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Transcripción:

EXPEDIENTE EMPRESA INCUMPLIMIENTOS DETECTADOS RESOLUCION QUE IMPONE SITUACION ACTUAL 00001-2007-GG-GFS/MC RURAL TELECOM S.A.C. CONTINUIDAD: Nocumplio con la obligación de informar periódicamente a OSIPTEL sobre los reportes de desabastecimiento de tarjetas prepago efectuados por los usuarios. (Art. 7º) 093-2007-GG/OSIPTEL Informe Nº 329-GFS/2010 00011-2007-GG-GFS/MC Art. 52 : Deje de cobrar el concepto renta o cargo mientrás el servicio se encuentre suspendido 129-2007-GG/OSIPTEL Informe Nº 259 -GFS/2011 00014-2007-GG-GFS/MC AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. Arts. 35, 36 Y 39 La interrupción no pudo ser atribuida a un hecho fortuito o de fuerza mayor o por acto de tercero, corresponde las respectivas devoluciones a los abonados. 135-2007-GG/OSIPTEL Informe N 531 -GFS/2011 00018-2007-GG-GFS/MC REGLAMENTO GENERAL DE TARIFAS Art. 43 : Mediante Fe de Erratas registrada en el SIRT el 22 de febrero de 2007, TdP ha modificado el plazo de vigencia de la promoción para llamadas locales fijo-fijo desde TPI y ha aplicado tarifas mayores a las informadas o puestas a disposición pública, para el caso de los teléfonos rurales que, al 25 de enero de 206-2007-GG/OSIPTEL Informe Nº 814-GFS/2009 00019-2007-GG-GFS/MC LAT PERÚ S.A.C. RESOLUCIÓN N 019-2006- CD/OSIPTEL Art. 1 : LAT no viene prestando el servicio deguía telefónica "1945-103". En las dos oportunidades que se accedió al servicio sinobtener la información consultada, dicho servicio fue cobrado mediante la facturaciónde llamadas de larga distancia internacional. 207-2007-GG/OSIPTEL Supervisión al cumplimiento de MC concluye en archivo Informe Nº 613-GFS/2010

00021-2007-GG-GFS/MC 1910 S.A. RESOLUCIÓN N 019-2006- CD/OSIPTEL Art. 1 : 1910 S.A. no presta el servicio deinformación actualizada de guía telefónica através de su número "1910-103". 287-2007-GG/OSIPTEL 00024-2007-GG-GFS/MC 00036-2007-GG-GFS/MC 00037-2007-GG-GFS/MC AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. Incumplimiento del Art. 24.- Proceda a diferenciar debidamente, en los recibos que emita, cada uno de los conceptos facturados por los servicios que presta, de manera que permita entender la aplicación de las tarifas cobradas. Incumplimiento del Artículo 31.- Devolución por pagos indebidos o en exceso.- La PRESELECCION en el artículo31 de la Resolución N 006-99- CD/OSIPTEL: Dentro de los cinco (5) días de recibida la Carta de Preselección, el concesionario de larga distancia cursará al concesionario local la respectiva Carta de Compromiso, adjuntando el listado con los nombres de los abonados que lo PRESELECCION en el artículo7 de la Resolución N 006-99-CD/OSIPTEL:La implementación del sistema de preselección de cada concesionario local con cada uno de los concesionarios de larga distancia, se realizará en el marco de cadacontrato de interconexión. 290-2007-GG/OSIPTEL 278-2007-GG/OSIPTEL 279-2007-GG/OSIPTEL Informe Nº 263 -GFS/2010 00038-2007-GG-GFS/MC en el artículo 6º de las CdU D. LEGISLATIVO N 716, Artículo 5 literal d) 280-2007-GG/OSIPTEL

00045-2007-GG-GFS/MC GENARO CABRERA PLAN MINIMO DE EXPANSION Incumplimiento de la Clásula 6, numeral 6.2 de su Contrato de Concesión, referido con el Plan Mínimo de Expansión 317-2007-GG/OSIPTEL Informe Nº 164 -GFS/2009 00048-2007-GG-GFS/MC DIRECTV PERU S.R.L. TARIFAS Incumplimientode la obligación de comunicar tarifas a OSIPTEL, según lo dispuesto en los artículos 11 y 15 Resolucion N 060-CD-2000/OSIPTEL 369-2007-GG/OSIPTEL Informe Nº 441-GFS/2011 00049-2007-GG-GFS/MC 00051-2007-GG-GFS/MC 00052-2007-GG-GFS/MC TELEFONICA MULTIMEDIA S.A. AMERICATEL PERÚ S.A. Artículo 35.- Interrupción del servicio porcausas no atribuibles al abonado Artículo 36.- Cómputo de la interrupción del servicio Artículo 37.- Período deinterrupción del servicio Artículo 39.- Interrupción delservicio por caso fortuito, fuerza mayor u otras circunstancias fuera del control de laempresa operadora PRESELECCION en los artículos 28 y 31 de la Resolución N 006-99- CD/OSIPTEL: De la supervisión efectuadaes posible concluir que cuanto algunas cartas de preselección fueron suscritas por los usuarios que no cuentan con la autorización de sus abonados. PRESELECCION en los artículos 28 y 31 de la Resolución N 006-99- CD/OSIPTEL: De la supervisión efectuada es posible concluir que cuanto algunas cartas de preselección fueron suscritas por los usuarios que no cuentan con la autorización de sus abonados. 407-2007-GG/OSIPTEL 439-2007-GG/OSIPTEL 433-2007-GG/OSIPTEL EO incumplió MC Informe Nº 566-GFS/2011 En consecuencia, se inicio un PAS Exp. 00036-2011-GG- GFS/PAS

00054-2007-GG-GFS/MC AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. DEVOLUCIONES La empresa no devolvió losmontos cobrados indebidamente respecto de3456 líneas prepago por el servicio "BLAH" en el periodocomprendido entre el 19 de mayo y el 30 dejunio de 2005. 613-2007-GG/OSIPTEL Informe Nº 430 -GFS/2011 00056-2007-GG-GFS/MC RESOLUCIÓN N 315-2007- GG/OSIPTEL El concesionario no cumplió con remitir la información referida al cumplimiento del Plan Mínimo de Expansión. 612-2007-GG/OSIPTEL 00002-2008-GG-GFS/MC NEXTEL DEL PERU S.A. TARIFAS: Infracción a lartículo 11º - Información inexacta 326-2008-GG/OSIPTEL Informe Nº 581 -GFS/2010 00003-2008-GG-GFS/MC REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE TELECOMUNICACIONES: Restringió indebidamente el servicio de llamadas larga distancia y llamada por llamada. 216-2008-GG/OSIPTEL Informe Nº 595 -GFS/2010 00001-2009-GG-GFS/MC TELMEX PERU S.A. RESOLUCIÓN N 049-2000- CD/OSIPTEL: en el numeral2 del artículo 4 de las normas relativas a la comercialización del tráfico y/o de los servicios públicos de telecomunicaciones. 038-2009-GG/OSIPTEL EO cumplió MC Informe Nº 363-GFS/2010

00002-2009-GG-GFS/MC REGLAMENTO GENERAL DE TARIFAS Incumplimiento del art. 43 al haber detectado que la empresa operadora facturó la renta "Speedy Pack" a los usuarios que les correspondía la promoción del primer mes gratis. 057-2009-GG/OSIPTEL EO cumplió MC Informe Nº 1079-GFS/2011 00003-2009-GG-GFS/MC TELEFONICA MULTIMEDIA S.A. Incumplimiento del artículo 18 - Modificaciones en los sistemas, instalaciones y/o equipos. 076-2009-GG/OSIPTEL 0004-2009-GG-GFS/MC NEXTEL DEL PERU S.A. PLAN MÍNIMO DE EXPANSIÓN: Incumplimiento con el plan mínimo de expansión para el 4to año, respecto a las líneas de teléfonos públicos en el departamento de Lima y en la provincia constitucional del Callao. 097-2009-GG/OSIPTEL MC fue revocada Res. Nº 203-2009- GG/OSIPTEL 00006-2009-GG-GFS/MC TELEFONICA MULTIMEDIA S.A. Incumplimiento delartículo 31 al no instalar los decodificadoresa los usuarios del Plan Estelar 099-2009-GG/OSIPTEL 00007-2009-GG-GFS/MC TELEFÓNICA MÓVILES S.A. CALIDAD: Incumplimiento del artículo 13º delreglamento de Calidad, al no observar ladiligencia respecto a los indicadores de calidadde su página web. 125-2009-GG/OSIPTEL

00001-2010-GG-GFS/MC OPTICAL IP INCUMPLIMIENTODE LOS ARTS. 38, 72 Y 73 DE LAS CDUdebiendo comunicar a los usuarios trabajos demantenimiento, al OSIPTEL las interrupcionesque afecten a sus arrendatarios y realizarles los descuentos en las tarifas. 051-2010-GG/OSIPTEL 00002-2010-GG-GFS/MC TARIFAS: Incumplimiento de lo dispuestopor la Res. 043-2003- CD/OSIPTEL Negaciónde programar las tarifas rurales a losoperadores rurales 052-2010-GG/OSIPTEL 00006-2010-GG-GFS/MC TELEFÓNICA MÓVILES S.A. PORTABILIDAD: Incumplimiento con lo dispuesto en el artículo4 del Reglamento de Portabilidad, al nohaber acreditado la decisión de los abonadoscuyos números fueron portados, de terminarsu contrato con el operador cedente y decontratar con dicha empresa, manteniendo elmismo número. 257-2010-GG/OSIPTEL EO cumplió MC Informe Nº 379-GFS/2012 00003-2010-GG-GFS/MC TELEFÓNICA MÓVILES S.A. Art. 13º del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, aprobado por Resolución Nº 002-99-CD/OSIPTEL, por cuanto la empresa demoró u obstaculizó la verificación y revisión de la información por parte de OSIPTEL. 401-2010-GG/OSIPTEL 00007-2010-GG-GFS/MC TELEFÓNICA MÓVILES S.A. Reglamento General de Infracciones y Sanciones:Art. 12º: TMO aplicó incrementos de tarifas o rentas fijas periódicas, respecto a los registros en el Sistema de Información y Registro de Tarifas del OSIPTEL. 441-2010-GG/OSIPTEL

0008-2010-GG-GFS/PAS BT LATAM PERÚ S.A. REGLAMENTO GENERAL DE INFRACCIONES Y SANCIONES: Art. 12º: TMO aplicó incrementos de tarifas o rentas fijas periódicas, respecto a los registros en el Sistema de Información y Registro de Tarifas del OSIPTEL. 012-2010-GG/OSIPTEL 00013-2011-GG-GFS/MC LEY Nº 27336:Art. 16º: BT LATAM no cumplió con guardar por el periodo de tres (03) años la información relacionada a las interrupciones del servicio ocurridas los dias 26/04/2011, 21/10/2011, 19/03/2008 y 25/03/2008. 479-2011-GG/OSIPTEL 00012-2011-GG-GFS/PAS TELEFONICA MULTIMEDIA S.A. artículos 35º, 38º y 39º de la referida 478-2011-GG/OSIPTEL 00020-2011-GG-GFS/PAS NEXTEL DEL PERU S.A. obligaciones establecidas en el artículo 8º de la referida 500-2011-GG/OSIPTEL 00002-2011-GG-GFS/MC Art. 2º: TDP realizó la migración de planes tarifarios sin consentimienrto de los abonados del servicio. 286-2011-GG/OSIPTEL

00007-2011-GG-GFS/MC NEXTEL DEL PERU S.A. artículos 38º y 39º de la referida 591-2011-GG/OSIPTEL 00003-2011-GG-GFS/MC GLOBAL CROSSING PERÚ S.A. artículos 38º y 39º de la referida 283-2011-GG/OSIPTEL 00004-2011-GG-GFS/MC DIGITAL WAY S.A artículos 35º y 39º de la referida 284-2011-GG/OSIPTEL 00010-2011-GG-GFS/MC STAR GLOBAL COM S.A.C. artículos 35º y 39º de la referida 354-2011-GG/OSIPTEL 00005-2011-GG-GFS/MC AMERICATEL PERÚ S.A. artículos 35º y 39º de la referida 291-2011-GG/OSIPTEL

00008-2011-GG-GFS/MC TELMEX PERU S.A. artículos 35º, 38º y 39º de la referida 477-2011-GG/OSIPTEL 00001-2012-GG-GFS/MC AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. artículos 35º de la referida 289-2012-GG/OSIPTEL 00002-2012-GG-GFS/MC TELMEX PERU S.A. CALIDAD: Incumplimiento del valor referencial anual del TIF para el servicio de telefonía fija en la modalidad de abonados (TIF 1.60%, especificado en el Anexo 1 del Reglamento de Calidad) para el periodo anual 2010 290-2012-GG/OSIPTEL MC en trámite de impugnación 00003-2012-GG-GFS/MC CALIDAD: Incumplimiento del valor referencial anual del TIF para el servicio de telefonía fija en la modalidad de abonados (TIF 1.60%, especificado en el Anexo 1 del Reglamento de Calidad) para los periodos anuales 2008, 2009 y 2010, obteniendo los valores 1.64%, 1.72% y 1.81% respectivamente 291-2012-GG/OSIPTEL MC en trámite de impugnación 00004-2012-GG-GFS/MC CALIDAD: Infracción tipificada en el artículo 13º del Reglamento de Calidad por publicación de información inexacta en su página Web correspondiente al indicador TR en el mes de agosto de 2010 (aplicó criterios para la determinación de los parámetros del indicador que no corresponden a los definidos en el Reglamento de Calidad). 299-2012-GG-OSIPTEL MC en proceso de cumplimiento

00005-2012-GG-GFS/MC LINEAMIENTOS DE COMPETENCIA: Inobservancia de la obligación de prestar planes tarifarios sin que distorsione el régimen tarifario, establecida en el artículo 4º de los Lineamientos de Competencia 265-2012-GG/OSIPTEL 00006-2012-GG-GFS/MC CONVERGIA PERÚ S.A. obligaciones establecidas en el artículos 39º de la referida 292-2012-GG/OSIPTEL 00007-2012-GG-GFS/MC CALIDAD: Infracción tipificada en el artículo 13º del Reglamento de Calidad por publicación de información inexacta en su página Web, correspondiente al indicador TLLC en los periodos de agosto de 2008 a diciembre de 2009 y de enero a diciembre de 2010. 288-2012-GG/OSIPTEL