MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCION DE ATENCION A LA JUVENTUD 1
INDICE 1.- INTRODUCCION 3 2.- ATRIBUCIONES 4 3.- ORGANIGRAMA 5 4.- OBJETIVOS 7 5.- FUNCIONES 7 2
1.- INTRODUCCION En este manual de organización, se identifican y se dan a conocer las funciones, que corresponde realizar a la Dirección de Atención a la Juventud, cuyo propósito es ser una herramienta de consulta diaria para facilitar el conocimiento y desempeño de funciones de los servidores públicos, al permitir tener una mayor certidumbre en el desarrollo de sus actividades y la adecuada coordinación entre las áreas, delimitando sus responsabilidades. La Dirección de Atención a la Juventud es la encargada de diseñar y ejecutar políticas públicas, programas y acciones que favorezcan, fomenten y faciliten el desarrollo integral de la juventud vallense. MISION: Fomentar, generar y articular políticas públicas integrales para los jóvenes, que respondan a sus necesidades, propiciando el mejoramiento de su calidad de vida, su desarrollo y su participación plena y en el Municipio. VISION: Promover coordinadamente con las Dependencias y entidades de la Administración, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, culturales y derechos. VALORES: GRATITUD HUMILDAD TRATO HUMANO RESPONSABILIDAD LEALTAD
3 MARCO LEGAL Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 115. Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, Articulo 114. Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí. Reglamento Interior de la Administración Publica municipal de Ciudad Valles, S.L.P. Ley General de Desarrollo Social. Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Ley Orgánica Municipal de Ciudad Valles. Ley del trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado y Municipios. 2.- ATRIBUCIONES Las disposiciones del presente manual son de orden público y tienen por objeto regular la Dirección de Atención a la Juventud de Ciudad Valles, S.L.P.
4 3.- ORGANIGRAMA HONORABLE AYUNTAMIENTO PRESIDENCIA MUNICIPAL DIRECCION DE GESTION PÚBLICA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARTICIPACION CIUDADANA EDUCACION CULTURA FISICA Y DEPORTE RECREACION Y EVENTOS IGUALDAD Y DIVERSIDAD SOCIAL ATENCION A LA JUVENTUD ATENCION AL ADULTO MAYOR EXPRESION ARTISTICA Y CULTURA ASUNTOS INDIGENAS ATENCION A LA MUJER ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
5 PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL LIC. JORGE TERAN JUAREZ DIRECCION DE GESTION PÚBLICA Y DESARROLLO MUNICIPAL C. MIGUEL ANGEL OLIVA LICONA ATENCION A LA JUVENTUD ING. ANDRES HERNANDEZ JUAREZ
6 4.- OBJETIVO: Planear, programar y ejecutar acciones específicas que garanticen el desarrollo integral de la juventud, con la cooperación de los sectores público, privado y social. 5.- FUNCIONES DE LA DIRECCION: Definir e instrumentar políticas públicas que permitan incorporar plenamente a la juventud al desarrollo del Municipio. Promover coordinadamente con las Dependencias y entidades en el ámbito de su respectiva competencia, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, culturales y derechos. Fungir como representante del presidente Municipal en materia de juventud ante el gobierno federal y estatal, organizaciones privadas, sociales y organismos internacionales, así como en foros, convenciones, encuentros y demás reuniones en las que le solicite su participación. Propiciar la creación de espacios culturales y artísticos donde la juventud pueda desarrollar sus cualidades. Establecer vinculación con diferentes instituciones, buscando la obtención de becas para jóvenes con bajos recursos económicos, que demuestren aptitudes sobresalientes. Celebrar convenios en el ámbito de su competencia, previa autorización del Presidente Municipal, con instituciones juveniles estatales y federales. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Presidente Municipal.
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