PROTOCOLO DE REQUISITOS EXIGIBLES A LABORATORIOS DE PRÓTESIS DENTALES.

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Transcripción:

Título documento: Inspección de Servicios Sanitarios Fecha edición: 2018 Fecha última versión: 2018 Programa de: Centros y Servicios Sanitarios Versión 1 PROTOCOLO DE REQUITOS EXIGIBLES A LABORATORIOS DE PRÓTES DENTALES. Laboratorio de Prótesis dentales: instalación donde, bajo la dirección, supervisión y responsabilidad profesional de una persona responsable técnica, se llevan a cabo el diseño, preparación, elaboración, fabricación, acondicionamiento, etiquetado, reparación, modificación o comercialización de prótesis dentales y de otros productos sanitarios dentales a medida. LABORATORIO PRÓTES DENTAL: INSPECTOR ACTUANTE: FECHA: REPRESENTANTE DEL CENTRO PRESENTE EN LA VITA: Nombre: En calidad de: Responsable Técnico: Nombre y titulación. TIPO DE SOLICITUD ADMINISTRATIVA DE ACTIVIDAD. Solicitud de Licencia de Fabricación Revalidación Licencia de Fabricación Traslado de las instalaciones Ampliación de las instalaciones Nuevas lineas de fabricación en la misma instalación Reestructuración o redistribución de las zonas respecto de la autorización original

Servicios, técnicas, tecnologías y procedimientos. - Prótesis removible de resina. - Prótesis parcial removible metálica. - Ortodoncia y férulas oclusales. - Prótesis fija. - Prótesis mixta. - Prótesis removible implantosoportada - Prótesis fija implantosoportada

REQUITOS TÉCNICO-SANITARIOS MÍNIMOS DE LOS LABORATORIOS DE PRÓTES DENTALES. Locales e instalaciones. El laboratorio de prótesis dentales tiene que estar ubicado en un local completamente separado de cualquier otro, especialmente de una clínica o consultorio dental, y debe tener un acceso directo y dedicado exclusivamente a esta finalidad. Asimismo, el espacio disponible tiene que ser suficiente para llevar a cabo de forma adecuada las actividades a realizar en cada una de las zonas (de trabajo y auxiliares restantes)* En este local sólo se pueden llevar a cabo a término actividades de diseño, preparación, elaboración, fabricación, acondicionamiento, etiquetado, reparación, modificación o comercialización de prótesis dentales y de otros productos sanitarios dentales a medida. Las condiciones higiénico-sanitarias de los laboratorios de prótesis dentales y de todas y cada una de sus zonas y dependencias tienen que ser, en todo momento, las óptimas para fabricar los productos sanitarios y garantizar su calidad. * Cuando un laboratorio de prótesis dental esté encuadrado en una institución pública docente o asistencial, se situará anexo a los Servicios de Odonto-Estomatología o de Cirugía Maxilo-Facial. (DECRETO 416/1994, de 25 de octubre, por el que se establecen las condiciones y requisitos técnicos de instalación y funcionamiento de las consultas y clínicas dentales y laboratorios de prótesis dental). ZONAS DEL LABORATORIO DE PRÓTES DENTAL. El establecimiento deberá disponer de las siguientes zonas: Zona de fabricación que contará con zonas para: Escayola. Polimerización. Pulido. Montaje y modelado. Desbastado. Fundición Zona auxiliar (administración y/o archivo) Las áreas de escayola, fundición y modelado podrán ser comunes para todos los tipos de prótesis.

ZONA DE FABRICACIÓN. Los laboratorios de prótesis dental dispondrán sus dependencias de tal manera que la zona de trabajo esté separada de la zona auxiliar restante (administración y archivo). El espacio de la zona de trabajo estará dedicado de forma exclusiva a este fin, y se distribuirá de manera que las distintas etapas del proceso de elaboración estén suficientemente diferenciadas, debiendo contar todas ellas con iluminación y ventilación adecuadas. Características generales del área de fabricación. Dispone de una superficie adecuada a las necesidades de trabajo y al personal del área. El revestimiento de las paredes de la zona de trabajo se encuentra alicatado o con pintura lavable hasta una altura mínima de 2 metros. EQUIPAMIENTO ESPECÍFICO POR TIPO DE PRÓTES. Equipamientos requeridos. Tipos de prótesis dentales Equipamiento en función del Tipo de Prótesis. Prótesis removible de resina. 1 Prótesis parcial removible metálica. 2 Ortodoncia y férulas oclusales. Prótesis fija. Punto de agua corriente. Pileta vertedero con decantadora. Bridas y muflas. Mechero tipo bunsen o similar. Tazas y espátulas.

Recortadora de modelos. Micromotor o motor de repasos. Sistema de polimerización de resinas. Prensa hidráulica o inyectora. Pulidora con aspiración (puede ser sin aspiración en prótesis removible de resina). Aspirador. Compresor de aire. Sistema de desinfección (ultrasonidos) y envasado. Paralelómetro. Duplicadora de gelatina o silicona. Horno para secar y endurecer modelos Vibrador. Horno para cilindros. Sistema de colado (centrífuga y/o inductora). Arenadora. Baño electrolítico. Sistema para soldar. Instalación de oxígeno/acetileno. Horno para cerámica * Microfresadora. * Sistema para individualizar muñones. * 1 En removible metálico si además de fabricar la estructura monta las piezas, tiene que tener además el equipamiento que se requiere para las prótesis removibles de resina. 2 En las prótesis fijas si además de fabricar la estructura realiza el montaje de piezas, deberá disponer del equipamiento marcado con un asterisco. En caso de contar con instalación de gas y oxígeno para soplete de soldadura, éste se ubicará en un espacio del local próximo al exterior.

Elementos y materias primas. Elementos y materias primas utilizados en la fabricación de las prótesis dentales y otros productos sanitarios dentales a medida. Todos los elementos y materias primas que se utilicen en el proceso de fabricación de las prótesis dentales y otros productos sanitarios dentales a medida deben tener una calidad adecuada y disponer, en su caso, del correspondiente marcaje CE. Se tienen que conservar los certificados de análisis o de calidad y las facturas de compra a nombre del fabricante de todos los lotes de los elementos y materias primas utilizadas en el proceso de fabricación de los productos sanitarios dentales a medida que se elaboren en las instalaciones propias. Dicha documentación se tiene que conservar, como mínimo, hasta cinco años después de la fecha de fabricación de la última prótesis o producto sanitario dental a medida en que se haya utilizado cada lote. En los registros de fabricación, se tiene que anotar el lote de cada uno de los elementos y materias primas utilizadas en la fabricación, con el fin de asegurar la trazabilidad en la utilización y permitir llevar a cabo actuaciones de seguimiento de las prótesis dentales y oros productos sanitarios dentales a medida fabricados con alguno de estos lotes, en caso de que se detecte alguna incidencia que afecte a su calidad o seguridad. Procedimientos normalizados de trabajo. Los laboratorios de prótesis dentales tienen que disponer de procedimientos normalizados de trabajo (PNT) documentos por escrito, actualizados, fechados y aprobados por la persona responsable técnica y por la persona titular del laboratorio o por quien actúa en su representación. El Centro dispone de procedimiento normalizados de trabajo relativo a las siguientes actuaciones, en función de las actividades que se lleven a cabo: a) Higiene y vestuario del personal. b) Formación del personal. c) Gestión de productos y materiales: adquisición, recepción, control almacenaje y registro de utilización. d) Limpieza y desinfección de los locales e instalaciones. e) Mantenimiento del utillaje y equipamiento. f) Sistema de tratamiento de incidencias o reclamaciones y notificación a las autoridades sanitarias, cuando sea necesario. 1 y 2

g) Sistema de archivo de la documentación generada por cada producto que se fabrique, así como el modelo de guía de fabricación y el modelo de declaración de conformidad y de tarjeta identificativa. h) Aplicación de medidas de restricción o seguimiento de la utilización de los productos que sean adecuadas, como también las que determinen las autoridades sanitarias. i) Fabricación de los diferentes tipos de prótesis y otros productos sanitarios dentales a medida (prótesis removible de resina, prótesis parcial removible metálica, ortodoncia y férulas oclusales, prótesis fija, y estructuras para prótesis tanto coladas como fresadas, inyectadas y sinterizadas. 1 Es responsabilidad del técnico responsable de la resolución y control de las reclamaciones recibidas. 2 Ante una incidencia o reclamación se procederá de la siguiente forma: Rellenar hoja de reclamaciones, para posterior estudio estadístico y control de todas las reclamaciones del laboratorio. Comprobar en archivo documental la historia de dicha prótesis: prescripción facultativa, guía de fabricación y fechas de pruebas y entregas. Comprobación de las posibles causas de la reclamación. Resolución de la incidencia mediante la rectificación de la prótesis o sustitución por una nueva. Archivo documental, registro de actividad, de mantenimiento y de formación profesional. Bajo la responsabilidad de la persona responsable técnica, en los laboratorios de prótesis dentales que comercialicen en su nombre prótesis dentales y otros productos sanitarios dentales a medida, ya sean fabricados en las propias instalaciones o bien con la fabricación subcontratada o una de sus fases, se tienen que mantener actualizados y debidamente archivados: (Artículo 10.1 b) del REAL DECRETO 1591/2009 de 16 de octubre) a) Documentación del sistema de calidad y especificaciones de cada prótesis dental y producto sanitario dental a medida fabricado, junto con la tarjeta identificativa 1 del producto y las instrucciones de conservación y mantenimiento. b) Registro que permitan efectuar el seguimiento de cada una de las prótesis dentales y de los productos sanitarios dentales a medida fabricados dentro de la cadena de producción y control, como también su identificación inequívoca. c) Documentación relativa a la experiencia adquirida con la utilización de los productos, incluida la derivada del sistema de vigilancia, así como las reclamaciones y devoluciones. d) Documentación que permita comprender el diseño, fabricación y prestaciones de cada prótesis dental o producto sanitario dental a medida fabricado, a los efectos de evaluar su conformidad con los requisitos que establece el artículo 5 y el anexo I del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.

e) La documentación relativa a la comercialización, que contendrá los datos identificativos del producto (nombre comercial, modelo, número de lote/ serie), la fecha de fabricación, y la fecha de envío, suministro o entrega. f) Para cada uno de los productos fabricados, la declaración de conformidad a que se refieren el artículo 16 y el anexo VIII del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios. g) Disponibilidad de una persona de contacto para las actuaciones relacionadas con el Sistema de vigilancia. Esta designación puede recaer en el responsable técnico de la empresa. h) Disponibilidad de un procedimiento para aplicar las medidas de restricción o seguimiento de la utilización de los productos que resulten adecuadas, así como aquellas que, en su caso, determinen las autoridades competentes. i) Registros de las operaciones de mantenimiento de todo el equipamiento y del utillaje que lo requiera. j) Registro relativo a la formación de que disponen las personas que prestan servicios en el laboratorio de prótesis dentales. k) Copia de la prescripción de cada una de las prótesis dentales y otros productos sanitarios dentales a medida fabricados, emitida por el facultativo dentista 1. 1 Las prescripciones emitidas por los facultativos dentista tienen que contener, como mínimo, los datos del facultativo prescriptor, el nombre del paciente y del tipo de prótesis dental o producto sanitario dental a medida a fabricar con sus datos técnicos o indicadores, así como los registros, soportes y elementos físicos, obtenidos del paciente por el facultativo prescriptor, que sean adecuados para transferir la información necesaria para la fabricación. Subcontratación de actividades. Los fabricantes de prótesis dentales y de otros productos dentales a medida pueden subcontratar a otras personas físicas o jurídicas para la realización de las siguientes actividades: Interpretación previa de una prescripción de un facultativo dentista. Diseño del producto de acuerdo con la prescripción y los registros, soportes y elementos físicos, obtenidos del paciente por el facultativo prescriptor. Preparación, elaboración y fabricación material del producto. Acondicionamiento y etiquetado.

El laboratorio de prótesis dental subcontrata la fabricación * de algún producto. En caso afirmativo: Dispone la entidad subcontratada de licencia de fabricación 1 En caso de respuesta negativa, dispone la entidad subcontratada de instalaciones, procedimientos, equipamiento y personal adecuados, según las actividades y productos de que se trate. Dispone el laboratorio inspeccionado del equipamiento necesario para efectuar el mantenimiento y reparación de los productos sanitarios que comercializa. Esta subcontratación no exime al fabricante autorizado de la responsabilidad sobre la calidad del producto. Las personas físicas o jurídicas subcontratadas únicamente pueden elaborar productos sanitarios dentales semielaborados para los laboratorios que las tengan incluidas en su autorización y en ningún caso para clínicas dentales. 1 Las actividades concertadas sólo podrán ser realizadas por entidades que reúnan los requisitos establecidos para los fabricantes, con excepción de la licencia previa de funcionamiento en el caso de las entidades que no respondan a la definición de fabricante, párrafo b) del artículo 10 del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre. Definición de fabricante "es la persona física o jurídica responsable del diseño, fabricación, acondicionamiento y etiquetado de un producto sanitario con vistas a la puesta en el mercado de éste en su propio nombre, independientemente, de que estas operaciones sean efectuadas por esta misma persona o por un tercero por cuenta de aquélla. INSPECCIÓN PROVINCIAL DE S.S.