HOMICIDIOS (Actualización) Escena de Otelo.Shakespeare. www.carlosparma.com.ar Concepto de Homicidio: es la muerte de una persona con vida independiente, cometida Injustamente por otra Carrara decía: la muerte de un hombre injustamente cometida por otro Homicidio simple: es aquel en el cual no concurren circunstancias atenuantes o calificantes Teniendo como característica ser: instantáneo, doloso, que puede causarse por comisión o por Comisión ió por omisión ió (disposición i ió legal, l contrato t o conducta precedente) y admitir tentativa. t ti Sujeto pasivo: persona de existencia visible con vida independiente Sujeto activo: el que mata a otro, en consecuencia no puede ser la propia Víctima. Puede ser autor directo o mediato Bien jurídico protegido: persona física (existencia real) o la norma? 1
HOMICIDIO SIMPLE RECORDAR *ADMITE LA TENTATIVA. *TODA CLASE DE DOLO (directo, indirecto, eventual) *ADMITE LA FORMA OMISIVA donde el sujeto debe Ser GARANTE del BJP *ES DE RESULTADO. *Se comete por CUALQUIER MEDIO IDONEO. *Requiere una CAUSA o CONCAUSA. Concepto Legal de Muerte El limite máximo de protección: la muerte El limite máximo de protección: la muerte El cpto clásico antiguo- (cardíaca y respiratoria). Ahora: LEGAL En Alemania predomina muerte cerebral: cese total definitivo e irreversible func. Cereb. Cód. Civil: art. 103 habla de muerte real o natural Ley nº 21.541: adopta criterio muerte cereb. Cese total definitivo e irreversible de las func. vitales respiratoria, circulatoria y neurológica. 2
Homicidio Accion Típica Verbo: matar una vida humana independiente Es un delito de resultado: tipo resultativo o prohibitivo de causar (la acción alude al resultado sin importar la clase de comportamiento) Adquiere importancia la Causalidad Vinculac causa efecto entre el hecho autor y muerte Teorías: Equivalencia condic.- Causalidad adecuada e Imputación Obj. Reglas: solo es imputable a la acc humana que crea o aumenta el riesgo o adelanta cronológicamente resultado. La teoría de la causalidad Descarta la compensación de culpas La teoría que analiza el hecho total Las teorías que analizan la Interrupción del nexo causal Concurrencia de culpas concausa Modernamente la doctrina utiliza mecanismos que permiten atribuir Objetivamente el hecho al lesionado, a partir de conceptos como el Principio de autorresponsabilidad, el consentimiento, la autopuesta en peligro y la ponderación de intereses. 3
FEMICIDIO El inciso 1º del art. 80,,pena con reclusión o prisión perpetua, a quien matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia. Se amplió el elenco de los vínculos que dan lugar a la agravante de este inciso, contemplando en sentido amplio a cualquier relación de pareja presente o pasada, exista o haya existido convivencia o no. Se quitó la frase sabiendo que lo son. El tipo objetivo muestra ahora aspectos naturalísticos (ascendiente, descendiente) y normativos (cónyuge, relación de pareja o ex). Requiere la figura -como siempre- la presencia del tipo subjetivo, que es el dolo, lo que implica que no hay cambio significativo FEMICIDIO LEY 26791 El inciso 4º del mismo art. 80, incorpora la motivación por odio de género, o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión. La violencia desmedida que se ejerce sobre sectores vulnerables de la población (niños, mujeres, ancianos) llevó a la sanción de la ley 26.485 del año 2009 la que naturalmente queda imbrincada en esta idea. 4
Violencia de género El inciso 11º del Artículo 80 incorpora concretamente el asesinato de una mujer como consecuencia de la violencia i de género, previendo una pena de reclusión o prisión perpetua, para quien matare a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género. No se prevé la situación de los llamados matrimonios igualitarios. El inciso 12º al art. 80, incluye al que matare a otro con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1º. Se trata de una vinculación objetiva y subjetiva, ya que la persona debe estar íntimamente ligada a quien se quiere hacer sufrir y el autor debe saber tal situación. Art. 80 in fine se elimina i la posibilidad d de que se evalúe la existencia i de circunstancias extraordinarias de atenuación y se baje la pena prevista, para quien en una ocasión anterior hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima.- www.carlosparma.com.ar MODOS Y MEDIOS DE COMISIÓN Ensañamiento: sometimeinto a la victima a sufrimientos físicos innecesarios, es decir, aumenta deliberadamente el sufrimeinto del sujeto pasivo. Es imprescindible que el autor tenga la intención de matar de esa manera, de un modo cruel o inmisericordioso, y lo haga con una víctima consiente o que tenga sensibilidad para percibir el dolor No es necesario que el agente se complazca con este modo de matar, ni que lo haga por sadismo u otro fin placentero. Sólo debe saber que su obrar aumenta el sufrimiento innecesariamente, y proceder en consecuencia. Es un lujo de males...por ejemplo: privar de alimentos, privar del sueño, Actos crueles sobre el cuerpo de la víctima 5
En el plano subjetivo, la agravante exige un elemento de actitud interna que en la doctrina alemana, pertenece en parte al injusto y en parte a la culpabilidad. Roxín enseña que mata cruelmente el que causa especiales dolores o tortura a la víctima por una actitud inmisericorde y sin sentimientos. Por eso si se sigue esta posición - dice este autor- la causación de dolores o torturas es un requisisto del tipo, ya que afecta al modo de provocar la muerte y lo convierte de alguna manera en un homicidio potenciado, en cambio la actitud inmisericorde y sin sentimientos, que no está necesariamente unida a ello, sino que debe añadirse como elemento autónomo, es un componente de la culpabilidad Alevosía: MATAR SIN RIESGO Y SOBRE SEGURO la muerte dada ocultamente a otro, asegurando su ejecución por evitación de todo riesgo o peligro e imposibilitándo intencionalmente la defensa de la víctima. (Buompadre) [Es matar luego de haber creado o aprovechándose de un estado de indefensión de la víctima,,y así lograr un obrar seguro o libre de toda oposición de la víctima o de un 3º. La alevosía requiere una situación de indefensión total de la víctima(tipo objetivo), aunada al conocimiento de esa situación(dolo) y a un elemento del ánimo, que consiste en aprovecharse de tal indefinición para cometer el delito. (y así procurarse un obrar sin riesgos). Características: 1º. -intención de asegurar la ejecución del delito. 2º. - la intención de no correr riesgos provenientes de la defensa del agredido o de un 3º, 3º - el empleo de medios, modos, o formas de ejecución adecuados para logra el fin y 4º el elemento subjetivo. Tiene una naturaleza mixta, integrada por un aspecto objetivo, relacionado con los medios, modos o formas que se utilizan en la ejecución del hecho -y que se consideran predominante-, y otro subjetivo, alusivo al ánimo de procurarse, con tales procedimientos, la indefensión del sujeto o de aprovecharse de ella 6
ALEVOSÍA Antecedentes en el: HOMICIDIO PRODITORIO a) Se oculta la intención criminal para ganarse la confianza de la víctima b) Se viola la buena fe de la victima c) Aparenta amistad...fidelidad HOMICIDIO INSIDIOSO a) El ocultamiento es material, no moral b) Por ejemplo se oculta la persona (acecho) o el arma qué agrega? la cobarde finalidad del autor de obrar sin riesgos para su persona que exige? Una victima que no está en condiciones de defenderse Una acción preordenada para matar sin peligro (no exige premeditación) Incapacidad o inadvertencia de la victima, provocada por el autor, o simplemente aprovechada por él (ej dormida) Elementos objetivos Sin riesgo para su persona Sobre seguro (victima indefensa) Elementos subjetivos Procurar o aprovecharse de la indefensión o procurar los medios para ese fin 7
sicariato Por precio o promesa remuneratoria La ley no califica todo homicidio por mandato, lo que se repudia aquí es lo que decide el hecho el precio ofrecido y aceptado. Ambos merecerán la misma pena (art 45. La oferta debe efectivamente existir no basta la mera esperanza de una recompensa. El sicario con su acción causa, además una alarma social, revelando un bajo sentido moral. El instigador y el autor realizan un pacto por el cual la vida humana es objeto de negociación. CODELINCUENCIA NECESARIA El instigador El sicario PONE Su fuerza moral Su fuerza material Precio: supone el pago efectivizado antes del hecho. Promesa remuneratoria: es un ofrecimiento de un pago posterior al hecho. No es necesario que se cumpla el pago o la promesa para que la agravante funcione. 8