (al menos uno del Consejo Directivo), el Hno. Visitador y su Representante. 3.2.1.2. Si un miembro del Consejo de Obras perteneciente al Consejo Directivo de obras o a la Comisión Directiva de APEA renuncia a éste, cesa como miembro del Consejo de Obras. 3.2.1.3. En caso de que algún miembro deje de pertenecer al Consejo de Obras, el nuevo miembro será elegido por Asamblea local de la obra afectada o en su defecto de la APEA. 3.2.1.4. El mandato de este Consejo tendrá una duración de tres años y es nombrado en la Asamblea Ordinaria. 3.2.1.5. Para su funcionamiento interno, los miembros elegidos nombran un Coordinador, un Secretario, un Tesorero, un Referente Pedagógico y otro Pastoral. 3.2.2. Funciones 3.2.2.1. Animar la misión de las obras educativas desde un mismo Horizonte Peda- 6 7

gógico Pastoral en comunión con el Distrito. 3.2.2.2. Acompañar el proceso de animación de los Consejos Directivos en cada obra. 3.2.2.3. Asumir y ejecutar las decisiones, definiciones y orientaciones pedagógico - pastorales de la Asamblea Regional y Distrital. 3.2.2.4. Velar por la Formación permanente de los educadores de cada obra. 3.2.2.5. Convocar la Asamblea Regional. 3.2.2.6. Designar una comisión preparatoria de la misma y proponer una Mesa Directiva a la Asamblea. 3.2.2.7. Orientar la elaboración de los Proyectos Educativos de las obras. 3.2.2.8 Estudiar y aprobar los Proyectos Educativos de las obras. 3.2.2.9. Estudiar y aprobar los diferentes proyectos de inversión presentados por los Consejos Directivos de las obras. 3.2.2.10. Gestionar y administrar los recursos genuinos y los procedentes de ayudas del exterior. 3.2.2.11. Reconocer los Consejos Directivos de cada obra. 3.2.2.12. Elevar las propuestas de la Región a las instancias de decisiones del Distrito. 3.3. Consejo Directivo Es un órgano de animación y gestión local de cada obra. 3.3.1. Integrantes, Estructura y Duración 3.3.1.1. Está conformado por Directores Administrativos y Académicos, representantes docentes, personal no docente y padres. 3.3.1.2. Los representantes docentes, no docentes y padres se eligen por cada estamento en Asambleas locales. 3.3.1.3. El Consejo Directivo de cada obra tendrá una duración de tres años. 3.3.2. Funciones 3.3.2.1. Establecer su propio reglamento de funcionamiento interno y de la Institución. 3.3.2.2. Crear instancias de participación y reflexión de padres y alumnos dentro de las obras. 3.3.2.3. Crear y acompañar equipos pedagógicos y pastorales. 3.3.2.4. Propiciar la formación permanente de los docentes de la obra. 3.3.2.5. Velar por la buena administración de los recursos de la obra. 3.3.2.6. Animar y garantizar la elaboración de los Proyectos Pedagógico - Pastorales de la obra. 8 9

3.3.2.7. Elaborar y elevar los proyectos de inversión y financiación de la obra al Consejo de Obras. 3.3.2.8. Velar por el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación y Cultura y del Instituto. 4 RELACIÓN DE LA REGIÓN PASTORAL LASALLANA DEL PARAGUAY CON LA APEA 4.1. APEA, como entidad jurídica de los Hermanos en Paraguay, actuará como respaldo legal a las gestiones del Consejo de Obras. 4.2. La Comisión Directiva de la APEA tendrá participación en el Consejo de Obras a través de dos de sus miembros. 10 11