La Seguridad social: pieza fundamental en la agenda de derechos humanos para las personas viejas

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Transcripción:

Reunión Regional de Sociedad Civ il sobre Envejecimiento Madrid +10: Del Plan a la Acción Escuela Social Juan XXIII, San José; Costa Rica, 6, 7 Y 8 de mayo de 2012 La Seguridad social: pieza fundamental en la agenda de derechos humanos para las personas viejas Aura Marlene Márquez Herrera

1. Dos aclaraciones importantes 2. La situación actual (propuesta modesta) 3. Definición y características de la seguridad social 4. La seguridad social como derecho humano fundamental 5. Conclusiones

Una propuesta modesta. Por: Alejandro Gaviria El Espectador. 15 de Abril de 2012 La gente está viviendo tres años más que lo esperado, con consecuencias fiscales desastrosas. Tres años más de vida con respecto a las edades proyectadas implican un costo fiscal de largo plazo del orden de 50% del PIB. Reconocer y mitigar este riesgo es un proceso que debe ponerse en marcha ahora mismo... Nuevas reformas son necesarias. El riesgo de envejecimiento no sólo constituye una amenaza para la sostenibilidad de los sistemas de pensiones. También afecta la sostenibilidad de los sistemas de salud. Muchos de los problemas presupuestales del primer mundo tienen que ver con la intención de extender marginalmente la duración de la vida de personas enfermas y mayores de edad.

La generación que causó la crisis tendrá que asumir el costo de su resolución. Los países desarrollados deberían, mediante un proceso participativo liderado por organizaciones científicas, determinar (y probablemente incorporar en sus constituciones) el valor de un año de vida adicional de, digamos, una persona de 70 años. Con base en este valor, los beneficios y los costos de los medicamentos y procedimientos médicos pueden ser estimados. Si los beneficios son inferiores a los costos, el uso de recursos públicos debería prohibirse. Por ejemplo, medicamentos oncológicos muy costosos que, en promedio, apenas prolongan la vida de los enfermos de cáncer por unos pocos años deberían excluirse de manera definitiva.

los países del primer mundo deberían imponer un límite etario para el pago de pensiones. Las personas de, digamos, ochenta o más años deberían vivir por su cuenta y riesgo. Resulta muy oneroso para el resto de la sociedad asumir el costo de las distorsiones demográficas individuales. Varios intelectuales públicos han señalado que las vidas cortas constituyen un imperativo ético habida cuenta de los problemas económicos actuales. Los gobiernos deberían promover un diálogo sobre los costos sociales y las externalidades negativas de las vidas prolongadas.

Resumiendo: los países desarrollados han sobrepasado el nivel óptimo de envejecimiento (desde un punto de vista social). Por razones de justicia intergeneracional, los más jóvenes no deberían pagar por el exceso de años de vida de una generación privilegiada. Las reformas sugeridas, para evitar un crecimiento insostenible de los costos de salud y pensiones, son inaplazables

SEGURIDAD SOCIAL Es el Conjunto de medidas previsivas que conducen a garantizar a los habitantes de un país. los medios económicos para lograr las condiciones mínimas de comodidad, salud, educación y recreación necesarias; así como las providencias contra una serie de riesgos inherentes a la vida moderna, tales como el desempleo, la enfermedad profesional o de otro origen, la invalidez parcial o total, la ancianidad, la educación de los niños, los derivados de la muerte del jefe de familia (Zuñiga, M).

La seguridad social como derecho humano fundamental derecho fundamental se refiere a: "determinadas situaciones favorables para el ser humano como tal, que se suponen derivadas de su intrínseca dignidad, necesarias para el desarrollo pleno de su personalidad, y que, por lo tanto, se reclaman como derechos fundamentales, frente a todos los demás hombres y de modo especial, frente al Estado y el poder Rodolfo Piza Escalante

Características Román Navarro es inherente a la dignidad del ser humano y así ha sido reconocido en la declaración Universal de Derechos Humanos (1948) Artículo 22 ; Toda persona tiene derecho, como miembro de la sociedad, a la seguridad social..." Artículo 25 : toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC - 1966) Artículo 9: Los Estados Partes del Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social Artículo 11; Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. También dice que los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, lo cual facilita exigir su cumplimiento.

En consecuencia, ni la sociedad en su conjunto ni el Estado pueden arrebatárselo a ninguna persona y por el contrario, están obligados a respetarlo, garantizarlo, satisfacerlo y promoverlo. Y lo más importante: Se le reconoce a la persona por su sola condición de tal, de miembro de la familia humana. No tiene ninguna relación con criterio profesional alguno: Este no es un derecho del trabajador, es un derecho de todo ser humano.

es un derecho complejo: Es aquel derecho cuyo contenido es un conjunto de derechos. A la atención médica A la seguridad en el trabajo A la salud A la jubilación Solo al Estado le corresponde actuar con objetividad frente a los intereses generales o públicos. Es el Estado, quien está obligado a satisfacer el derecho concreto

El pasado miércoles 4 de abril el farmacéutico retirado Dimitris Christoulas de 77 años se suicidó en la Plaza Syntagma en Atenas. Treinta cinco años de una vida tras el mostrador, sirviendo a su comunidad desde su pequeño negocio; una de esas farmacias de barrio a las que suelen ir las madres preocupadas por la alta fiebre de su hijo recién nacido en busca de cura o consejo. En uno de sus bolsillos se hallaba una carta escrita la noche anterior: Este gobierno ha acabado con una vida digna, basada en la pensión que yo mismo pagué durante 35 años sin ayuda estatal. No terminaré escarbando desperdicios entre la basura para sobrevivir. Morir no es la única muerte, vivir sin esperanza también lo es

DISTORCIONES EN LOS SISTEMAS DE PENSIONES SOLO UNOS POCOS TIENEN PENSIONES MUY ALTAS. LA GRAN MAYORÍA DE LOS QUE TIENEN PENSION ESTAN ENTRE UNO Y DOS SALARIOS MINIMOS LEGALES. PERO GRACIAS A LOS QUE ESTAN ENTRE LOS MAS ALTOS SE HACE UNA GENERALIZACION -O MEJOR- SON LOS QUE UTILIZAN COMO EJEMPLO PARA DEMOSTRAR SI SE JUSTIFICA ACABAR CON LOS SISTEMAS TRADICIONALES.

Qué valor tiene el plan internacional sobre envejecimiento si finalmente lo que prevalece son las orientaciones económicas de los organismos internacionales como el Banco Mundial?

Estamos aquí, para hablar de los derechos humanos de las personas viejas, y para trabajar en estrategias que contribuyan a la protección de las personas en la vejez. Es necesario tener siempre presente que SI NO HAY UNA VERDADERA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, NO HAY DERECHOS HUMANOS. La seguridad social es un derecho, y por lo tanto, de obligación de los gobiernos y no de la familia ni de la sociedad civil en general

"Primero vinieron a buscar a los comunistas, y yo no hablé porque no era comunista. Después vinieron por los socialistas y los sindicalistas, y yo no hablé porque no era lo ni lo uno ni lo otro. Después vinieron por los judíos, y yo no hablé porque no era judío. Después vinieron por mí, y para ese momento ya no quedaba nadie que pudiera hablar por mí Berthold Brecht o Martin Niemöller